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Documento BOE-A-2009-8391

Resolución de 29 de abril de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Gasoducto Gallur-Tauste-Ejea de los Caballeros.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 20 de mayo de 2009, páginas 42407 a 42418 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-8391

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el apartado d) del grupo 4 del anexo II del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental por decisión de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 8 de octubre de 2007 y procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008 citado.

Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.

El promotor de la actuación es Endesa Gas Transportista, S.L. y el órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

El objeto del proyecto es la construcción de un gasoducto de 38,054 km de longitud, 12’’ (30,48 cm) de diámetro y una presión de 80 bar. El gasoducto se inicia en el término municipal de Magallón, donde se entronca con el gasoducto Barcelona-Bilbao-Valencia, del que parte el proyecto, y finaliza en el polígono industrial de Valdeferrín, en Ejea de los Caballeros. En su recorrido atraviesa los términos municipales de Magallón (3.970 m), Gallur (3.332 m), Tauste (19.270 m) y Ejea de los Caballeros (11.482 m), en la provincia de Zaragoza, dando servicio a la demanda potencial de gas natural de carácter industrial, doméstico y comercial de estos municipios.

El proyecto Gasoducto Gallur-Tauste-Ejea de los Caballeros está incluido en la revisión 2005-2011 de la Planificación de los sectores de electricidad y gas 2002-2011, aprobado en Consejo de Ministros, el 31 de marzo de 2006, dentro de la categoría A (proyecto aprobado sin ningún tipo de condicionante) debido a que está económicamente justificado para la demanda existente.

Se dispone como una conducción enterrada con una cobertura mínima de 1m, y de 1,5 m en cruces de carreteras y cursos de agua. Las principales actuaciones consistirán en desbroce y despeje del terreno; la apertura de la zanja y colocación de la tubería (que irá protegida por un doble sistema anticorrosivo); relleno de la zanja, restitución de la morfología del terreno y restauración de la cubierta vegetal. La zanja tiene previstas unas dimensiones de 1,30 m por 0,60 m y la anchura de trabajo de la pista es de 14 m.

Los cruces con los cursos hídricos se realizarán a cielo abierto, salvo los clasificados como cruces especiales: el cruce con el río Ebro y los dos cruces con el río Arba, que se ejecutarán mediante la técnica de perforación dirigida; y el cruce con el Canal Imperial de Aragón y el Canal de Tauste que se ejecutarán mediante la técnica de perforación horizontal.

El proyecto tiene prevista la construcción de 4 nuevas posiciones: posición PG-01 (Magallón) de conexión a la futura posición de ENAGAS; posición PG-02 (Gallur) con válvula de seccionamiento con derivación y estación de regulación y medida (ERM); posición PG-03 (Tauste) con válvula de seccionamiento con derivación y ERM; y posición PG-04 (Ejea de los Caballeros) con válvula de seccionamiento con derivación, trampa de rascadores y ERM.

Asimismo, el proyecto incluye dos acometidas eléctricas necesarias para abastecimiento a dos de las posiciones anteriores cuyas longitudes son de 231 metros a la posición PG-02 y 73 metros a la posición PG-03.

En el estudio de impacto ambiental se contemplan tres alternativas, aparte de la alternativa 0, de no actuación, que es descartada por no favorecer el desarrollo de la zona. Las alternativas propuestas se exponen a continuación:

Trazado básico: se inicia en el paraje de Valpodrida (término municipal de Magallón), junto a la posición futura de ENAGÁS, en el término municipal de Magallón. Siguiendo el corredor trazado en la dirección de la carretera A-127, el gasoducto se dirige hacia Ejea de los Caballeros. Durante su recorrido, cruza el Canal Imperial de Aragón, el río Ebro, el Canal de Tauste junto a la carretera A-126 y el río Arba de Luesia en dos ocasiones: la primera en el término municipal de Tauste, y la segunda en Ejea de los Caballeros, ya en la parte final del trazado. La posición final del trazado se encuentra en el polígono industrial de Valdeferrín, al oeste de Ejea de los Caballeros.

Alternativa 1: presenta el mismo trazado que el descrito para el trazado básico hasta su paso por el Oeste de la población de Tauste, en donde continúa con dirección norte, separándose de la carretera A-127 por el oeste, para situarse más cercano a la carretera CG-2. Finalmente, la alternativa vira hacia el este para llegar a la última posición en el polígono industrial de Valdeferrín.

Alternativa 2: comparte trazado con las dos precedentes hasta su paso por las proximidades de Tauste donde, al norte de la población, se separa del trazado básico para ceñirse al recorrido de la carretera A-127, por su margen derecha, en dirección a Ejea de Los Caballeros.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

La zona de actuación se distribuye entre la comarca de Borja, la comarca de Ribera alta del Ebro y la comarca de Cinco Villas, al noroeste de la provincia de Zaragoza. Se trata de una zona ocupada principalmente por planicies con cultivos de regadíos y otras zonas donde se mantiene el cereal y la vid.

