Visto el expediente de indulto de don Emilio Martín de la Fuente Espinosa, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Ciudad Real, en sentencia de 4 de octubre de 2007, como autor de dos delitos de falso testimonio en concurso ideal con un delito intentado de estafa, a la pena de un año y seis meses de prisión y multa de cinco meses con una cuota diaria de 10 euros e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el ano 2001, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de enero de 2010,
Vengo en conmutar a don Emilio Martín de la Fuente Espinosa las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento por otra de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad y un año de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 8 de enero de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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