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Documento BOE-A-2012-15680

Resolución de 11 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Modificación de características de concesión del salto de Belesar, término municipal de Chantada (Lugo), central hidroeléctrica de Belesar III.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 28 de diciembre de 2012, páginas 88855 a 88876 (22 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-15680

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado c del grupo 4 del anexo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en la sección 1.ª del capítulo II de la citada Ley, por decisión de la entonces Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 3 de septiembre de 2009, procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente formular, por delegación del Ministro, las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Antecedentes. Información del proyecto: promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

Antecedentes administrativos. Por orden ministerial de 15 de junio de 1948, se amplió una concesión de aprovechamiento hidroeléctrico previa (de 30 de noviembre de 1910) para el tramo del río Miño objeto de este proyecto. El caudal concedido fue de 180 m3/s; a aprovecharse en dos saltos: Belesar aguas arriba y Los Peares aguas abajo. El 21 de febrero de 1964 se aprueban las actas de reconocimiento final y se autoriza la explotación. El caudal máximo concedido en Belesar fue de 200 m3/s. El aprovechamiento se realiza mediante tres turbinas tipo Francis con una potencia conjunta de 225 MW, cada una de las cuales aprovecha un caudal de 67m3/s con un salto nominal bruto de 131,38 m. Es la presa de mayor capacidad de embalse de la cuenca Miño-Sil (655 hm3).

El 26 de noviembre de 2009 el anterior Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino aprueba el aumento de caudal concesional en 20 m3/s aprovechando el caudal ecológico en la nueva central Belesar II con nuevo plazo concesional (hasta 3 de marzo de 2063) y fijando un caudal de 10 m3/s de media de remanentes aguas abajo, con destino a demandas ambientales. Estas obras comenzaron el 21 de febrero de 2011.

El 2 de enero de 2008, Unión Fenosa Generación, S.A. (Ahora Gas Natural SDG.S.A.) solicita una nueva modificación de las características de la concesión, consistente en la utilización de un caudal adicional hasta un máximo de 178,4 m3/s a tomar del embalse de Belesar, así como tomar hasta un máximo de 134,4 m3/s del embalse de Los Peares para bombearlos al embalse de Belesar (bombeo reversible). Siendo este proyecto el objeto de la presente resolución.

La evaluación ambiental de esta actuación ha sido realizada de forma paralela y conjunta a la del proyecto Modificación de características de concesión del Salto de los Peares. (Lugo) Central Hidroeléctrica de los Peares III.

Promotor y órgano sustantivo. El promotor del proyecto fue inicialmente Unión Fenosa Generación, S.A. que, desde el pasado 4 de septiembre de 2009, pasó a pertenecer a Gas Natural SDG, S.A., convirtiéndose esta última en titular de las concesiones actuales y promotora del proyecto. El órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, perteneciente al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Objetivo y justificación. El objetivo de este proyecto, es conseguir un incremento de energía generada que permita garantizar el suministro de electricidad en horas punta de forma rápida y eficaz, además de poder aprovechar los excedentes de generación eléctrica en horas valle de instalaciones como parques eólicos.

Las características que justifican el proyecto son: la disminución de la dependencia energética del exterior, de fuentes fósiles, la utilización de recursos renovables, no emisión de CO2 ni otros gases contaminantes, contribución a la estabilidad del sistema eléctrico y la baja tasa de producción de residuos y vertidos contaminantes en su fase de operación.

Localización. La actuación se encuentra en la Ribeira Sacra, en la provincia de Lugo. Todas las actuaciones básicas e instalaciones auxiliares se sitúan en el municipio de Chantada, dentro de su parroquia de San Fiz de Asma. El proyecto aprovechará los embalses existentes de Belesar y Los Peares, en el río Miño, comunicándolos desde la cerrada de Belesar hasta la cola de Los Peares.

Descripción sintética. Se trata de una instalación reversible. La Central de Belesar III se proyecta subterránea en la margen derecha del río Miño, con una caverna principal de 54,55 x 27,3 m de planta y una altura de 57,26 m en la que se situarán las turbo-bombas y las instalaciones eléctricas y de control de la central, una caverna secundaria de 27,5 x 16,08 m de planta y una altura de 37,87 m en la que estarán las aspiraciones de los grupos y las compuertas de descarga, y una tercera caverna de 38,12x11,75 m de planta y 11,25 m de altura como cámara de descarga.

El eje de las turbinas se proyecta a la cota 145,00 m.s.n.m. y los equipos electromecánicos estarán constituidos por dos turbinas Francis de eje vertical de 104,65 MW de potencia nominal cada una, con un salto neto de diseño de 131,4 m. y un caudal máximo a turbinación de unos 89,2 m3/s cada una. Resulta por tanto una potencia total instalada de 209,30 MW en turbinación (211,61 MW en bombeo). El caudal en bombeo a salto neto máximo por grupo será de 84 m3/s, con una potencia de 105,8 MW por grupo. Por su parte, se proyectan sendos generadores de 125 MVA cada uno.

La captación se realizará en la margen derecha del río Miño, a unos 200 m del estribo derecho de la presa de Belesar. La obra tendrá seis vanos de 4,33 m de anchura y 10 m de altura, con una longitud de 109,5 m. Aguas abajo de la toma, el túnel tiene una sección interior cuadrada de 7,0 m de lado hasta llegar al pozo de compuertas. La cota de la solera se sitúa a la 298,93 m.s.n.m., que proporciona una sumergencia de 9 m respecto a la clave del túnel en presión y obtiene una carrera útil de 28,95m. La toma estará dotada de una reja formada por barrotes de 10 mm de diámetro, con una separación de 40 mm.

El pozo de carga se sitúa entre las cotas 303,5 y 146,5 msnm, con una sección circular de 6 m de diámetro.

El túnel de desvío o túnel principal tendrá un diámetro de 6 m y una longitud de 85 m con una pendiente del 1,3 %. Acaba en el túnel de carga, que a través de una bifurcación encauza el agua a los grupos de generación.

La chimenea de equilibrio en galería tendrá un diámetro de 7,4 m, una longitud de 682,78 m y una inclinación del 12,9 %. Partirá desde el túnel de descarga hasta el exterior de la antigua cantera. Desde la cota 147 msnm hasta la 250 msnm.

El túnel de descarga hacia la cola del embalse inferior (Los Peares) tiene un primer tramo de 150 m entre la cámara de descarga y la chimenea de equilibrio, y un segundo tramo desde la chimenea hasta la toma inferior, con una longitud de 1.800 m y una pendiente del 1,9 %. Será de sección circular de 7,4 m de diámetro.

La toma inferior (bombeo reversible) se sitúa en la margen derecha del río Miño, en la cola del embalse de Los Peares. Presenta planta semicircular de 150°, conformada por seis vanos de 4,80 m de ancho. La cota de la solera del canal de aproximación se sitúa a 200,00 m.s.n.m. Irá protegida mediante rejas inclinadas con separación de 40 mm entre barrotes y ancho de 10 mm. La carrera que demanda sobre el embalse de Los Peares se ha establecido en 5 m. Que equivale a un volumen de 25,48 hm3. Para cumplir los valores mínimos para la sumergencia se ha diseñado esta toma a modo de pozo, evitando la entrada de aire en los niveles bajos de operación. Al igual que la toma superior, también la inferior irá dotada de un pozo de compuertas de tipo «tajadera».

Se construirá una subestación eléctrica de 220/13,8 kV tipo GIS (aislada por gas) a la intemperie, de 55 x 30 m de planta, sobre los terrenos del antiguo poblado de la central; así como una línea subterránea de conexión (a 220 V) con la subestación existente de Belesar. Esta línea tendrá una longitud de 113 m, y discurrirá soterrada en zanja.

Se construirán tres galerías de acceso a la caverna de la central, que partiendo del mismo portal de entrada en la antigua cantera de Belesar, permitan acceder a tres niveles distintos a la caverna de la central. Su longitud total será de 1.662 m. Deberá construirse una nueva pista de 200 m de longitud para dar acceso a la toma inferior, y reformarse la pista de acceso al antiguo poblado de la central.

Se estima un volumen de material procedente de la excavación, del orden de 395.000 m3. Los materiales extraídos se depositarán sobre la antigua cantera de Belesar utilizada para la construcción de la presa, así como en los terrenos del estribo izquierdo de la presa y en la antigua cantera Piñeiro. Los materiales vertidos servirán para rellenar las anteriores extracciones e implicará la restauración del terreno al estado previo a la construcción de la presa.

Alternativas. Las alternativas contempladas para los objetivos propuestos han sido:

Alternativa 0: alternativa de no actuación. No cumple los objetivos del proyecto.

Alternativa 1: repotenciación de Belesar. Sin carácter reversible, supone una detracción neta de volumen de agua del embalse. Usando el salto existente, contempla la construcción de una nueva central de 200 MW, implicaría una gran obra subterránea.

Alternativa 2 central reversible de Belesar. Aporta flexibilidad al sistema eléctrico sin detraer un volumen de agua adicional. Utiliza el embalse de Los Peares como contraembalse y permite acumular agua mediante bombeo en horas valle.

Presenta estas dos opciones de ubicación de la central, que difieren fundamentalmente en la longitud del túnel:

Alternativa 2A: túnel de derivación y de descarga de unos 2.300 m.

Alternativa 2B: túnel de derivación y de descarga de unos 1.700 m. El túnel de acceso a las obras subterráneas también es más corto, y es más favorable desde el punto de vista geológico.

Alternativa 2B optimizada. Introduce mejoras ambientales y sociales mediante el desplazamiento de la caverna de la central hacia aguas arriba. La chimenea no requiere acceso en superficie ni explanación para la construcción, implica una reducción de la línea eléctrica, que además irá soterrada. Supone la eliminación de un emboquille del túnel de desvío. Esta es la alternativa finalmente elegida.

En cuanto a las posibilidades de trazado de la línea eléctrica, para salvar la distancia existente entre el emplazamiento de la subestación de Belesar y Belesar III se han planteado las siguientes posibilidades:

Alternativa 1: trazado subterráneo por el borde la carretera existente, que es la finalmente elegida.

Alternativa 2: trazado aéreo.

Las alternativas de localización para los depósitos de materiales sobrantes son:

Prioridad

Descripción

Concello

Polígono

Parcela

Capacidad (m3)

1

Antigua cantera

Chantada

76

1083

296.276

2

Estribo izquierdo: aguas abajo de la presa

O Saviñao

89

700

106.293

2-2

Estribo izquierdo: aguas arriba de la presa

O Saviñao

89

2

90.000

3-A

Antigua cantera Piñeiro

Chantada

48

190

107.426

3

Zona degradada corredor Lalín-Monforte

Chantada

121

129, 143, 144, 331

76.500

4

Parcela junto a corredor Lalín-Monforte

Chantada

121

8

70.770

5

Parcela junto a corredor Lalín-Monforte

O Saviñao

119

302

117.000

Estos emplazamientos serán empleados en el orden expuesto en la tabla anterior, de 1 a 3-A, descartando los emplazamientos de orden 3, 4 y 5.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

2.1 Geología. La presa de Belesar se sitúa en una zona dominada por afloramientos de granodiorita conocida como el macizo granodiorítico de Chantada-Taboada. La potencia de la formación varía de 50 a 200 m, siendo frecuentes las intercalaciones de esquistos que predominan hacia el techo, desapareciendo las vulcanitas y dando paso a una serie de cuarcitas micáceas ortocuarcitas intercaladas con esquistos.

2.2 Hidrología. El río Miño, donde se ubica la actuación, pertenece a la Cuenca Hidrográfica del Miño-Sil. Tanto el Miño como el Sil son ríos regulares, aunque con un máximo de caudal en invierno y un mínimo en verano. A lo largo de su curso, hay docenas de embalses dedicados a la producción de energía. El Miño, antes de su confluencia con el Sil, tiene una aportación media de 2.624 hm3/año.

En un ámbito más inmediato a la presa y al propio embalse de Belesar, se localizan los siguientes cursos fluviales: río Seco, Ouriz, Barcelas, Puente de Enviande, Franza, Puente de Lama, Morín y río Asma, por la derecha; y Chousa, Portiño y Sardiñeira, Lama, Saviñao y Pesqueiras y Cortes, por la izquierda.

El embalse de Belesar se sitúa entre los concejos lucenses de Taboada, Chantada, O Saviñao, Paradela, O Páramo, Guntin y Portomarín, ocupa una superficie de 1.919 ha, presenta una cola de 50 km y un volumen de 654 hm3. En cuanto a la calidad de sus aguas, la termoclina se sitúa a unos 50 m de profundidad y, aunque no se observa ninguna capa anóxica, se obtiene bajo contenido en oxígeno a partir de la termoclina. Destaca una importante biomasa de cianofíceas, que conlleva su clasificación como eutrófico.

También se encuentran acuíferos aislados de poca entidad en el ámbito cercano a la presa.

2.3 Vegetación. En el ámbito de estudio, predominan los viñedos sobre laderas escarpadas, frecuentemente en terrazas. El viñedo está presente sobre todo en la mitad sur de la zona de actuación. El resto de la superficie presenta formaciones caducifolias, carballo (Quercus robur), castaño (Castanea sativa), Abedul (Betula alba), así como otras frondosas y coníferas alóctonas.

Así, en las inmediaciones de la presa de Belesar se mantiene una zona más o menos continua de arbolado caducifolio con carballos y en menor medida pequeños sotos de castaños y pies de abedul, salpicados con rodales de pino pinaster y eucalipto. También aparecen formaciones de tojal-brezal y de escobonal. En el entorno de la toma predomina una primera franja lineal de sauces arbustivos (Salix atrocinerea), siguiendo de forma discontinua la línea de la orilla, e inmediatamente después una franja con presencia mayoritaria de abedul. El acceso a la toma inferior trascurre por una zona poblada por castaños y carballos. El trazado de la línea eléctrica también se sitúa en una ladera con rodales de castaños y carballos además de otros pies alóctonos dispersos. Por otro lado, las zonas de depósito de materiales sobrantes no incluyen manifestaciones notables de formaciones caducifolias locales, y hay presencia de matorrales.

2.4 Fauna. Son los grupos faunísticos de los mamíferos, reptiles y aves, los que alcanzan una mayor representación. Destacando la comadreja (Mustela nivalis), y diversas especies de roedores y micromamíferos.

En el ámbito de la actuación se ha señalado la existencia de rapaces como el ratonero común (Buteo buteo) y el gavilán (Accipiter nisus), ligado a las formaciones caducifolias. También se ha constatado la presencia de halcón peregrino en los roquedos de la antigua cantera situada en la margen derecha de la cola del embalse de los Peares, emplazamiento que se plantea utilizar como vertedero.

En el medio acuático, los grupos faunísticos más reseñables son los peces y los anfibios, así como algunos mamíferos. En cuanto a la fauna ictícola cabe destacar la trucha, la anguila, la bermejuela y la boga del Duero. Del grupo de mamíferos destaca la probable presencia de nutria y desmán de los Pirineos. Estos últimos principalmente en los afluentes.

El estudio de impacto ambiental también tiene en cuenta el uso que pueden hacer los quirópteros de diferentes enclaves relacionados con las diferentes infraestructuras de las centrales.

2.5 Hábitats. En el ámbito de estudio se encuentra bien representado el Hábitat 9230 (Bosques galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pirenaica). Hay algunas muestras en la ladera donde se proyecta la línea subterránea, en el fondo del barranco próximo a la toma inferior y en el nuevo vial de acceso, donde también existen manchas puntuales del hábitat 4030 (Brezales secos europeos).

Por otra parte, en el ámbito de las zonas de depósito de materiales, pueden encontrarse salpicaduras del hábitat 4030 (Brezales secos europeos) y 4090 (Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga). Los hábitats 8220 (Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica) y 8230 (Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii) se localizan exclusivamente en la zona de depósito de la antigua cantera de Chantada.

2.6 Espacios protegidos. Los espacios más importantes localizados en un radio de 20 km son: Lugar de importancia comunitaria (LIC) E51120008 Monte Faro, que se encuentra a unos 10 km al oeste del proyecto. LIC ES1120016 Río Cabe; que se encuentra a unos 10 km al sureste. LIC ES1130004 Pena Veidosa; que se encuentra a unos 16 km al suroeste. LIC ES1120014 Canón do Sil; que se encuentra a unos 17 km al sureste.

2.7 Paisaje. El ámbito de actuación se encuadra dentro de un ámbito gallego muy singular, conocido como la Ribeira Sacra, cuya más importante señal de identidad reside en el aprovechamiento vitivinícola realizado en sus laderas.

Las gargantas y desfiladeros están muy bien representadas en este territorio por el encajonamiento de los ríos Miño y Sil. Es destacable paisajísticamente el efecto de las grandes infraestructuras de regulación hidráulica.

El hábitat humano implica la existencia de pequeños núcleos de población dispersos en asentamientos menores, en los que el uso del suelo genera un mosaico de explotaciones agrícolas menores, rodales de arbolado natural y plantaciones forestales, teselas de matorrales en diferentes estados de degradación, explotaciones ganaderas, linderos de parcelas por medio de ribazos de piedras o de setos vivos, etc.

2.8 Medio socioeconómico. La estructura económica de los tres municipios más cercanos al ámbito de la actuación (Chantada, Taboada y O Saviñao), está basada en el sector primario. Así, la agricultura es el sector que mayor número de habitantes emplea en Taboada y O Saviñao, seguidos por el sector servicios. En tercer lugar se sitúa la construcción y la industria. En cuanto al desarrollo turístico, cabe destacar la existencia de rutas fluviales por los ríos Miño y Sil, por la Ribera Sacra y las cercanías de la ciudad de Lugo, mediante catamaranes y embarcaderos monocasco. Además de la pesca, en el embalse de Belesar está permitida la práctica de deportes náuticos como el remo, el piragüismo o la vela.

