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Documento BOE-A-2011-2374

Resolución de 12 de enero de 2011, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Acuerdo de modificación del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Galicia, para la promoción de la igualdad de oportunidades de los jóvenes, mediante el desarrollo de programas de promoción de la emancipación juvenil, para el año 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 7 de febrero de 2011, páginas 13230 a 13232 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-2374

TEXTO ORIGINAL

Suscrito en fecha de 16 de diciembre de 2010, el Acuerdo de modificación del Convenio de colaboración, de fecha de 27 de octubre de 2010, entre el Instituto de la Juventud y la Comunidad Autónoma de Galicia (B.O.E. n.º 3, de 4 de enero de 2011), para la promoción de la igualdad de oportunidades de los y las jóvenes, mediante el desarrollo de programas de promoción de la emancipación juvenil, mediante el acceso al empleo y la vivienda, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 12 de enero de 2011.–El Director General del Instituto de la Juventud, Gabriel Alconchel Morales.

ANEXO

Acuerdo de modificación del Convenio de colaboración suscrito el 27 de octubre de 2010 entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad y la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad de oportunidades de los y las jóvenes mediante el desarrollo de programas de promoción de la emancipación juvenil para el año 2010

En Madrid, a 16 de diciembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte, don Gabriel Alconchel Morales, Director General del Instituto de la Juventud del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, nombrado por Real Decreto 606/2008, de 21 de abril («Boletín Oficial del Estado» núm. 97, de 22 de abril), en nombre y representación de la Administración General del Estado –Instituto de la Juventud–, en el ejercicio de las facultades que tiene atribuidas por el artículo 7 del Real Decreto 486/2005, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Instituto de la Juventud.

Y de otra parte, doña Beatriz Mato Otero, en nombre y representación de la Consellería de Traballo e Benestar de la Comunidad Autónoma de Galicia, en virtud de las competencias que le son reconocidas por el Decreto 81/2009, de 19 de abril, de su nombramiento, y en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de la Xunta y de su Presidente.

EXPONEN

1. Que con fecha 27 de octubre de 2010, se suscribió un Convenio de colaboración entre ambas partes para la promoción de la igualdad de oportunidades de los y las jóvenes mediante el desarrollo de programas de promoción de la emancipación juvenil para el año 2010.

2. Para el cumplimiento del objeto establecido en la cláusula anterior, se desarrollarían actuaciones dirigidas a promover la emancipación juvenil mediante el desarrollo del programa de emancipación: empleo y vivienda joven.

3. El INJUVE contribuiría a financiar este programa con cargo a sus créditos presupuestarios disponibles, del Programa 232A, Concepto 450, por un importe de ciento cincuenta y un mil ciento cuarenta y un euros con venticuatro céntimos (151.141,24 €).

4. Que dicho importe fue consignado de forma errónea debiendo figurar la cantidad de ciento cuarenta y nueve mil cuatrocientos dieciocho euros con tres céntimos (149.418,03 €).

5. Que dicho error exige una modificación en el Convenio suscrito el 27 de octubre de 2010.

6. Que en virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan modificar el Convenio de colaboración de 27 de octubre de 2010, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.–Constituye el objeto del presente Acuerdo, la modificación del Convenio de colaboración de fecha 27 de octubre de 2010, relativo a la colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad de oportunidades de los y las jóvenes mediante el desarrollo de programas de promoción de la emancipación juvenil para el año 2010.

Segunda.–La aportación económica de ciento cincuenta y un mil ciento cuarenta y un euros con venticuatro céntimos (151.141,24 €) del Instituto de la Juventud fue consignada de forma errónea en la cláusula cuarta apartado 1 del citado Convenio, debiendo figurar la de ciento cuarenta y nueve mil cuatrocientos dieciocho euros con tres céntimos (149.418,03 €).

Así la cláusula cuarta, apartado 1 del Convenio de colaboración, de 27 de octubre de 2010, queda modificada por la presente, en la siguiente forma:

«Cuarta. Coste del programa y aportaciones de las partes.

El INJUVE y la Comunidad Autónoma de Galicia se comprometen a cofinanciar las actividades y actuaciones de los programas objeto del presente Convenio de colaboración, en los términos siguientes:

1. El INJUVE contribuirá a financiar este programa con cargo a sus créditos presupuestarios disponibles, del Programa 232A, Concepto 450, por un importe de ciento cuarenta y nueve mil cuatrocientos dieciocho euros con tres céntimos (149.418,03 €).

Programa de emancipación: empleo y vivienda joven:

1. Mantenimiento, de una oficina de emancipación donde se desarrollarán acciones en torno al empleo y la vivienda joven en Santiago de Compostela: 70.418,03 €.

2. Otras acciones de emancipación:

Puesta en marcha del proyecto «Redes de Espazos Xove de Dinamización Xuvenil e Emancipación»: 59.000,00 €.

Mantenimiento y actualización de contenidos de la página web: 20.000,00 €.

El INJUVE transferirá a la Comunidad Autónoma de Galicia el importe señalado de la siguiente forma:

El setenta y cinco por ciento de este importe a la firma del Convenio de colaboración y el resto una vez cumplidas las obligaciones establecidas en el párrafo penúltimo del apartado tres.»

Quinta.–Al presente Acuerdo de modificación, le es de aplicación respecto de su naturaleza, régimen jurídico y jurisdicción, lo dispuesto en la cláusula novena del Convenio de colaboración suscrito el 27 de octubre de 2010.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con todo lo anterior, las partes firman el presente Acuerdo de modificación del Convenio de colaboración de fecha 27 de octubre de 2010, en el lugar y fecha expresados, en tres ejemplares que dan fe.–Por el Instituto de la Juventud, Gabriel Alconchel Morales.–Por la Consellería de Traballo e Benestar de la Comunidad Autónoma de Galicia, Beatriz Mato Otero.

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