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Documento BOE-A-2011-5674

Resolución de 4 de mayo de 2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a E.ON Generación, SL, el cierre y desmantelamiento de la central térmica de carbón de lecho fluido presurizado de Escatrón, en el término municipal de Escatrón (Zaragoza), con una potencia de 80 MW.

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 29 de marzo de 2011, páginas 32858 a 32859 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-5674

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza, a instancia de ENEL Viesgo Generación, SL, con domicilio en Santander, C/ Medio, 12, de solicitud de autorización administrativa para el cierre de la Central Térmica de Lecho Fluido Presurizado de Escatrón, en el término municipal de Escatrón (Zaragoza), con una potencia nominal de 80 MW;

Una vez cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica;

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico;

Visto el informe favorable emitido por el Director del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza, de fecha 18 de noviembre de 2008,

Visto el informe previo de Red Eléctrica de España, SA de fecha 30 de enero de 2008, en el que se concluye que «Como conclusión, consideramos que el cierre del grupo de carbón y lecho fluido de Escatrón no tendrá incidencia en la seguridad del sistema.

Por las razones anteriormente apuntadas parece aconsejable autorizar el cierre de este grupo».

Considerando que, mediante escritura otorgada el 17 de julio de 2008 ante notario, se ha procedido a la modificación de la denominación social de ENEL Viesgo Generación, SL Sociedad Unipersonal por la de E.ON Generación, SL;

Visto el informe previo de la Comisión Nacional de Energía de fecha 22 de abril de 2009,

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Primero.–Autorizar a E.ON Generación, SL, el cierre y desmantelamiento de la Central Térmica de Lecho Fluido Presurizado de Escatrón, en el término municipal de Escatrón (Zaragoza), con una potencia de 80 MW.

Segundo.–Cancelar la inscripción en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica de la Central Térmica de Lecho Fluido Presurizado de Escatrón, en el término municipal de Escatrón (Zaragoza), con una potencia de 80 MW, en el momento en que el cierre del grupo se haga efectivo.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en especial la licencia de obras de carácter municipal y de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, con las condiciones especiales siguientes:

1. E.ON Generación, SL deberá proceder al cierre de la Central Térmica de Lecho Fluido Presurizado de Escatrón, en el término municipal de Escatrón (Zaragoza), con una potencia de 80 MW y al desmantelamiento de sus instalaciones, en el plazo de dos años, contados a partir de la fecha de la presente resolución. Si transcurriese dicho plazo, sin que se hubiera procedido el cierre y desmantelamiento parcial de la instalación, se producirá la caducidad de la autorización.

2. El Director del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza levantará Acta de Cierre cuando éste se haga efectivo, remitiendo la misma a esta Dirección General de Política Energética y Minas.

3. El Director del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza levantará Acta de Desmantelamiento cuando éste se haga efectivo, remitiendo la misma a esta Dirección General de Política Energética y Minas.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 4 de mayo de 2009.–El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.

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