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Documento BOE-A-2011-13038

Orden SPI/2132/2011, de 13 de julio, por la que se clasifica la Fundación La Valmuza y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 28 de julio de 2011, páginas 85621 a 85622 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-13038

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación la Valmuza resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación La Valmuza.

Fines: Los fines de interés general de la Fundación son:

1. La Cooperación al desarrollo, como instrumento para contribuir a la reducción de la pobreza, fomentar la equidad de género y propiciar un desarrollo sostenible que sea respetuoso con el medio ambiente y favorezca la lucha contra el cambio climático.

2. La Educación para el Desarrollo, como elemento que sirva para posibilitar, el conocimiento de la realidad de los países en vías de desarrollo por parte de la sociedad española, y como herramienta para propiciar la difusión de los valores de la solidaridad, tolerancia y compromiso social.

3. La promoción y Formación del Voluntariado.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la Fundación radicará en la calle Núñez de Balboa, número 83, de Madrid, y su ámbito de actuación será nacional e internacional.

Fundadores: Don Ignacio Martos-O´Neale Pujadas.

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por el fundador.

Desembolso inicial: Diez mil euros.

Desembolso Pendiente: Veinte mil euros.

Escritura pública de constitución. Otorgada ante el notario de Salamanca, don Antonio Doral Álvarez, el 6 de mayo de 2011, con el número 490 de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Ignacio Martos-O´Neale Pujadas.

Vicepresidente: Doña Paloma Martos-O´Neale Miguel Romero.

Secretaria: Doña Teresa Solaun Abrisqueta.

Fundamentos de derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundacion la Valmuza cuyos fines de interés general son de cooperación al desarrollo, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, bajo el número 28-1.647.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato, así como la aceptación de sus cargos, tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 13 de julio de 2011.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, P. D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, Luis Pedro Villameriel Presencio.

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