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Documento BOE-A-2013-1243

Resolución de 18 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se publican las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2011, de Mutualia, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social n.º 2.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2013, páginas 9778 a 9833 (56 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-1243

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado cuarto.2 de la Resolución de 25 de julio de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina la estructura y composición de la Cuenta General de la Seguridad Social y de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, y el resumen de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado», esta Secretaría de Estado acuerda la publicación en el citado Boletín del resumen de las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2011, de la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Mutualia, M.A.T.E.P.S.S. número 2, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 18 de diciembre de 2012.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos Gallego.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI. RESUMEN DE LA MEMORIA

VI.1 Organización y actividad

1. Norma de creación de la entidad

«Mutualia», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, número 2 (en adelante Mutualia-2), se constituye el 15 de marzo de 2007, con motivo de la fusión entre La Previsora, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, número 2 (en adelante La Previsora) y «Mutualia», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 20 (en adelante Mutualia-20), con efectos al 31 de diciembre de 2006, según resolución de la Secretaria de Estado de la Seguridad Social de 8 de marzo de 2007, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 28 de marzo, quedando inscrita desde la fecha de efectos mencionada en el Registro correspondiente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Dicha creación por fusión se llevó a efecto conforme a lo dispuesto en el artículo 47, 48 y 49 del Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre colaboración de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social (en adelante RC), en relación con lo establecido en los artículos 69 y 72 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, que aprobó el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (en adelante LGSS).

Con anterioridad a dicha fusión, La Previsora no se había constituido como consecuencia de proceso alguno de integración, sino que fue fundada en 25 de marzo de 1900 con la denominación de Sociedad de Seguros Mutuos sobre Accidentes de Trabajo, autorizada por el Ministerio de la Gobernación por Real Decreto de 13 de septiembre de 1903 y posterior del Ministerio de Trabajo de 15 de marzo de 1968.

Sin embargo Mutualia-20 y sus predecesoras se crearon como consecuencia de las siguientes fusiones:

Mutualia-20 se constituyo el día 27 de febrero de 2006 consecuencia de la fusión entre Mutua Vizcaya Industrial, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 20 y Pakea, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 48, aprobada por resolución de la Secretaria de Estado de la Seguridad Social de 13 de febrero de 2006, con efectos al 1 de enero de 2006, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 2 de marzo.

«Mutua Vizcaya Industrial», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 20, fue fruto de la fusión entre «Mutua de Vizcaya», Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo número 20» fundada en 22 de abril de 1900, e inscrita en el registro el 4 de abril de 1923 y «Mutua Industrial de Vizcaya», Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo número 243» fundada en 18 de febrero de 1959 e inscrita en el registro el 6 de junio del mismo año.

«Pakea», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 48», se creó en la Asamblea General Extraordinaria de los afiliados a la Liga Guipúzcoana de Productores, celebrada el día 26 de marzo de 1933, con la denominación de «Mutualidad de Seguros Sociales PAKEA» a la que, con efectos desde el 1 de enero de 1977, se incorporó mediante fusión por absorción «La Guipúzcoana», fundada el 16 de abril de 1909, e inscrita en el Registro el día 9 de febrero de 1929.

2. Actividad de la entidad, régimen jurídico, económico-financiero y de contratación

2.1 La actividad de Mutualia-2 se ajusta a lo dispuesto en el artículo 68 LGSS teniendo como principal objeto el de colaborar en la gestión de la Seguridad Social, sin perjuicio de la realización de otras prestaciones, servicios y actividades que le han sido legalmente atribuidas y autorizadas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

En concreto sus actividades son:

• La colaboración en la gestión de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores por cuenta ajena de los empresarios asociados a la Mutua, así como de los trabajadores por cuenta propia adheridos a la misma, conforme a lo dispuesto en los artículos 61 a 68 RC y artículos 85 a 90 RC respectivamente.

• La realización de actividades para la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales reguladas en el artículo 13.1 RC y normas concordantes, para el mismo colectivo de trabajadores protegidos y adheridos indicados en el punto anterior, conforme a lo dispuesto en la Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la Resolución de 10 de junio de 2011 de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se establecen los criterios y prioridades a aplicar por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, en la planificación de sus actividades preventivas para el año 2011.

• La colaboración en la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, tanto del personal al servicio de los empresarios asociados, como de los trabajadores por cuanta propia o autónomos, según lo desarrollado en los artículos 69 al 84 RC.

