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Documento BOE-A-2009-5805

Resolución de 17 de marzo de 2009, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, la Diputación General de Aragón, la Diputación Provincial de Huesca y la Asociación de Entidades Locales del Pirineo Aragonés, para la ejecución de actuaciones relativas al ciclo integral del agua en municipios del Pirineo en la provincia de Huesca.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 7 de abril de 2009, páginas 32979 a 32985 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-5805

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, la Diputación General de Aragón, la Diputación Provincial de Huesca y la Asociación de Entidades Locales del Pirineo Aragonés, para la ejecución de actuaciones relativas al ciclo integral del agua en municipios del Pirineo en la provincia de Huesca, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 17 de marzo de 2009.–La Directora General del Agua, Marta Moren Abat.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, la Diputación General de Aragón, la Diputación Provincial de Huesca y la Asociación de Entidades Locales del Pirineo Aragonés (ADELPA), para la ejecución de actuaciones relativas al ciclo integral del agua en municipios del Pirineo en la provincia de Huesca

En Madrid, a 17 de noviembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte, el señor don Josep Puxeu Rocamora, Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, en virtud del Real Decreto 574/2008, de 21 de abril, por el que se dispone su nombramiento, y según la delegación establecida en la Orden ARM/1555/2008, BOE 4-6-2008, en ejercicio de la competencia a que se refiere el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de Abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, el señor don Alfredo Boné Pueyo, Consejero de Medio Ambiente y Presidente del Instituto Aragonés del Agua, en nombre y representación del Gobierno de Aragón.

De otra parte, el señor don Antonio Cosculluela Bergua, Presidente de la Diputación Provincial de Huesca, en nombre y representación de la misma.

Y de otra parte, el señor don Raúl López Muro, Presidente de la Asociación de Entidades Locales del Pirineo Aragonés (ADELPA), en nombre y representación de esta Asociación.

MANIFIESTAN

La Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2000 por la que se establece un marco comunitario de actuación el ámbito de la política de aguas, considera el abastecimiento de agua como un servicio de interés general; asimismo es objetivo de la misma mantener y mejorar el medio acuático, para lo que deben establecerse medidas de control de las captaciones y vertidos a fin de garantizar la sostenibilidad de los sistemas acuáticos afectados. Las zonas de montaña, como cabeceras productoras del recurso, son a su vez, soporte de un rico patrimonio medioambiental que hay que preservar, garantizando el buen estado ecológico de sus aguas y adoptar las medidas de protección que sean necesarias como zonas de captación destinadas al consumo humano.

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para la aplicación de la Directiva Marco Europea ha puesto en marcha el PROGRAMA A.G.U.A. (Actuaciones para la Gestión y Utilización del Agua) que articula en medidas concretas los objetivos generales de la Directiva.

A su vez, en el Pacto del Agua de Aragón se contemplan diversas actuaciones para la mejora del abastecimiento y calidad de las aguas en el territorio aragonés.

El Pirineo Aragonés, pese a tener en su territorio las cabeceras de los ríos y soportar grandes embalses e infraestructuras de transporte, sufre una carencia estructural de sus abastecimientos agravada en los estiajes, sobre todo en los núcleos de población situados a mayor altitud y más lejanos los cauces de los ríos que forman su red hidrográfica básica.

Además, el importante sector turístico del Pirineo aragonés conlleva un aumento considerable de la demanda de agua para abastecimiento, así como genera un considerable aumento de los vertidos. La actual situación de sequía ha supuesto que las carencias de infraestructuras de abastecimiento se vean agravadas, si cabe, en esta zona en donde las captaciones dependen muchas veces de manantiales y cauces afectados por una severa disminución de caudal, disminución que también conlleva que los vertidos que carecen de un adecuado tratamiento tengan una mayor incidencia negativa en el medio acuático. Por todo ello se hace necesaria una actuación coordinada entre las administraciones que abarque todos estos aspectos del ciclo integral del agua en esta zona del Pirineo aragonés y que de continuidad a la colaboración ya establecida en el Convenio suscrito entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, la Diputación Provincial de Huesca y la Asociación de Entidades Locales del Pirineo Aragonés (ADELPA) con fechas 11 de octubre de 2006. La cláusula segunda de dicho convenio preveía la posibilidad de establecer nuevos convenios en el caso de que las actuaciones recogidas en el anterior no hubieran podido culminarse con los montantes financieros previstos en el mismo, lo que de hecho ha sucedido.

