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Documento BOE-A-2012-10675

Resolución de 17 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Línea eléctrica Pinilla-Ayora-Cofrentes a 400 kV (Albacete y Valencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2012, páginas 57169 a 57189 (21 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-10675

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado g) del grupo 3 del anexo I del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 3.1, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental, procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada ley.

Según la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente formular, por delegación del Ministro, las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto

El promotor de la actuación es Red Eléctrica de España, S.A., y el órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

El objetivo de esta actuación es reformar el mallado de la red de transporte de 400 kV, permitiendo así mejorar el apoyo entre las comunidades autónomas de Valencia y Castilla-La Mancha, aumentando la garantía y calidad del suministro, aumentar la eficiencia del sistema, evacuar excedentes de generación y posibilitar la alimentación de suministros especiales. Según el promotor esta actuación se justifica debido a la existencia de una serie de posibles puntos débiles en la red de transporte, entre los que se previó el déficit estructural del mallado entre Albacete y Valencia. La necesidad de este mallado fue recogida en la planificación eléctrica aprobada por el Ministerio de Economía en 2002 Planificación de los sectores de electricidad y gas. Desarrollo de las Redes de Transporte 2002-2011, así como en la Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016 aprobado por el Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008.

El tendido eléctrico discurre entre las subestaciones de Pinilla, en el término municipal de Chinchilla de Montearagón (Albacete), la futura subestación de Campanario, en el término municipal de Bonete (Albacete); la subestación de Ayora, en el término municipal de Ayora (Valencia) y la subestación de Cofrentes, en el término municipal de Cofrentes (Valencia). Pasa por los términos municipales de Chinchilla de Montearagón, Fuente Álamo, Corral Rubio, Montealegre del Castillo, Bonete y Almansa, en la Provincia de Albacete; así como por Ayora, Teresa de Cofrentes, Jarafuel, Jalance y Cofrentes, en la Provincia de Valencia. La nueva subestación eléctrica de Campanario se sitúa en el término municipal de Bonete, adosada a la plataforma del tren de alta velocidad por el sur.

La instalación objeto de estudio está compuesta por una línea eléctrica aérea de 400 kV. La longitud aproximada es de unos 95 km, formada por 51 alineaciones. El corredor parte de la subestación de Pinilla, enlaza con la futura subestación de Campanario y con la subestación de Ayora, y finaliza su trazado en la subestación de Cofrentes. Las principales características técnicas son las siguientes:

Sistema

Corriente alterna trifásica

Frecuencia

50 Hz

Tensión nominal

400 kV

Tensión más elevada de la red

420 kV

Temperatura máxima del conductor

85 ºC

Capacidad térmica de transporte R.D. 2819/1998

2441 MVA

N.º de circuitos

Uno de Pinilla a Ayora y dos de Ayora a Cofrentes

N.º de conductores por fase

3

Tipo de conductor

CONDOR (AW)

N.º cables compuesto tierra-óptico

Uno (OPGW)

N.º cables de tierra convencional

Uno (7N7 AWG)

Tipo de aislamiento

Composite Tipo 4

Apoyos

Metálicos de celosía

Cimentaciones

Zapatas individuales

Puesta en tierra

Anillos cerrados de acero descarburado

Longitudes de los tramos:

Pinilla-Campanario

Campanario-Ayora

Ayora-Cofrentes

40 km – 17 alineaciones

34 km – 16 alineaciones

21 km – 18 alineaciones

Por otro lado, atendiendo a la solicitud de la Generalitat Valenciana, se procederá a la compactación de la línea, en el tramo Ayora-Cofrentes, con la línea existente a 400 kV Cofrentes-Benejama.

La superficie total necesaria para la subestación de Campanario es de aproximadamente 4 hectáreas y comprende los siguientes elementos básicos: accesos, parque de 400 kV, parque de 25 kV, edificio de control y cerramiento. Además forman parte del proyecto de la subestación las obras civiles necesarias para la construcción de los edificios anteriormente indicados, así como las precisas para la realización de las fundaciones de las estructuras metálicas de soporte de aparellaje y pórticos de amarre de las líneas, las canalizaciones para el tendido de cables de control, drenajes, viales interiores, etc. Los elementos que alcanzarán más altura son los pórticos de entrada de las líneas, de 25 m, efectuándose las conexiones a 20,5 m. El resto de equipos alcanzan como máximo los 8 m (celdas blindadas).

2. Elementos significativos del entorno del proyecto

En la zona de estudio se encuentran las estribaciones orientales del Macizo de Chinchilla-Carcelén y Bonete, Sierra del Mugrón y Macizo de Caroche. Morfológicamente, la zona oeste y suroeste está formada por cerros y lomas suaves que emergen entre planicies con humedales de carácter salino. La zona endorreica está limitada por la Sierra de Montearagón al norte y la Sierra de Enmedio. En el centro de la zona de estudio, al norte de Almansa, se encuentra la Sierra del Mugrón, de morfología muy accidentada, al igual que el macizo de Caroche y la Sierra de la Oliva.

Se puede distinguir una zona de llano agrícola, caracterizada por la amplitud del territorio y el suave relieve salpicado por elevaciones de escasa altitud, cultivos de cereal y viñedos, e infraestructuras lineales, parques eólicos y núcleos urbanos; otra unidad paisajística constituida por los relieves montañosos, de cimas amplias y aplanadas, laderas de fuertes pendientes con amplias diferencias de cota, frecuentes resaltes rocosos y presencia de farallones calizos verticales; y, por último, el valle de Ayora-Cofrentes, caracterizado por un suave relieve del valle amplio y alargado.

Dentro del ámbito de estudio se encuentran 7 puntos de interés geomorfológico especial en Castilla-La Mancha y uno en la Comunidad Valenciana. Se trata de 5 escarpes rocosos asociados a sierras calizas (cerros Carboneros, Vecino, Los Olivares, El Chinar y El Mugrón), dos lagunas endorreicas (hoya de Casa Ontina y laguna de San Benito) y un afloramiento de yesos (Yesos de Ayora).

En el área de estudio se encuentran varios espacios pertenecientes a la Red Natura 2000. Se trata de los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) Lagunas Saladas de Pétrola y Salobrejo y Complejo Lagunar de Corral Rubio (ES4210004), Sierra del Mugrón (5233034), Sierra de Martés y el Ave (ES5233011), Valle de Ayora y Sierra de Boquerón (ES5233012), Muela de Cortes y el Caroig (ES5233040), y Sierra d’Enguera (ES5233045); así como las Zonas de Especial Protección de Aves (ZEPA) Área Esteparia del Este de Albacete (ES0000153), Estepas de Yecla (ES0000196), Meca-Mugrón-San Benito (ES0000452) y Sierra de Martés y Muela de Cortes (ES0000212). Como espacios naturales protegidos, se cita la Reserva Natural Laguna de Pétrola, incluida en la Red de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. El área de estudio incluye también la Microrreserva Vegetal Castillo de Jalance.

En relación con la ZEPA Meca-Mugrón-San Benito (ES0000452), es relevante resaltar que fue designada por Acuerdo del Consell, de 5 de junio de 2009, de ampliación de la red se ZEPA de la Comunidad Valenciana. Esta fecha es posterior a la fecha de inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental de este proyecto.

La vegetación actual se encuentra muy transformada a causa de la agricultura, la ganadería, talas, incendios y repoblaciones forestales. Se han diferenciado como unidades de vegetación los carrascales de encina de baja cobertura y achaparrada, los pinares xerófilos de estructura abierta (en la parte oriental de la zona de estudio) y el matorral mediterráneo (que ocupa gran parte de la mitad occidental del área de estudio). Además se encuentran comunidades de ramblas y barrancos, así como vegetación de humedales en los márgenes de lagunas y depresiones encharcables. Las comunidades gipsícolas y la vegetación de zonas húmedas son las formaciones más singulares y que presentan un área de distribución más reducida.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. La tramitación se inició con fecha 10 de noviembre de 2004, momento en que se recibe la documentación inicial del proyecto en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (actual Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural), como órgano ambiental en el procedimiento.

El órgano ambiental, con fecha 13 de enero de 2005, estableció un periodo de consultas a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Organismos consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente 1

Confederación Hidrográfica del Guadiana.

X

Confederación Hidrográfica del Júcar.

X

Confederación Hidrográfica del Segura.

X

Subdelegación del Gobierno en Albacete.

Delegación del Gobierno en Murcia.

Subdelegación del Gobierno en Valencia.

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha 5.

X

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha 6.

X

Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Región de Murcia.

Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Región de Murcia.

Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia.

X

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana 2.

Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana 3.

X

Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana 4.

X

Diputación provincial de Albacete.

Diputación provincial de Valencia.

Ayuntamiento de Almansa (Albacete).

X

Ayuntamiento de Alpera (Albacete).

X

Ayuntamiento de Bonete (Albacete).

Ayuntamiento de Caudete (Albacete).

Ayuntamiento de Chinchilla de Montearagón (Albacete).

X

Ayuntamiento de Corral-Rubio (Albacete).

Ayuntamiento de Fuente Álamo (Albacete).

Ayuntamiento de Higueruela (Albacete).

Ayuntamiento de Hoya Gonzalo (Albacete).

X

Ayuntamiento de Montealegre del Castillo (Albacete).

Ayuntamiento de Petrola (Albacete).

Ayuntamiento de Yecla (Murcia).

X

Ayuntamiento de Ayora (Valencia).

X

Ayuntamiento de Cofrentes (Valencia).

Ayuntamiento de Cortes de Pallás (Valencia).

Ayuntamiento de Enguera (Valencia).

Ayuntamiento de Jalance (Valencia).

X

Ayuntamiento de Jarafuel (Valencia).

Ayuntamiento de la Font de la Figuera (Valencia).

X

Ayuntamiento de Teresa de Cofrentes (Valencia).

X

Ayuntamiento de Zarra (Valencia).

ADENA.

Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental.

X

Asociación Naturalista del Sureste (ANSE).

Asociación Naturalista de Ayora y La Valle (ANAV).

X

Asociación protectora de animales y plantas El Cóndor.

Cátedra de Física. Facultad de Ciencias. Universidad de Murcia.

Centro de Edafología y Biología del Segura. Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Departamento de Biología Animal. Universidad de Valencia.

Departamento de Botánica. Facultad de Biología. Universidad de Valencia.

Departamento de Ecología de la Sección Biología de la Facultad de Biología de la Universidad de Murcia.

Ecologistas en Acción.

X

Greenpeace.

Instituto Geológico y Minero de España (IGME).

SEO.

X

Sociedad Española para la Defensa del Patrimonio Geológico y Minero.

2 Actual Área de Calidad Ambiental. Dirección General para el Cambio Climático. Consejería de Medio Ambiente Agua, Urbanismo y Vivienda.

3 Actual Consejería de Medio Ambiente Agua Urbanismo y Vivienda.

4 Actual Consejería de Cultura y Deporte.

5 Posterior Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental. Consejería de Industria Energía y Medio Ambiente.

6 Actual Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Educación Ciencia y Cultura.

Además, se recibieron escritos de la Confederación Nacional del Trabajo en Almansa, la Mesa de Albacete para un desarrollo e implantación racional de la energía eólica, la Asociación para la Conservación de la Naturaleza Montes de Malafatón–Ecologistas en Acción y Amigos de la Tierra España.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas, son los siguientes:

La Confederación Hidrográfica del Guadiana señala posibles impactos a la red de drenaje y posibles arrastres de materiales sueltos por escorrentías. El informe incluye varias recomendaciones en materia de mantenimiento de la zona de obra y para el cruce de cursos de agua.

La Dirección General de Calidad Ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sugiere un posible corredor, así como un posible trazado alternativo partiendo de la subestación Romica, al noreste del término municipal de Albacete, hasta la subestación de Ayora. Recuerda la existencia en la zona, de la Laguna Salada de Pétrola, para la que se está tramitando un PORN, así como el LIC Lagunas saladas de Pétrola y Salobredo y complejo lagunar de Corralrubio ES4210004, la ZEPA Área esteparia del este de Albacete ES000153, y una IBA. El informe localiza diversos humedales, que tienen asociadas comunidades anfibias de humedales oligo-mesotróficos y comunidades halófilas. Menciona la existencia de escarpes con comunidades rupícolas. También menciona varias especies animales con alguna figura de protección del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha. Destaca la vegetación de las lagunas, con interesantes comunidades acuáticas halófilas dominadas por «Lamprothamnium papulosum» y «ruppia drepanensis», praderas de «Puccinellia spp.» y albardinales salinos con los endemismos «Limonium thyniense» y «Artemisia gallica sspp caerulescens». Enumera varios montes de utilidad pública y vías pecuarias del ámbito de actuación e incluye determinadas prescripciones para prevenir posibles impactos sobre ellas.

La Dirección General de Patrimonio y Museos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha también hace constar que el proyecto se ubica en un área de alta susceptibilidad de afección al patrimonio histórico.

La Dirección General de Cultura de la Región de Murcia cita la existencia de varios yacimientos así como de elementos de época moderna.

La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Generalitat Valenciana cita tres LIC a los que se puede afectar dentro de la Comunidad Valenciana y da una serie de recomendaciones para evitar afecciones del trazado de la línea.

La Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Generalitat Valenciana informa de que es necesaria una prospección arqueológica de toda el área de actuación con anterioridad al inicio de las obras. Recuerda la existencia de limitaciones por la presencia de Bienes de Interés Cultural (BIC).

El Ayuntamiento de Almansa cita la existencia de 18 emplazamientos con 9 hábitats de interés comunitario, así como de espacios pertenecientes a la Red Natura 2000.

El Ayuntamiento de Alpera informa desfavorablemente por considerar que falta información sobre el trazado de la línea.

El Ayuntamiento de Ayora considera que no es posible realizar la evaluación por falta de alternativas, que se deben respetar los yacimientos arqueológicos Castella de Meca y los relacionados con él; además de otros yacimientos. Destaca la presencia de áreas naturales, LIC y Microrreservas de Flora.

Del mismo modo, el Ayuntamiento de Chinchilla de Montearagón indica que el proyecto se encuentra en un área de alta susceptibilidad de afección al patrimonio histórico.

El Ayuntamiento de Jalance solicita cambio de trazado por motivos urbanísticos.

El Ayuntamiento de Teresa de Cofrentes afirma que los terrenos sobre los que se sitúa la actuación, entre dos líneas ya existentes, son los más propicios para la agricultura y residencia dispersa, por lo que plantea una alternativa de trazado que se sitúe al este de las líneas existentes.

Ecologistas en Acción da unas pautas del contenido que deberá incluir el estudio de impacto ambiental e incide en los valores límite de exposición a campos electromagnéticos, y la necesidad de aportar un certificado de radiaciones electromagnéticas en el pasillo de la línea, así como presentar gráficos del diagrama de emisión de campos electromagnéticos.

La federación SEO señala la coincidencia de la actuación con las Áreas importantes para las aves (IBA) 182 Pétrola-Almansa-Yecla, 158 Hoces del Cabriel y del Júcar; la presencia de las ZEPA Área esteparia del este de Albacete y Estepas de Yecla, Hoces del Cabriel, Guadazaón y Ojos de Moya, Sierra de Martés y Muela de Cortes y Hoces de Cabriel. Tiene en cuenta la alternativa de soterramiento de la línea y da una serie de prescripciones para el diseño de la línea contemplando medidas preventivas y unos principios a tener en cuenta en la elaboración del estudio de impacto ambiental.

En las alegaciones de Confederación Nacional del Trabajo en Almansa, Mesa de Albacete para un desarrollo e implantación racional de la energía eólica, Asociación para la Conservación de la Naturaleza Montes de Malafatón–Ecologistas en Acción y Amigos de la Tierra España, se señala que debe considerarse el proyecto junto con otros proyectos de la zona, la necesidad de estudiar trazados alejados de las zonas de mayor valor ambiental y de que transcurra enterrada. Mencionan la existencia de 7 ZEPA, afirman que es la zona de mayor valor ornitológico de la Comunidad Valenciana y hacen constar la presencia de un conjunto de abrigos de arte rupestre declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

El resultado de las consultas previas se remitió al promotor el 21 de septiembre de 2005 incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental a elaborar por el promotor.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. La Dirección General de Política Energética y Minas sometió a información pública el anteproyecto y el estudio de impacto ambiental de la línea eléctrica el 26 de noviembre de 2009, solicitando además informes a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas.

El expediente completo, compuesto de anteproyecto, estudio de impacto ambiental y resultado de la información pública y consultas, se recibió por el órgano ambiental en fecha 21 de octubre de 2010.

A continuación se muestran los aspectos ambientales más relevantes señalados en las respuestas a la información pública y consultas a las Administraciones públicas consultadas y personas interesadas. La respuesta del promotor a las mismas se ha integrado en el apartado 4 de esta declaración de impacto ambiental.

3.2.1 Resultado de las consultas a las Administraciones ambientales afectadas. La Confederación Hidrográfica del Júcar presenta dos informes. Realiza alegaciones generales en materia de posibles afecciones a cursos de agua y al dominio público hidráulico y a las autorizaciones necesarias para las actuaciones que afecten al dominio público hidráulico y su zona de policía, teniendo en cuenta la altura mínima establecida reglamentariamente, así como el respeto del cauce y la zona de servidumbre fluvial de 5 m de anchura para la ubicación de los apoyos.

La Confederación Hidrográfica del Segura no prevé impactos significativos en tanto se soliciten las necesarias autorizaciones de cruzamiento o paralelismo con cauces públicos a los que afecta la traza.

Ámbito de Castilla-La Mancha. La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha menciona la presencia del Espacio Natural protegido Laguna Salada de Pétrola, la zona propuesta LIC Lagunas Saladas de Pétrola y Salobre y Complejo Lagunar de Corral-Rubio la ZEPA Área Esteparia del Este de Albacete, así como varios humedales y escarpes, que llevan asociadas comunidades características. La ZEPA Área esteparia del este de Albacete, se caracteriza por las poblaciones de avutarda, cernícalo primilla, aguilucho cenizo, aguilucho pálido, aguilucho lagunero, sisón, ganga ibérica o ganga ortega, catalogadas vulnerable en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha. La distribución de estas especies no se restringe a los límites de la ZEPA, habiéndose registrado su presencia en sus proximidades, donde discurre el trazado de esta línea eléctrica. Esta ZEPA forma parte del área crítica propuesta para el cernícalo primilla en el borrador de su plan de conservación, pudiendo existir afección a la avifauna por colisión. Indica también que, al acercarse a la Sierra del Mugrón, la línea afecta a un área de campeo de águila real y que el trazado previsto se encuentra parcialmente incluido dentro de las zonas de protección establecidas por ese organismo. Pide, como medidas preventivas y correctoras, que se lleve a cabo la instalación de salvapájaros o señalizaciones visuales en las zonas de importancia para la avifauna y que estos se realicen cumpliendo con una determinadas especificaciones en cuanto a su separación o características, así como la corrección de tendidos de su titularidad en zonas de protección, incluyendo tanto el balizamiento para disminuir el riesgo de colisión, como la corrección de apoyos para evitar el riesgo de electrocución. Por otro lado, señala afección a garrigas calcícolas y termófilas levantinas, consideradas como hábitat de protección especial en los térmicos previstos en el título V de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha, y cruza manchas de Hábitat de Interés Comunitario, algunos prioritarios. Destaca las comunidades acuáticas halófilas de las lagunas dominadas por «Lamprothamnium papolosum» y «Ruppia drepanensis», las praderas de «Puccinellia sp» y albardinales salinos con «Limonium thyniense» (endémico) y «Artemisia gallica ssp caerulescens». El escrito aporta las medidas generales para evitar impacto por generación de residuos y contaminación por posibles vertidos, cita un total de 16 vías pecuarias que cruzan el ámbito de estudio, y un monte de utilidad pública que será atravesado por la alternativa de menor impacto, por lo que se deberá compensar la pérdida de superficie forestal. Pide la adopción de determinadas medidas de prevención de incendios, que se especifiquen las talas y desbroces que se van a realizar y que se adopten una serie de medidas de buenas prácticas en ese sentido. Concluye que, siempre que se adopte la totalidad de las medidas incluidas en el informe y en el estudio de impacto ambiental, la ejecución del proyecto no supondrá afecciones significativas a largo plazo sobre los valores naturales existentes en la zona. Por otro lado, considera que la subestación de Campanario no supondrá afecciones adicionales a la línea de alta velocidad existente.

El Organismo Autónomo de Espacios Naturales de Castilla-La Mancha hace constar que a 1,5 km del trazado se encuentra la ZEPA Área esteparia del Este de Albacete, y no se detecta afección a espacios naturales protegidos ni a otras zonas sensibles. Asimismo, destaca la presencia de la IBA Pétrola-Almansa-Tecla y la zona vulnerable a nitratos La Mancha Oriental. Según este organismo, el tendido cruza varias vías pecuarias. Señala que, a unos 200 m al sur se encuentra el Hábitat de Protección Especial (Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Castilla-La Mancha) alamedas Blancas, y que aparecen los hábitats de interés comunitario Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de «Thero-Brachypodietea»Teucrio pseudochamaepytis-Brachypodietum retusi») 6220*, que además es prioritario; «Rhamno lycioidis-Quercetum cocciferae»; y «Centaureo pinae-Astragaletum granatensis». Hace constar que es una importante zona de aves esteparias, destacando la presencia de avutarda, vulnerable según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas, existiendo en las proximidades de la línea numerosos leks de la especie, alcaraván, aguilucho cenizo, aguilucho pálido, aguilucho lagunero occidental y cernícalo primilla. La mitad norte discurre por zona de campeo de águila real y el extremo sur está a 2,5 km de la zona propuesta zona de dispersión del águila-azor perdicera. Señala una posible afección a la avifauna protegida (aves esteparias) por colisiones contra el tendido eléctrico, afección a la vegetación por la apertura de accesos y al paisaje por la presencia de las infraestructuras proyectadas. Como medidas preventivas, pide que las fechas de ejecución de los trabajos se determinen por los técnicos del Organismo Autónomo de Espacios Naturales, antes del inicio de las obras y en coordinación con la Delegación Provincial, y se proceda al jalonamiento de la superficie de ocupación estricta de la instalación. Además propone las siguientes medidas correctoras: cumplir la normativa vigente en materia de protección de la avifauna para los tendidos eléctricos, instalar salvapájaros en los cables de tierra aéreos y demás instalaciones anejas; características y separación de los salvapájaros, la realización de un estudio anual sobre la mortandad de aves en la línea, y la corrección de otros tendidos eléctricos ya instalados.

Según la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, previamente al inicio de las obras habría que realizar los estudios previos en materia patrimonial y se debe realizar un seguimiento arqueológico de todos los movimientos de tierras de carácter cuaternario.

La Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no presenta inconveniente al anteproyecto al procurarse la mínima afección de las obras de emplazamiento de los apoyos y caminos de acceso, especialmente en las parcelas de regadío.

El Ayuntamiento de Almansa informa que el trazado discurre por suelo rústico de reserva y suelo rústico no urbanizable de especial protección (área de uso agrario preferente y área de interés cultural). Menciona la presencia de aves esteparias y la zona de campeo de águila real. Destaca la importante riqueza cinegética de estos parajes y considera conveniente que los dispositivos salvapájaros previstos se instalen a lo largo de todo el tramo que atraviesa su término municipal y limitar en lo posible el recrecido de los apoyos de los vértices B-2 a B-5, para reducir el impacto paisajístico. Cree conveniente que se le remita anualmente del plan de seguimiento y vigilancia ambiental y el específico de la avifauna.

El Ayuntamiento de Bonete indica que se está tramitando una central solar termoeléctrica que podría estar afectada por el trazado de la línea.

El Ayuntamiento de Montealegre del Castillo, informa favorablemente al anteproyecto.