• Las demás actividades, prestaciones y servicios de Seguridad Social, atribuidos legalmente, como son:

La gestión y pago de las prestaciones de riesgo durante el embarazo y la lactancia natural (REL), conforme a lo dispuesto en la Ley orgánica 3/2007 y artículos 134 y 135 ter LGSS, junto a sus normas de desarrollo, de las trabajadoras por cuenta ajena protegidas de la Mutua, así como de las trabajadoras adheridas a la misma, que tengan cubiertas las contingencias profesionales.

La gestión y pago de la prestación económica de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad graves (CUME), según lo previsto en el artículo 135 quater LGSS y el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, sobre aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social de dicha prestación económica.

La gestión y pago de las prestaciones por cese de actividad de los trabajadores autónomos que teniendo cubiertas las contingencias profesionales con esta Mutua, tengan esta protección (CATA), según lo previsto en la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos

Prestación de servicios sanitarios a Entidades públicas sanitarias, otras Mutuas, Entidades Gestoras de la Seguridad Social, etc, conforme a lo previsto en los conciertos autorizados o comunicados al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, según lo dispuesto en el artículo 12 RC y Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las MATEPSS.

2.2 El régimen jurídico de Mutualia-2 es el establecido en el artículo 1 RC, así como en sus Estatutos aprobados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, estando sujeta, como asociación de empresarios sin ánimo de lucro y responsabilidad mancomunada autorizada para colaborar en la gestión de la Seguridad Social atribuida por el artículo 67.1 LGSS, a las normas de dicho reglamento de colaboración y a sus disposiciones de aplicación y desarrollo, además de a la propia Ley General de la Seguridad Social y al resto de disposiciones legales o reglamentarias que le son aplicables.

2.3 El régimen económico-financiero y de contratación de Mutualia-2, es el establecido en el Reglamento de colaboración tan mencionado, estando dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad para adquirir, poseer, gravar o enajenar bienes y realizar toda clase de actos y contratos, así como ejercitar derechos y acciones dentro del objeto que tiene encomendado, así como las actividades, prestaciones y servicios legalmente atribuidos con las limitaciones y condiciones establecidas en las normas aplicables a la Entidad, formando parte del sector público estatal, conforme dispone el artículo 2.1.c) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, estando sometida en aplicación de la misma, de la propia LGSS y del RC, al régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y de control financiero regulado en dichas disposiciones, en los términos y condiciones previstas en todas ellas, así como en las de su aplicación y desarrollo.

Además, al estar incluida esta Entidad en el ámbito subjetivo regulado en el artículo 3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, pero no teniendo la consideración de Administración Pública, le es de aplicación en parte la misma, y en concreto, según lo dispuesto en su artículo 20, Contratos privados, los aspectos relativos a la preparación y adjudicación de este tipo de contratos privados y las normas del Título V del Libro I sobre modificación de los contratos, así como las disposiciones de desarrollo de la misma que afectan a este tipo de contratos, aplicándose supletoriamente las normas del derecho privado; sin embargo sus efectos y extinción se regularan por el derecho privado.

En relación a los servicios públicos gestionados de forma indirecta, hay que hacer constar que, salvo que puedan tener este carácter los acuerdos de colaboración que esta Entidad tiene suscritos con el Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco y con el Instituto Nacional de la Seguridad Social detallados en el punto 3 de esta memoria, Mutualia-2 no gestiona servicios públicos de forma indirecta.

3. Descripción de las principales fuentes de ingresos

Las principales fuentes de ingresos de Mutualia-2 son las cuotas recaudadas por la Tesorería General de la Seguridad Social, de quien se reciben los abonos correspondientes a las diferentes coberturas de contingencias y prestaciones indicadas en el punto 2.1 anterior.

Ingresos de menor entidad se perciben directamente de las Entidades Públicas Sanitarias, Entidades Gestoras, Mutuas y compañías de seguros, por la prestación de servicios sanitarios en virtud de conciertos o acuerdos de colaboración aprobados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en concreto por prestar servicios asistenciales hospitalarios en el Área de salud de Guipúzcoa al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco (P.N. 59/2008-GSP de 1 de diciembre de 2008), por realizar al Instituto Nacional de la Seguridad Social informes y prácticas de pruebas médicas y exploraciones complementarias para la valoración, revisión y calificación de las incapacidades laborales, o por la prestación de servicios sanitarios a trabajadores protegidos o adheridos a otras Mutuas; conforme, todos ellos, a las tarifas fijadas en los respectivos conciertos, acuerdos o contratos. De las compañías de seguros también directamente percibimos los importes facturados por gastos de asistencia sanitaria prestada a nuestros trabajadores protegidos y adheridos por ser dichas compañías tercero obligado a su pago (accidentes de trabajo-tráfico).

