Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 30 de abril de 2012.–El Secretario General de Coordinación Autonómica y Local, Enrique Ossorio Crespo.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en su reunión celebrada el día 30 de abril de 2012, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias suscitadas en relación con los artículos 3, apartados 2.d) y 7; 10 apartado u), y 26 de Ley 1/2012, de 2 de febrero, de la Autoridad Vasca de la Competencia.
2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 10 de mayo de 2012, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del País Vasco».
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