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Documento BOE-A-2010-2555

Orden FOM/300/2010, de 29 de enero, por la que se modifica la delimitación de la zona de servicio del plan director del Aeropuerto de Málaga, aprobado por Orden FOM/2615/2006, de 13 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 16 de febrero de 2010, páginas 14362 a 14369 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2010-2555

TEXTO ORIGINAL

El Plan Director del Aeropuerto de Málaga fue aprobado por Orden del Ministerio de Fomento Orden FOM/2615/2006, de 13 de julio, de conformidad con lo establecido en el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social y en el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio.

El artículo 166 de la Ley 13/1996, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, determina que el Ministerio de Fomento delimitará para los aeropuertos de interés general una zona de servicio que incluirá las superficies necesarias para la ejecución de las actividades aeroportuarias, las destinadas a las tareas complementarias de ésta y los espacios de reserva que garanticen la posibilidad de desarrollo y crecimiento del conjunto y aprobará el correspondiente Plan Director de la misma en el que se incluirán, además de las actividades contempladas en el artículo 30 (en realidad, 39) de la Ley de Navegación Aérea, de 21 de julio de 1960, los usos industriales y comerciales cuya localización en ella resulte necesaria o conveniente por su relación con el tráfico aéreo o por los servicios que presten a los usuarios del mismo.

Así, el Plan Director del Aeropuerto de Málaga delimitó una zona de servicio que quedó configurada por un conjunto de líneas rectas y curvas representadas en el Plano n.º 4.4, hoja 1, de dicho Plan Director mediante las coordenadas UTM de sus vértices principales.

Esta Orden tiene por objeto la modificación de la delimitación de la zona de servicio prevista en el Plan Director del Aeropuerto de Málaga, redefiniendo el límite del sistema general aeroportuario, para la ejecución de un sistema viario público de carácter municipal que permita descongestionar el actual acceso al aeropuerto, a petición del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, obteniendo un nuevo acceso desde dicho sistema viario e incluyendo nuevos terrenos colindantes con la MA-21, sin que ello modifique sustancialmente la estructura y funciones establecidas en el Plan Director.

En su virtud, a propuesta de la Secretaría de Estado de Transportes, previo informe de la Dirección General de Aviación Civil y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre de medidas fiscales, administrativas y del orden social, y con el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, de ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden FOM/2615/2006, de 13 de julio, por la que se aprueba el Plan Director del Aeropuerto de Málaga.

La Orden FOM/2615/2996, de 13 de julio por la que se aprueba el Plan Director del Aeropuerto de Málaga, se modifica en los siguientes términos:

Uno. El primer párrafo del artículo segundo de la Orden por la que aprueba el Plan Director del Aeropuerto de Málaga, pasa a tener dos párrafos y queda redactado de la siguiente forma:

«Segundo. La zona de servicio del aeropuerto delimitada por el Plan Director, tiene una superficie estimada de 570,59 hectáreas, de las cuales alrededor de 453,706 hectáreas corresponden al subsistema de movimiento de aeronaves, 67,920 hectáreas al subsistema de actividades aeroportuarias y 48,964 hectáreas a las zonas de reserva aeroportuaria.

La delimitación sur del aeropuerto queda modificada entre los puntos 24 y 28 de la Orden Fom 2615/2006, por los nuevos puntos A-B-C-D-E-F-G-H-I-L que aparecen grafiados en el plano adjunto a la presente Orden Ministerial.»

Dos. En el artículo tercero, el primer párrafo del apartado 1 (Subsistema de Movimiento de Aeronaves), el apartado 2 (Subsistema de Actividades Aeroportuarias) y el apartado 3 (Zona de Reserva), se modifican como sigue:

«1. El subsistema de movimiento de aeronaves contiene los espacios y superficies utilizados por las aeronaves en sus movimientos de aterrizaje, despegue y circulación en rodadura y estacionamiento. Está constituido por el campo de vuelos, la plataforma de estacionamiento de aeronaves y las instalaciones auxiliares, y comprende una superficie estimada de 453,706 hectáreas, según se representa en el plano número 4.1 del Plan Director.»

