El Ministerio de Fomento, entre otras competencias, tiene atribuido, a través de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional (en virtud del artículo 13 del Real Decreto 1476/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento), el impulso y dirección de los servicios estatales relativos a la astronomía, geodesia, geofísica y cartografía.
Para el mejor cumplimiento de las funciones encomendadas al Instituto Geográfico nacional en los campos citados, es necesario fomentar la formación e investigación en estas materias. Por ello, se dictó la Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Instituto Geográfico Nacional, en cuyo desarrollo se han venido adjudicando becas de formación con carácter anual.
Sin embargo, el número de becas y la dotación económica para este programa, relativos a ejercicios posteriores a 2008 no se encontraban comprendidos en la mencionada orden de bases. Una vez incluida esta previsión en el Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2009, es necesario modificar la citada Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero, al objeto de adaptarla a los ejercicios presupuestarios de los años 2009-2011.
Esta orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, atribuida al Estado por el artículo 149.1.15 de la Constitución, así como de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
En su virtud, dispongo:
Artículo único.–Modificación de la Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Instituto Geográfico Nacional.
El párrafo a) del apartado tercero.2 de la Orden FOM/450/2005, de 10 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Instituto Geográfico Nacional, queda redactado en los siguientes términos:
a) El número de becas convocadas en cada uno de los campos de astronomía, geodesia, geofísica, cartografía y geomática para el próximo período 2009-2011 se realizará con arreglo a la siguiente previsión:
Año |
Astronomía |
Geodesia |
Geofísica |
Cartografía |
Geomática |
Total |
---|---|---|---|---|---|---|
2009 |
4 |
2 |
5 |
5 |
4 |
20 |
2010 |
4 |
2 |
5 |
5 |
4 |
20 |
2011 |
4 |
2 |
5 |
5 |
4 |
20 |
Total |
12 |
6 |
15 |
15 |
12 |
60 |
Disposición final única.–Entrada en vigor:
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de diciembre de 2008.–La Ministra de Fomento, Magdalena Álvarez Arza.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid