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Documento BOE-A-2011-3861

Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publican las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2010 del Convenio colectivo de granjas avícolas y otros animales.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 28 de febrero de 2011, páginas 23363 a 23364 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-3861
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/02/14/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2010 del Convenio Colectivo de Granjas avícolas y otros animales, (Código de Convenio número 99002415011982) que fue suscrito con fecha 7 de febrero de 2011, de una parte por las Asociaciones empresariales ASEPRHU y APPE en representación de las empresas del sector, y de otra por las Organizaciones sindicales UGT y CC.OO en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de febrero de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE GRANJAS AVÍCOLAS Y OTROS ANIMALES CELEBRADA EL DÍA 7 DE FEBRERO DE 2011

Asistentes:

Por ASEPRHU: D.ª Mar Fernández Poza.

Por APPE: D. Ángel Martín Ruiz, D.ª Carmen Santamaría.

Por U.G.T.: D.ª Lucía García-Quismondo.

Por CC.OO.: D. Carlos González Abad.

En Madrid siendo las dieciséis horas del día siete de febrero de dos mil once, se reúne en el domicilio de APPE, calle de Diego de León 33 de Madrid, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de ámbito nacional para las Industrias de Granjas Avícolas y otros animales, constituida por las personas relacionadas anteriormente.

La Comisión Paritaria se reúne para la firma de las tablas salariales definitivas del 2010.

Una vez debatidas las distintas posturas mantenidas por la patronal y los sindicatos con respecto a las tablas salariales definitivas del 2010, se llega los siguientes acuerdos:

Primero.–Aprobación de las tablas salariales definitivas para 2010, un 3% más el 0,75% + 2,60% = 6,35% sobre el salario base y el resto de conceptos I.P.C. más 3% más 0,75% = 3,75%. Actualización de Tablas 6,35% sobre salario base y 3,75% resto de conceptos.

Segundo.–Las tablas salariales de 2010 se aplicarán con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2010.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión y de ella este acta, que leída por todos los presentes es aprobada por unanimidad y firmada en el lugar y fecha arriba indicados.

Se acuerda facultar a D.ª Ana María García Hervás para registrar la presente acta en el REGCON.

Tabla salarial Definitiva Convenio Granjas Avícolas 2010

(Actualización 6,35% s/salario base y 3,75% resto conceptos)

Salario base: IPC 3 + 0,75 + 2,60 = 6,35%.

Resto conceptos: IPC 3 + 0,75 = 3,75%.

 

Salario Base Mes

Salario Base Anual

Técnicos

 

 

Titulado Superior

1527,37

22.910,55

Titulados Medios

1368,19

20.522,85

No titulados y diplomados

1138,30

17.074,50

Administrativos

 

 

Jefe de Primera

1138,30

17.074,50

Jefe de Segunda

1069,06

16.035,90

Oficial de Primera

1003,88

15.058,20

Oficial de Segunda

947,19

14.207,85

Auxiliar Administrativo

903,78

13.556,70

Subalternos

 

 

Almacenista

903,78

13.556,70

Vigilante

903,78

13.556,70

Portero

903,78

13.556,70

Conserje

903,78

13.556,70

Personal de Limpieza (día)

30,04

13.668,20

Personal de Limpieza (hora)

4,32

 

Comercial

 

 

Vendedor

33,17

15.092,35

Ayudante

31,62

14.387,10

Repartidos

30,11

13.700,05

Obreros

 

 

Encargado

36,45

16.584,75

Oficial Avícola

32,65

14.855,75

Especialista

31,13

14.164,15

Ayudante Avícola

30,25

13.763,75

Varios

 

 

Oficial de primera

33,17

15.092,35

Oficial de Segunda

31,93

14.528,15

Conductor

33,17

15.092,35

Dietas:

Desayuno: 3,71.

Comida: 12,41.

Cena: 12,41.

Dormir: 27,31.

Quebranto moneda:

Cajero: 24,74.

Aux. Caja: 17,70.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/02/2011
  • Fecha de publicación: 28/02/2011
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 2 de diciembre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20369).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Granjas avícolas

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