Ámbito de la Comunidad Valenciana. Se reciben varios informes de la Dirección General de Territorio y Paisaje de la Generalitat Valenciana. El Servicio de Ordenación Sostenible del Medio, en informe de 22 de octubre de 2009, indica que existe afección territorial a espacios de Red Natura 2000. Destaca que la alternativa finalmente elegida implica una menor longitud, muestra mayor accesibilidad, logra un pasillo que no atraviesa ningún espacio natural y salva las áreas más sensibles de fauna a excepción de la ZEPA Meca-Mugrón-San Benito; aunque el tramo final, debe atravesar inevitablemente el LIC Valle de Ayora y Sierra del Boquerón y la ZEPA Sierra de Martes y Muela de Cortes, en la que queda incluida la subestación de Cofrentes. Informa de que en el estudio de impacto ambiental no se ha tenido en cuenta la afección a la ZEPA Meca-Mugrón-San Benito, designada con posterioridad al inicio del procedimiento, de modo que considera que deberá replantearse el trazado o el soterramiento de este tramo. Asimismo informa de que no se han tenido en cuenta los efectos sinérgicos y acumulativos de las líneas eléctricas existentes. Menciona la posibilidad de compactación de la línea a 400 kV Cofrentes-Benejama utilizando los apoyos y el trazado ya existente. Asimismo, apunta que la superficie afectada por el proyecto en el hábitat prioritario *1520, deberá ser inferior al 1% de su superficie en el LIC. Concluye que la actuación no compromete la coherencia de la Red Natura 2000 y es poco probable que pueda afectar a la integridad de los espacios de la Red Natura 2000 mientras cumpla las propuestas en la documentación presentada por el promotor y las especificaciones establecidas en su informe. Por otra parte, el Servicio de Ordenación Territorial de la Dirección General de Territorio y Paisaje alega, en informe de 5 de noviembre de 2009, que según el Plan de Acción Territorial de Prevención del Riesgo de Inundación (PATRICOVA), la actuación discurre por algunas zonas inundables; por lo que son de aplicación las condiciones técnicas de su artículo 26.

También se reciben varios informes de la Dirección Territorial de Valencia de la Consejería de Medio Ambiente Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana. La Sección Forestal no presenta objeción al proyecto mientras se cumpla la legislación autonómica en materia forestal. La Unidad de Vías Pecuarias de la recuerda la normativa vigente en materia de vías pecuarias y señala que se deberá garantizar en todo momento el tránsito ganadero y los usos compatibles con las vías pecuarias. El Servicio Territorial de Ordenación del Territorio señala que la integración paisajística de las infraestructuras, el respeto al medio natural y cultural y la prevención de riesgos naturales deben ser criterios de elección de dicho trazado y diseño para adaptarse a las características del territorio.

La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Generalitat Valenciana afirma, en informe de 20 de octubre de 2009, que el trazado no puede evitar la zona LIC y que la central de Cofrentes está dentro de ZEPA. Además, el ámbito de estudio alberga rapaces y abarca una zona incluida en el Plan de Acción para la Conservación de las Aves Esteparias Cerealistas, por lo que deberían instalarse salvapájaros en las zonas de mayor riesgo de colisión. Igualmente, señala que en el entorno de la subestación de Ayora debe estudiarse la ubicación de los apoyos, evitando afectar hábitats prioritarios y utilizando los accesos existentes; y recuerda que en 2009 se ha revisado y ampliado la delimitación de las ZEPA. Asimismo informa de que en el tramo Ayora-Cofrentes es posible compactar las dos líneas eléctricas en un único trazado de doble circuito, lo que reduciría sensiblemente los impactos del proyecto e implicaría el desmantelamiento la línea antigua en este tramo. Dicho lo anterior, impone como condicionado que se proceda a la mencionada compactación de las líneas; la instalación de los apoyos con la mínima afección a hábitats prioritarios, en especial a especies gipsícolas, así como reducir las afecciones de las obras y accesos; que se aprovechen los caminos existentes para evitar abrir nuevos accesos; la instalación de dispositivos salvapájaros en los tramos en que se prevea el paso de avifauna; y que se tengan en cuenta los condicionantes establecidos por el Decreto 7/2004, de 23 de enero, respecto a los trabajos en suelo forestal y sus inmediaciones, para la prevención de incendios forestales.

El Ayuntamiento de Ayora aporta la ubicación de los parques solares y eólicos del municipio. Además, mantiene que el tendido cruza terrenos de ZEPA incluidos en el Plan de acción para la conservación de las estepas cerealísticas de la Comunidad Valenciana, según el cual, las declaración de impacto ambiental prestarán especial atención a la posible afección de las actuaciones propuestas sobre las especies incluidas en dicho plan de acción. En otro informe posterior, el Ayuntamiento de Ayora considera que el estudio de impacto ambiental presentado tiene en cuenta la afección a las aves esteparias e informa favorablemente.

El Ayuntamiento de Jalance alega motivos urbanísticos para solicitar un mayor alejamiento del trazado al núcleo de población. Asimismo, mantiene que no es necesario que el trazado cruce dos veces la línea de 400 kV Cofrentes-Benejama como está proyectado. Considera adecuada la compactación de la línea con la existente, y se opone a que la línea ocupe terrenos al oeste de la línea ya existente. Señala además que el trazado de la línea entra en los espacios pertenecientes a la Red Natura 2000.

Los Ayuntamientos de Teresa de Cofrentes, La Font de la Figuera, Jarafuel, Cofrentes no muestran oposición a la actuación.

3.2.2 Resultado de la información pública y las consultas a las personas interesadas. Las únicas alegaciones de carácter ambiental en el expediente, son las pertenecientes a la Plataforma para la Protección de Nuestros Espacios «Protegidos» de Almansa y Comarca y la Mesa de Albacete para un Desarrollo e Implantación Racional de la Energía Eólica. En ellas sostienen que esta nueva línea eléctrica es innecesaria y no encaja en un modelo sustentable de uso del ecosistema y del territorio. La ZEPA área esteparia del este de Albacete, es cruzada por la línea eléctrica, al igual que ocurre con las Áreas protegidas del Municipio de Ayora y Comunidad Valenciana de San Benito-Meca-Mugrón, que tienen continuidad con los espacios de Albacete. Además afecta a la zona de interés para la fauna asociada, en la que se integra el Humedal de la Ortina. También, dentro de la zona de afección, queda el Humedal de San Benito. Señala afecciones como: contaminación con campos eléctricos y magnéticos, alteración de la geomorfología del territorio, incidencia en la hidrología, destrucción del suelo e inducción a fenómenos erosivos, deterioro de vegetación y de sus hábitats, deterioro de hábitats de fauna, riesgo de electrocución y colisión de avifauna, pérdida de terreno cultivable y pastos, pérdida de calidad residencial de la zona, ocupación de caminos y vías pecuarias; destrucción del proyecto espacios naturales protegidos, afección a yacimientos arqueológicos, destrucción de valores paisajísticos, y acumulación de efectos sinérgicos.

3.3 Fase previa a la declaración de impacto ambiental. Información complementaria solicitada por el órgano ambiental. En fecha 25 de abril de 2011 el órgano ambiental solicitó al promotor la ampliación de la información aportada con información complementaria sobre diversos aspectos planteados en la fase de información pública y consultas, principalmente sobre:

Posibilidad de compactación con la línea existente en el tramo Ayora–Cofrentes.

Posibilidad de replantemiento del trazado de la línea a su paso por la nueva ZEPA Meca-Mugrón-San Benito.

Mayor detalle sobre determinados impactos y medidas correctoras incluidos en el estudio de impacto ambiental.

Inclusión de la prospección arqueológica solicitada por las administraciones competentes.

La información complementaria fue aportada por el promotor en dos informes el 30 de agosto de 2011 y el 2 de noviembre de 2011, incluyendo también nuevos informes de las Administraciones ambientales afectadas.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, una vez analizada la documentación complementaria aportada por el promotor, resuelve que se establezca un entorno de protección y exclusión de 25 m de radio para el elemento etnográfico Chozo/Cuco Registro nº 11, en Bonete, que se realice un control arqueológico de todos los movimientos de terrenos de carácter cuaternario, los cuales serán de tipo diario, directo y permanente en el entorno de los elementos arqueológicos Registros 2 y 3, en Chinchilla de Montearagón, Registro 3, en el términos de Fuente Álamo, y Registro 6, en Montealegre del Castillo y que se incluyan todos los elementos localizados en el Inventario de Carta Arqueológica.

La Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Generalitat Valenciana, una vez vista la documentación complementaria elaborada por el promotor, informa favorablemente el proyecto al no existir afección respecto al patrimonio arqueológico, arquitectónico, enológico o paleontológico.

La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Generalitat Valenciana, con relación a la información complementaria presentada por el promotor, aporta un nuevo informe del Servicio de Espacios Naturales y Biodiversidad de 24 de enero de 2012, en el que se considera adecuada la documentación presentada y se concluye que la actuación no tendrá efectos apreciables sobre la Red Natura 2000 si se cumplen las medidas y propuestas recogidas en la documentación presentada.

