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Documento BOE-A-2009-591

Orden EHA/3924/2008, de 12 de diciembre, de extinción y cancelación del Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Mutualidad de Previsión Social Ayuda Mutua a la Orfandad San Carlos, en liquidación.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2009, páginas 4000 a 4000 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2009-591

TEXTO ORIGINAL

La Orden ministerial de 14 de septiembre de 1998 acordó revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad Mutualidad de Previsión Social Ayuda Mutua a la Orfandad San Carlos en Liquidación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 de la Ley 30/1995 de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, así como la disolución de oficio en aplicación de lo previsto en el artículo 27, apartado 1.º, de la citada Ley, que hoy ha de entenderse derogada y sustituida por el texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.

En Junta general extraordinaria celebrada en Madrid el 24 de junio de 1999 se acordó, por unanimidad, la disolución de la mutualidad y la apertura del periodo de liquidación, procediéndose al nombramiento de la comisión liquidadora, conforme a lo establecido en los estatutos de la entidad.

De la documentación que consta en el expediente se desprende que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y demás normativa vigente en relación con el proceso de liquidación.

Por tanto, habiendo finalizado el proceso de liquidación de la referida entidad, y de conformidad con lo previsto en el artículo 28.5 del citado texto refundido, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones propone la extinción y cancelación de la inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Mutualidad de Previsión Social a la Orfandad San Carlos, en liquidación.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Proceder a la extinción y cancelación de la entidad Mutualidad de Previsión Social Ayuda Mutua a la Orfandad San Carlos, en liquidación, de su inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74.1 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 12 de diciembre de 2008.–El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

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