La Diputación Provincial de Huesca, sensible a las iniciativas de los Entes Locales de la Provincia y en ejercicio de sus competencias, está en disposición de seguir colaborando con el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino en aspectos técnicos, de gestión, administrativos, etc, para lograr los objetivos del presente convenio.

Así mismo, el Gobierno de Aragón, por medio del Departamento de Medio Ambiente, viene colaborando y seguirá haciéndolo técnica y económicamente con los municipios del Pirineo aragonés por medio de los correspondientes programas para la financiación y ejecución de obras del ciclo del agua.

Por su parte la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, determina que la cooperación económica, técnica y administrativa entre la administración Local y las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales, como en asuntos de interés común, se desarrollará con carácter voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar en todo caso mediante los convenios administrativos que se suscriban.

En este mismo sentido, el artículo 124.4 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas indica que podrán celebrarse convenios entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales para la realización y financiación de obras hidráulicas de su competencia.

Por cuanto antecede resulta evidente la existencia de intereses comunes entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, la Diputación General de Aragón, la Diputación Provincial de Huesca y ADELPA y entendiendo que esta materia que nos ocupa debe ejercerse de forma coordinada, lo que exige canalizar el principio de cooperación y articular la actividad común entre las administraciones para su mejor desarrollo, de forma que sirvan más eficazmente al interés público que tienen encomendado.

Por todo lo cual, las partes acuerdan las siguientes

CLÁUSULAS

Primera Objeto del Convenio.–El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, la Diputación General de Aragón, la Diputación Provincial de Huesca y la Asociación de Entidades Locales del Pirineo Aragonés (ADELPA) para la ejecución de obras relacionadas con el ciclo integral del agua en determinados municipios del Pirineo de Huesca, incluidas en el anexo al presente Convenio hasta el importe máximo que se contempla en el mismo.

El importe asignado a cada actuación es estimativo y se ajustará una vez ejecutada la obra, pudiendo compensarse las diferencias de los importes de la liquidaciones definitivas,(incluido estudios, direcciones de obra etc.), entre las actuaciones incluidas en el anexo, sin que se pueda exceder la cantidad prevista en el convenio para la totalidad de las obras.

Segunda Compromisos de las partes.

A) De la Diputación Provincial de Huesca. La Diputación Provincial de Huesca, a través del Área de Obras Públicas, Cooperación y Asistencia Técnica a Municipios, prestará el servicio de asistencia técnica a los municipios para la redacción de proyectos y otros documentos técnicos, tramitaciones ambientales requeridas, contratación y ejecución de las actuaciones asociadas a infraestructuras del ciclo integral del agua, bien directamente mediante sus propios técnicos o bien a través de contratos de asistencia técnica.

El límite de los gastos externos a realizar será el importe de las aportaciones del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

La Diputación Provincial de Huesca instará a los Ayuntamientos titulares de los aprovechamientos contemplados en este convenio, para que en el plazo de dos meses desde la firma del mismo soliciten la pertinente concesión, autorización o revisión de características de dichas actuaciones, en el caso de que sea procedente.

En este sentido, las actuaciones recogidas en este convenio, necesitarán un informe de la Confederación Hidrográfica del Ebro que indique la situación administrativa de las mismas en materia concesional.

