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Documento BOE-A-2010-12254

Resolución de 2 de julio de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Trabajos culturales sobre las plantaciones jóvenes de las zonas restauradas en la cuenca baja del Guadiana, Badajoz.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 30 de julio de 2010, páginas 66424 a 66429 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-12254

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece en su artículo 3.2 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada.

El proyecto Trabajos culturales sobre las plantaciones jóvenes de las zonas restauradas en la cuenca baja del Guadiana (Badajoz) se encuentra en este supuesto por estar encuadrado en el grupo 9, epígrafe n del referido anexo II.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo:

Se persigue alcanzar un doble objetivo: el mantenimiento de las plantaciones jóvenes para garantizar el éxito de la consolidación de la continuidad lineal y conectividad transversal del ecosistema fluvial; y un segundo objetivo es la defensa y protección del dominio público hidráulico frente a ocupaciones.

Se llevarán a cabo las siguientes actuaciones: reposición de marras, desbroces, podas sanitarias, eliminación de ejemplares autóctonos y de aquellos que se encuentren secos y/o decrépitos, riegos, etc.

Los trabajos culturales de la vegetación existente es una actuación en la que se engloban diversos tratamientos, cuya finalidad es garantizar el éxito de las plantaciones que se llevan realizando en las últimas temporadas.

Por otro lado los tratamientos silvícolas cumplen una serie de funciones fundamentales para mantener en buen estado las formaciones riparias:

Favorecen la regeneración de las especies a potenciar, en cuanto suponen una disminución de la competencia.

Reducen los efectos negativos de las crecidas, ya que se elimina material vegetal que puede ser arrastrado y acumulado en las obras de paso, generando taponamientos e inundaciones.

Mejoran el estado sanitario de la vegetación existente, puesto que con la eliminación de los pies y ramas secas se evita la proliferación de plagas y enfermedades.

Disminuyen el riesgo de incendios al reducirse el material vegetal.

El proyecto se localiza en el noroeste de la provincia de Badajoz, en los términos municipales de Talavera la Real, Lobón, Montijo, Pueblonuevo del Guadiana y Valdelacalzada.

El promotor y órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

2. Tramitación y consultas:

El 6 de abril del 2010 tiene entrada el proyecto en el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino. El 28 de abril de 2010 se consulta a los siguientes interesados:

Nombre consultado:

Ayuntamiento de Lobón.

Ayuntamiento de Montijo.

Ayuntamiento de Pueblonuevo del Guadiana.

Ayuntamiento de Talavera la Real.

Ayuntamiento de Valdelacalzada.

Asociación para Defensa Naturaleza y Recursos de Extremadura-ADENEX.

WWF/ADENA.

SEO.

Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Extremadura.

Diputación Provincial de Badajoz.

Ecologistas en Acción de Extremadura.

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Únicamente contestan, el Ayuntamiento de Valdelacalzada, en el sentido de que carece de los medios técnicos para emitir informe, y la Dirección General de Medio Natural de la Junta de Extremadura (informe recibido por medio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana). En este informe favorable es de destacar las siguientes medidas correctoras:

En caso de detección de nuevas nidificaciones de especies protegidas, se podrán adoptar las medidas oportunas que estime la Dirección General de Medio Natural de la Junta de Extremadura, con el objeto de conservar y proteger las especies catalogadas.

Respetar la apoca de cría de especies asociadas a las riberas. Los trabajos deben realizarse fuera del periodo comprendido entre el 15 de marzo y el 15 de mayo, con excepción de los riegos de plantas.

Respetar en todo momento la vegetación de ribera autóctona que puede haberse desarrollado.

Comunicar al coordinador de agentes de medio natural de la zona, el inicio de los trabajos para realizar la supervisión ambiental de los mismos y apoyar en caso de aparición de especies protegidas.

La Confederación Hidrográfica del Guadiana en el oficio de fecha de 27 de mayo de 2010 acepta la inclusión en el proyecto de las medidas establecidas por la Dirección General de Medio Natural de la Junta de Extremadura.

3. Análisis según los criterios del anexo III:

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del anexo III del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Características del proyecto:

Reposición de marras a través de plantas de una savia.

Mantenimiento de la plantación joven existente mediante riegos en los meses de verano.