Este área se encuentra en la cuenca hidrográfica del Ebro, pertenece a las unidades hidrogeológicas 09.04.06 y 09.04.09. El acuífero presente en la zona es el número 62 del tipo cuaternario aluvial y libre. La zona de estudio está dentro de la franja aluvial situada a ambos márgenes del río Ebro, formada por materiales geológicos del cuaternario, compuestos por brechas, conglomerados, gravas conglomeradas y arcillas, que forman las terrazas del Ebro y tributarios. Destaca la presencia de varios cursos hídricos atravesados por el gasoducto, entre otros: el barranco de Saladillo, el Canal Imperial de Aragón, la acequia de la Huerta Alta, el río Ebro, el escorredero de Canduero, Canal de Tauste, el río de Las Turbinas, acequia de Figueruela, río Arba de Luesia, barranco de Mira y la acequia de Facemón.

La vegetación potencial en la zona corresponde principalmente a coscojares que, por degradación y presión antrópica, han dado lugar a una zona de cultivos tanto de cereales de secano, al inicio del trazado, como de regadío (arroz, maíz, alfalfa y huerta). En las zonas asociadas a cursos hídricos del río Ebro y del río Arba de Luesia, la vegetación potencial corresponde a alisedas, donde se conservan algunas zonas de soto mixto con especies del género Salix, Populus, y otras especies acompañantes como Ulmus minor, Fraxinus angustifolia y Corylus avellana. En el primer cruce con el río Arba de Luesia, cuyas riberas presentan hábitats de interés comunitario, según la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se localiza un carrizo-tarajal de Arundo donax y Tamarix sp. En las proximidades a las numerosas acequias aparece fundamentalmente Phragmites australis, que en acequias y canales de mayor envergadura aparece junto a Tamarix gallica.

En cuanto a la fauna, las zonas de mayor valor dentro del ámbito de actuación se encuentran en el río Ebro, el Canal Imperial de Aragón, el Canal de Tauste y las Lagunas de Cinco Villas, declarada zona de especial protección para las aves (ZEPA) ES0000289. Estos enclaves suponen una importante área de invernada y descanso migratorio de aves acuáticas, además de constituir zonas de nidificación para algunas de ellas.

Destaca la presencia de especies como la garza real, la garza imperial, catalogada vulnerable según el catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, (Decreto 181/2005, de 6 de septiembre, por el que se modifica parcialmente el Decreto 49/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón por el que se regula el Catálogo Aragonés de Especies Amenazadas), y de interés especial, según el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo), la focha común, el aguilucho lagunero, el zampullín chico, el somormujo lavanco, el chorlitejo chico, el avetoro (en peligro de extinción según ambos catálogos), la cigüeña blanca, el milano negro, el milano real (sensible a la alteración de su hábitat, según el mencionado catálogo de Aragón, y vulnerable, según el catálogo nacional), el chorlitejo chico y el carricero tordal.

En el Canal Imperial de Aragón y en el Canal de Tauste, destaca la presencia de las últimas poblaciones del bivalvo Margaritifera auricularia, catalogada en peligro de extinción, tanto por el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón como por el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Su presencia también es probable en el río Ebro, por lo que estos tres cauces se encuentran incluidos dentro del Plan de Recuperación de Margaritifera auricularia (Decreto 187/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un Régimen de Protección para la Margaritifera auricularia y se aprueba su Plan de Recuperación).

Entre los peces existentes, se encuentran: Chondrostoma miegii, Barbatula barbatula, Phoxinus phoxinus, Cobitis calderoni y Chondrostoma arcasii. El Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón cita a estas dos últimas especies con el grado de sensibles a la alteración de su hábitat y a Barbatula barbatula como vulnerable.

También se presentan en la zona anfibios clasificados de interés especial según el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas como el sapo partero común, el sapo corredor, el sapo de espuelas y el sapillo moteado común; y el sapo común, que a su vez está también catalogado de interés especial, por el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón.

El área de estudio está ocupada por cultivos, eriales y matorrales; en los cuales se citan especies como el alcaraván, la calandria, la alondra común, la cogujada común, la cogujada montesina, la terrera marismeña y la terrera común, y otras catalogadas vulnerables por el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón como son: el aguilucho cenizo, la ganga ibérica, la ortega, el sisón. También existe en la zona cernícalo primilla, catalogado sensible a la alteración de su hábitat.

Otras especies presentes y que aparecen en el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón son: el alimoche (vulnerable), el águila real, águila culebrera ibérica y búho real (de interés especial); así como el milano real (sensible a la alteración de su hábitat, que además es considerada vulnerable por el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas).