La Diputación Provincial de Huesca remitirá semestralmente al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino un informe conteniendo información cualitativa sobre el estado de avance de los proyectos, así como una certificación de la Intervención provincial sobre los gastos realizados en el semestre de que se trate, con el objeto de verificar la aplicación de los fondos transferidos por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, por analogía con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

B) Del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino dentro del PROGRAMA A.G.U.A. (Actuaciones para la Gestión y Utilización del AGUA) se compromete a abonar, con el objeto de realizar las actuaciones contempladas en el Anexo a este convenio, con cargo a la partida presupuestaria 23.05.452A.760, a la Diputación Provincial de Huesca la cantidad de veintiún millones cuatrocientos veinte mil euros (21.420.000 ) como importe máximo, distribuida con arreglo a las siguientes anualidades:

Año 2008: 12.600.000,00 .

Año 2009: 8.820.000,00 .

Que serán ingresadas en la cuenta abierta en el Banco de Crédito Local n.º 1004-8063-23-0200221288 de la Diputación Provincial de Huesca. La primera anualidad será abonada a la firma del presente convenio y la segunda al inicio del ejercicio presupuestario del 2009.

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a través de la Confederación Hidrográfica del Ebro, analizará los proyectos aprobados por la Diputación en el marco de este convenio y realizará la inspección general y control de su ejecución estando presente en la recepción de las obras una vez terminadas. Si en cualquiera de estas fases se detectaran problemas técnicos o de inadecuación de los proyectos o su ejecución y materialización final a los objetivos de este Convenio, la Confederación Hidrográfica podrá detener el proceso y obligar a su adecuación técnica, administrativa o de otro tipo que fuera necesaria. Para garantizar el ejercicio de estas funciones, el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro nombrará un técnico responsable del seguimiento de las actuaciones objeto del presente convenio.

C) Del Gobierno de Aragón. Para asegurar la adecuada coordinación interadministrativa y garantizar la eficacia en el desarrollo de las actuaciones objeto del presente convenio, el Gobierno de Aragón, a través de la Consejería competente, prestará apoyo técnico a la Diputación Provincial de Huesca en aquellos aspectos requeridos por la misma.

En relación con el procedimiento aplicable para la evaluación del impacto ambiental por causa de la ejecución de las obras a que se refiere este Convenio, se encomienda al órgano competente del Gobierno de Aragón en colaboración con la Diputación Provincial de Huesca, la realización de los trámites necesarios para la constitución del expediente. Corresponderá al Departamento de Medio Ambiente dictar las resoluciones que procedan, en cumplimiento de la legislación específica sobre esta materia.

El Departamento de Medio Ambiente por medio del Instituto Aragonés del Agua, de acuerdo con las propias normas del departamento, promoverá actuaciones en materia de aguas en la provincia de Huesca en consonancia con los objetivos y fines de este convenio, y en coordinación con las actuaciones previstas en el mismo.

D) De ADELPA. Como entidad representativa del conjunto de las entidades locales del Pirineo aragonés y con el fin de asegurar la adecuada coordinación y garantizar la eficacia en el desarrollo de las actuaciones relacionadas en los Anexos del presente Convenio, prestará el apoyo necesario y servirá como enlace entre los Ayuntamientos y el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Igualmente y en las relaciones entre las Administraciones actuantes, de cara a la ejecución y seguimiento de las actuaciones, adoptará las siguientes funciones:

a) Determinar y priorizar los estudios tendentes a la concreción de las obras a llevar a cabo en el marco de este Convenio.

b) Proponer el calendario de ejecución, así como las diferentes y posibles fórmulas de colaboración técnica y de financiación de dichas obras.

Tercera Titularidad y explotación de las obras.–Los bienes que se construyan en ejecución del presente convenio serán de titularidad de la Diputación Provincial de Huesca.

Terminadas las obras y una vez recibidas por la Diputación Provincial, ésta las entregará a los ayuntamientos beneficiarios de las actuaciones quienes se harán cargo a su coste de su explotación, mantenimiento y reposición, asumiendo todas las responsabilidades inherentes a su uso.