No se cobran tasas y/o precios públicos.

Otra fuente de ingresos de la entidad la constituyen los abonos directos de las entidades financieras por los rendimientos de esta naturaleza.

4. Operaciones sujetas a IVA y porcentaje de prorrata

Mutualia-2 en su actividad colaboradora de la Seguridad Social no está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido.

5. Estructura organizativa de la entidad

5.1 La estructura organizativa u organigrama de Mutualia-2 es el siguiente:

1) Director Gerente que depende de la Junta directiva.

2) Director Gerente adjunto que depende del Director Gerente.

3) Comité de Dirección con dependencia del Director Gerente y Director Gerente adjunto, compuesto por el propio Director Gerente y Director Gerente adjunto, Director de Asistencia Sanitaria, Director Territorial de Guipúzcoa y Director de Gestión, Director Territorial de Álava, Directora de Organización y Calidad, y Directora de Asuntos Jurídicos.

4) Comité de Seguimiento de Gestión, compuesto por los miembros del Comité de Dirección, los diferentes responsables de procesos y los Directores médicos territoriales.

Desde el punto de vista contable, Mutualia-2 es una entidad contable dotada de personalidad jurídica y presupuesto propio, que debe formar y rendir cuentas. A los servicios centrales de la Mutua, sitos en la Sede operativa de Bilbao (Vizcaya), le incumbe el registro de las operaciones que se producen en el conjunto de la entidad, en consecuencia el modelo contable es centralizado, sin perjuicio de la colaboración correspondiente del personal del proceso económico financiero de las Direcciones Territoriales de Álava y Guipúzcoa.

5.2 Principales responsables de la entidad:

Junta Directiva:

Compuesta por los siguientes miembros:

Presidente: Don Urtsa Errazti y Olartekoetxea, JEZ Sistemas Ferroviarios, S.L.

Vicepresidente 1.º: Don José María Echarri Campo, SCD. Financiera y Minera, S.A.

Vicepresidente 2.º: Don Jesús María Echave Román, SAINSA-SCD Alavesa de Inversiones, S.A.

Vicepresidente 3.º: Don Alberto Delclaux de la Sota, ICOTEC 2000, S.A.

Secretario: Don Santiago Iriarte Aizarna, Universidad de Deusto.

Vocal: Don Javier Ortega Tapia, Tuboplast Hispania, S.A.

Vocal: Don Miguel Urteaga Guembe, Arcelormittal Gpuzkoa, S.L.

Vocal: Don Juan José Santa Cruz Sagarduy, Calcinor, S.L.

Vocal: Don Fernando Noguera de Erquiaga, Tubos Reunidos, S.A.

Vocal: Don Javier Otaño Echaniz, Krafft, S.L.

Vocal: Don Fernando Salamero La Orden, Herederos Marques de Riscal, S.A.

Vocal: Don Antxon Segurola Jáuregui, Gipuzkoa Donostia Kutxa.

Vocal: Don Juan Carlos Ramos Rodríguez, Gobierno Vasco-Eusko Jaurlaritza.

Repres. Personal: Doña Elena Martínez Garrido, MUTUALIA.

Director Gerente: Don Miguel Ángel Lujua Murga.

Director Gerente adjunto: Don Ignacio Lekunberri Ormaetxea.

5.3 Miembros de la Comisión de Control y Seguimiento:

Representación Empresarios Asociados:

Presidente: Don Urtsa Errazti y Olartekoetxea, JEZ Sistemas Ferroviarios.

Vocal: Don Matías Gómez Conde, CEBEK.

Vocal: Don Pedro Campo Iglesias, CEBEK.

Vocal: Don Manuel Guerrero Igea, ADEGI.

Vocal: Doña Ainhoa Bóveda Rueda, SEA.

Representación Sindical:

Vocal: Don Jesús Uzkudun Illarramendi, CC.OO.

Vocal: Don Kepa González, CC.OO.

Vocal: Doña Janire Landaluze Pérez, ELA.

Vocal: Doña Esperanza Morales Quicios, UGT.

Vocal: Don Ibón Zubiela, LAB.

Representación Mutualia:

Asesor Técnico: Don Miguel Ángel Lujua Murga, Mutualia.

Secretario: Don Ignacio Lekunberri Ormaetxea, Mutualia.

