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Documento BOE-A-2011-10503

Orden EDU/1655/2011, de 13 de mayo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Millesoli Onlus (Delegación en España).

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2011, páginas 61867 a 61868 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-10503

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, de la Fundación Millesoli Onlus (Delegación en España), según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero.–La Fundación Millesoli Onlus fue constituida mediante escritura pública de fecha 19 de abril de 2005, otorgada ante don Francesco Lacchi, notario miembro del Colegio del Distrito Notarial Unificado de Milán, Busto Arsizio, Lodi, Monza y Varese, que fue modificada ante el citado notario, con fecha 25 de octubre de 2005 e inscrita en el Registro Económico Administrativo de la Cámara de Comercio de Milán, con el número 2.161, se rige por los Estatutos Sociales incorporados a la escritura de constitución, que fueron modificados posteriormente. Asimismo, en documento expedido por el Registro Regional de Personas Jurídicas Privadas de la Región de Lombardía (Italia), se acredita el registro de la referida Fundación conforme a la Ley de la República Italiana.

Los fines de la Fundación, de acuerdo con los Estatutos son, entre otros, promover y sustentar iniciativas de beneficencia a favor de sujetos desfavorecidos y, en particular, a favor de menores; poner en marcha actividades de promoción de los derechos de la infancia, preferiblemente mediante acciones de cooperación para el crecimiento y la evolución en países en vías de desarrollo; activar y contribuir al desarrollo de iniciativas de soporte a distancia; realizar actividades de asistencia social mediante la puesta en marcha de proyectos orientados al desarrollo en los tres sectores fundamentales de la vida humana, como son la alimentación, la alfabetización y la sanidad; llevar a cabo actividades informativas y formativas destinadas a la opinión pública y, de manera particular, a aquellos sectores (formadores, educadores, animadores) que, dentro de la misma, desempeñen un papel pedagógico, incluyendo los cursos de formación y actualización de conocimientos; llevar a cabo proyectos culturales mediante actividades de carácter educativo dirigidas a menores y adultos, ya sea dentro del movimiento o bien en diferentes ámbitos de asociación social, incluso en el ámbito internacional, al objeto de promover y difundir los ideales de la fundación.

Segundo.– En la escritura pública otorgada el 8 de marzo de 2007, ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don José Manuel Rodríguez-Escudero Sánchez, con el número 1.034 de su protocolo, que fue subsanada por la escritura pública número 578, autorizada el 18 de febrero de 2011, ante la notario Doña Isabel Estapé Tous, Don Piero Capponi, en representación de la Fundación italiana, formaliza el establecimiento de una delegación en territorio español que se denomina y cuyos datos son los siguientes:

Fundación Millesoli Onlus (Delegación en España).

Ámbito: Estatal.

Domicilio: Valladolid, calle Padre Claret, número 2.

Las actividades que, en cumplimiento de los fines, pretende realizar la delegación de forma estable en España son: promover y sustentar iniciativas de beneficencia a favor de sujetos desfavorecidos y, en particular, a favor de menores; poner en marcha actividades de promoción de los derechos de la infancia, preferiblemente mediante acciones de cooperación para el crecimiento y la evolución en países en vías de desarrollo; activar y contribuir al desarrollo de iniciativas de soporte a distancia; realizar actividades de asistencia social mediante la puesta en marcha de proyectos orientados al desarrollo en los tres sectores fundamentales de la vida humana, como son la alimentación, la alfabetización y la sanidad; llevar a cabo actividades informativas y formativas destinadas a la opinión pública y, de manera particular, a aquellos sectores (formadores, educadores, animadores) que, dentro de la misma, desempeñen un papel pedagógico, incluyendo los cursos de formación y actualización de conocimientos; llevar a cabo proyectos culturales mediante actividades de carácter educativo dirigidas a menores y adultos, ya sea dentro del movimiento o bien en diferentes ámbitos de asociación social, incluso en el ámbito internacional, al objeto de promover y difundir los ideales de la fundación.

Se designa como representante de la Delegación en España a Don Piero Capponi, a quién se le otorga poderes, según consta en la escritura número 1.034, autorizada el 8 de marzo de 2007, ante el notario Don José Manuel Rodríguez-Escudero Sánchez, de establecimiento de la Delegación en España de la Fundación.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Son de aplicación al caso presente los artículos 7 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y el artículo 4 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Segundo.–Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, en tanto no entre en funcionamiento el Registro de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes por lo que procede la inscripción de la Fundación Millesoli Onlus (Delegación en España) en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Millesoli Onlus (Delegación en España), con domicilio en Valladolid, calle Padre Claret, número 2, para llevar a cabo las actividades señaladas en el segundo de los antecedentes de hecho.

Segundo.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la designación de don Piero Capponi, como representante de la Fundación Millesoli Onlus (Delegación en España), a quien se les otorga poderes, según consta en la escritura número 1.034, autorizada el 8 de marzo de 2001, ante el notario Don José Manuel Rodríguez-Escudero Sánchez.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 13 de mayo de 2011.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal Muñoz.

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