Cuarta. Comisión de Seguimiento.–Una vez firmado el convenio, se creará una Comisión de Seguimiento constituida por:

Dos representantes del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, designados por el Secretario de Estado de Medio Rural y Agua.

Un representante de la Diputación Provincial de Huesca, designado por su Presidente.

Un representante de la Asociación de Entidades Locales del Pirineo Aragonés (ADELPA).

Un representante del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.

Un representante de la Delegación del Gobierno en Aragón.

Esta Comisión estará compuesta además por otros tres vocales, en representación de las tres Administraciones, con suficientes conocimientos técnicos en materia de ciclo integral del agua.

A dicha Comisión podrán asistir como invitados, representantes de los ayuntamientos cuando se vayan a tratar asuntos que afecten a su ámbito territorial.

La Comisión de Seguimiento se reunirá dos veces al año en sesión ordinaria, y en sesión extraordinaria siempre que lo requiera el asunto a tratar, a solicitud de una de las partes.

La Comisión será presidida por el representante del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

La Comisión, además de las funciones recogidas en el artículo 6.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, permitirá la cooperación y colaboración en el análisis y en la toma de decisiones en relación a cualquier aspecto técnico, jurídico y ambiental que concierna a este convenio, todo ello en el marco de los procedimientos legalmente establecidos y con pleno respeto a las competencias de cada una de las Administraciones.

La Comisión de Seguimiento será la encargada de resolver las cuestiones que pudieran plantearse en relación con las actuaciones en curso, de producirse la extinción anticipada del presente convenio.

Quinta Naturaleza y jurisdicción.–El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo, con expresa sumisión de las partes a la jurisdicción contencioso-administrativa en los términos que establece el artículo 8.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta Publicidad.–En la publicidad que se realice respecto de las actuaciones objeto del presente Convenio será obligatoria la referencia a las Administraciones intervinientes, de acuerdo con sus respectivas normas de identidad corporativa. En todas las actuaciones existirá la cartelería adecuada en la que se recogerá también las referencias al Programa A.G.U.A.

Séptima Vigencia.–Este Convenio estará en vigor desde el día siguiente a su firma, finalizando su vigencia el día 31 de diciembre del año 2009.

Octava Causas de resolución.–Serán causas de resolución de este Convenio el mutuo acuerdo o el incumplimiento de alguna de sus cláusulas. En caso de incumplimiento, será preceptiva la previa denuncia motivada.

La Comisión de Seguimiento será la encargada de resolver las cuestiones que pudieran plantearse en relación con las actuaciones en curso, de producirse la extinción anticipada del presente convenio.

En prueba de conformidad, las partes intervinientes suscriben el presente Convenio por cuadriplicado ejemplar, en el lugar y fecha al inicio indicados.–El Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora.–El Consejero de Medio Ambiente y Presidente del Instituto Aragonés del Agua, Alfredo Boné Pueyo.–El Presidente de la Diputación Provincial del Huesca, Antonio Cosculluela Bergua.–El Presidente de la Asociación de Entidades Locales del Pirineo Aragonés, Raúl López Muro.

ANEXO

Municipio

Titulo

Presupuesto


Ansó.

Renovación parcial de redes de agua y vertido de Ansó.

610.000

Ayerbe.

Proyecto de redes urbanas de abastecimiento y saneamiento del término municipal de Ayerbe.

700.000

Baells.

Renovación de las redes de abastecimiento y alcantarillado en Baells y Nachá (Huesca).

400.000

Bailo.

Renovación de servicios, abastecimiento de agua y red de saneamiento en Bailo.

750.000

Baldellou.

Obras de abastecimiento y evacuación de aguas en Baldellou (Huesca).

250.000

Barcabo.

Elevación, distribución y saneamiento de agua en varios núcleos del municipio de Bárcabo.

600.000

Benasque.

Reforma y refuerzo de la infraestructura primaria de abastecimiento de agua.