5.4 Miembros de la Comisión de Prestaciones Especiales:

Presidente titular: Don José Hernández Duñabeitia, ASLE.

Presidente suplente: Don Eugenio Muñoz Martín, Envases Metalúrg. de Álava, S.A.

Vicepresidente titular: Don José Enrique Arroyo Villalba, U.G.T.–D.T.B.

Vicepresidente suplente: Doña Mar Esnaola Latasa, U.G.T.–D.T.B.

Secretario titular: Don Álvaro Plaza Reino, Arcelormitttal Gipuzkoa, S.L.U.

Secretario suplente: Don Germán Ormazabal Artolazabal, Ángel Iglesias, S.A.–IKUSI.

Vocal titular: Doña Elena Izquierdo Cuadrado, Zayer, S.A.

Vocal suplente: Don Ángel Murgica Pinedo, CIARSA.

Vocal titular: Don Guillermo Muñecas Goikoetxea, Estampaciones Metalicas Bizkaia, Sociedad Anónima.

Vocal suplente: Don Julián Ignacio Lorente Núñez, Montajes Eissen, S.A.

Vocal titular: Don Jose Maria Echarri Campo, Sociedad Financiera y Minera, S.A.

Vocal suplente: Don José Ignacio Lertxundi Izeta, Bultz, S.A.

Vocal titular: Doña Janire Landaluze Pérez, ELA Euskal Sindikatua - D.T.B.

Vocal suplente: Don Luis Miguel Sáez Legarda Ereño, ELA Euskal Sindikatua - D.T.B.

Vocal titular: Don Juan Cruz López Barrena, ELA Euskal Sindikatua - D.T.B.

Vocal suplente: Don Bizente Arriola Albizu, ELA Euskal Sindikatua - D.T.B.

Vocal titular: Don Jesús Uzkudun Illarramendi, CC.OO-D.T.G.

Vocal suplente: Don Alfonso Rios Velada, CC.OO-D.T.B.

Vocal titular: Don Iñigo Alkain Domínguez, LAB Lan Osasuna - D.T.G.

Vocal suplente: Don Juan José Rodríguez Horna, LAB Lan Osasuna - D.T.G.

6. Número medio de empleados durante el ejercicio 2011 y el número de personas a 31 de diciembre de 2011

El número medio de empleados en el ejercicio 2011 ha sido de 582,66 personas.

El número de personas a 31 de diciembre de 2011 ha sido de 647 personas.

El reparto entre fijos y eventuales, hombres y mujeres se describe en el modelo S030 de la memoria de estas Cuentas Anuales.

7. Porcentaje y valoración de la participación en entidades y centros mancomunados

Mutualia, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales número 2 participa en el centro mancomunado Centro Intermutual de Seguridad (en liquidación) en un 7,96  % y el valor de la participación a 31 de diciembre de 2011 es de 50.536,03 euros. También participa en el Centro Mutual de Prevención, Recuperación y Rehabilitación de Ubarmin (en liquidación) en un 32  % y el valor de la participación a 31 de diciembre de 2011 es de 2.555.725,31 euros.

Además, esta Entidad también forma parte de Corporación Mutua, Entidad Mancomunada de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, número 68 en un 9,91 % y el valor de participación a 31 de diciembre es de 36.904,33 euros.

PERSONAL

Ejercicio 2011

Mutua: Mutua número 2-Mutualia

Matepss y entes mancomunados

Plantilla media

Plantilla a 31 de diciembre

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Personal laboral fijo

169

351

178

394

Director Gerente

1

 

1

 

Directivos no sujetos a Convenio Colectivo

 

 

 

 

Directivos sujetos a Convenio Colectivo

11

6

12

6

Otro personal

157

345

165

388

Personal laboral eventual

10

52

15

60

Subtotal

179

403

193

454

Total

 

582

 

647

VI.2 Bases de presentación de las cuentas

1. Imagen fiel.

Con el fin de que las cuentas anuales de la entidad muestren la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial, y de la ejecución del presupuesto, han sido elaboradas aplicando de forma sistemática y regular los requisitos de información, principios y criterios contables recogidos en el marco conceptual de la contabilidad de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social de la Primera parte de la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las citadas entidades.

2. Comparación de la información.

De acuerdo con la disposición transitoria cuarta de la Resolución de 1 de julio de 2011, de la IGAE por la que se aprueba la adaptación, sobre información a incluir en las cuentas anuales del primer ejercicio en el que se aplique la citada adaptación, y según la disposición transitoria tercera de la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Publica, el balance, la cuenta del resultado económico patrimonial y el resto de estados que incluyen información comparativa, no reflejaran las cifras relativas al ejercicio anterior.