Es importante también en el ámbito de estudio, la consolidación del llamado Camino Sur a Santiago, impulsado principalmente por la Asociación dos Camiños a Santiago por la Ribeira Sacra. Asimismo, existen varias rutas turísticas promovidas por los municipios del ámbito inmediato a la presa de Belesar.

2.9 Patrimonio cultural. Según los trabajos realizados por el promotor, en el área de estudio han sido inventariados tres yacimientos arqueológicos, una referencia a un posible yacimiento arqueológico, tres bienes pertenecientes al patrimonio histórico-artístico y doce bienes pertenecientes al patrimonio etnográfico.

Parte de las obras se sitúan en el entorno de protección de la Iglesia de Santo Estevo de Ribas de Miño (Decreto 262/2008 de 6 de noviembre. DOG de 28/11/2008). La iglesia fue declarada monumento por Decreto de 3 de junio de 1931 (GAC de 04/06/1931) y tiene consideración de Bien de Interés Cultural (BIC) por la disposición adicional primera de la Ley 16/85, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto ambiental:

3.1.1 Entrada documentación inicial. Con fecha 14 de julio de 2008, se recibe en la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación ambiental del proyecto.

3.1.2 Consultas previas, relación de consultados y de contestaciones. Con fecha 26 de septiembre de 2008, el órgano ambiental inicia el trámite de consultas para determinar la necesidad de someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental.

En la tabla adjunta se recogen los organismos consultados durante esta fase. Se indica con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con la documentación ambiental:

Relación de organismos consultados

Respuestas

Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.

Subdelegación del Gobierno en Lugo.

Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Junta de Galicia.

Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Junta de Galicia.

X

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Galicia.

X

Dirección General de Turismo de la Consejería de Innovación e Industria de la Junta de Galicia.

Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación e Industria de la Junta de Galicia.

X

Diputación Provincial de Lugo.

Ayuntamiento de Chantada.

Ayuntamiento de O Saviñao.

Centro de Estudios Hidrográficos (CEDEX).

X

Sociedade Galega de Historia Natural (SGHNA-OURENSE).

Asociación para a Defensa Ecoloxica de Galiza–ADEGA.

Además se recibió informe de la Subdelegación del Gobierno en La Coruña, que no estima impactos ambientales significativos en el proyecto.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

La Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Junta de Galicia destaca que, la actuación planteada, compromete el normal y natural funcionamiento del ecosistema fluvial, afectando especialmente a las especies piscícolas, menciona que aparecen nuevas infraestructuras impactantes sobre el medio natural y destaca que se producirá un incremento muy significativo de los caudales solicitados. Además considera a algunas medidas correctoras como insuficientes o inexistentes; e informa negativamente del proyecto.

El Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas considera que es posible que se produzcan impactos significativos debido a las nuevas detracciones de caudales. Menciona posibles afecciones a diferentes especies de fauna y flora, y destaca el interés en analizar tanto el efecto de la detracción de caudales como de la variación de niveles producida, así como un posible aumento de superficie de aguas lénticas.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Galicia tiene en cuenta que el proyecto se desarrolla en el ámbito de la Ribeira Sacra, de importante valor paisajístico y cultural; y se localiza en paisajes con significación histórica, cultural y/o arqueológica.

En el entorno del proyecto se localizan bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural y que podrían verse afectados por las obras. Además destaca que se debe considerar la posible existencia de yacimientos arqueológicos aun no detectados. Respecto al patrimonio arquitectónico y etnográfico, menciona que existen gran cantidad de bienes susceptibles de protección por configurar el paisaje gallego y caracterizar culturalmente el territorio, haciendo hincapié en los molinos y puentes existentes en el río.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.

La decisión de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, basada fundamentalmente en los potenciales efectos sobre los ecosistemas acuáticos asociados, y el resultado de las respuestas a las consultas se remitió al promotor el día 3 de septiembre de 2009, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental, resultado. El órgano sustantivo sometió a información pública, de manera conjunta, los proyectos y estudios de impacto ambiental de los expedientes Modificación de características de concesión del salto de Belesar, T.M. de Chantada (Lugo), Central Hidroeléctrica de Belesar III y Modificación de características de concesión del Salto de los Peares (Lugo), Central Hidroeléctrica de los Peares III; mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) n.º 186, de 4 de agosto de 2011, con corrección de errores en el BOE n.º 211, de 2 de septiembre de 2011. Así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo n.º 185, de 13 de agosto de 2011. También estuvieron expuestos en los Ayuntamientos de Chantada, O Saviñao, Carballedo y Pantón (Lugo).

Según se recoge en el expediente, el órgano sustantivo, en cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, solicitó, con fecha 28 de julio de 2011, informes a todas las Administraciones públicas afectadas y público interesado previamente consultados.

Con fecha 15 de febrero de 2012, el órgano ambiental recibió el expediente de información pública completo en el que, junto a los estudios de impacto ambiental y los proyectos de las actuaciones, se incluía la documentación generada como resultado de la información pública y consultas realizadas.

Con fecha 27 de marzo de 2012, tuvo entrada en el órgano ambiental, documentación complementaria presentada por el promotor ante el órgano sustantivo, con fecha 16 de marzo de 2012, consistente en los documentos Integración paisajística y transitabilidad de la CHR Belesar III (febrero 2012) e Integración paisajística y transitabilidad de la CH Peares III (febrero 2012).

En el transcurso del procedimiento de participación pública, se recibieron escritos remitidos por: la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del entonces Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino; la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras; la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Rural; la Subdirección General de Programación y Proyectos de Aguas de Galicia de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras; la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Deporte; y la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Industria, todas ellas de la Junta de Galicia. Así como el Ayuntamiento de Ourense y la Asociación Amigos da Terra. Además, la Asociación para a Defensa Ecoloxica de Galiza (ADEGA) remitió escrito directamente al órgano ambiental.

A continuación se resumen los aspectos ambientales más significativos del proceso de participación pública, así como la respuesta del promotor a las distintas consideraciones planteadas:

Justificación. La Asociación Amigos da Terra considera que en la Central Belesar III no hay una producción real de energía, ya que se va a consumir más en el bombeo que en la turbinación; que los ciclos de bombeo en horas valle, no van a ser correlacionados simultáneamente con los excesos de producción eólica. Y manifiesta que no se ha justificado un incremento de la demanda eléctrica.

A este respecto, el promotor señala que el sistema eléctrico necesita mantener un equilibrio instantáneo entre la energía consumida y generada. Las principales funciones de la central reversible serán tanto modular el sistema de generación con su rápida respuesta de carga en generación, como almacenar energía excedente mediante el bombeo en horas de excedente de producción, y generación eléctrica en los momentos de mayor demanda. Suavizando la curva de demanda. Estos excedentes vienen principalmente de los nuevos sistemas de generación renovables y no gestionables.

En este mismo sentido, Amigos da Terra, también indica que el proyecto no se justifica por la reducción de las emisiones de CO2, ya que al considerarse el bombeo, el balance sería equilibrado o negativo.

Gas Natural SDG, S.A., explica el modo de adecuación de las centrales a los valles de demanda, y justifica que la energía consumida durante el bombeo está relacionada con un mix energético puntual de baja contribución de combustibles fósiles y mayor porcentaje de eólica y nuclear que no producen emisiones directas de CO2. Esta energía queda almacenada en el embalse superior para aprovecharse cuando el sistema lo demande.

La Dirección General de Conservación de la Naturaleza indica que las infraestructuras necesarias más impactantes para el desarrollo del proyecto ya existen en la actualidad (embalses y presas de Belesar y Los Peares, viales y líneas de evacuación).

Informa que las obras proyectadas no se incluyen ni afectan a ningún espacio natural protegido y entiende que no se producirán impactos significativos sobre el medio natural y sobre el paisaje pues, a excepción de la subestación, las nuevas infraestructuras son subterráneas o permanecerán sumergidas bajo las aguas de los embalses.

Fragmentación e impacto acumulativo. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal alega fragmentación en la valoración de impactos, al tramitarse por separado los diferentes proyectos.

Gas Natural SDG, S.A., manifiesta que en los estudios de impacto ambiental de las centrales Belesar III y Los Peares III se considera el nuevo régimen de operación del conjunto de los aprovechamientos, incluyendo Belesar II y Los Peares II, tanto en la descripción del proyecto como en la identificación y valoración de impactos.

Por otro lado, la asociación Amigos da Terra y ADEGA, indica que no se ha valorado el impacto acumulativo y sinérgico que causan embalses y aprovechamientos del río.

A esta consideración, Gas Natural SDG, S.A. responde que en la valoración de impactos realizada se han tenido en cuenta todos los aprovechamientos y proyectos en el río Miño. Se hace especial referencia a las actuales centrales Belesar y Los Peares como a las de nueva construcción Belesar II y Peares II.

Geología y geomorfología. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal apunta a una inadecuada valoración de la afección a la geología y geomorfología. ADEGA, más allá de los valores geológicos, considera inadecuado el vertido de materiales en la cantera abandonada de Belesar, por producir un importante impacto paisajístico y ambiental, al encontrarse la cantera ya revegetada y en recuperación un ecosistema digno de protección.