Asimismo, el 26 de septiembre de 2011 se solicitó al órgano sustantivo sus consideraciones sobre la solución final elegida de compactación final de las dos líneas eléctricas en el tramo Ayora-Cofrentes, sin haberse recibido respuesta.

El contenido de la información recibida se ha integrado en el apartado 4 de esta declaración de impacto ambiental.

4. Integración de la evaluación

Se resumen a continuación los principales efectos ambientales del proyecto en sus fases de construcción y explotación, así como las principales medidas preventivas, correctoras y de seguimiento de esos impactos propuestas por el promotor en el estudio de impacto ambiental, en su respuesta a las alegaciones efectuadas y en los informes complementarios referidos en el apartado 3.3 de esta declaración.

4.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas. Como alternativas de trazado de la línea, el promotor planteó 12 tramos distintos desde la subestación de Pinilla a la de Cofrentes, pasando por las subestaciones de Campanario y Ayora, y analizó 12 posibles combinaciones de los mismos, además de la alternativa cero o de no actuación.

Tramo

Longitud

(m)

Origen

Final

A

9 860

Subestación de Pinilla.

PK 23,5 de la CM-3211.

B

22 830

PK 23,5 de la CM-3211.

Sur del cerro el Chinar.

C

13 140

PK 24 de la CM-3211.

Próximo al límite de los TTMM de Fuente Álamo y Montealegre.

D

10 110

Cerro Entredicho.

Próximo al límite de los TTMM de Fuente Álamo y Montealegre.

Cerro El Chinar.

E

7 010

Cerro El Chinar.

Futura subestación de Campanario.

F

21 100

Norte de la casa del Administrador. Próximo al límite de los TTMM de Fuente Álamo y Montealegre.

Cruce con la carretera CM-412.

G

7 780

Paraje El Pleito.

Futura subestación de Campanario.

H

34 600

Paraje El Pleito.

Límite autonómico.

I

20 150

Subestación de Campanario.

Límite autonómico al este de la L/132 kV Cofrentes-Almansa.

J

15 740

Cruce de la L/132 kV Cofrentes-Almansa con el límite autonómico.

Subestación de Ayora.

K

13 290

Cruce de la L/132 kV Cofrentes-Almansa con el límite autonómico.

Subestación de Ayora.

L

20 870

Subestación de Ayora.

Subestación de Cofrentes.

Además de todas la posibilidades de combinación de los tramos descritos, se evaluó la alternativa cero, o de no actuación. Tras explicar la necesidad de reforzar uno de los principales puntos débiles detectados en el mallado de la red, el promotor concluye que, puesto que el impacto de las demás alternativas es asumible, esta alternativa no es la más adecuada y se descarta.

Para la elección de la alternativa final, el estudio de impacto ambiental realiza una evaluación de los distintos tramos y determina que la opción que origina menor impacto es el pasillo 6, que corresponde a los tramos A+C+D+E+I+K+L, motivo por el que es la alternativa finalmente elegida por el promotor. Según el estudio de impacto ambiental, este es el pasillo que supondrá una menor afección respecto a vegetación, fauna, medio socioeconómico, espacios protegidos, hábitats y paisaje:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Posteriormente, teniendo en cuenta la opinión de las Administraciones públicas afectadas, el promotor hace un cambio en el tramo final, asumiendo la compactación del tramo Ayora-Cofrentes con la línea existente a 400 kV Cofrentes-Benejama, en un único trazado de doble circuito.

4.2 Impactos ambientales significativos de la alternativa elegida:

4.2.1 Efectos sobre la atmósfera. Durante la fase de construcción, como consecuencia del movimiento de tierras, y funcionamiento de vehículos y maquinaria de obra, se prevé emisión de polvo y contaminantes, así como incremento de los niveles sonoros. Esta contaminación sólo incidirá en el entorno inmediato de las obras. Para mitigar estos efectos, el estudio de impacto ambiental incluye la utilización de maquinaria lo menos ruidosa posible y llevar a cabo un correcto mantenimiento y uso para que los niveles de ruidos se mantengan lo más bajos posibles.

Durante la fase de explotación se genera el efecto corona, que produce unas mínimas cantidades de ozono, que se descomponen rápidamente. También se origina un zumbido de baja frecuencia en la proximidad inmediata de la línea. Otra consecuencia del efecto corona son las interferencias en las emisiones de radio, para emisiones en onda media, considerando que para distancias superiores a 1 km no se producen interferencias significativas.

En cuanto a la generación de campos electromagnéticos, éstos descienden rápidamente al aumentar la distancia a la línea. El estudio de impacto ambiental estima que debajo de los conductores la intensidad es de 1 a 3 kV/m para el campo eléctrico y de 1 a 7 μT para el campo magnético, mientras que a 30 m de distancia es de 0,1 a 0,5 kV/m para el campo eléctrico y de 0,1 a 1,5 μT para el campo magnético. Siendo los niveles de referencia establecidos por la Recomendación del Consejo relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz) (1999/519/CE), de 5 kV/m para el campo eléctrico y 100 μT para el campo magnético, no se produciría una exposición a un campo magnético superior incluso en el punto más cercano a los conductores y tampoco se superaría el campo eléctrico en la mayoría de los casos. En circunstancias muy determinadas podría haber un campo eléctrico por encima de 5 kV/m, justo debajo de los conductores pero, sin embargo, los campos eléctricos son amortiguados por paredes y techos, por lo que sería prácticamente nulo en el interior de un inmueble. Como se comenta en el apartado referido a los efectos socioeconómicos, no hay existencia de edificaciones a menos de 30 m de la línea, por lo que el impacto no es significativo.

4.2.2 Efectos sobre el suelo. Las obras incluirán actividades de apertura de accesos, creación de las bases de apoyos, cimentaciones, excavaciones y hormigonado; retirada de tierras y materiales de obra; montaje e izado de los apoyos, desbroce y tala de arbolado; acopio de material, tendido, tensado y regulado de los cables; y retirada de materiales y rehabilitación de daños. Durante esta fase de obras, se podría producir modificación de la morfología por movimientos de tierra, pérdida de suelo por ocupación de apoyos y caminos, alteración de las características físico-químicas del suelo por compactación, contaminación por vertidos accidentales, así como inducción de fenómenos erosivos.

Según el promotor, el impacto de los apoyos es de tipo puntual, se aprovechará la red de caminos existente. La mayor parte del territorio presenta un bajo riesgo de erosión, excepto enclaves puntuales en el Valle de Ayora. En los caminos que se conserven durante la fase de explotación, se intentará mantener, en la medida de lo posible, la cubierta natural. Además, se evitará acometer la apertura de accesos en periodo de lluvias, se deberá proceder a la eliminación de los materiales sobrantes una vez que se hayan finalizado la construcción, restituyendo, donde sea viable, la forma y aspecto del terreno, y se evitará la circulación extraviaria durante épocas de lluvia. En los tramos en pendiente se reducirá al mínimo la apertura de explanaciones y será frecuente el empleo de apoyos con patas asimétricas. Se prohibirá a los contratistas realizar vertidos de todo tipo, basuras o restos de obra. Para el montaje de los apoyos se empleará el sistema de izado de las piezas una a una y su montaje sobre la propia torre mediante pluma, con lo que los posibles efectos sobre el entorno se reducirán al mínimo.

Otras medidas correctoras son la restitución de la forma y aspectos originales del terreno, lo que incluye la restauración de las plataformas de trabajo en zonas de cultivos, la recuperación de taludes mediante revegetación y restauración de los accesos que no vayan a ser necesarios. Se procederá a la retirada y acopio de la tierra vegetal en los accesos para su posterior restitución.

Los puntos de interés geomorfológico especial existentes en el área de estudio se localizan suficientemente alejados de los emplazamientos de los apoyos y caminos de acceso.

4.2.3 Efectos sobre los recursos hídricos. Durante la fase de construcción, a consecuencia de los movimientos de tierra y apertura de accesos, podría producirse modificación del lecho, erosión lateral del cauce y un aumento de las partículas en suspensión y contaminación de ríos o acuíferos por vertidos accidentales. La corta de arbolado podría suponer también el inicio de procesos erosivos que determinarían una pérdida de calidad en los cursos afectados.

Para evitar estos impactos, en todo caso, la ubicación de los apoyos se hará de tal manera que los cruces de los ríos se produzcan sin generar daños sobre la vegetación de ribera y, por tanto, sobre el cauce. Además se prohibirá realizar operaciones de mantenimiento de maquinaria en zonas que no estén expresamente destinadas a este fin, deberá retirarse cualquier residuo de las obras y llevado a lugar autorizado. Se dispondrá de una plataforma estanca para el lavado de hormigoneras y maquinaria, se establecerán áreas de almacenamiento de residuos y áreas de almacenamiento de combustible u otras sustancias potencialmente contaminantes, dotadas de sistemas de retención de derrames. Se evitará el paso de maquinaria por los barrancos, así como la acumulación de materiales en cauces, facilitando la continuidad de las aguas. Se procederá a la limpieza y retirada de aterramientos que se hayan producido en la red de drenaje natural.

El promotor comunica también que se solicitarán las autorizaciones correspondientes para las actuaciones que afecten al dominio público hidráulico y su zona de policía, aceptando los condicionados técnicos de los organismos de cuenca.

El promotor toma razón de la información facilitada con relación al Plan de Acción Territorial de Prevención del Riesgo de Inundación (PATRICOVA) y de las medidas propuestas, que serán tenidas en cuenta en la elaboración del proyecto de ejecución.

4.2.4 Efectos sobre la biodiversidad y los espacios protegidos. En el área de estudio se encuentran varios espacios pertenecientes a la Red Natura 2000 así como otros espacios con diversas figuras de protección.

En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, el trazado final de la línea evita los LIC Lagunas Saladas de Pétrola y Salobrejo y Complejo Lagunar de Corral Rubio (ES4210004) así como la ZEPA Área Esteparia del Este de Albacete (ES0000153) y, la más alejada, ZEPA Estepas de Yecla (ES0000196), si bien cruza la IBA 161 Sierra de Enguera-La Canal de Navarrés, que abarca una mayor superficie que la protegida por la declaración de ZEPA. En este sentido, La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Industria Energía y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha informa de que la distribución de las especies de aves por la que se caracteriza la ZEPA Área Esteparia del Este de Albacete no se restringe a los límites de la misma, habiéndose registrado su presencia en sus proximidades.

Esta ZEPA se caracteriza por las poblaciones de avutarda, cernícalo primilla, aguilucho cenizo, aguilucho pálido, aguilucho lagunero, sisón, ganga ibérica o ganga ortega. Durante la fase de obras, los posibles daños a la fauna vendrían de la pérdida y deterioro de hábitats resultado de la alteración de la vegetación, y de molestias a la nidificación por ruidos, mayor presencia humana, movimiento de maquinaria, o incluso destrucción directa de nidos, mientras que, durante la fase de explotación, el principal impacto será el riesgo de colisión de la avifauna con el cable de tierra. En cuanto a la electrocución de las aves, no es posible que se genere con las actuales separaciones entre conductores.

Como medida para reducir estos impactos, se limitará el desarrollo de las actividades a las épocas de menor impacto sobre la fauna y se prohibirá el uso de explosivos. Una vez finalizada la construcción, se inutilizarán los caminos y pistas, que no se consideren necesarios. Para evitar el riesgo de colisión se señalizará toda la longitud de la línea eléctrica mediante dispositivos salvapájaros dispuestos en los cables de tierra como mínimo cada 10 m si el cable de tierra es único o cada 20 m si hay dos cables de tierra paralelos. Además, como medida complementaria, el promotor realizará la señalización de otras líneas de su propiedad en la zona, en aquellos períodos en que se encuentren en descargo. Los dispositivos a instalar serán espirales de polipropileno de colores vivos. El promotor informa de que los salvapájaros en aspa solicitados son todavía de carácter experimental, no estando probada su mayor eficacia hasta la finalización de los ensayos, aunque admite la posibilidad de instalarlos en algún tramo de la línea y así contribuir a los ensayos que se están realizando en la actualidad. Por otro lado, a petición del Organismo Autónomo de Espacios Naturales de Castilla-La Mancha, el promotor incluirá en el plan de vigilancia ambiental un informe de seguimiento de mortandad de aves motivado por la instalación.

En la Comunidad Autónoma Valenciana, el final de la línea en la subestación de Cofrentes hace inevitable que la línea cruce los espacios LIC Valle de Ayora y Sierra de Boquerón (ES5233012) y ZEPA Sierra de Martés y Muela de Cortes (ES0000212). También se verá sobrevolada por la línea la ZEPA Meca-Mugrón-San Benito (ES0000452), esta última declarada con posterioridad al inicio de la tramitación. Por otra parte, el trazado final evita otros espacios en el área de estudio como los LIC Sierra del Mugrón (5233034), Sierra de Martés y el Ave (ES5233011), Muela de Cortes y el Caroig (ES5233040) y Sierra d’Enguera» (ES5233045).

La ZEPA Meca-Mugrón-San Benito (ES0000452) acoge el 100% de los ejemplares de avutarda común de la Comunidad Valenciana, el 46% de sisón común y el 20% de ganga ortega. También nidifican algunas parejas de cernícalo primilla, presenta densidades importantes de alcaraván común y cuenta con una pareja de águila real. El trazado de la línea discurre por su extremo oriental, en la zona de contacto entre la llanura cerealista del valle de Ayora y las estribaciones occidentales del Peñón de los Machos, cruzando la ZEPA de forma periférica en dos tramos de unos 400 m y 1.500 m.

El promotor considera que el trazado propuesto no afecta a la integridad de la ZEPA Meca-Mugrón-San Benito al discurrir alejado de los territorios de las especies esteparias más sensibles y, por tanto, no genera una afección susceptible de poner en grave riesgo el estado de conservación de los valores que dieron origen a su inclusión dentro de la Red Natura 2000. Para evitar la ZEPA sería necesario afectar a una zona de pinar clasificada como hábitat prioritario. También desestima una posible alternativa de soterramiento por motivos técnicos vinculados con la implantación, las propias limitaciones tecnológicas de los cables enterrados, así como por motivos ambientales y de seguridad. En la ZEPA todos los apoyos se han situado en terreno agrícola, sin que se requiera la apertura de nuevos caminos. Se instalarán dispositivos salvapájaros en la línea, se procurará evitar las épocas de cría durante las obras y, como una medida de mejora ambiental, se construirá un primillar en el municipio de Ayora, medida que la Dirección General de Medio Natural de la Generalitat Valenciana considera adecuada.

En el último tramo de unos 9 km, la línea eléctrica atraviesa también el LIC Valle de Ayora y Sierra del Boquerón y la ZEPA Sierra de Martes y Muela de Cortes, coincidentes en ese área. De los 14 hábitats de interés comunitario existentes en el LIC Valle de Ayora y Sierra del Boquerón, sólo el hábitat prioritario *1520 Matorrales gipsícolas ibéricos (estepas yesosas) es sobrevolado por la línea. La afección a ese hábitat puede ser tanto por la ubicación de los apoyos, como por los caminos de acceso, y es cuantificada por el promotor en unas 0,5 ha, de las aproximadamente 4100 ha con que cuenta el LIC. La especies de fauna más representativas presentes en estos espacios son principalmente aves, de las que el estudio de impacto ambiental destaca el águila culebrera europea, el águila real, el águila azor-perdicera, el halcón peregrino y el buho real. Como se indicaba anteriormente, la mayor afección potencial del proyecto a la fauna sería por las molestias durante las obras y el riesgo de colisión de la avifauna con el cable de tierra, siendo de aplicación las medidas preventivas y correctoras antes comentadas, aplicables a toda la línea. El promotor presenta un estudio de afección a la Red Natura en el que considera que, de las especies presentes, cabe la posibilidad de perturbar el hábitat potencial de alguna pareja de águila culebrera, en el caso que se afecte algún área forestal.

Para reducir estos impactos sobre el LIC Valle de Ayora y Sierra del Boquerón y la ZEPA Sierra de Martes y Muela de Cortes, el promotor asume la compactación del tramo Ayora-Cofrentes con la línea existente a 400 kV Cofrentes-Benejama, en un único trazado de doble circuito, según solicitan la Dirección General de Gestión del Medio Natural y la Dirección General de Territorio y Paisaje, de la Generalitat Valenciana. Se tendrán en cuenta la existencia de hábitats prioritarios en la distribución de los apoyos en la redacción del proyecto definitivo y previamente al inicio de los trabajos se marcará el trazado en aquellas zonas con presencia de los mismos. Se realizará un jalonado temporal de las superficies de hábitats prioritarios *1520 Matorrales gipsícolas ibéricos (estepas yesosas) y 6220 Pastizales mediterráneos xerofíticos anuales y vivaces que pudieran verse afectadas. El montaje e izado de los apoyos, en estas áreas balizadas y en el tramo de cruce del LIC Valle de Ayora y Sierra del Boquerón, se realizará en una sola operación mediante el sistema de pluma y el tendido de los conductores se realizará mediante cable guía a mano.