Por este motivo en la memoria MEM32, se adjuntan los siguientes documentos extraídos de la Cuentas Anuales Rendidas por Mutualia del ejercicio 2010:

– Gestión del patrimonio de la Seguridad Social: balance.

– Gestión del patrimonio privativo: balance.

– Balance integrado.

– Gestión del patrimonio de la Seguridad Social: cuenta del resultado económico- patrimonial.

– Gestión del patrimonio privativo: cuenta del resultado económico- patrimonial.

– Cuenta del resultado económico-patrimonial integrado.

– Resultado económico obtenido como consecuencia de la gestión de IT derivada de Contingencias Comunes a favor del personal al servicio de los empresarios asociados.

– Resultado económico obtenido como consecuencia de la gestión de IT a favor de los trabajadores por cuenta propia adheridos.

– Resultado económico obtenido como consecuencia de la gestión de IT Contigencias Comunes.

3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y corrección de errores.

Durante el ejercicio 2011 no ha sido necesario proceder a la corrección de errores de ejercicios anteriores, pero se han producido cambios en la aplicación de criterios contables derivado de la aplicación del nuevo plan contable adaptado a las MATTEPS, ya que cualquier operación que tenga por objeto la modificación del saldo inicial de los derechos reconocidos en ejercicios anteriores que se imputaron a la cuenta del resultado económico-patrimonial, la anulación de liquidaciones de derechos de ejercicios cerrados cuyos ingresos no fuese llevado a cuenta de balance, o la modificación de obligaciones reconocidas en ejercicios anteriores que se imputaron a la cuenta del resultado económico-patrimonial, tendrán su contrapartida directa en la cuenta 120 «Resultados de ejercicios anteriores».

Por lo tanto, todas estas operaciones suponen, de acuerdo con la Norma de reconocimiento y valoración 18.ª «Cambios en criterios y estimaciones contables y errores», los siguientes ajustes con efectos retroactivos en la cuenta 120 «Resultados de ejercicios anteriores» al poderse determinar el efecto acumulado de las variaciones de activos y pasivos derivados de dichos cambios:

En el patrimonio de la Seguridad Social:

Resultados positivos por vía ejecutiva o aplazamiento y fraccionamiento: 8.900.375,33 euros.

Resultados positivos por prestaciones caducadas de IMS de ejercicios anteriores: 109.906,08 euros.

Resultados negativos por anulación de facturas de asistencia sanitaria a terceros: –59.035,58 euros.

Resultados positivos por ingresos extraordinarios (ajustes de Auditoria de la Intervención General de la Seguridad Social, anulación de facturas de proveedores,…): 322.005,22 euros.

Resultados negativos de ejercicios anteriores por intereses implícitos de valores: –73.361,46 euros. Este saldo recoge los movimientos relacionados con intereses implícitos devengados hasta 31 de diciembre de 2010 que varían el valor de las inversiones mantenidas a vencimiento a L/P que esta entidad tenían a esa fecha, y que, de acuerdo al nuevo Plan contable, se valoran a coste amortizado conforme al tipo de interés efectivo.

En el patrimonio privativo:

Resultados positivos de ejercicios anteriores por intereses implícitos de valores: –37.441,33 euros. Este saldo recoge los movimientos relacionados con intereses implícitos devengados hasta 31 de diciembre de 2010 que varían el valor de las inversiones del patrimonio privativo mantenidas a vencimiento a L/P que esta entidad tenían a esa fecha, y que, de acuerdo al nuevo Plan contable, se valoran a coste amortizado conforme al tipo de interés efectivo.

Resultados negativos de ejercicios anteriores por el efecto impositivo derivado del punto anterior por valor de –7.862,68 euros.

4. Información sobre cambios en estimaciones contables cuando sean significativas.

Durante el ejercicio 2011, no se han producido cambios en estimaciones contables. Si bien, tal y como se ha determinado en el punto anterior, esta mutua si ha realizado cambios en la aplicación de criterios contables para dar respuesta a la Norma de reconocimiento y valoración 18.ª «Cambios en criterios y estimaciones contables y errores».

VI.3 Normas de reconocimiento y valoración

1. Inmovilizado material

Los bienes del inmovilizado material de Mutualia se valoran por su precio de adquisición incluidos los impuestos indirectos no recuperables, los costes incurridos en la compra o puesta en funcionamiento del activo y deducidos los descuentos o rebajas cuando los hubiera.

El método de amortización seguido es el lineal en función de la vida útil de los activos (Resolución de 14 de diciembre de 1999 de la IGAE), y comienza el primer día del mes siguiente a la fecha de factura del bien adquirido.

En aquellos elementos en los que se hayan efectuado desembolsos posteriores a su compra y que hayan dado lugar a un incremento en el rendimiento del bien o una mejora en la prestación de los servicios, dichos desembolsos se añaden al valor contable del activo.

El modelo de valoración posterior es el de coste: valor inicial del bien, incrementado, en su caso, por los desembolsos posteriores y descontando la amortización acumulada practicada.

En el ejercicio 2011 no se han producido correcciones valorativas por deterioro.

2. Inversiones inmobiliarias

Mutualia no tiene ningún terreno ni edificio con el fin de obtener rentas y/o plusvalías.

3. Inmovilizado intangible

Los bienes del inmovilizado intangible se valoran por su precio de adquisición incluidos los impuestos indirectos no recuperables, los costes incurridos en la compra o puesta en funcionamiento del activo y deducidos los descuentos o rebajas cuando los hubiera.

El criterio de amortización para los bienes intangibles es el método lineal en función a la vida útil de dichos bienes (Resolución de 14 de diciembre de 1999 de la IGAE), teniendo todos ellos una vida útil definida, y comienza el primer día del mes siguiente a la fecha de factura del bien adquirido.

Aquellos desembolsos que suponen una mejora en el servicio o rendimiento, tanto presente como futura, de algún bien intangible, se suman al valor de dicho activo.

El modelo de valoración posterior es el de coste: valor inicial del bien, incrementado, en su caso, por los desembolsos posteriores y descontando la amortización acumulada practicada.

En el ejercicio 2011, no se han producido correcciones valorativas por deterioro.

4. Arrendamientos

La Mutua posee bienes de inmovilizado con aplazamientos de pago, cuyo tratamiento es análogo a los arrendamientos financieros atendiendo a su naturaleza. Los activos se han dado de alta por su valor razonable reconociendo la obligación asociada al mismo como pasivo, al considerarse que se han transferido sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad de los citados bienes.

Cada una de las cuotas del arrendamiento está constituida por dos partes que representan, respectivamente, la carga financiera y la reducción de la deuda pendiente de pago. La carga financiera total se distribuye a lo largo del plazo del arrendamiento y se imputa a los resultados del ejercicio en el que se devengue, aplicando el método del tipo de interés efectivo.

5. Permutas

Durante el ejercicio 2011, Mutualia no ha realizado intercambio o permuta de activos alguna.

6. Activos y pasivos financieros

Los criterios aplicados para la calificación y valoración de las diferentes categorías de activos y pasivos financieros son los siguientes:

– Los créditos y partidas a cobrar se valoran en el momento de la compra por su precio de adquisición (valor razonable o precio de la transacción), y posteriormente, a cierre de ejercicio, se ajusta su valoración a coste amortizado. Los intereses devengados por los mismos se contabilizan como resultados del ejercicio utilizando el método de tipo de interés efectivo. No obstante, para aquellas partidas a cobrar que no han sufrido deterioros y no tienen tipo de interés contractual, se han valorado inicialmente por su valor nominal y a cierre de ejercicio continúan valoradas a dicho importe.

– Los valores representativos de deuda se han clasificado teniendo en cuenta la naturaleza de la inversión, la unidad emisora (Tesoro Público, otros entes públicos, entes privados), el periodo durante el que se van a mantener (C/P menos de un año para su vencimiento desde el 31/12/11 y L/P más de un año para su vencimiento desde el 31/12/11) y la finalidad con la que se han adquirido (mantenimiento a vencimiento o disponibles para la venta).

La valoración inicial de estos valores es por su valor razonable o precio de adquisición, y los dividendos acordados en la adquisición o los intereses explícitos devengados y no vencidos (cupón corrido) se registran de forma independiente al propio título. La valoración a cierre de ejercicio se realiza a coste amortizado para aquellos valores adquiridos con la intención de mantenerlos hasta su vencimiento, y por su valor razonable en función de su precio en el mercado, registrando la diferencia entre el valor contable y éste directamente como un ajuste de valor en patrimonio neto, para aquellos valores clasificados como disponibles para la venta.

En estos valores, los intereses devengados con posterioridad a su adquisición, se han contabilizado como resultados del ejercicio utilizando el método de tipo de interés efectivo.