Gas Natural SDG, S.A., manifiesta que en la matriz de impacto se relaciona la geomorfología con diferentes acciones del proyecto, para identificar los potenciales impactos. En fase de construcción se valora el impacto afección a los suelos y laderas por movimiento de tierras y circulación de vehículos y maquinaria. Por otro lado, se relaciona con la calidad visual del paisaje, de forma que los proyectos introducen mejoras del territorio restaurando antiguas zonas de préstamos.

Hidrología, régimen de caudales, gestión del embalse y oscilación. Amigos da Terra señala que según la Directiva Marco del Agua y la Ley de Aguas, deberán aplicarse las medidas necesarias para prevenir el deterioro del estado de todas las masas de agua superficial y alcanzar los objetivos medioambientales para las aguas superficiales.

El promotor responde que los proyectos no contemplan la construcción de nuevas presas ni aumento de su capacidad. Por tanto no introducirán cambios significativos en la calidad del agua.

Según la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, falta un estudio del régimen natural de caudales del tramo de río, que justifique los caudales ambientales y analice los aspectos de regulación de la presa de Los Peares, el aumento de caudal regulado y la afección al régimen natural. Apunta la necesidad de establecimiento de un régimen lo más natural posible en las dos presas, teniendo en cuenta posibles sinergias. Y considera que sería apropiado estudiar los índices de alteración hidrológica y la dinámica riparia.

El promotor sostiene que los caudales ecológicos serán fijados por la autoridad competente, en este caso la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil de acuerdo al Plan Hidrológico que se encuentra en fase de aprobación.

En cuanto a la afección al régimen natural de caudales, recuerda que se trata de un río regulado, tanto el mismo río Miño como su afluente el Sil y, por tanto, la variación en la regulación de las centrales propuestas no será significativa. En cuanto al efecto acumulativo sobre el régimen de caudales, se tiene también en cuenta, incorporando los efectos de la operación de Belesar II y Los Peares II.

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, y la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, consideran la posible afección por la oscilación del nivel del agua y afección al nivel freático y a los arroyos tributarios; así como que debe establecerse una vigilancia especial de sus efectos en la estabilidad de las orillas.

Gas Natural SDC, S.A., mantiene que si bien estos aspectos se han considerado en los estudios de impacto ambiental, se realizará un seguimiento del hábitat ripario, así como de la estabilidad de las orillas durante la fase de operación con objeto de conocer si las oscilaciones producirán impactos distintos de los previstos y poder proponer las medidas oportunas. Por otro lado, las fluctuaciones de nivel no van a diferir en valores absolutos de las del funcionamiento actual.

Fauna. La Dirección General de Conservación de la Naturaleza señala que deben analizarse los efectos de la aspiración sobre la fauna acuática de Los Peares. Los métodos a aplicar y los resultados obtenidos se deben someter al informe de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza.

El promotor responde que durante la fase de operación de la central, se llevará a cabo un seguimiento de los efectos de la aspiración en la toma inferior sobre la fauna acuática. La metodología de este seguimiento y los resultados del mismo se pondrán a disposición de la Administración.

Por su parte, la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal alega falta de información sobre la fuerza de succión en las rejas protectoras de las tomas, que produciría una posible afección a la fauna acuática en las tomas. La Dirección General de Conservación de la Naturaleza indica que para las tomas de las centrales debe completarse la protección de la fauna con la instalación de barreras sónicas, y procurar que la velocidad del agua para ambas tomas de Belesar III sea igual o menor de 1,0 m/s en el plano de la reja. Considera la posibilidad de reducir la velocidad en la toma de aspiración y, si la sumergencia es inferior a 2,5 m, que la velocidad en superficie sea menor a 1 m/s.

Gas Natural SDG, S.A., afirma que el diseño final de las tomas y sus rejas, permitirán que la velocidad del agua se reduzca hasta valores inferiores a 1m/s a su llegada a la toma. Para las pletinas de las rejas de las tomas y descargas de las centrales se proyectan rejas de barrotes de 10 mm de diámetro con separación de 40 mm, de acuerdo a la normativa vigente. No se considera por tanto la instalación de barreras sónicas ni otro tipo de dispositivos adicionales. Estos aspectos han sido tenidos en cuenta en la valoración de impactos sobre el hábitat fluvial. Finalmente señala que durante la fase de explotación se valorará si la frecuencia de revisión de la efectividad de las rejas es suficiente, y se implementarán las medidas oportunas.

El promotor manifiesta que la sumergencia de las dos tomas es superior a 5 m, y con sumergencias inferiores no se operará.

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal considera posible la afección a la nutria.

A este aspecto, el promotor considera que el posible impacto consistiría en molestias durante las obras, y se descarta impacto durante la fase de operación, pues el hábitat ya se encuentra modificado y la población de nutria está adaptada a la situación actual.

La Dirección General de Conservación de la Naturaleza manifiesta que se deben detallar los posibles efectos sobre la presencia de halcón peregrino en la antigua cantera de Belesar. En este sentido, la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental señala que, de confirmarse la presencia de la pareja de halcón deben evitarse las obras en esta zona durante el periodo de nidificación y cría; y el plan de vigilancia ambiental deberá incluir controles para documentar su comportamiento y adoptar las oportunas medidas. Según la mencionada Secretaría General, la pareja de halcón se reprodujo en la temporada de 2010. Por su parte, la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal señala que, aun realizando el vertido después de la salida de los pollos, se puede producir afección a la pareja reproductora de halcón peregrino por el acopio de materiales.

El promotor manifiesta que, previamente al inicio de las obras, se confirmará la presencia de la pareja y las obras en este punto no se iniciarán hasta que se evite frustrar la prole. Esto es, se restringe el inicio de obras durante el periodo de reproducción y cría. Por el contrario, si se confirmase que ese año no se ha reproducido la especie en la zona, las obras podrían comenzar en cualquier momento. No obstante, se realizarán controles para documentar el comportamiento de la especie y, en su caso, adoptar las medidas oportunas.

Hábitats. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal señala afección a 5 hábitats de interés comunitario y necesidad de definir el hábitat que se alterará en la nueva zona seleccionada como vertedero, recogido en la adenda. También indica la alteración de las escorrentías y afección a la comunidad rupícola y de rezumaderos.

Gas Natural SDG, S.A., manifiesta que los hábitats de interés comunitario se han tenido en cuenta, tanto en cuanto a su descripción y valoración de afecciones, como en la fase de diseño. Así, se ha conseguido que en la solución adoptada, exista una superficie muy baja de hábitats naturales de interés que se vean afectados siendo 0,4 ha para ambos proyectos.

Respecto a la afección a las escorrentías y la comunidad rupícola de rezumaderos, el promotor manifiesta que se estudiará la posible inclusión de estas recomendaciones en el plan de vigilancia en obra. Estos aspectos se tendrán en cuenta en el detalle de la conformación de las zonas de depósito, en el marco del proyecto constructivo que deberá ser aprobado por la Confederación. Así, se proyectarán cunetas de guarda para asegurar la estabilidad de la formación y la calidad de las aguas de escorrentía.

Según la misma Dirección General de Medio Natural y Política forestal, el programa de vigilancia ambiental no contiene un seguimiento de la calidad del medio hídrico ni de los hábitats riparios en fase de funcionamiento.

Gas Natural SDG, S.A., considera la recomendación. Por ello se realizará un seguimiento del hábitat ripario durante la fase de operación con objeto de conocer los efectos de las oscilaciones de la central.

Áreas de protección urbanística y usos del suelo. Según Amigos da Terra el estudio de impacto ambiental no aporta información sobre las características del suelo, usos y el plan urbanístico. También alega que los movimientos de tierras podrían afectar a suelo rústico de protección de espacios naturales y de interés paisajístico, que deben ajustarse a la normativa autonómica.

Gas Natural SDG, S.A., manifiesta que, en paralelo a la tramitación del Estudio de Impacto Ambiental, se están gestionando los pertinentes permisos relativos al uso del suelo. Así mismo, el uso del suelo rústico afectado está contemplado dentro del artículo 33 de la ley 9/2002 de suelo y urbanismo de Galicia. La apertura de caminos no producirá un impacto significativo, y se realizará conforme a la normativa vigente.

Paisaje. La Dirección General del Patrimonio Cultural indica que la actuación de Belesar III de mayor visibilidad, es la toma inferior. Por este motivo la nueva documentación presentada por el promotor propone dos medidas para una mejor integración paisajística. Por una parte la realización de plantaciones autóctonas en los desmontes y en los taludes, y por otra parte la restitución de una falsa ladera sobre losa de hormigón en la mitad superior del vaciado, que reduciría considerablemente el impacto visual. La nueva propuesta para la toma inferior recogida en la documentación complementaria mejora la propuesta del estudio de impacto ambiental. Por otra parte, el paisaje que rodea el BIC se ve también mejorado con la recuperación de la cantera situada en frente.

Restauración ambiental. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal recomienda el empleo de especies ligadas a los hábitats existentes.

