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Documento BOE-A-2011-17706

Orden SPI/3025/2011, de 3 de noviembre, por la que se acuerda ampliar el plazo de resolución de la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 10 de noviembre de 2011, páginas 116899 a 116899 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-17706

TEXTO ORIGINAL

Por Orden SPI/1191/2011, de 6 de mayo, se establecían las bases reguladoras y se convocaba la concesión de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El artículo 11, punto 3, párrafo tercero, de la mencionada Orden determinaba que las resoluciones se dictarían y notificarían en el plazo máximo de seis meses, contado desde la fecha de publicación de la Orden de bases y de convocatoria.

Dado el importante volumen de solicitudes de subvención formuladas y que la fecha límite de resolución es el 12 de noviembre de 2011, se hace necesaria una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes, de acuerdo con el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Ampliación del plazo de resolución y notificación.

El plazo de resolución y notificación previsto en el artículo 11, punto 3, párrafo tercero, de la Orden SPI /1191/2011, de 6 de mayo, queda ampliado hasta el 30 de diciembre de 2011.

Artículo 2. Notificación.

Mediante esta orden quedan notificadas todas las entidades solicitantes que han concurrido a la referida convocatoria, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 3. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de noviembre 2011.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín Iraola.

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