Por Orden SPI/1191/2011, de 6 de mayo, se establecían las bases reguladoras y se convocaba la concesión de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El artículo 11, punto 3, párrafo tercero, de la mencionada Orden determinaba que las resoluciones se dictarían y notificarían en el plazo máximo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la Orden de bases y de convocatoria.
Dado el importante volumen de solicitudes de subvención formuladas y que la fecha límite de resolución es el 12 de noviembre de 2011, se hace necesaria una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes, de acuerdo con el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En su virtud, dispongo:
El plazo de resolución y notificación previsto en el artículo 11, punto 3, párrafo tercero, de la Orden SPI /1191/2011, de 6 de mayo, queda ampliado hasta el 30 de diciembre de 2011.
Mediante esta orden quedan notificadas todas las entidades solicitantes que han concurrido a la referida convocatoria, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 3 de noviembre 2011.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín Iraola.
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