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Documento BOE-A-2010-13481

Orden EHA/2274/2010, de 30 de julio, de extinción y cancelación de la inscripción de la entidad Asociación Benéfica de Previsión Social de Funcionarios del Instituto Nacional de Estadística, en liquidación, del Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 27 de agosto de 2010, páginas 74678 a 74678 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2010-13481

TEXTO ORIGINAL

Por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 26 de octubre de 2007, se encomendó la liquidación de la entidad Asociación Benéfica de Previsión Social de Funcionarios del Instituto Nacional de Estadística (en liquidación) al Consorcio de Compensación de Seguros.

Habiendo sido ultimado el proceso de liquidación de la referida entidad, el Consorcio de Compensación de Seguros solicita la extinción y cancelación de la inscripción del Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Asociación Benéfica de Previsión Social de Funcionarios del Instituto Nacional de Estadística (en liquidación).

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre y demás normativa aplicable.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.5 del citado Texto Refundido, y a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Declarar la extinción y consiguiente cancelación en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74 de dicho texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, de la entidad Asociación Benéfica de Previsión Social de Funcionarios del Instituto Nacional de Estadística (en liquidación), conforme a lo dispuesto en el artículo 28.5 de la Ley citada.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio; reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 30 de julio de 2010.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía.

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