Por otra parte, tanto en las inversiones mantenidas hasta el vencimiento, como en los activos financieros disponibles para la venta, los costes de transacción de escasa importancia se han imputado a resultados del ejercicio.

La Mutua da de baja los activos financieros cuando expiran o se han cedido los derechos sobre los flujos del efectivo correspondiente activo financiero y se han transferido sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a su propiedad.

En cuanto al criterio empleado para registrar estas bajas de activos financieros, la Mutua reconoce en resultados la diferencia entre el valor en libros del activo y la suma de la contrapartida recibida, teniendo en cuenta, si hubiera, todas las pérdidas y ganancias reconocidas en Patrimonio Neto (en el ejercicio 2011 no se ha dado este caso).

En relación a los pasivos financieros tenemos que distinguir entre:

– Pasivos financieros a coste amortizado: se valoran inicialmente por su precio de adquisición, es decir, por el valor razonable de la contraprestación recibida ajustada con los costes de transacción, aunque si estos son de poca importancia se imputan al resultado del ejercicio y posteriormente, a cierre de ejercicio, se valoran por su coste amortizado.

– Pasivos financieros a interés variable: las variaciones entre los intereses explícitos liquidados y los inicialmente previstos no alteran la distribución de los intereses implícitos inicialmente calculados, sino que dichas variaciones se imputarán como mayor o menor importe de los correspondientes intereses explícitos.

7. Existencias

En Mutualia, las existencias se valoran a su precio de adquisición.

El precio de adquisición comprende el consignado en factura, los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, más todos los costes adicionales si los hubiera. Los descuentos y las rebajas se deducen del precio de adquisición si están incluidos en factura.

El método de asignación de valor de las existencias utilizado por Mutualia es el de precio medio ponderado, no registrando en el ejercicio 2011 ninguna corrección valorativa.

8. Transacciones en moneda extranjera

Durante el ejercicio 2011 Mutualia no ha realizado ninguna transacción en moneda extranjera.

9. Ingresos y gastos

Los criterios de reconocimiento y valoración más significativos son los siguientes:

– Los ingresos por cotizaciones sociales, prestaciones de servicios y otros ingresos de gestión ordinaria se reflejan en la cuenta del resultado económico patrimonial por su importe neto de devoluciones, descuentos y anulación de liquidaciones.

– Los gastos en bienes y servicios se valoran por el precio de adquisición consignado en factura, incluyendo los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición más todos los costes adicionales si los hubiera. Y los descuentos y rebajas se deducen del precio de adquisición si están incluidos en factura. El reconocimiento contable de estos gastos se produce a la fecha de recepción de las facturas en esta Entidad, salvo a cierre de ejercicio por la aplicación de la periodificación de gastos.

Tanto los ingresos como los gastos se clasifican de acuerdo con su naturaleza económica.

10. Provisiones y contingencias

10.1 Provisión de siniestros en tramitación (58):

La Provisión para Siniestros en Tramitación de Mutualia comprende la parte no reasegurada del importe presunto de las prestaciones por incapacidad permanente, muerte y supervivencia que, habiéndose iniciado las actuaciones necesarias en orden a su concesión a los accidentados o afectados de enfermedad profesional, o a sus beneficiarios, se encuentren pendientes de reconocimiento a 31 de diciembre de 2011.

En el caso de prestaciones de incapacidad permanente y con carácter general, se entiende que se han iniciado dichas actuaciones cuando esta Entidad ha presentado la correspondiente propuesta formal, con especificación del grado de incapacidad previsto, ante el órgano competente de la Administración para su evaluación y, en su caso, reconocimiento.

En el caso de prestaciones por incapacidad permanente total cualificada se entienden iniciadas las mencionadas actuaciones en el momento en que el incremento es solicitado por el accidentado o afectado, siempre y cuando se reúnan los restantes requisitos exigidos al efecto.

Por lo que se refiere a las prestaciones derivadas de muerte, se incluyen también en la provisión aquellas cuyo hecho causante y presentación de partes de accidentes en la Mutua se haya producido antes de finalizar el ejercicio correspondiente.

Al importe calculado según los párrafos anteriores, se suele adicionar el importe presunto de las responsabilidades derivadas de los expedientes de prestaciones por incapacidad permanente, muerte y supervivencia que han sido recurridos en vía administrativa o judicial. Dicho importe presunto será el resultante de adicionar al montante de los expedientes objeto de recurso por parte de la mutua, el resultado de aplicar a los expedientes recurridos por los trabajadores, o sus beneficiarios, el porcentaje derivado de la serie temporal histórica de demandas falladas en contra de la Mutua en los cinco ejercicios anteriores (2006-2010) que en el ejercicio 2011 ha sido de 11,35 %.