En relación con estos espacios de la Red Natura 2000 pertenecientes a la Comunidad Valenciana (ZEPA Meca-Mugrón-San Benito (ES0000452), LIC Valle de Ayora y Sierra del Boquerón y ZEPA Sierra de Martes y Muela de Cortes»), la Dirección General de Medio Natural de la Generalitat Valenciana considera que la actuación no tendrá efectos apreciables sobre la Red Natura 2000, si se cumplen las medidas y las propuestas recogidas en la documentación presentada por el promotor.

Además de la afección sobre estos espacios, el proyecto originará otros impactos como la pérdida o deterioro de superficies con vegetación natural por apertura de calles, caminos de acceso y plataformas para el montaje de los apoyos. Para mantener limpias de vegetación las zonas de proyección de los conductores a su paso por terrenos forestales, se llevarán a cabo actuaciones de tala y desbroce bajo la línea. Esta actuación se centrará sobre las masas de crecimiento medio y rápido, principalmente ejemplares de pino carrasco y chopos, manteniéndose las especies de crecimiento lento como carrasca, quejigo y enebro, sobre las que se realizarán trabajos de podas de conducción y resalveos cuando proceda. Para evitar afectar al arbolado de las dehesas, se procurará ubicar los apoyos en las zonas con más claros y, para las especies de porte bajo y crecimiento lento, se puede evitar la tala mediante la elevación de los apoyos. El promotor aporta en la información complementaria una estimación de las talas necesarias, concluyendo que, en términos globales, se requiere una intervención sobre unas 94 ha de terreno forestal, siendo necesaria la supresión de entre 45.000 y 55.000 pies, mayormente de pino carrasco. Esta estimación se refiere a los 95 km de longitud total de la línea, si bien la mayor parte de las talas se concentran en el tramo Campanario-Ayora y, dentro de este tramo, entre los vértices B12 y B13. Como se comentaba anteriormente, no se realizarán tareas de tala sobre la vegetación existente compatible con la seguridad de la línea, tales como bosquetes de quercíneas, enebrales, etc., aunque se realizarán trabajos de acondicionamiento encaminados a reducir el riesgo de incendio forestal eliminado las ramas bajas, pies de recepe, formaciones arbustivas, etc. Otras labores que reducen la afección a la vegetación son la ejecución de las primeras fases del tendido mediante cable piloto a mano que se realizará en las zonas de mayor valor de vegetación, y apilar y retirar los restos de cortas a la mayor brevedad. Se ubicarán las zonas de acopio y parques de maquinaria en terrenos donde la vegetación tenga menor valor, preferentemente en zonas colindantes con carreteras y núcleos habitados.

4.2.5 Efectos sobre el medio socioeconómico. Los núcleos de población más cercanos a la línea son Jalance, a 800 m, y Jarafuel y Teresa de Cofrentes, a 1500 m de distancia. Las demás construcciones situadas en el pasillo seleccionado son casa de campo no habitadas de manera continua, la más cercana situada a 35 m del cableado.

El estudio de impacto ambiental considera que durante la fase de obras la actuación va a producir molestias a la población, afección a las infraestructuras y ocupación temporal de vías pecuarias, en este caso de carácter temporal. Para la fase de funcionamiento, se citan efectos negativos en la calidad de residencia, pérdida del valor de propiedades, interferencia el aprovechamiento agrícola y ganadero, limitación en las explotaciones mineras, afección a los recursos turísticos, así como al planeamiento municipal. Para este análisis, el promotor tiene en cuenta la distancia de los núcleos de población y concluye que la línea no alterará la población del entorno. Según el promotor, el contratista tiene obligación de causar los mínimos daños sobre las propiedades. Además, el paso por propiedades particulares requerirá conformidad de los propietarios y se pactará con los propietarios una serie de medidas entre las que se incluye la corrección de daños y protección del entorno. No se dificultará ningún camino ni paso actual y los que resultaran afectados se repararán debidamente.

La línea atraviesa el monte de utilidad pública AB-70 Pinar de Almansa, perteneciente al Ayuntamiento de Almansa, para lo que se solicitará el correspondiente permiso de ocupación.

La mayor afección sobre las vías pecuarias vendría de la ocupación de los apoyos. El tendido de la línea vuela un total de 14 vías pecuarias de diversa categoría (4 cañadas reales, 9 veredas, y 1 colada), por lo que durante la fase de obras será necesario tomar las medidas cautelares oportunas que garanticen la continuidad y eviten la ocupación física de las mismas por la ubicación de los apoyos dentro de la anchura legal de éstas.

4.2.6 Efectos sobre el paisaje. Durante la fase de construcción el impacto viene de la propia actividad constructiva. Una vez puesta en servicio la línea, el impacto visual vendrá de la presencia de la infraestructura eléctrica así como de las obras complementarias a las puramente eléctricas.

Según el promotor, el trazado evita atravesar las unidades paisajísticas de mayor valor, constituidas por las zonas de sierra. Además, al discurrir en la mayor parte por terrenos ocupados por cultivos, la apertura de calles en la vegetación es mínima. Por otro lado, la línea eléctrica se encuentra suficientemente alejada de los núcleos urbanos, especialmente de aquéllos que tienen acceso visual a la misma (principalmente Almansa, Montealegre del Castillo y Jarafuel), aunque será más visible desde las carreteras A-31 y N-330 y la línea del tren de alta velocidad, al cruzar las mismas.

Las medidas del promotor contra este impacto consisten en mantener al máximo la cubierta vegetal, la eliminación de los materiales sobrantes de las obras y la restitución, donde sea viable, de la forma y aspecto originales del terreno. Se buscará que el acabado de los taludes de los accesos permanentes sea acorde con la superficie del terreno. Se recuperarán mediante revegetación las superficies abiertas que queden sin uso así como los caminos abiertos en cultivos y se restaurarán las campas de trabajo.

4.2.7 Efectos sobre el patrimonio cultural. Según la información del estudio de impacto ambiental, no se ha encontrado ningún yacimiento o elemento de interés arqueológico inventariado que pueda verse comprometido por la construcción de la línea. No obstante, será necesario tener en cuenta la situación de los yacimientos existentes en el momento de proyectar los caminos de nueva construcción.

En la documentación complementaria aportada por el promotor se aportan nuevos informes sobre la incidencia del proyecto en el patrimonio cultural, incluyendo prospecciones arqueológicas y etnológicas, en los que documentan algunos restos arqueológicos y etnográficos. De ellos podría haber una afección parcial al elemento etnográfico Chozo/Cuco Registro nº 11, en Bonete, por lo que se establecerá un entorno de protección y exclusión. Sobre el resto de los restos documentados es suficiente la realización de un control arqueológico de los movimientos de tierras durante las obras, a pie de obra por un técnico arqueólogo. En el caso de que en los trabajos de excavación se detectase algún resto arqueológico, se procederá a la paralización de la obra y a informar a la autoridad competente.

4.3 Cuadro sintético de las medidas correctoras de los principales impactos:

Medio

Medidas preventivas y correctoras

Atmósfera.

Utilización de maquinaria lo menos ruidosa posible y llevar a cabo un correcto mantenimiento.

Suelos.

Limitación de explanaciones.

Apoyos con patas asimétricas.

Restitución topográfica.

Uso de caminos existentes.

Restauración del suelo.

Prohibición de vertidos.

Restitución y revegetación.

Hidrología.

Adecuada gestión de residuos.

Adecuada ubicación de apoyos.

Evitar paso de maquinaria en barrancos.

Evitar acumulación de materiales.

Retirar aterramientos en red de drenaje.

Mantenimiento adecuado de la maquinaria.

Tener en cuenta el Plan de Acción Territorial de Prevención del Riesgo de Inundación.

Espacios protegidos, vegetación y fauna.

Compactación de líneas en el tramo Ayora-Cofrentes.

Limitación de actividades a las épocas de menor impacto sobre la fauna.