Gas Natural SDG, S.A., asume la recomendación.

Patrimonio cultural. Amigos da Terra hace constar la posible afección al Área de Protección legal del Castro de San Fiz.

Gas Natural SDG, S.A., señala que en el Estudio de Impacto Cultural, el efecto de la central sobre el Castro de San Fiz fue valorado, resultando compatible con la implantación de medidas correctoras, entre las que se encuentra que no podrán realizarse obras, ni ningún tipo de acopio o instalación, dentro del área de exclusión de obras delimitada. Las obras de los túneles de acceso y de descarga, se ejecutarán fuera del área de exclusión.

La Dirección General del Patrimonio Cultural condiciona el informe favorable al cumplimiento de ciertas medidas: para la toma inferior, se optará por la propuesta del estudio de integración paisajística presentado por el promotor, de manera que minimice la parte visible de las obras. Deberán ser objeto de evaluación previo a su uso o modificación aquellos accesos y depósitos de materiales en los que no se hayan evaluado los impactos sobre el patrimonio cultural en el trabajo de campo. Deberá realizarse un seguimiento arqueológico durante el replanteo, ejecución y restitución del terreno. Considera conveniente aprovechar el descenso de la cota de Belesar, en el marco del seguimiento arqueológico, para revisar del vaso del embalse, y documentar posibles bienes culturales. Los bienes del patrimonio cultural y sus áreas de protección figurarán en la cartografía del proyecto y en los planos del personal de obra. En estas zonas no se podrán realizar actividades no previstas en la documentación remitida.

Modificaciones introducidas por el promotor en el proyecto y estudio tras su consideración. Durante este trámite de información pública, el promotor decidió modificar el diseño de la toma inferior de la central Belesar III, de manera que se reducía considerablemente su impacto paisajístico, de acuerdo con las consideraciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural. El efecto de esta modificación se considera ambientalmente positivo.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. Tras el análisis de las distintas opciones se optó por la alternativa 2B optimizada o central reversible con túnel corto, mejorada, por los siguientes motivos:

Frente a la alternativa 0, o de no actuación, la alternativa 2B elegida, permite optimizar el aprovechamiento hidroeléctrico de Belesar aprovechando las infraestructuras existentes, siendo éstos los elementos que ocasionarían mayor impacto si se construyeran a día de hoy. La alternativa 2B conseguirá disminuir la dependencia de combustibles fósiles y contribuir al abastecimiento de las puntas de demanda de forma rápida y eficaz con fuentes renovables y sin emisiones de gases de efecto invernadero.

La alternativa 2 de central reversible frente a la alternativa 1 de simple repotenciación, aporta estabilidad y capacidad reguladora al sistema eléctrico peninsular sin generar un gasto neto de recurso hidráulico embalsado.

Entre las dos alternativas de central reversible estudiadas, se opta por la 2B ya que considera túneles de conducción y acceso más cortos, reduciendo la generación de materiales de excavación y su manejo.

La alternativa 2B optimizada presenta mejoras ambientales sobre la alternativa 2B, al eliminar la línea eléctrica aérea, reducir el impacto visual y las obras en el exterior.

Ante las alternativas de tendido eléctrico, se elige la opción del trazado subterráneo frente a la del trazado aéreo, por los siguientes motivos: para un tramo de apenas 100 m, un trazado aéreo implicaría la instalación de dos torres de transición aéreo-subterránea y sus correspondientes equipos. Un nuevo vano tendría que sobre elevarse sobre las dos líneas aéreas ya existentes, generando mayor impacto visual. La traza subterránea, puede realizarse prescindiendo de vehículos, con menor apertura de pista y mantenimiento que un tramo aéreo; minimizando así la tala de árboles y sin necesidad de mantener una calle de seguridad como para un tramo aéreo.

En cuanto a las posibles localizaciones de los depósitos de materiales sobrantes se le da la mayor prioridad al relleno de la antigua cantera por suponer un recorrido muy reducido del transporte de material y permitir su posterior restauración. Por otro lado, la Dirección General de Patrimonio Cultural entiende que la restauración de esta cantera supondrá una mejora del entorno paisajístico del BIC Santo Estevo de Ribas de Miño.

En segundo lugar de prioridad se elige el estribo izquierdo de la presa de Belesar, por tratarse de una zona muy modificada durante la construcción de la presa.

Se prescinde de las alternativas de orden 3, 4 y 5 a favor de la zona de prioridad 3-A, con el objeto de reducir aún más el ámbito de acción de las obras, con similares volúmenes de depósitos sobre menores superficies. Además, con este emplazamiento, se permite acometer la restauración de otra antigua cantera.

4.2 Impactos de la alternativa elegida. Medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias, seguimiento ambiental:

4.2.1 Impactos sobre la calidad del aire. Durante la fase de construcción, la reducción de la calidad del aire producida por el incremento de partículas en suspensión en el aire, emisiones de gases de escape de maquinaria y vehículos, así como el incremento del nivel de ruido por el trabajo de la maquinaria y voladuras no se considera significativo debido la proximidad entre las zonas de extracción y depósito de materiales, las distancias de las zonas de trabajo a las viviendas más cercanas, la reducción del tiempo de voladuras en superficie, así como el hecho de desarrollarse los trabajos en profundidad. El promotor plantea además proceder al riego con agua para estabilización de partículas de polvo, la cobertura de los camiones que transportan materiales de naturaleza pulverulenta, minimización de las emisiones gaseosas producidas por la maquinaria, así como el control de las emisiones sonoras de la obra y la adecuación de zonas para parque de obras y maquinaria.

Por su carácter subterráneo, durante la fase de explotación no se prevé un incremento de los niveles de ruido de los grupos, instalaciones o servicios auxiliares, ni se prevé que tenga lugar una superación de los límites de ruido establecidos para las poblaciones cercanas.

4.2.2 Impactos sobre la geología y el suelo. Aunque la zona no presenta especiales problemas de deslizamientos de laderas, que puedan producirse por los movimientos de tierras o funcionamiento de maquinaria, se toman medidas que aseguran su estabilidad, evitando además la proliferación de problemas erosivos. Estos problemas pueden evitarse con un adecuado diseño de la obra, en particular con una adecuada formación de taludes en las zonas de la toma. Posteriormente, en los puntos de obra superficiales, se llevarán a cabo medidas de restitución y revegetación.

La posible pérdida de suelo fértil acarreada por los movimientos de tierras y circulación de vehículos y maquinaria se considera muy reducida debido a la pequeña longitud de nuevos viales necesarios, a la disposición del parque de maquinaria y zonas de almacenamiento de materiales en lugares acotados, y a la ubicación de la subestación en una zona ya alterada y con escasa superficie de suelo afectado (0,5 ha). Además, se separará la capa de tierra vegetal afectada y se almacenará para utilizarla en la restitución del suelo.

El funcionamiento de la central introducirá elementos potencialmente causantes de erosión, como pueden ser la nueva descarga o el movimiento de la lámina de agua en el embalse. En cuanto al efecto del nuevo punto de descarga cabe señalar que la toma inferior o de descarga se encontrará sumergida en la cola del embalse de Los Peares, pudiendo laminarse los caudales de salida, sumergidos en todo momento; según el promotor la descarga se ha diseñado de forma que la velocidad de salida no sea superior a 1m/s, en un tramo de cauce poco susceptible a la erosión. Por otro lado, según el estudio de impacto ambiental, las laderas del embalse de Belesar ya se encuentran adaptadas a fluctuaciones del nivel de agua, por lo que no se prevén problemas a consecuencia de las nuevas oscilaciones. Será mayor la modificación de la oscilación en el embalse de Los Peares (donde vierte), sin embargo, según el promotor el nivel en Los Peares tampoco fluctuará rápidamente, y recalca que las paredes del vaso del embalse de Los Peares carecen de suelo, no siendo vulnerables a la erosión por la variación de la lámina de agua en un rango de 5 m de altura.

Sin embargo, la Dirección General de Conservación de la Naturaleza considera que debe establecerse una vigilancia especial de los efectos que las oscilaciones de nivel puedan originar en las laderas del embalse de Los Peares. El promotor asume realizar el mencionado seguimiento de la estabilidad de las orillas con el objeto de conocer si las oscilaciones de la central producirán impactos imprevistos y proponer las medidas oportunas.

De las respuestas del promotor a las observaciones de la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental en el trámite de información pública, se desprende que los emplazamientos propuestos como destino de tierras sobrantes son suficientes para los volúmenes calculados e incluso para un posible incremento de material. No obstante, se ha asumido que en caso de necesitarse nuevos destinos para posibles materiales sobrantes, se deberá remitir a la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Junta de Galicia la posible propuesta, ambientalmente justificada, de destino de vertido de sobrantes, su cubicación y plan de restauración y revegetación.