El trazado pasa a 20 metros de la zona de especial protección para las aves (ZEPA) ES0000289 lagunas y carrizales de Cinco Villas, que coincide con la IBA (área de importancia para las aves) nº 91 carrizales y estancas de las Cinco Villas. Asímismo, el área de actuación queda próxima a los siguientes espacios pertenecientes a Red Natura 2000:

Lugar de importancia comunitaria (LIC) ES2430081 sotos y mejanas del Ebro, situado a 200 metros; LIC ES2430085 Laguna de Plantados y Laguna de Agón, a 2.400 m; LIC ES2430086 Monte Alto y Siete Cabezos a 3.700 m; LIC ES2430079 Loma negra a 4.200 m y ES2200037-Bárdenas reales a 7.800 m; y por último ZEPA ES0000292 Loma negra- Bárdenas a 4.400 m.

El trazado del gasoducto cruza las siguientes vías pecuarias: colada de Los Tinarejos, colada de Valpodrida y colada de Puñigre en el término municipal de Magallón, vereda de La Marga en el término municipal de Gallur; vereda de Las Novillas, Cañada Real de Navarra y cordel de Sigüenza en el término municipal de Tauste; y el paso de Escorón, paso de San Juan y paso de Boira en el término municipal de Ejea de los Caballeros.

En lo referente al patrimonio cultural, se citan los siguientes yacimientos próximos al ámbito de las actuaciones: El olivar de Judas, Caserío de Añesa y Fortificación de la Valchica. Además el Canal Imperial de Aragón, que cruza el gasoducto, tiene la categoría de bien de interés cultural (BIC).

3. Resumen del proceso de evaluación.

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

a) Entrada documentación inicial. La tramitación en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental se inició con fecha de 6 de febrero de 2007, mediante la recepción del documento ambiental del proyecto Gasoducto Gallur-Tauste-Ejea de los Caballeros (Zaragoza).

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. Esta Dirección General, con fecha 24 de mayo de 2007, estableció un periodo de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto y la necesidad de sometimiento a evaluación de impacto ambiental. La relación de consultados se expone a continuación, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con el documento ambiental.

 

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad. Ministerio de Medio Ambiente.

Confederación Hidrográfica del Ebro.

X

Delegación del Gobierno en Aragón.

Dirección General de Calidad Ambiental y del Cambio Climático. Departamento de Medio Ambiente. Gobierno de Aragón.

Dirección General del Medio Natural. Departamento de Medio Ambiente. Gobierno de Aragón.

Instituto Aragonés del Agua. Departamento de Medio Ambiente. Gobierno de Aragón.

Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. Departamento de Medio Ambiente. Gobierno de Aragón.

X

Dirección General de Desarrollo Rural. Departamento de Agricultura y Alimentación. Gobierno de Aragón.

Dirección General de Carreteras. Departamento de Obras Públicas Urbanismo y Transporte. Gobierno de Aragón.

X

Dirección General de Energía y Minas. Departamento de Industria, Comercio y Turismo. Gobierno de Aragón

X

Dirección General de Patrimonio Cultural. Departamento de Educación, Cultura y Deporte. Gobierno de Aragón.

X

Ayuntamiento de Tauste (Zaragoza).

Ayuntamiento de Gallur (Zaragoza).

Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros (Zaragoza).

Ayuntamiento de Magallón (Zaragoza).

X

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

En cuanto a posibles afecciones a espacios con alguna figura de protección, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) señala que, aunque no va a existir afección a espacios incluidos en la Red Natura 2000, el gasoducto pasa por terrenos cercanos al LIC Sotos y Mejanas del Ebro y a la ZEPA Lagunas y carrizales de Cinco Villas. Además entra en el ámbito de aplicación del plan de conservación del hábitat del cernícalo primilla, localizándose una colonia a 2,4 km y otra a 3,9 km. El lugar de cruce con el río Ebro se sitúa dentro del plan de recuperación de Margaritifera auricularia (Decreto 187/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón). El informe cita la posible presencia de los briófitos Riella Helicophila, Pterygoneurum sampaianu y Pterygoneurum subsessile, y propone que se realice una prospección para determinar su presencia. Por último, se mencionan las vías pecuarias que cruzan el trazado del gasoducto.

La Confederación Hidrográfica del Ebro, por su parte, establece que las obras que crucen transversalmente y a cielo abierto los cauces, se diseñen de manera que, en caso de avenidas, no contribuyan a un empeoramiento de las condiciones de desagüe o agraven los riesgos de las márgenes, y propiedades y lugares próximos. Se deberán conservar en lo posible los taludes naturales.

La Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, considera que el proyecto debe ser objeto de una evaluación de impacto sobre el patrimonio cultural, propone modificar el trazado 450 metros al este del yacimiento El olivar de Judas y valorar el impacto a los elementos culturales Caserío de Añesa y Fortificación de la Valdicha, así como realizar un control y seguimiento a los movimientos de tierra. En cuanto al cruce con el Canal Imperial de Aragón, declarado bien de interés cultural (BIC), indica que deberá remitirse a la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural, el proyecto de cruce del gasoducto con el Canal y recabar el informe favorable para la ejecución de la misma. Todas las actuaciones en materia de patrimonio arqueológico y paleontológico deberán ser realizadas por personal técnico cualificado, coordinadas y supervisadas por los servicios técnicos de Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón; y el informe de los trabajos remitido al Servicio de Prevención y Protección del Patrimonio Cultural.

c) Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.

Teniendo en cuenta las contestaciones a las consultas efectuadas, dada la posible existencia de impactos ambientales significativos sobre la flora, la fauna, los espacios pertenecientes a la red Natura 2000 y el patrimonio cultural, con fecha 8 de octubre de 2007 se adopta la decisión de someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental y se da traslado al promotor de las contestaciones a las consultas efectuadas y de los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.

a) Información pública. Resultado. La Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sometió el estudio de impacto ambiental al trámite de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado número 91, del 15 de abril de 2008 y en el Boletín Oficial número 85 de la provincia de Zaragoza de la misma fecha; así como en algunos periódicos de tirada local y edictos en los ayuntamientos en cuyo ámbito territorial se desarrolla el proyecto. No se han recibido alegaciones al mismo durante este proceso.

b) Consultas a administraciones ambientales afectadas. Resultado. Con fecha 2 de abril de 2008, la Dirección General de Política Energética y Minas, solicita informe a las administraciones afectadas y que previamente habían sido consultadas.

En el transcurso del procedimiento legalmente establecido, se recibieron escritos procedentes del Instituto Aragonés del Agua, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) y de la Dirección General de Desarrollo Sostenible y Biodiversidad, los tres pertenecientes al Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón; de la Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón; de la Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Agricultura y Alimentación y de la Dirección General de Carreteras del Departamento de Obras Públicas Urbanismo y Transporte de Aragón. También se recibió contestación del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.

A continuación se detallan las contestaciones de contenido ambiental relevante:

La Dirección General de Patrimonio Cultural indica que el estudio de impacto ambiental recoge las prescripciones y recomendaciones realizadas por este organismo en fases anteriores del procedimiento, y que ha dado traslado de la documentación a la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Zaragoza, para que informe sobre las obras de cruce del gasoducto con el Canal Imperial de Aragón que, según consta en el proyecto se realizarán mediante la técnica de perforación horizontal. La citada Comisión Provincial respondió emitiendo la correspondiente autorización de cruce en el lugar y forma previstos en el proyecto.

La Dirección General de Desarrollo Sostenible y Biodiversidad considera que el proyecto no va a producir impactos significativos sobre los espacios naturales sometidos a algún régimen de protección, la fauna y flora silvestres, siempre y cuando su ejecución se realice adoptando las medidas preventivas, minimizadoras, correctoras y de vigilancia ambiental consideradas en el estudio de impacto ambiental.

El INAGA informa de que, dada la localización parcial del proyecto en el ámbito del Plan de Conservación del hábitat del cernícalo primilla, en aquellas zonas que se ubiquen en el entorno de 2 kilómetros de las colonias de nidificación contrastada de dicha especie, no se podrán realizar obras durante el periodo de nidificación (de 15 de febrero a 15 de agosto). Tampoco se podrán realizar obras en el entorno de 2 kilómetros a la ZEPA Lagunas y carrizales de Cinco Villas, durante la época de nidificación de las especies catalogadas en la misma (de 15 de febrero a 15 de julio). Asímismo señala que la prospección de avifauna mencionada en el estudio, deberá ser llevada a cabo por técnicos competentes durante las fechas de nidificación. Esta prospección deberá hacer especial hincapié en las poblaciones de avetoro y cernícalo primilla, determinará las zonas de nidificación del entorno del proyecto y se deberá remitir copia del resultado al INAGA. Finalmente se indica que, para todas las zonas del gasoducto que afecten a hábitats naturales de interés, deberá presentarse un proyecto de restauración, para su aprobación ante el INAGA, que contenga la correspondiente partida presupuestaria de todas las obras a realizar y que recogerá la revegetación de la zona. Asimismo, se le recuerda al promotor la necesidad de informar y solicitar a dicho organismo la autorización de las líneas eléctricas de abastecimiento a las posiciones, así como de ocupación temporal de las vías pecuarias.

Por su parte, la Dirección General de Carreteras hace referencia a la necesidad de coordinación del proyecto con ese organismo, dado que existen numerosos cruces con carreteras y otros viales así como ocupaciones en zonas de servidumbre de las carreteras actuales o en proyecto. En cuanto al impacto sobre la calidad del aire por el aumento de partículas en suspensión, considera insuficientes las medidas preventivas y correctoras planteadas por el promotor proponiendo medidas adicionales para reducir este impacto.

