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Documento BOE-A-2013-11077

Resolución de 11 de octubre de 2013, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2012-2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 22 de octubre de 2013, páginas 85876 a 85876 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-11077

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 19 de julio de 2013 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de agosto), de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, se convocaron los Premios Extraordinarios de Bachillerato, correspondientes al curso 2012-2013.

Realizadas las correspondientes pruebas y vistas las propuestas formuladas por los Tribunales calificadores a que se refieren los apartados séptimo y octavo de la citada Resolución, he resuelto:

Primero.

Declarar desiertos los Premios Extraordinarios de Bachillerato del curso 2012-2013 correspondientes a Ceuta y Melilla.

Segundo.

Adjudicar Premio Extraordinario de Bachillerato del curso 2012/2013 correspondiente a alumnado de centros docentes españoles en el exterior y CIDEAD (incluidos sus centros dependientes), al alumno don Sergio José Villanueva Tolosa del I. E. «Vicente Cañada Blanch» de Londres (Reino Unido).

Tercero.

1. El alumno premiado recibirá 600 euros, que se harán efectivos con cargo a la aplicación 18.04.323M.483.05 de los Presupuestos Generales del Estado para 2013.

2. Asimismo el alumno premiado recibirá un diploma acreditativo de esta distinción. Además esta distinción le será anotada en su expediente académico y en el historial académico por la Secretaría del Instituto de Educación Secundaria.

Cuarto.

Esta resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser impugnada mediante interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 11 de octubre de 2013.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, Alfonso González Hermoso de Mendoza.

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