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Documento BOE-A-2012-13523

Orden SSI/2333/2012, de 15 de octubre, por la que se clasifica la Fundación Ijob y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 31 de octubre de 2012, páginas 76988 a 76989 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-13523

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Ijob resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación Ijob.

Fines: La fundación persigue los siguientes fines:

La promoción y sostenibilidad del empleo joven, así como la satisfacción de las necesidades educativas, formativas, integración social, cultural y laboral de los jóvenes, entendiendo por tales a las personas de cualquier sexo y nacionalidad, con domicilio en España que tengan entre 16 y 35 años.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación se establece en el paseo de la Castellana, número 114, esc. 1 - 6.º -1, C. P. 28046, Madrid y el ámbito de actuación será en todo el territorio nacional.

Fundadores: Don Guillermo José Martínez Cárdenas, don Lorenzo Sánchez Hidalgo y don Ricardo Sánchez Hidalgo.

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por los fundadores.

Desembolso inicial: 7.500 euros.

Desembolso pendiente: 22.500 euros.

Escritura pública de constitución. Otorgada ante el notario de Madrid, don Antonio Luis Reina Gutiérrez, el día 24 de julio de 2012, con el número 4.494 de orden de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Lorenzo Sánchez Hidalgo.

Vicepresidente: Don Guillermo José Martínez Cárdenas.

Tesorero: Don Ricardo Sánchez Hidalgo.

Secretario (no patrono): Don Ángel del Río Fernández.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.–Clasificar la Fundación Ijob cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.–Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1694.

Tercero.–Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 15 de octubre de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. P.D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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