El informe remitido por el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros hace referencia a la necesidad de especificar el trazado del gasoducto en su recorrido en suelo urbano, donde deberá discurrir por vial público, así como la posición y tipos de elementos aéreos que se dispongan en la instalación, tales como testigos, que deberán disponerse en las márgenes de los campos como medida de precaución de las labores agrarias.

Con fecha 24 de octubre de 2008, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibió, de la Dirección General de Política Energética y Minas, el expediente completo, que comprende el proyecto, el estudio de impacto ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas a las administraciones ambientales afectadas.

3.3 Fase previa a la declaración de impacto. Información complementaria solicitada por el órgano ambiental. Visto el estudio de impacto ambiental, el resultado de la información pública y las consultas a administraciones afectadas, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental consideró que existían algunos aspectos que debían ser analizados, por lo que, con fecha 27 de enero de 2009, se solicitó al promotor información complementaria al estudio de impacto ambiental relativa a los siguientes aspectos:

La prospección de avifauna debe hacer especial hincapié en la presencia de poblaciones de avetoro y cernícalo primilla en la zona de actuación y determinar las zonas de nidificación de las aves en el entorno del proyecto.

Restricciones en los periodos de ejecución de las obras, durante las épocas de nidificación de aves, en un entorno de 2 km de la ZEPA Lagunas y carrizales de Cinco Villas y de las colonias contrastadas de cernícalo primilla.

Las líneas eléctricas de abastecimiento deberán cumplir el Decreto 34/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas con objeto de proteger la avifauna.

Estudio de la posible incorporación de medidas adicionales para minimizar la emisión de partículas sólidas a la atmósfera, según indica la Dirección General de Carreteras del gobierno de Aragón.

El 3 de febrero de 2008 se recibió la respuesta del promotor a la solicitud de información complementaria, que se analiza en el siguiente apartado 4 integración. Se incorporan al proyecto las principales cuestiones planteadas. Respecto a la restricción temporal de realizar obras en el entorno de 2 km de las colonias contrastadas de cernícalo primilla, el promotor indica que, dado que el Decreto 109/2000, de 29 de mayo, por el que se establece un régimen de protección para la conservación del cernícalo primilla y se aprueba el plan de conservación de su hábitat, ha sido declarado nulo por Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de mayo de 2008, se propondrán y coordinarán con el INAGA las medidas adecuadas para la protección de esta especie, en su caso.

4. Integración de la evaluación.

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. En el estudio de impacto ambiental se han evaluado las alternativas propuestas en función de los siguientes criterios: afección a hábitats de interés comunitario, y a los que son prioritarios; a especies protegidas; a la vegetación natural; minimización de la longitud de trazado y utilización de corredores de infraestructuras presentes.

En base a estos aspectos, se ha determinado que la alternativa que presenta menor afección es el trazado básico antes descrito, considerada por el promotor como la opción más idónea desde un punto de vista ambiental, técnico, y social.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida. Medidas preventivas y correctoras previstas por el promotor. Los impactos más significativos que se prevén sobre cada elemento del medio así como las principales medidas preventivas y correctoras se exponen a continuación:

Geomorfología y suelo. Los principales efectos sobre los suelos se producirán durante la fase de construcción en la pista de trabajo (14 metros), y serán consecuencia de los movimientos de tierras realizados durante las obras, la eliminación del suelo, el aumento de la erosión provocado por la destrucción de la cubierta vegetal, el tránsito de maquinaria pesada y la compactación del terreno y la posible contaminación por las labores de mantenimiento de la maquinaria.

No está prevista la apertura de nuevos accesos para alcanzar la pista. Las medidas propuestas en el proyecto para minimizar el impacto sobre los suelos son:

En las zonas de fuerte pendiente (>20%) y materiales sueltos se instalarán dispositivos de retención, tales como diques, además de la aplicación de medidas orientadas a prevenir la erosión; se gestionará adecuadamente la tierra vegetal; con objeto de reducir la compactación se impedirá el paso de maquinaria pesada; se señalizará la zona de ocupación temporal, limitando el tránsito de vehículos a los estrictamente necesarios; se utilizará en la medida de lo posible maquinaria con cadenas, procurando seguir las mismas rodadas durante todo el recorrido y evitando sacar los vehículos fuera de la pista. Finalmente, se procederá al laboreo de descompactación de la pista de trabajo.

Se realizarán las labores de mantenimiento de maquinaria en zonas previstas para ello y se gestionarán los residuos de acuerdo con la legislación de aplicación. En caso de derrame accidental de sustancias peligrosas, se procederá rápidamente a la retirada del suelo contaminado, siendo gestionado como un residuo tóxico y peligroso. Se tendrá el máximo cuidado con el tratamiento de combustibles y aceites.