4.2.3 Impactos sobre la hidrología e hidrogeología. Ante la posibilidad de afecciones al medio hidrogeológico durante la fase de obras, el estudio de impacto ambiental ha destacado la poca entidad del medio hidrogeológico del entorno. Sin embargo, la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, señaló un posible impacto sobre el nivel freático y a los arroyos tributarios, durante la fase de operación, por la oscilación del nivel de agua. Finalmente, el promotor asume realizar un seguimiento del hábitat ripario durante la fase de operación de las centrales, con objeto de conocer si las oscilaciones producirán impactos imprevistos y proponer las oportunas medidas; aunque también añade que las fluctuaciones de nivel no van a diferir en valores absolutos de las del actual funcionamiento.

Se ha considerado también un posible impacto por disminución de la calidad del agua por incremento de sólidos en suspensión en fase de obras. En este sentido, se ha previsto bajar la cota del embalse de forma que los puntos de trabajo de la toma quede resguardado, además se prevé una ataguía que protegerá la zona de trabajo aguas abajo de la presa. El promotor garantiza la circulación de un caudal ambiental aguas abajo de la presa muy superior al que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil consideraba para este tramo, se coordinarán los trabajos para que el descenso del embalse sea el mínimo y durante no más de 4 meses. La ataguía será reforzada con mortero de cemento en el núcleo, evitando el lavado de materiales durante la obra.

Tanto durante la fase de obras como de funcionamiento, se ha tenido en cuenta una posible contaminación del agua y suelo debido a un inadecuado manejo de combustibles, residuos o vertidos. Este impacto se considera muy improbable si se procede a la adecuada implantación de las medidas habituales de carácter preventivo, asumidas al efecto.

Para la fase de funcionamiento, ante la obligación de prevenir el deterioro del estado de las masas de agua y alcanzar los objetivos medioambientales para las aguas superficiales, alegado por Amigos da Terra, el promotor considera que al no construirse nuevas infraestructuras de regulación estos proyectos no introducirán cambios significativos en la calidad del agua. También considera que se evita la modificación de la dinámica de transporte del río; y no se añadirán nuevos fenómenos de estratificación térmica, o eutrofización que puedan agravar las actuales características físico-químicas del agua.

4.2.4 Impactos sobre la vegetación. El estudio de impacto ambiental no considera que el proyecto pueda ocasionar un impacto significativo a la vegetación por el tránsito de vehículos y maquinaria durante las obras, puesto que, según indica el promotor, la mayoría de los puntos de obra no se encuentran rodeados de vegetación arbórea de interés y el 90 % de los viales ya están abiertos. En cualquier caso, se adoptarán las medidas oportunas, como delimitación de las zonas de tránsito, reducción de la zona de ocupación a una zona de bajo valor ambiental, protección de la vegetación más vulnerable con tablillas y modificación de zonas de paso o estrechamiento de la zona de trabajo.

Por otro lado, el proyecto implica la eliminación de vegetación por despeje y desbroce, si bien el promotor apunta a que buena parte de las instalaciones proyectadas serán subterráneas y la mayoría de los caminos de acceso ya existen, siendo sólo necesaria la construcción de 200 m de camino. El proyecto afectará a menos de 0,4 ha. de frondosas caducifolias, siendo la superficie total de vegetación afectada de menos de 0,5 ha., por lo que en el estudio de impacto ambiental la afección se ha calificado como compatible.

El promotor incluye un plan de restauración y revegetación de todas las zonas de actuación, y asume la consideración de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de trasplantar algunos pies a eliminar, a las zonas de revegetación. También asume la recomendación de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal de revegetar con especies ligadas a los hábitats existentes.

Durante la fase de obras también se considera la posible afección a la vegetación del margen de los embalses por el descenso de la lámina de agua en la fase de construcción de las tomas. Para reducir impactos ambientales se diseñan los trabajos de ambas centrales de manera que puedan tener lugar en un espacio de tiempo muy breve, de no más de 4 meses, en temporada estival; de modo que coincida en el mismo descenso la construcción de la toma inferior del Belesar III y la toma de Los Peares III. En el embalse de Belesar será necesario un descenso de 42 m y de 30 m en el embalse de Los Peares.

Según el promotor, la vegetación existente no configura un hábitat de ribera propiamente dicho, presentado niveles de desarrollo medios o escasos. Se trata de vegetación de transición entre el hábitat acuático y la vegetación terrestre de ladera. La lámina de agua de Belesar oscila anualmente, con una carrera de 25 m de media quedando los márgenes desprovistos de agua la mayor parte del tiempo. En Los Peares ya tuvo lugar en 2003 un descenso similar al proyectado sin que la vegetación de los márgenes experimentara cambios achacables al estrés hídrico. Los veranos frescos y húmedos frecuentes en la cuenca reducirían el posible estrés hídrico que pueda padecer la vegetación. En definitiva, el promotor considera este impacto compatible.

Del mismo modo, se considera una posible afección a la vegetación durante la fase de operación, causada por la oscilación del nivel del embalse. Sin embargo, según el promotor, dada la situación de cabecera del embalse de Belesar, considera que no experimentará cambios significativos, variando únicamente con un rizado de pocos metros sus valores diarios y semanales. El embalse de Los Peares que actualmente no experimenta una oscilación en sus cotas de más de 2 m a lo largo del año pasaría a tener un descenso del nivel de agua de hasta 5 m en el caso más desfavorable. La vegetación de bajo desarrollo situada en el perímetro de Los Peares, podría sufrir estrés hídrico al verse alejada del agua, sin embargo el agua se encontrará el 70 % del tiempo a sólo 2,5 m por debajo de su cota máxima de operación.

4.2.5 Impactos sobre la fauna. El promotor ha considerado el impacto producido en fase de obras por la presencia de personal y la propia ejecución de las obras, que podrían producir molestias a la fauna, que provoquen desplazamiento de especies, frustración de la reproducción, abandono de nidos o atropellos. Este impacto se vería agravado por la gran cantidad de volúmenes sobrantes que deben ser trasportados para su depósito, generando un importante tráfico de maquinaria; la utilización de explosivos y la duración de la obra (unos 42 meses).

En la zona cercana al proyecto pueden aparecer algunas especies de murciélagos y otras especies de interés como el lobo, la nutria, y la gineta, así como aves interesantes o emblemáticas, algunas de ellas catalogadas por la Directiva Hábitats. En la antigua cantera de Belesar, seleccionada para depositar el mayor volumen de material sobrante de excavaciones y para abrir el acceso definitivo a la central, se ha constatado la actividad de una pareja de halcón peregrino.

Según el estudio de impacto ambiental, para reducir estos efectos, se han propuesto zonas de depósito de materiales situadas próximas a las bocas de los túneles. Se diseña un plan de trabajo en las aperturas de las bocas de los túneles, donde se usarán explosivos, que no dure más de 6 a 8 semanas, y se realizarán explosiones controladas con cargas bajas. No se sitúan puntos de obra sobre hábitats de interés que puedan albergar especies catalogadas, y tampoco se prevé afección sobre reptiles y anfibios puesto que los cursos de agua se protegen de las obras.

Para evitar molestias a la pareja de halcón peregrino el promotor propone realizar prospecciones en el periodo reproductivo previamente al inicio de las obras y, en caso de confirmarse su presencia, se evitará el inicio de la obra en ese punto entre los meses de febrero y mayo (incluidos), indicándolo en el cronograma y plan de obra. Sin embargo, la Dirección General de Medio Natural y Política forestal señala que habrá afección al halcón peregrino incluso realizando el vertido después de la salida de los pollos, debido a la alteración de la zona. El promotor aclara que, en caso de confirmarse la reproducción de la especie, la medida establece la restricción de inicio de las obras durante el periodo de reproducción y cría y no se iniciarán hasta que se evite frustrar la prole. En este punto, la restricción y medidas asumidas por el promotor resultan acordes con el informe de la Secretaría General de Calidad y Evaluación ambiental. La Dirección General de Conservación de la Naturaleza considera adecuado el destino de los materiales procedentes de la excavación y su posterior tratamiento, así como las especies vegetales seleccionadas para las labores de revegetación. Sin embargo, considera que han de detallarse los efectos que, sobre el halcón peregrino, pueden tener las labores y actividades a realizar en la antigua cantera de Belesar, donde ha sido detectada su presencia.

También asume el promotor realizar controles específicos para documentar el comportamiento del halcón peregrino y, de ser el caso, adoptar medidas protectoras o correctoras que todavía no se hayan podido establecer conforme a lo propuesto por la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental.

En fase de funcionamiento, el estudio de impacto ambiental considera posibles impactos por cambios en la explotación que afectan a la fauna acuática: por las variaciones del caudal liberado y por el posible paso de la ictiofauna a través de turbinas y esclusas. Según responde el promotor al escrito de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, se descarta afección a la nutria en fase de operación por encontrarse sus poblaciones ya adaptadas a las condiciones existentes.

La nueva fluctuación de la lámina de agua en el embalse de Los Peares puede poner en riesgo la viabilidad de las puestas de ciertas especies que no migran afluentes arriba. Sin embargo, según el promotor, la fauna piscícola ha adaptado sus pautas de comportamiento al actual aprovechamiento hidroeléctrico; la trucha común y los ciprínidos autóctonos buscan los lugares de freza remontando los afluentes; la nueva descarga de Belesar III se situará a 1000 m aguas abajo de la actual descarga de Belesar I, evitando salir toda la carga del caudal en el mismo punto. La descarga o toma inferior se situará sumergida en la cola de Los Peares, y se ha diseñado la descarga para no superar la velocidad de salida de 1m/s para no arrastrar alevines ni erosionar el lecho fluvial.