Señalización de todo el tendido mediante dispositivos salvapájaros.

Jalonado de obras y de hábitats.

Izado de apoyos mediante el sistema de pluma.

Tendido de conductores mediante cable guía a mano.

Elevación de los apoyos.

Ubicación de obras en zonas más claras o de menor valor botánico.

Apilar y retirar restos de cortas.

Prohibición de explosivos.

Socio economía.

Evitar ocupación de vías pecuarias por los apoyos.

No dificultar los accesos existentes.

Restauración de infraestructuras.

Paisaje.

Mantenimiento de la cubierta vegetal.

Eliminación de residuos de las obras.

Restitución del terreno y revegetación.

Acabado de taludes acorde con el terreno.

Patrimonio cultural.

Seguimiento arqueológico de movimientos de tierras.

Protección y exclusión del elemento etnográfico Chozo/Cuco en Bonete.

4.4 Seguimiento ambiental. El estudio de impacto ambiental contiene una propuesta de programa de vigilancia ambiental para el seguimiento y control de los impactos y de la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas en el mismo; así como para la propuesta de nuevas medidas correctoras si se observan impactos no previstos. Para la obtención de esos objetivos, el promotor contará en obra con un supervisor ambiental que realizará controles periódicos de la obra.

El programa de vigilancia ambiental incluirá la fase de construcción y la fase de operación y mantenimiento. Entre los controles incluidos en la fase de construcción destacan:

Se verificara que se han tomado las medidas para delimitar las áreas de actuación.

Se verificará que no se producen vertidos de aceites, grasas u otras sustancias.

Evitar la acumulación o dispersión de residuos y garantizar su gestión adecuada.

Asegurar la protección de las especies faunísticas relevantes, en especial durante el período de cría y reproducción.

Verificar que a la finalización de las obras se procede a la limpieza de los terrenos.

Preservar los yacimientos arqueológicos existentes y detectar la presencia de yacimientos no conocidos.

Verificar que la localización de los caminos se hace de la manera apropiada para reducir la afección al suelo y a la vegetación.

Verificar que se ha realizado la correcta retirada y acopio de tierra vegetal.

Verificar la mínima afección sobre los terrenos afectados por los accesos y campas.

Asegurar el mantenimiento de la calidad del agua durante las obras y comprobar que no se desvían cauces o drenajes naturales.

Verificar que se controla la afección a las especies arbustivas y arbóreas presentes.

Asegurar la protección de las especies vegetales de interés y hábitats de interés comunitario.

Verificar que la localización de los apoyos se hace de la manera apropiada para reducir la afección al suelo y a la vegetación.

Verificar la mínima afección sobre los terrenos por los la ubicación de los apoyos.

Comprobar los trabajos de montaje e izado de los apoyos.

Controlar la afección a la vegetación por la apertura de calles de tendido y seguridad.

Comprobar que en los trabajos de tendido de conductores y cables de tierra no se afecten las zonas de interés, especialmente para la fauna.

Controlar la colocación de las medidas anticolisión de aves sobre el tendido para que se realicen de la manera adecuada y con la mayor brevedad posible

Durante la fase de construcción se redactarán informes periódicos de seguimiento. Una vez finalizada la construcción se redactará un informe que contendrá las especificaciones técnicas para la operación y mantenimiento de la instalación y los aspectos ambientales supervisados en la construcción e izado de los apoyos, tendido de cables y accesos.

Durante la fase de mantenimiento, se redactará un informe tras el primer año en funcionamiento en el que se recogerán las revisiones y la eficacia de las medidas correctoras llevadas a cabo, como pueden ser las plantaciones de revegetación o la necesidad de señalizar con salvapájaros vanos que hasta el momento no se hubieran previsto y, basándose en ese informe, se elaborará el programa de vigilancia ambiental para la fase de operación y mantenimiento, el cual contendrá, al menos, los siguientes capítulos:

Supervisión de las zonas a restaurar y accesos a cerrar.

Análisis de la incidencia del tendido sobre la avifauna, seguimiento de mortandad.

Control de la nidificación en apoyos.

Control de los procesos erosivos.

El programa de vigilancia ambiental definitivo será consensuado con las consejerías de medio ambiente respectivas.

5. Condiciones al proyecto

Se cumplirán todas las medidas preventivas, correctoras y de seguimiento propuestas y aceptadas por el promotor durante todo el proceso de evaluación de impacto ambiental (incluidas en el estudio de impacto ambiental, en la respuesta del promotor a las alegaciones efectuadas en la fase de consultas e información pública y en la información complementaria presentada a petición del órgano ambiental), las cuales se resumen en el apartado 4 de esta declaración de impacto ambiental. Asimismo, también se deberán cumplir las siguientes medidas.

5.1 Compactación de la línea. Entre la subestación de Ayora y la subestación de Cofrentes se procederá a la compactación de la nueva línea proyectada con la línea eléctrica existente a 400 kV Cofrentes-Benejama, lo que conllevará el desmantelamiento de la antigua. Las obras de desmantelamiento se realizarán con las mismas precauciones y condicionados ambientales adoptados para la construcción de la nueva instalación.

Finalizada la fase de desmantelamiento, se llevará a cabo una revegetación y restauración de las zonas afectadas, que deberá contemplar todas las superficies de las obras, incluyendo las áreas de los apoyos a desmontar, los accesos provisionales que no se consideren necesarios por parte de los propietarios, las instalaciones anejas, los acopios de materiales sobrantes, parque de maquinaria, etc. Los materiales procedentes del desmantelamiento de la línea, incluyendo los restos de las cimentaciones de los apoyos, se almacenarán junto con los residuos de construcción, siguiendo, respecto a su manejo y tiempo de almacenamiento, las indicaciones del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, hasta su traslado definitivo a una planta de reciclaje o almacén autorizado.

5.2 Nueva subestación de Campanario. La subestación deberá incluir las medidas necesarias para evitar la contaminación por posibles vertidos del aceite de los transformadores eléctricos. Así, estos irán localizados en zonas estancas e impermeabilizadas, con un drenaje que recoja escorrentías y las vierta en un depósito también estanco. El depósito tendrá una capacidad suficiente para almacenar, al menos, el 60% de aceite acumulado, que se gestionará como residuo peligroso por un gestor autorizado.

5.3 Protección de los recursos hídricos. Se evitará la instalación de apoyos, y se minimizará el trazado de accesos, dentro del dominio público hidráulico, sus zonas de servidumbre y policía.

5.4 Protección del suelo y de la vegetación. La instalación de los apoyos debe definirse considerando la mínima afección a hábitats de interés comunitario, y en especial al hábitat prioritario 1520 «Matorrales gipsícolas ibéricos (estepas yesosas)». Se deben reducir las afecciones generadas por las obras y accesos, y prevenir fenómenos erosivos y se aprovecharán los caminos existentes para evitar la apertura de nuevos accesos.

5.5 Protección de la fauna. Se adaptará el cronograma de obras a los ciclos biológicos de las especies faunísticas relevantes del entorno del proyecto, para lo que se consensuará el inicio y el periodo de obras con las administraciones autonómicas competentes.

Se señalizará toda la longitud de la línea eléctrica mediante dispositivos salvapájaros dispuestos en los cables de tierra como mínimo cada 10 m si el cable de tierra es único o cada 20 m si hay dos cables de tierra paralelos. De forma experimental, se instalarán dispositivos en forma de aspa en algunos tramos, con el fin de comprobar su eficacia.

El promotor realizará además la señalización de otras líneas de su propiedad en la zona, en aquellos períodos en que se encuentren en descargo.

5.6 Condiciones para el seguimiento ambiental. Los informes que se realicen en cumplimiento del programa de vigilancia ambiental, particularmente aquellos referidos al paso de la línea por la Red Natura 2000 y los relacionados con la compactación de las líneas en el tramo Ayora-Cofrentes, se pondrán a disposición de las administraciones ambientales autonómicas competentes en medio natural y espacios protegidos.

El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el Boletín Oficial del Estado en el que se publica esta declaración de impacto ambiental.

En consecuencia, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, a la vista de la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Línea eléctrica Pinilla-Ayora-Cofrentes a 400 kV (Albacete y Valencia), al concluirse que siempre y cuando se autorice en la alternativa seleccionada y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedarán adecuadamente protegidos el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 17 de julio de 2012.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

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