Hidrología. Las principales impactos sobre la hidrología se producirán en fase de construcción debido a las alteraciones producidas en el lecho y márgenes (eliminación de la vegetación), alteración del régimen de los caudales naturales y ruptura de la red de drenaje en los cruces con el gasoducto, donde se podría producir un estancamiento del agua y encharcamiento de las zonas cercanas.

También podría producirse una reducción de la calidad fisicoquímica del agua por turbidez, resuspensión de contaminantes sedimentados en el fondo y redistribución de nutrientes, como consecuencia de la remoción de fangos y materiales sueltos en el río y su consecuente arrastre posterior, originada por la eliminación de la vegetación de lecho y márgenes de cauces, así como el movimiento de la maquinaria en las orillas.

Las medidas propuestas en el proyecto para minimizar el impacto sobre la hidrología son:

Los cruces del gasoducto con los cursos hídricos más importantes se ejecutarán mediante técnicas especiales: el cruce con el río Ebro y los dos cruces con el río Arba se ejecutarán mediante la técnica de perforación dirigida y el cruce con el Canal Imperial de Aragón y el Canal de Tauste se ejecutarán mediante la técnica de perforación horizontal. El comienzo y fin de la perforación tendrá lugar antes y después del comienzo de la vegetación natural del cauce, procurando no afectarla. Estas técnicas permiten minimizar al máximo las afecciones.

Los cruces de los cauces anteriores cuentan con autorización expresa de la Confederación Hidrográfica del Ebro en la que se establecen las condiciones generales y particulares para la ejecución de las obras, las cuales han sido asumidas por el promotor.

El resto de cruces con cursos hídricos se realizarán a cielo abierto. Las medidas propuestas para reducir al mínimo los impactos son: se rellenará la parte superficial (0,5 m) de la zanja con el mismo material que había sido extraído del lecho; se garantizará en todo momento el flujo de caudales; se restaurarán las márgenes dejando los taludes como se encontraban al principio y se realizarán las obras de cruce con cauces de agua en época estival.

En la realización de las pruebas hidráulicas necesarias se respetará el caudal ecológico, se comprobará que el agua es apta antes de devolverla al cauce, se instalarán provisionalmente sistemas transversales de retención de los materiales en suspensión y se protegerán y restaurarán las orillas de las corrientes de agua.

Calidad del aire. Durante la fase de obras se producirá una alteración de la calidad del aire, por aumento de partículas sólidas en suspensión e incremento de los niveles de NOx, CO, y otros gases contaminantes en la atmósfera, consecuencia del funcionamiento de la maquinaria.

Para reducir las emisiones de partículas sólidas se realizarán riegos sistemáticos en la zona de obras, en especial en época de estío, en las zonas más expuestas al viento, en las áreas de acopio y en todas las zonas donde se estén efectuando movimientos de tierras.

Además se han incorporado las siguientes medidas adicionales indicadas por la Dirección General de Carreteras del Gobierno de Aragón:

Regar los suelos, cuando la sequedad ambiental y edáfica lo precisen, y periódicamente los caminos de acceso a instalaciones auxiliares, a parques de maquinaria y a vertederos. La periodicidad de los riegos se adaptará a las características del suelo y de la climatología.

Realizar riegos sobre las superficies que hayan sido desprovistas de vegetación durante la excavación y sobre los montones de materiales disgregados.

Transportar tapados todos los materiales susceptibles de emitir polvo, y siempre que los camiones de transporte de áridos circulen por carreteras asfaltadas, cubrirlos con una malla adecuada a su caja.

La velocidad de circulación de la maquinaria y los vehículos se limitará a 10 km/h en las áreas sensibles.

El impacto en los niveles sonoros se produce por el funcionamiento de la maquinaria pesada y por el desarrollo de la actividad, en especial por el uso del martillo neumático en las zonas de roca. No obstante, se estima su posible impacto de escasa magnitud, al discurrir el gasoducto alejado de los núcleos de población y tratarse de una actividad puntual, temporal y discontinua a lo largo de la traza.

Vegetación y hábitats naturales de interés comunitario. Durante la fase de construcción se producirá la eliminación de la vegetación en los 14 metros de ocupación de la pista de trabajo. En fase de explotación quedará limitada la plantación o establecimiento de árboles y/o arbustos en una banda de 4 metros, 2 a cada lado del eje de la tubería.

La mayor parte del trazado se desarrolla sobre cultivos agrícolas. Los tramos de afección a la vegetación natural corresponden básicamente a las zonas de cruce con los cursos hídricos, siendo la vegetación afectada principalmente de ribera.