Para evitar el paso de ictiofauna a través de las turbinas, el proyecto propone la instalación de rejas en ambas tomas con una luz de 4 cm. Según ha respondido el promotor, se diseñan las tomas y las descargas de las centrales para una velocidad inferior a 1 m/s, que evita el efecto llamada para los peces en modo descarga, así como que se vean atrapados en modo «toma».

La Dirección General de Conservación de la Naturaleza solicitó que se completara la protección mediante barreras sónicas en ambas tomas, medida que el promotor no cree conveniente aplicar, puesto que considera que ya se cumple con al normativa aplicable (artículo 82 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales). El promotor afirma en su respuesta al informe de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal que durante la fase de explotación se valorará si la frecuencia de revisión de la efectividad de las rejas propuesta es suficiente y, en su caso, se implementarán las medidas adicionales que se estime oportuno para garantizar la protección de la ictiofauna.

Finalmente, el promotor asumió la prescripción de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, de llevar a cabo un seguimiento de los efectos de la aspiración sobre la fauna acuática durante la fase de operación de la central, y poner a disposición de la Administración la metodología y los resultados de ese seguimiento. Del resultado de la información pública también se desprende que el diseño de las tomas de Belesar III cumplen las prescripciones formuladas por la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, en cuanto a sumergencias de las tomas y velocidad y superficie.

4.2.6 Impactos sobre espacios protegidos y hábitats. No se ha considerado que pueda producirse afección significativa a espacios protegidos.

El estudio de impacto ambiental cuantifica en 4000 m2 la superficie de hábitats del anexo I de la Directiva hábitats (Directiva 92/43/CEE) que puede verse mermada por la construcción del proyecto, a lo que habría que añadir los hábitats situados en zonas de depósito de materiales sobrantes. De los hábitats presentes, el que sufriría mayor afección sería el 9230 Bosques galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaic, en una superficie de 3450 m2. No se prevé afección a hábitats prioritarios. La Dirección General de Conservación de la Naturaleza informa de que no se prevén efectos negativos sobre ninguno de los hábitats inventariados.

A la alegación de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, que señalaba una posible alteración de las escorrentías que afectaría a la comunidad rupícola de rezumaderos y paredones húmedos, el promotor asumió estudiar la posible inclusión de estas recomendaciones en el plan de vigilancia en obra. Del mismo modo, se realizará un seguimiento del hábitat ripario durante la fase de operación con objeto de conocer si las oscilaciones producirán impactos no previstos y proponer las medidas oportunas.

4.2.7 Impactos sobre el paisaje. Según el estudio de impacto ambiental, los valores singulares, estéticos y culturales, así como la relación entre el hombre y el medio natural, han promovido la propuesta de la Ribeira Sacra como paisaje protegido. Actualmente dicha propuesta se encuentra en proceso de valoración por la Junta de Galicia.

Durante la construcción de los proyectos de las centrales hidroeléctricas el paisaje se verá afectado por la presencia de obras: bocas de los túneles, lugares de tránsito de camiones y maquinaria; así como el contorno de los embalses descubierto durante el descenso de cota, en un perímetro de 99 km del embalse de Belesar y de 43 km en el de Los Peares.

Si bien las obras durarán unos 42 meses, se coordinarán los trabajos para que los descensos de los embalses no duren más de 4 meses, teniendo en cuenta que gran parte de las obras proyectadas serán subterráneas.

La presencia de las nuevas instalaciones y su funcionamiento también provocarán una alteración paisajística durante la fase de explotación. En concreto, para la central Belesar III, serían visibles las instalaciones de la subestación, que se situará en los terrenos del antiguo poblado de Belesar, ya urbanizado y de baja visibilidad. El nuevo ciclo turbinación-bombeo provocará un mayor movimiento de la lámina de agua en el embalse de Los Peares que mostrarán mayor superficie de banda árida. Sin embargo, el promotor destaca que el nivel del embalse de Los Peares se encontrará el 73,5 % del año a una cota sólo 2,5 metros por debajo de la actual; y que, al estar muy encajado, no dejará gran superficie visible.

Para el diseño de la toma inferior, la Dirección General del Patrimonio Cultural, ve conveniente la propuesta del estudio de integración paisajística elaborado por el promotor como documentación complementaria, que consigue minimizar la parte visible del túnel de descarga/toma con la construcción de una falsa ladera sobre losa de hormigón en la mitad superior de la obra y plantaciones en los taludes. Cree adecuadas la medidas de integración paisajística, y considera que el paisaje que rodea al BIC Iglesia de Santo Estevo mejora con la recuperación de la ladera afectada por la cantera.

4.2.8 Impacto socioeconómico. Actualmente existen varias actividades o medios de recreo o interés turístico en la zona, entre los que destacan las rutas fluviales, el Camino Sur a Santiago, o Camino de Invierno, la pesca, la práctica de deportes náuticos y otras rutas turísticas.

La presencia de obras resulta disuasoria para el turismo, por las molestias que produce y los mencionados efectos paisajísticos. La necesidad de detener en verano las dos rutas de catamaranes que circulan por el embalse de Los Peares por el descenso de cota y la limitación de la práctica de la pesca, podría limitar los ingresos procedentes de estas actividades recreativas y de turismo local.

Por estos motivos, se planificará que los descensos de nivel no duren más de 4 meses y se hagan coincidir las obras en el embalse de Los Peares. Ante la obligación de detener las rutas de catamarán de Los Peares, el estudio de impacto ambiental plantea alternativas cercanas, como las rutas fluviales del Sil.

La Subdirección General de Programación y Proyectos de Aguas de Galicia de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, adjunta informe del servicio de Planificación y Programación Hidrológica indicando que las actuaciones propuestas no afectan a ninguna actuación planificada en materia de abastecimiento dentro del Plan Agua.

En fase de explotación, el estudio de impacto ambiental considera que el calado del embalse seguirá siendo en todo momento suficiente para la navegación de los catamaranes, realizándose el acondicionamiento de los embarcaderos a la nueva operación del embalse, y que la playa de A Cova seguirá siendo útil para el baño.

4.2.9 Impacto sobre el patrimonio cultural. El estudio de impacto ambiental presenta un estudio de impacto cultural en sus anejos, donde determina la posible existencia de afección a 18 yacimientos o bienes culturales. Finalmente valora todos los posibles impactos como compatibles tras la aplicación de las medidas previstas.

La Dirección General del Patrimonio Cultural, informa favorablemente el proyecto, condicionado a cinco medidas que se integran en esta declaración de impacto ambiental. Estima que las soluciones propuestas pueden ser compatibles con los valores culturales del entorno del BIC Igrexa de Santo Estevo siempre que los proyectos tengan la calidad suficiente y las intervenciones se reduzcan al máximo, sigan las líneas de diseño marcadas en la documentación y se integren en la orografía y cromatismo del paisaje.

4.3 Relación de las medidas preventivas o correctoras previstas:

Riegos con agua para estabilización de partículas atmosféricas (polvo).

Cobertura de camiones de transporte de materiales.

Control del tráfico y de la velocidad de circulación, minimizando las emisiones gaseosas.

Control de las emisiones sonoras, requiriendo especificaciones técnicas en la decisión de adquisición de equipos.

Adecuación del parque de obras y maquinaria, y planificación y balizamiento de las superficies de actuación.

Primar la reutilización de inertes generados. Acopio y reutilización de la tierra vegetal.

Estabilización de taludes y control de la erosión.

Restauración y revegetación de superficies e integración paisajística.

Protección de pies de vegetación singulares.

Establecimiento de barreras o cunetas en áreas próximas a cauces.

Utilización de balsas de decantación para el tratamiento del agua procedente de los túneles.

Disposición de punto de lavado de hormigoneras fuera de zonas sensibles.

Almacenamiento y gestión de residuos peligrosos.

Instalación de cubetos de retención en los transformadores.

Control y tratamiento de aguas sanitarias.

Plan de prevención y extinción de incendios.

Rastreo preoperacional de fauna en zonas sensibles.

En su caso, restringir el inicio de los trabajos en la antigua cantera de Belesar para no frustrar la nidificación del halcón peregrino.

Instalación de dispositivos de interdicción para la fauna acuática.

Acondicionamiento de los embarcaderos en el embalse de Los Peares.

4.4 Seguimiento ambiental de las medidas propuestas. El estudio de impacto ambiental incluye un Plan de Vigilancia Ambiental (PVA) que establece un sistema de control de los impactos ambientales y medidas preventivas y correctoras del proyecto, en sus diferentes fases de implementación.

Los objetivos específicos del PVA son:

Establecer un sistema que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas protectoras y correctoras del estudio de impacto ambiental, así como de los condicionados de la declaración de impacto ambiental.