500.000

Bielsa.

Abastecimiento y renovación de las redes de distribución de agua y saneamiento de Bielsa (Huesca).

800.000

Bisaurri.

Mejoras del abastecimiento y distribución de agua del término municipal de Bisaurri (Huesca). 2ª fase.

620.000

Bonansa.

Mejora de redes saneamiento de Bonansa, Bibiles, Cires y Buira.

400.000

Borau

.

Acondicionamiento captación del servicio de abastecimiento de agua potable.

200.000

Campo.

Mejora de las redes de abastecimiento y saneamiento en el casco urbano de Campo.

323.000

Camporrells.

Obras de abastecimiento y evacuación de aguas en Camporrells (Huesca).

500.000

Canfranc.

Conexión suministro de agua Canfranc estación Canfranc pueblo.

640.000

Castigaleu.

Renovación de las redes de abastecimiento y saneamiento de Castigaleu (Huesca).

500.000

Castillonroy.

Red de saneamiento parte baja de la población de Castillonroy.

350.000

Chia..

Acondicionamiento de redes de abastecimientos de agua y vertidos.

350.000

Foradada del Toscar.

Mejora de abastecimientos a diversos núcleos del municipio.

470.000

Grado (El).

Mejora del abastecimiento, distribución de agua y saneamiento de El Grado (Huesca).

1.350.000

Hoz de Jaca.

Mejora redes de abastecimiento a Hoz de Jaca.

150.000

Jaca.

Nuevo suministro de agua a la ciudad de Jaca.

1.000.000

Jasa.

Nuevo deposito de agua.

120.000

Labuerda.

Mejora de la red de distribución de agua y saneamiento de Labuerda (Huesca).

500.000

Lascuarre.

Mejora de las redes de abastecimiento y saneamiento del núcleo urbano de Lascuarre (Huesca).

620.000

Laspuña.

Ampliación del abastecimiento de agua de Laspuña y Ceresa.

380.000

Loporzano.

Mejora del abastecimiento del agua y saneamiento.

500.000

Palo.

Ampliación abastecimiento y saneamiento.

200.000

Plan.

Actuaciones de abastecimiento y saneamiento en los núcleos del término municipal de Plan.

300.000

Puebla de Castro (La).

Redes de saneamiento y alcantarillado en el núcleo Lago de Barasona.

490.000

Puente de Montañana.

Obras de abastecimiento de agua potable a Montañana y adecuación del sistema de almacenamiento de agua a Puente de Montañana.

330.000

Puente la Reina de Jaca.

Mejora y renovación de las redes de distribución del municipio de Puente la Reina.

400.000

Sabiñanigo.

Mejora de abastecimiento de Sabiñanigo y sus núcleos.

750.000

San Juan de Plan.

Sustitución y ampliación de la red de distribución de agua potable y de la red de saneamiento de la localidad de San Juan de Plan.

500.000

Santaliestra y San Quilez.

Red de saneamiento y abastecimiento a Santaliestra (2ª fase).

600.000

Seira.

Mejoras de las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento del municipio de Seira

500.000

Sesue.

Mejora de abastecimiento de aguas y saneamiento en el municipio de Sesue.

425.000

Sopeira.

Mejora de abastecimientos de agua y saneamientos en el municipio de Sopeira.

400.000

Tella-Sin.

Obras de abastecimiento, distribución, saneamiento de aguas residuales de varios núcleos del término municipal Tella-Sin.

612.000

Tolva.

Mejora de abastecimiento y redes de distribución en el municipio de Tolva.

750.000

Torla.

Depósito en Linas y mejora de las redes de distribución y saneamiento en el municipio de Torla.

630.000

Valle de Bardají.

Mejora de abastecimientos de agua y saneamientos del Valle de Bardají.

500.000

Villanova.

Mejora de las infraestructuras de abastecimiento, saneamiento del municipio de Villanova.

450.000

Total

21.420.000

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