Acondicionamiento de riberas mediante tratamientos silvícolas como desbroces de matorral, podas sanitarias y eliminación de pies aislados de ejemplares alóctonos y de aquellos autóctonos que se encuentren secos y/o decrépitos.

Con el fin de favorecer la biodiversidad de hábitats se respetarán zonas alternas a ambos lados del cauce en las que no se llevará ningún tipo de tratamiento silvícola. Asimismo se dejarán árboles y grandes ramas muertas sin retirar, siempre que no obstaculicen el cauce.

Descripción de las actuaciones:

Desbroces: se realizarán desbroces sobre la vegetación arbustiva, llevándose a cabo de manera puntual y no generalizada. Además se respetaran en todo momento aquellas especies que se encuentren recogidas en el Catálogo tanto Nacional como Regional de Especies Amenazadas, o incluidas en la legislación europea (Directiva 92/43/CE). Se llevarán a cabo en aquellas zonas donde se vayan a restaurar los hábitats riparios y la dominancia de la vegetación arbustiva suponga un problema para los ejemplares arbóreos más pequeños, por lo que la intensidad del desbroce será baja. Esta actuación se llevará a cabo entre los meses de agosto y febrero, ambos inclusive a fin de evitar interacciones negativas con las comunidades reproductoras existentes en la zona.

Clareos: se procederá a realizar cortas de policía de la vegetación autóctona, que consistirá en eliminar aquellos ejemplares que se encuentren secos, enfermos y/o decrépitos y cuya permanencia suponga la permanencia de plagas y enfermedades. No se eliminarán las masas de eucaliptos para no dejar la zona sin cubierta vegetal, aunque si se eliminaran aquellos pies aislados de la misma especie que se encuentren entre la vegetación riparia. Para evitar el rebrote, los tocones que se encuentren en la zona así como aquellos que aparezcan con el clareo que se pretende realizar, se tratarán con un herbicida sistémico tipo glifosato (36 %), que por su baja toxicidad no supone ningún riesgo para la fauna del ecosistema ripario.

Podas: se llevarán a cabo podas de realce que consistirán exclusivamente en la eliminación de todos los chupones y/o ramillas bajas que presenten los pies arbóreos de la zona. Se pueden aprovechar estas podas para diseñar las copas de estos pies para conseguir aumentar la aireación dentro de la copa, mejorar la entrada de la luz solar, consiguiendo por lo tanto la formación de la planta en un pié arbóreo bien conformado, libre de presentar hongos y enfermedades.

Eliminación de residuos: los restos vegetales procedentes de las operaciones de desbroces, podas y clareos, se eliminaran mediante astilladora in situ. Debido a la baja densidad que presentan estas actuaciones, los restos obtenidos se incorporarán al suelo.

Reposición de marras: se realizará la reposición de las marras muertas de las plantaciones de años anteriores. Los principios básicos a los que deberá atender las reposiciones, coincidirán con los que se tuvieron en cuenta en las repoblaciones iniciales, siendo estos los siguientes:

1. Deberá resultar diversa y heterogénea, es decir, deberá imitar las pautas de distribución de otros tramos considerados en buen estado de conservación.

2. Deberá quedar conectada funcionalmente con el cauce, para que ofrezcan hábitat y refugio a la fauna acuática, sombree las aguas (evitando un excesivo calentamiento de las mismas), etc.

3. Debe ofrecer un corredor continuo para el desplazamiento de la fauna.

La densidad de reposición será de 100 pies/ha y la conformarán especies autóctonas de una savia.

Se realizará una rebalseta o alcorque a cada planta y se le implantará un riego de implantación de 50 l/planta.

Las reposiciones se llevarán a cabo dentro del reposo vegetativo de las distintas especies a instaurar; es decir, en la zona de actuación se considera óptimo el periodo comprendido entre el 15 de octubre y el 15 de febrero.

Riegos: para asegurar el éxito de las plantaciones jóvenes existentes, se les aportará riegos de 10l/planta a 200 ejemplares/ha en aquellos meses del periodo estival en los que se considere más necesario el riego.

Ubicación del proyecto. El proyecto se localiza en el noroeste de la provincia de Badajoz, en los términos municipales de Talavera la Real, Lobón, Montijo, Pueblonuevo del Guadiana y Valdelacalzada.