En el caso de los cruces con los principales cursos hídricos Arba y Ebro, la vegetación de ribera no se verá afectada dado que el cruce se ejecutará mediante perforación dirigida.

Respecto a la posible afección a especies incluidas en catálogos de protección, de acuerdo con el Decreto 181/2005, de 6 de septiembre, del Gobierno de Aragón por el que se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón sobre protección de especies endémicas o amenazadas, y el Atlas y Libro Rojo de la Flora Vascular Amenazada de España, en el estudio de impacto ambiental se indica que se ha realizado un inventario no detectándose la presencia en el trazado del gasoducto de ningún ejemplar de las siguientes especies protegidas citadas por el INAGA: Riella heliophylla (sensible a la alteración de su hábitat en Aragón), Pterygoneurum sampaianum (interés especial en Aragón) y Pteryconeurum subsessile (en peligro de extinción en Aragón). No obstante, con carácter previo a la entrada de la maquinaria de desbroce se realizará una comprobación del inventario de flora y, si se detectase la presencia de alguna especie protegida se evitará a toda costa su eliminación mediante pequeñas variaciones de trazado, estrechamiento de la pista u otras medidas de protección oportunas.

Las medidas propuestas en el proyecto para minimizar el impacto sobre la vegetación son las siguientes: se delimitarán y jalonarán las masas de vegetación natural, se limitará la circulación del personal de la obra exclusivamente a la pista abierta y eliminarán los restos vegetales resultantes de la apertura de la pista. En época de riesgo de incendios se retirarán de forma inmediata a la apertura de la pista. Asímismo se respetarán los ejemplares de porte arbóreo si los hubiese y se tomarán medidas para su protección durante las obras.

Las zonas auxiliares para playas de acopio, parques de maquinaria, vertederos…etc se ubicarán en terrenos desprovistos de vegetación natural y siempre fuera de las áreas protegidas.

El estudio de impacto ambiental incluye un proyecto de restauración vegetal de las zonas afectadas por el proyecto, en el que se contempla la revegetación con especies autóctonas arbóreas y arbustivas.

Fauna. Durante la fase de construcción se podrán producir molestias a la fauna por la presencia de personal y maquinaria en la zona. Por otro lado, el desbroce de la vegetación supondrá una pérdida temporal de lugares de alimentación y cobijo para las especies de la zona.

Las medidas propuestas en el proyecto para minimizar la afección a la fauna amenazada son:

De manera previa a la entrada de maquinaria, personal especializado realizará recorridos sistemáticos para detectar lugares de interés para la fauna incluida en los catálogos de especies amenazadas (madrigueras, nidos, dormideros) y se tomarán en su caso medidas para salvaguardar estos lugares como pequeñas variantes del trazado, establecimiento de pista restringida o calendario restrictivo para las épocas de reproducción y cría. Se evitarán los trabajos nocturnos y se ajustará el calendario de obras para no afectar a las épocas de reproducción y al periodo en que se detecte presencia de fauna protegida.

Para evitar que los animales puedan quedar atrapados en las tuberías durante la fase de construcción, los extremos libres serán cerrados herméticamente al final de cada jornada y se revisará la zanja todas las mañanas en previsión de encontrar individuos atrapados. Además se mantendrá la zanja abierta el mínimo tiempo y se colocarán rampas para que las especies puedan escapar por ellas.

Destaca a lo largo de todo el gasoducto la presencia de avifauna protegida sobre todo en zonas próximas a cursos de agua y en las proximidades a la ZEPA Lagunas y carrizales de Cinco Villas.

En el estudio de impacto ambiental se señala que se realizará una prospección de la avifauna un mes antes del inicio de las obras. En la documentación complementaria remitida con posterioridad se indica que, en dicha prospección (que se llevará a cabo en las fechas de nidificación) se hará especial hincapié en las poblaciones de avetoro y cernícalo primilla, y se determinarán las zonas de nidificación en el entorno del proyecto. Las prospecciones se realizarán por técnico cualificado y los resultados se remitirán al INAGA.

Con el fin de proteger las especies catalogadas que anidan en la ZEPA Lagunas y carrizales de Cinco Villas en la documentación complementaria al proyecto se indica que entre los vértices de trazado V-063 y V-088, no se realizarán obras entre el 15 de febrero y 15 de julio por encontrarse a menos de 2 km de la ZEPA.

Respecto a la afecciones durante la fase de explotación, el principal impacto se deberá al efecto de los tendidos eléctricos sobre la avifauna. No obstante en la documentación complementaria al proyecto se indica que, dichas líneas cumplirán lo dispuesto en el Decreto 34/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas con el objeto de proteger la avifauna.

Por último, se descarta la posible afección al bivalvo Margaritifera auricularia, dado que los cruces con los cursos de agua incluidos en su Plan de Recuperación (Canal Imperial de Aragón, Canal del Tauste y río Ebro) se van a realizar mediante perforación horizontal, en los dos primeros cruces, y dirigida en el cruce con el Ebro.