Plantear un programa de seguimiento de las incidencias previstas y de aquellas que pudieran surgir, permitiendo detectar las desviaciones de los efectos previstos, y de nuevos impactos no previstos, para redimensionar las medidas correctoras propuestas o, en su caso, adoptar otras nuevas.

Permitir un seguimiento eficaz y sistemático, por parte del operador y de la Administración, tanto del cumplimiento de las medidas y condiciones, como de las alteraciones previstas o imprevistas que puedan aparecer.

Para ello, las actuaciones de control se ordenan en los planes que se indican a continuación de acuerdo con el factor ambiental a controlar y la fase del proyecto:

Fase de construcción:

Plan general previo al inicio de las obras.

Plan de control de las áreas de actuación.

Plan de control de ruido y de la calidad del aire.

Plan de control de residuos y efluentes.

Plan de vigilancia y control de cauces y calidad de las aguas.

Plan de control del paisaje.

Plan de control sobre el tráfico.

Plan de control del medio natural y de la restauración vegetal.

Otros planes o actuaciones de control (formación en buenas prácticas).

Fase de explotación:

Plan de control de revegetación, restauración y paisaje.

Plan de control de la fauna piscícola.

Plan de control de ruido.

Plan de control y gestión de los residuos y vertidos.

Plan de restitución de servicios y servidumbres afectadas.

Fase de desmantelamiento: las acciones de control, periodicidad e indicadores de esta fase se establecerán en los informes a remitir al órgano ambiental correspondientes a las fases previa y posterior al desmantelamiento, que requerirán la aprobación del citado organismo.

Durante la ejecución del PVA se elaborarán informes periódicos que recopilarán los resultados y conclusiones derivados de las actuaciones implementadas, la evolución del proyecto y su incidencia ambiental. Estos informes serán presentados ante las Administraciones competentes.

5. Condiciones al proyecto

Para la realización del proyecto se deberán cumplir, además de todas las medidas preventivas y correctoras propuestas y aceptadas por el promotor durante todo el proceso de evaluación de impacto ambiental, las siguientes condiciones de protección ambiental específicas:

5.1 Fase de obras:

5.1.1 Destino de materiales sobrantes. Según señaló la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, en caso de no resultar suficientes los emplazamientos propuestos para el vertido de materiales sobrantes de las excavaciones, se deberá remitir a la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Junta de Galicia, la posible propuesta, ambientalmente justificada, de destino de vertido de sobrantes, su cubicación y plan de restauración y revegetación.

5.1.2 Protección del régimen de caudales. Se garantizará en todo momento la continuidad de circulación de los caudales por el tramo del Miño durante las obras. Al efecto se construirán las ataguías proyectadas.

5.1.3 Afección al halcón peregrino. Previamente al inicio de las obras en la cantera de Belesar se deberán realizar controles específicos para documentar la presencia y el comportamiento de la pareja reproductora de halcón peregrino presente en la cantera de Belesar. Dichos trabajos se realizarán en coordinación con la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de Galicia.

En su caso y para evitar afecciones a la pareja de halcón, se ampliará el periodo de prohibición de actuar en la cantera hasta que se asegure no frustrar la prole. Dicho periodo será establecido por el organismo competente de la Junta de Galicia, que valorará el calendario de trabajos en la cantera, y propondrá cualquier otra prescripción o limitación que considere oportuna tras el resultado de los trabajos de campo.

5.1.4 Restauración ambiental. Tal y como expresó la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Junta de Galicia, respecto al plan de restauración y revegetación, se evaluará la posibilidad de trasplante de algunos pies a eliminar, en función de su valor intrínseco y posibilidades de re-arraigo. Y según la recomendación de la anterior Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, se revegetará con especies ligadas a los hábitats existentes.

5.1.5 Integración paisajística. Se deberán adoptar las medidas de integración paisajística contempladas en los estudios de integración paisajística aportados, así como las prescripciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural.

Para la toma inferior, se adoptará la propuesta reflejada en la documentación sobre integración paisajística aportada por el promotor, de modo que minimice al máximo la parte visible de las obras.

5.1.6 Patrimonio cultural. Se deberán cumplir las condiciones prescritas en el informe de la Dirección General de Patrimonio Cultura, en concreto:

Respecto a los accesos a la obra y a los depósitos de materiales definidos en la documentación, de los que no se tengan evaluados los impactos sobre el patrimonio cultural en el trabajo de campo incorporado al estudio de impacto ambiental, deberán ser objeto de esta evaluación previa a su utilización o modificación.

Se realizará un control y seguimiento arqueológico durante las fases de replanteo, ejecución de obra y de restitución de los terrenos, en todo el ámbito del proyecto. A tal fin, se presentará un proyecto de intervención, ajustado a lo establecido en la normativa vigente en la Comunidad de Galicia en materia de actividad arqueológica.

Durante el descenso de nivel del embalse sería conveniente que, en el marco del seguimiento arqueológico, se llevara a cabo una revisión de la superficie generada al bajar el nivel del agua, a los efectos de documentar la existencia de bienes del patrimonio cultural.

Los bienes del patrimonio cultural y sus áreas de protección deberán figurar en la cartografía del proyecto y en los planos que emplee el personal de la obra, con las indicaciones precisas para su comprensión. En estas áreas no se podrá realizar ningún tipo de acción relacionada con el proyecto, no prevista en la documentación evaluada.

Basándose en los resultados de las actuaciones arqueológicas, la Dirección General del Patrimonio Cultural decidirá sobre la conveniencia de establecer otras medidas de protección.

5.2 Fase de funcionamiento:

5.2.1 Régimen de caudales. El régimen de caudales ambientales estará condicionado a lo que establezca el Plan Hidrológico de la Demarcación de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y a las condiciones específicas de la concesión que pueda establecer el organismo de cuenca.

5.2.2 Dispositivos de franqueo. Se estará a lo dispuesto en el artículo 76 del Decreto 30/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, sobre la competencia para acordar la suficiencia de dispositivos de franqueo para la ictiofauna. Así como la necesidad de la implantación de otros dispositivos adicionales en las obras de las tomas que garanticen la protección de la fauna acuática. Para ello se estará a lo que establezca el organismo autonómico competente.

5.2.3 Seguimiento ambiental. Durante la fase de funcionamiento de la central, en conformidad con lo informado por la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, se deberá establecer una vigilancia especial de los efectos que las oscilaciones de nivel puedan originar en las laderas.

Según ha asumido el promotor en su respuesta al informe de la Dirección General del Medio Natural y Política Forestal, se estudiará durante el seguimiento ambiental la posible afección a comunidades rupícolas de rezumaderos y paredones húmedos, por alteraciones de la escorrentía. Se realizará seguimiento de la evolución del hábitat ripario para analizar posibles efectos no considerados de las oscilaciones de nivel.

Siguiendo las prescripciones de la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, el plan de vigilancia ambiental deberá incluir los controles que permitan conocer si la demodulación de los caudales naturales produce impactos distintos de los previstos en la actual fase del proyecto, tanto aguas arriba como aguas abajo de cada una de las centrales proyectadas. Y, en su caso, proponer medidas preventivas o correctoras de los impactos que se detecten.

Una vez concluida la fase de obras, dentro del plan de vigilancia ambiental, se realizarán controles específicos, para documentar el comportamiento de la pareja de halcón peregrino en la cantera de Belesar. Los resultados de estos estudios serán comunicados al organismo competente y, de ser el caso, se establecerán las oportunas medidas protectoras o correctoras, conforme a lo informado por la secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Xunta de Galicia.

Siguiendo las recomendaciones de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, de cara a realizar un seguimiento exhaustivo de la calidad del hábitat fluvial y de la funcionalidad de los dispositivos de interdicción propuestos, se llevarán a cabo campañas de campo de ictiofauna que aportarán más información y servirán para valorar el funcionamiento de las medidas.

Deberá efectuarse un seguimiento detallado de los efectos de la aspiración de la central Belesar III en Los Peares sobre la fauna acuática. Los métodos a aplicar y los resultados obtenidos se someterán al informe de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza.

Se valorará si la frecuencia de revisión de la efectividad de las rejas propuesta (en las tomas) es suficiente y, en su caso, se implementarán las medidas adicionales que se estime oportuno para garantizar la protección de la ictiofauna, de acuerdo con el organismo autonómico competente.

El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica la DIA.

En consecuencia, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, a la vista de la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Modificación de características de concesión del salto de Belesar, término municipal de Chantada (Lugo), Central hidroeléctrica de Belesar III, al concluirse que siempre y cuando se autorice en la alternativa de central reversible en caverna en su opción 2B optimizada, trazado de línea eléctrica subterráneo, y ubicación de zonas de depósitos de materiales en la antigua cantera del embalse de Belesar en Chantada, así como en el estribo izquierdo de la presa aguas abajo y aguas arriba de la misma, y en la antigua cantera de Piñeiro en Cantada; en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, no producirá impactos adversos significativos.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a Confederación Hidrográfica del Miño-Sil Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 11 de diciembre de 2012.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

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