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Documento BOE-A-2011-13506

Acuerdo 188/2011, de 14 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el enclave de "Zorita-Las Quintanas" en Valoria la Buena (Valladolid), bien de interés cultural con categoría de zona arqueológica.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 5 de agosto de 2011, páginas 89926 a 89927 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2011-13506

TEXTO ORIGINAL

El enclave de «Zorita-Las Quintanas» se localiza en la margen izquierda del río Pisuerga, ocupando un extenso espacio en el interior de uno de los amplios meandros que forma el curso fluvial. La zona arqueológica comprende los yacimientos de Zorita, las Quintanas, y los despoblados de Galleta y constituye uno de los complejos arqueológicos más importantes de la Edad del Hierro.

La Dirección General de Patrimonio Cultural, por Resolución de 11 de diciembre de 2008, acordó incoar procedimiento de declaración del enclave «Zorita-Las Quintanas» en Valoria la Buena (Valladolid), como Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 42 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Universidad IE de Segovia informó favorablemente la pretendida declaración. Habiéndose solicitado informe a la Universidad de Valladolid, transcurridos tres meses desde la solicitud, sin que este informe haya sido emitido, se entiende favorable a la declaración, en aplicación del mencionado artículo del Reglamento para la protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto no se presentan alegaciones.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar el enclave de «Zorita-Las Quintanas» en Valoria la Buena (Valladolid), Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 14 de julio de 2011, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.

Declarar el enclave de «Zorita-Las Quintanas» en Valoria la Buena (Valladolid), Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica.

Segundo.

Delimitación de la zona afectada por la declaración:

Origen: Río Pisuerga a la altura de la curva del C.º Valdezarza.

Tramos:

• Río Pisuerga aguas arriba hasta el punto a la altura del cruce del C.º del río al Soto con la Vereda C.º Real de San Martín.

• Vereda C.º Real de San Martín hasta arroyo.

• Arroyo de Maderazos hasta C.º a la altura de la curva.

• C.º sin nombre.

• C.º de la Rivera hasta la Vereda C.º Real de San Martín.

• Vereda C.º Real de San Martín hasta C.º Valdezarza.

• C.º Valdezarza hasta punto de inicio.

Motivación: El área definida como Zona Arqueológica se justifica en razón de posibilitar la protección total del conjunto de yacimientos que comprende y que constituyen uno de los complejos arqueológicos más importantes de la Edad del Hierro, mas allá de los estrictos límites de dichos yacimientos, incluyendo las zonas anejas como necrópolis y cenizales.

La zona afectada por la declaración, es la que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 14 de julio de 2011.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, Alicia García Rodríguez.

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