Patrimonio y vías pecuarias. En cuanto al patrimonio se han tenido en cuenta en fase de diseño del proyecto las indicaciones efectuadas por Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, de modo que se evitan las afecciones a los elementos del patrimonio cultural próximos al proyecto. No obstante se contará con un arqueólogo, encargado del seguimiento de la obra en previsión de nuevos hallazgos en fase de obra.

En cuanto al cruce del gasoducto con el Canal Imperial de Aragón, declarado BIC, las obras de cruce cuentan con el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Zaragoza.

Por último, en cuanto a los cruces del trazado del gasoducto proyectado con las vías pecuarias, el promotor garantiza que el tránsito del ganado no quedará interrumpido en ningún momento y que se restituirá la vía a su estado original al acabar la obra. Por otro lado, se ha tramitado y resuelto ante el INAGA los correspondientes expedientes de ocupación temporal de las citadas vías pecuarias.

4.3 Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras.

Elemento del medio

Medidas

Suelos

Adecuada gestión de la tierra vegetal
Señalar la zona de ocupación temporal y limitar el tránsito de maquinaria pesada.
Realizar las labores de mantenimiento de maquinaria en zonas previstas para ello, y gestionar los residuos según indica la legislación de aplicación.

Hidrología

Cruce de los principales cauces mediante perforación dirigida/horizontal
Instalación provisional de sistemas de retención de materiales en suspensión.
Realización de los cruces con los cauces en época estival.
Protección, restauración y revegetación de los márgenes.

Vegetación

Comprobación del inventario de flora.
Delimitar las masas de vegetación natural y protegerlas. Evitar la eliminación de cualquier especie con alguna figura de protección y ejemplares arbóreos de gran porte.
Limitar la zona de circulación del personal de obra a la pista abierta para tal fin.
Situar las zonas de acopio y parques de maquinaria fuera de las áreas protegidas en terrenos desprovistos de vegetación natural.
Restauración de la vegetación en las zonas afectadas.

Fauna

Realizar una prospección en campo previa a la entrada de maquinaria.
Efectuar variantes del trazado o pista restringida en caso de afectar a nidos, dormideros o zonas de alimento.
Prospección de avifauna, en época de nidificación, en especial de las poblaciones de avetoro y cernícalo primilla.
No realizar obras entre los vértices de trazado V-063 y V-088, entre el 15 de febrero y 15 de julio, por encontrarse a menos de 2 km de la ZEPA.
Las lineas aéreas cumplirán lo dispuesto en el Decreto 34/2005, de medidas de protección a la avifauna.

Patrimonio cultural

Disponer de un arqueólogo encargado del seguimiento de la obra.
Cruce del Canal Imperial de Aragón mediante perforación dirigida.

5. Condiciones al proyecto.

En el caso de que, como resultado de la prospección de avifauna que se realizará en época de nidificación, se detectase la presencia de colonias de cernícalo primilla a menos de 2 km del gasoducto, se pondrá en conocimiento del INAGA, quien establecerá las medidas de protección a la especie que considere oportunas, en relación con el periodo de restricciones en la ejecución de las obras.

En las zonas con presencia de hábitats naturales de interés comunitario afectadas por el gasoducto, se presentará un proyecto de restauración para su aprobación ante el INAGA. Este estudio recogerá detalladamente la revegetación, no sólo de las zonas arboladas, sino también de las zonas con matorral o vegetación herbácea. Igualmente, deberá contener la correspondiente partida presupuestaria donde se incluyan todas las obras a realizar.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental.

El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental en el que se detallan todas las especificaciones necesarias para el seguimiento de las obras, así como todas las incidencias que sucedan durante el desarrollo del proyecto.

El objetivo es el cumplimiento de todas las indicaciones y medidas expuestas en el estudio de impacto ambiental y documentación complementaria, así como los condicionantes determinados en la presente declaración.

Se realizará un seguimiento sobre todos aquellos elementos y características del medio para los que se han identificado impactos. Se designará a un responsable del seguimiento y vigilancia ambiental, que, además de encargarse del cumplimiento y eficacia de las medidas preventivas y correctoras propuestas, habrá de presentar un registro del seguimiento de las mismas y de incidencias que pudieran producirse, ante los organismos competentes, así como proponer nuevas medidas a adoptar si se observa que los impactos son superiores a los previstos, o si fueran insuficientes las medidas inicialmente propuestas.

Durante la fase de obras, el promotor deberá explicitar en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el Boletín Oficial del Estado en el que se haya publicado la declaración de impacto ambiental.

Conclusión: En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Gasoducto Gallur-Tauste-Ejea de los Caballeros concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa y con las medidas y condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 29 de abril de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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