«2. El subsistema de actividades aeroportuarias contiene las infraestructuras, instalaciones y edificaciones que completan, dentro del ámbito aeroportuario, el proceso de intercambio modal entre el transporte aéreo y el sistema terrestre urbano provincial, garantizando su eficacia funcional y la calidad del servicio. Tiene una superficie estimada de 67,920 hectáreas, que se distribuye en las siguientes zonas funcionales, según figura en el plano número 4.2 del Plan Director, quedando modificadas las siguientes zonas:

2.4 Zona de servicios: Contiene las infraestructuras, instalaciones, edificaciones y servicios destinados a la atención y gestión técnica del aeropuerto, entre los que se encuentra el bloque técnico, la torre de control, el nuevo SEI y las instalaciones radioeléctricas, no considerándose incluir la superficie de 1,206 hectáreas, correspondientes al actual SEI por estar situado en terrenos pertenecientes a la Base Militar. La superficie total de esta zona es de 6,423 hectáreas.

2.6 Zona de abastecimiento: Contiene acometidas, instalaciones, elementos terminales y redes de distribución de las infraestructuras energéticas y básicas necesarias para el funcionamiento del aeropuerto. Superficie 5,628 hectáreas.»

«3. La zona de reserva aeroportuaria contiene los espacios necesarios para posibilitar el desarrollo de nuevas instalaciones y servicios aeroportuarios, así como las ampliaciones de cualquiera de las zonas anteriormente mencionadas. Su superficie es de 48,964 hectáreas, según se representa en el plano 4.1 del Plan Director.»

Tres. El anexo de la Orden Fom/2615/2006, que contiene el plano 4.4 de coordenadas UTM de delimitación de la zona de servicio, queda sustituido por el que figura en esta orden.

Cuatro. Se modifica el epígrafe 5.5 «Delimitación de la zona de servicio del desarrollo previsto propuesto y actividades previstas», del Documento I Memoria del Plan Director del Aeropuerto Málaga, que queda redactado en los términos expresados en el apartado uno anterior.

Cinco. Se modifica el Documento II «Planos» del Plan Director del Aeropuerto de Málaga, para sustituir el plano 4.4 de coordenadas UTM de delimitación de la zona de servicio, por el que figura en esta orden, y rectificar los restantes planos del documento que se vean afectados.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de enero de 2010.–El Ministro de Fomento, José Blanco López.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Coordenadas UTM (ED50) de la zona de servicio aeropuerto de Málaga

Coordenadas UTM (ED50) de la zona de servicio aeropuerto de Málaga-recinto 1

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Coordenadas UTM (ED50) de la zona de servicio aeropuerto de Málaga-recinto 1

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Coordenadas UTM (ED50) de la zona de servicio aeropuerto de Málaga-recinto 2

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Coordenadas UTM (ED50) de la zona de servicio aeropuerto de Málaga-recinto 3

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Coordenadas UTM (ED50) de la zona de servicio aeropuerto de Málaga-recinto 4

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Coordenadas UTM (ED50) de la zona de servicio aeropuerto de Málaga-recinto 5

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Coordenadas UTM (ED50) de la zona de servicio aeropuerto de Málaga-recinto 6

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Coordenadas UTM (ED50) de la Parcela del VOR/DME MGA (Monte La Reina)

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Coordenadas UTM (Ed50) de la Parcela del Radar MGA

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368519

y

4058545

y

4058520

y

4058564

Coordenadas UTM (ED50) de la Parcela del NDB GMM (Santa Rosalía)

1

x

359790

3

x

359805

1

x

359790

y

4065901

y

4065865

y

4065901

2

x

359812

4

x

359780

 

 

y

4065887

y

4065886

 

 

Coordenadas UTM (ED50) de la parcela del NDB RMA y Radiobaliza GAA

1

x

368119

3

x

368128

5

x

368104

y

4058284

y

4058236

y

4058267

2

x

368146

4

x

368101

1

x

368119

y

4058258

y

4058259

y

4058284

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