Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-1177

Resolución de 22 de enero de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial para el año 2013 del Convenio colectivo estatal de perfumería y afines.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2013, páginas 9369 a 9371 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-1177
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/01/22/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial para el año 2013 del Convenio colectivo estatal de perfumería y afines (código de convenio n.º: 99004015011984) (publicado en el «BOE» de 8-10-12), que fue suscrito con fecha 10 de enero de 2013, de una parte por la Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética (STANPA) en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos FITAG-UGT y FITEQA-CC.OO., en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de enero de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO DE PERFUMERÍA Y AFINES PARA PROCEDER A LA ACTUALIZACIÓN SALARIAL DE 2013

En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 10 de enero de 2013, se reúnen en los locales de STANPA (paseo de la Castellana, 159, 1.º) las personas que a continuación se relacionan, miembros integrantes de la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Perfumería y Afines, representantes de las Federaciones Sindicales FITAG-UGT y FITEQA-CC.OO. y de la Organización Empresarial Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética (STANPA).

Asistentes:

Por FIA-UGT:

Don José Luis Dorado Barreno.

Doña María Jesús López Pintado.

Don Antonio Gutiérrez Madera.

Asesor: Don José Carlos Ruiz Palacios.

Por FITEQA-CC.OO.:

Doña Pilar García Torres.

Don Luis García García.

Doña Carmen Ausio Soler.

Por STANPA:

Don Miguel García Acebrón.

Doña María Soledad González Terán.

Doña Marival Díez Rodrigálvarez.

Doña María Morales.

Asesor: Don Fernando Magariños Munar.

Efectuadas las deliberaciones correspondientes, las partes adoptan los siguientes acuerdos:

Actualización salarial de 2013.

De conformidad con el artículo 35, apartados II-B y III, del Convenio colectivo vigente, una vez depurado el concepto Masa Salarial Bruta 2012, de acuerdo con los epígrafes 2.1, 2.2 y 2.3 del apartado I del citado artículo, se procederá a incrementar ésta para el año 2013 en un 0,5%.

De acuerdo con el artículo 35.II.B, del incremento del 0,5% sobre la M.S.B. se detraerá en concepto de reserva el 0,15% para aplicarlo según establece el art. 35.II.B.1.

No obstante lo anterior, para el año 2013 la tabla de Salarios Mínimos Garantizados de los Grupos Profesionales, recogida en el artículo 34 del Convenio, se incrementará un 0,5%, quedando establecida de la siguiente forma:

Grupo 1: 14.298,02 euros.

Grupo 2: 15.298,87 euros.

Grupo 3: 16.585,72 euros.

Grupo 4: 18.444,51 euros.

Grupo 5: 21.018,14 euros.

Grupo 6: 24.592,65 euros.

Grupo 7: 29.882,97 euros.

Grupo 8: 37.889,87 euros.

El salario mínimo garantizado asignado a los trabajadores con jornada completa será de 14.298,02 euros brutos anuales para 2013.

Igualmente, quedan definitivamente fijados para 2013 los pluses recogidos en el artículo 39 del Convenio, el cual queda consecuentemente modificado, en las siguientes cuantías:

Grupo 1: 25,13 euros/día.

Grupo 2: 26,89 euros/día.

Grupo 3: 29,17 euros/día.

Grupo 4: 32,39 euros/día.

Grupo 5: 36,89 euros/día.

Grupo 6: 43,24 euros/día.

Grupo 7: 52,51 euros/día.

Grupo 8: 66,57 euros/día.

Para 2013 queda modificado el artículo 40 del Convenio, en relación a la cuantía de las dietas, de la siguiente forma:

Una comida: 19,43 euros.

Dos comidas: 33,23 euros.

Dieta Completa: 66,26 euros.

Por lo que respecta al kilometraje, de conformidad con el contenido del artículo 40 del Convenio, no se reajustará su cuantía y solo se actualizará en su base de cálculo para aplicación de futuros incrementos, estableciéndose ésta en 0,32 euros/kilómetro.

A los efectos del artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y del Real Decreto 1040/1981, la Comisión Mixta apodera y mandata expresamente a doña Begoña Abdelkader García, con DNI/NIF 45262338-V, para realizar todos los trámites necesarios para la inscripción en el Registro de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, de la actualización salarial para el año 2013 del Convenio Laboral de las Empresas y Trabajadores de Perfumería y Afines (código de convenio n.º 99004015011984), así como su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Igualmente, se acuerda que la presente acta sea firmada por un representante de cada Organización.

Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente acta en el lugar y fecha arriba indicados.–Por FITEQA-CC.OO.–Por FITAG-UGT.–Por STANPA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/01/2013
  • Fecha de publicación: 04/02/2013
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 20 de septiembre de 2012 (Ref. BOE-A-2012-12566).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Perfumería

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid