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Documento BOE-A-2009-4250

Resolución de 24 de febrero de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se convocan pruebas de examen para obtener el diploma de operador de estación de aficionado, a celebrar durante el año 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 2009, páginas 25208 a 25210 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-4250

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por aficionados, aprobado por Orden ITC/1791/2006, de 5 de junio («BOE» de 9 de junio), se convocan las pruebas de examen para la obtención del diploma de operador de estación de aficionado, a celebrar durante el año 2009, con sujeción a las siguientes bases, y sin perjuicio de lo establecido en la Disposición adicional primera a esta Resolución:

Primera. Contenidos y calificación de las pruebas.–Los exámenes constarán de dos pruebas que versarán sobre:

Prueba primera: Conocimientos de electricidad y radioelectricidad para operar una estación de aficionado.

Prueba segunda: Dominio de la normativa reglamentaria referente a las estaciones de aficionado.

Las materias de cada prueba, figuran como anexo I a las Instrucciones para el desarrollo y aplicación del Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por aficionados, aprobadas por Resolución de 20 de septiembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información («BOE» de 31 de octubre), modificada por Resolución de dicha Secretaría de Estado, de 18 de febrero de 2009 («BOE» de 24 de febrero).

El examen constará de 60 preguntas tipo test (30 para la primera prueba y 30 para la segunda) con cuatro alternativas de respuesta. Para superar cada una de las pruebas será suficiente contestar correctamente 15 preguntas en cada prueba.

La calificación de cada una de las pruebas, así como el conjunto de las mismas, será de apto o no apto. Los participantes declarados aptos en ambas pruebas podrán solicitar la expedición del diploma de operador de estación de aficionado.

Los participantes en las pruebas de examen que obtengan la calificación parcial de apto en cualquiera de las pruebas de esta convocatoria, o la hayan obtenido en pruebas celebradas con anterioridad a esta convocatoria, estarán exentos de la repetición de la misma, previa solicitud de convalidación de la prueba ya superada.

Segunda. Fechas de realización de los exámenes.–Los exámenes tendrán lugar los días 23 de mayo y 17 de octubre de 2009, y darán comienzo a las 10:00 horas, excepto en las Islas Canarias en las que comenzarán a las 09:00 horas.

La duración máxima del examen será de 90 minutos (45 minutos para cada prueba).

Tercera. Lugar de celebración.–Los exámenes se celebrarán en cada una de las capitales de provincia y en Ceuta y Melilla. La situación de los locales en los que se habrán de celebrar se anunciará en las sedes de las respectivas Jefaturas Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones, al menos con setenta y dos horas de antelación a la fecha fijada para su celebración.

Cuarta. Tribunal único.–La Subdirección General de Planificación y Gestión del Espectro Radioeléctrico, dirigirá los exámenes y coordinará la actuación de las Jefaturas Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones, a cuyo cargo estará la organización de los mismos en cuanto a la dotación de medios materiales y humanos para su realización.

Al objeto de unificar los criterios de evaluación de las distintas pruebas, en cada convocatoria se constituirá un Tribunal único. Será misión del Tribunal confeccionar los cuestionarios correspondientes a cada una de las pruebas y corregir las hojas de respuestas. El Tribunal resolverá las incidencias que puedan plantearse en el desarrollo de aquéllas. A estos fines, en cada uno de los centros de examen se incorporarán al Tribunal, actuando como vocales, dos o más funcionarios designados por el Presidente a propuesta del Jefe Provincial de Inspección de Telecomunicaciones correspondiente y en número proporcional al de participantes en las pruebas.

Finalizados los exámenes y corregidas las pruebas, el Tribunal hará públicos los resultados provisionales de las calificaciones individuales de cada una de las pruebas. En el tablón de anuncios de cada Jefatura Provincial se publicarán los resultados de los examinados en la misma y en la página Web de la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información los de la totalidad de los examinados, estableciendo un plazo de quince días naturales para que los interesados puedan formular posibles reclamaciones.

El Tribunal único estudiará las reclamaciones planteadas modificando, si procede, los resultados provisionales y elevándolos a definitivos. Por Resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, se dará por concluida cada una de las convocatorias sin perjuicio de los recursos que, de acuerdo con la legislación vigente, los interesados pudiesen iniciar.

Quinta. Solicitud de participación en las pruebas.–Los interesados en participar en las pruebas dirigirán la solicitud a la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, utilizando el modelo que figura como anexo III a las Instrucciones para el desarrollo y aplicación del Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por aficionados, utilizando los procedimientos telemáticos disponibles, a través de las Jefaturas Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones, o por cualquier otro de los procedimientos previsto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La solicitud deberá acompañarse de una fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o, en el supuesto de extranjeros, la documentación equivalente que acredite la identidad y nacionalidad del interesado, o en su defecto, consentimiento para que los datos de identidad personal de este puedan ser consultados mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad Personal, a los efectos de iniciación del procedimiento, de conformidad con lo establecido en la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, así como justificante de haber realizado el ingreso de la tasa de telecomunicaciones prevista en el anexo I de la Ley General de Telecomunicaciones (modelo 790 «por presentación a exámenes para la obtención del diploma de operador de estación de aficionado»), en la cuantía que determinen las disposiciones reglamentarias en vigor.

Los plazos de presentación de solicitudes y demás documentación serán los siguientes:

Del día 13 de abril al 14 de mayo, ambos inclusive, para la convocatoria de 23 de mayo de 2009.

Del 14 de septiembre al 2 de octubre, ambos inclusive, para la convocatoria de 17 de octubre de 2009.

Sexta. Entrada en vigor.–La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Disposición adicional única. Ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

En las fechas indicadas para la realización de los exámenes en la presente Resolución, y en el marco de colaboración establecido en el Real Decreto 1385/2008, de 1 de agosto, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Generalitat de Cataluña en materia de comunicaciones electrónicas y del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Generalitat de Cataluña relativo al uso del dominio público radioeléctrico por aficionados y de la banda ciudadana CB-27, publicado por Resolución de 22 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información («BOE» de 11 de febrero), en el ámbito territorial de dicha Comunidad Autónoma, la realización de los exámenes para la obtención del diploma de operador de estación de aficionado, podrá ser efectuado por la Generalitat de Cataluña. En tal caso, la publicación de la convocatoria y condiciones de realización deberá efectuarse con al menos un mes de antelación a su celebración.

Madrid, 24 de febrero de 2009.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, P. D. (Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo), el Subdirector General de Planificación y Gestión del Espectro Radioeléctrico, Antonio Fernández-Paniagua Díaz-Flores.

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