La actividad no se encuentra en Red Natura 2000, pero sí existen dos hábitats de interés comunitario, los bosques de fresnos con Fraxinus angustifolia (91B0), y los bosques de galería de Salix alba y Populus alba (92A0). Las especies presentes son fresnos (Fraxinus angustifolia), sauces, (Salix spp), olmos (Ulmus minor), chopos (Populus alba y Populus nigra), majuelo (Crataegus monogyna), adelfas (Nerium oleander), Tarays, (Tamarix gallica), etc.

Especies de fauna destacadas incluidas en el catálogo regional de especies amenazadas: respecto a la avifauna destacan las siguientes especies: la garcilla bueyera (Bulbulcus ibis), la garza real (Ardea cienerea) y la garceta común (Egretta garzetta), martín pescador (Alcedo Atthis), todas ellas catalogadas como de interés especial, la garcilla cangrejera (Aredea ralloides), catalogada como en peligro de extinción, el calamón (Porphyrio porphyrio), aguilucho cenizo (Circus pygargus) martinete (Nycticorax nicticorax) catalogados como sensible a la alteración del hábitat, elanio azul (Elanus caeruleus), catalogado como vulnerable. Dentro de la ictiofauna destaca la Alosa alosa, Rutilus albusnoides, y Chondrostoma polylepis. Por ultimo, dentro de los mamíferos hay que destacar la nutria (Lutra lutra) catalogada como sensible a la alteración del hábitat.

Características del potencial impacto. Durante la fase de explotación, el impacto será favorable dado que las actuaciones contribuirán a la consolidación de la conectividad longitudinal y transversal del ecosistema fluvial mediante la consolidación de la vegetación autóctona. Se aumentará la diversidad de especies, se eliminarán especies alóctonas, se potenciará la mejora fitosanitaria de la masa forestal, y la protección del dominio público frente a ocupaciones. No obstante durante la fase de obras se producirán impactos de carácter negativo, aunque temporales y reversibles, derivados de los trabajos culturales. Dichos impactos resumidamente son los siguientes:

Sobre el aire: el polvo motivado por el movimiento de las tierras y los humos generados por la maquinaria, serán impactos de intensidades bajas y reversibles.

Sobre el agua: se producirá un aumento temporal de los sólidos en suspensión de las masas de agua afectadas.

Sobre el suelo: se producirá una afección media y reversible por compactación de los terrenos.

Sobre el paisaje: la plantación de marras tendrá un efecto positivo y permanente en el paisaje.

Sobre la vegetación y la flora: las actuaciones proyectadas tendrán un efecto negativo, temporal y reversible sobre la vegetación de la zona tras los tratamientos silvícolas.

Sobre la fauna: en el área existen especies sensibles a las molestias que se ocasionarán durante el periodo de las obras debidas al tránsito de maquinaria y personal, contaminación acústica y atmosférica, potencial destrucción de hábitat, etc.

Generación de residuos y vertidos: durante la ejecución de la obra, los residuos producidos serán emisiones de polvo, vertidos de aceites y combustibles procedentes de la actividad de la maquinaria, aunque la mayoría de las actuaciones se harán de forma manual. La colocación del cartel de obra es la única actuación que puede provocar vertidos de cemento y otros sólidos.

Para minimizar los impactos mencionados, se llevarán a cabo las siguientes medidas preventivas/correctoras: el parque de maquinaria, elementos auxiliares, viarios, etc se localizarán fuera de las zonas de exclusión, que vendrán definidas por las áreas de mayor calidad y fragilidad ambiental. Se procederá al jalonamiento estricto de la superficie de ocupación. Se establecerán medidas preventivas para la emisión de ruidos y partículas en suspensión (riegos, control de maquinaria, etc). Para la protección del suelo y de la calidad de las aguas se descompactará y recuperará el suelo de las zonas afectadas y se llevará a cabo un adecuado control de los residuos, vertidos, etc. Para la protección del medio natural se minimizará el desbroce y eliminación de la vegetación, adecuando estas actuaciones a los periodos vitales de las especies sensibles. Las actuaciones de saneamiento se limitarán a rozas puntuales de «Cistus ladanifer». Se seguirá las recomendaciones establecidas en el documento ambiental, limitando las labores de desbroce al periodo comprendido desde agosto a febrero. Se prestará especial atención durante los trabajos a la detección de nidos y madrigueras, comunicando la presencia al órgano autonómico competente.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelve no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 2 de julio de 2010.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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