Suscrito el 29 de diciembre de 2010, Convenio Específico para el año 2010, entre el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad de Madrid y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 12 de enero de 2011.–La Secretaria General de Política Social y Consumo, Isabel María Martínez Lozano.
Convenio específico para el año 2010 del protocolo general de colaboración suscrito el 20 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Comunidad de Madrid
En Madrid, a 29 de diciembre de 2010.
REUNIDAS
De una parte, doña Leire Pajín Iraola, Ministra de Sanidad, Política Social, e Igualdad, nombrada por Real Decreto 1329/2010, de 20 de octubre, B.O.E. de 21 de octubre, en representación del Gobierno de la Nación, en virtud de las competencias que le atribuyen el art. 4.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.
De otra, la señora doña Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 7.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, modificada por Ley 1/2001, de 29 de marzo.
EXPONEN
Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 20 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad de dicha Comunidad en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,
ACUERDAN
Primero.–Que la actuación de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid en el año 2010 se concretará en el desarrollo de los programas:
Servicio itinerante de prevención de las adicciones dirigido a adolescentes y jóvenes de la Comunidad de Madrid: 100.000,00 €.
Servicio móvil de reducción de daños: 600.000,00 €.
Segundo.–Que el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 27 de mayo de 2010, con un total de 700.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.
Tercero.–Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.
Cuarto.–Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid durante el ejercicio 2010.
Quinto.–Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público.
Sexto.–El presente Convenio queda excluido de la aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, al amparo de lo dispuesto en su artículo 4.1.c., aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín Iraola.–La Presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre Gil de Biedma.
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