También se incluyen en esta provisión aquellos expedientes resueltos pero que en el momento de cierre del ejercicio están pendientes de liquidar.

En cuanto al reconocimiento contable, se aplica la totalidad de la provisión del año anterior y se dota la provisión por el importe resultante del cálculo anteriormente indicado.

10.2 Otras provisiones a largo plazo (149):

Mutualia en esta cuenta recoge las obligaciones que tiene con sus empleados en materia de premios de antigüedad, las cuales vienen establecidas en los Pactos de Empresa. El valor de dichas obligaciones se determina a través de un estudio actuarial contratado con una empresa externa.

A final de ejercicio se dota en la cuenta 149 «Otras provisiones a largo plazo» el importe resultante de dicho estudio actuarial ajustándolo con los importes de aquellos premios de antigüedad abonados en el año por la Mutua.

Conviene destacar que el premio de antigüedad ni es una pensión ni está vinculado a la jubilación, ya que se trata de una cantidad a tanto alzado siempre que se cumpla el requisito de permanencia en la Entidad de un período de años, que puede no tener derecho a percibir el empleado si no se encuentra de alta en Mutualia en el mes que cumple los años de antigüedad que generan el premio, y que en todo caso nada tiene que ver con la jubilación, ni con otros premios a tanto alzado unidos a ésta, ya que el «premio de jubilación» se encuentra exteriorizado.

En el presente ejercicio 2011 los movimientos de esta cuenta han sido los siguientes:

En Seguridad Social:

Provisión a 1 de enero de 2011: 2.812.120,20 euros.

Premios de antigüedad pagados en el ejercicio 2011: 199.665,58 euros.

(Reconocidos en el presupuesto del año).

Situación de la provisión antes de realizar la dotación del ejercicio: 2.612.454,62 euros.

El importe resultante del estudio actuarial a 31/12/2011: 3.062.926,15 euros.

Dotación resultante 31 de diciembre de 2011: 450.471,53 euros.

En Patrimonio Privativo:

Provisión a 1 de enero de 2011: 144,43 euros.

Premios de antigüedad pagados en el ejercicio 2011: 0 euros.

Situación de la provisión antes de realizar la dotación del ejercicio: 144,43 euros.

El importe resultante del estudio actuarial a 31 de diciembre de 2011: 320,39 euros.

Dotación resultante a 31 de diciembrre de 2011:175,96 euros.

10.3 Otros:

Para los créditos de la actividad ordinaria se procede a efectuar las correcciones valorativas necesarias, siempre que exista evidencia objetiva de que el valor de un crédito o de un grupo de créditos con similares características de riesgo valorados colectivamente, se ha deteriorado como resultado de uno o más sucesos que hayan ocurrido después de su reconocimiento inicial y que ocasionen una reducción o retraso en los flujos de efectivo estimados futuros.

El deterioro de valor de estos activos financieros es la diferencia entre su valor contable y el valor actual de los flujos de efectivo futuros que se estima se van a generar.

Las correcciones valorativas por deterioro, así como su reversión, se reconocen como un gasto o un ingreso, respectivamente, en el resultado del ejercicio. La reversión del deterioro tiene como límite el valor contable que tendría el crédito en la fecha de reversión si no se hubiese registrado el deterioro de valor.

11. Transferencias y subvenciones

Las transferencias y subvenciones concedidas por Mutualia se contabilizan como gastos en el momento en el que se tenga constancia de que se han cumplido las condiciones establecidas para su percepción (ver MEM15).

Cuando al cierre del ejercicio está pendiente el cumplimiento de alguna de las condiciones establecidas para su percepción, pero no existe duda razonable sobre su futuro cumplimiento, se dota una provisión por los importes correspondientes, con la finalidad de reflejar el gasto.

Las transferencias y subvenciones recibidas, se reconocen como ingreso cuando existe un acuerdo de concesión, se han cumplido las condiciones asociadas a su disfrute y no existen dudas razonables sobre su percepción (ver MEM15)

12. Actividades conjuntas

Mutualia no participa en actividad conjunta alguna, salvo que por actividad conjunta se quiera interpretar su participación en las entidades y centros mancomunados detallados en la MEM01 de estas cuentas anuales.

13. Activos en estado de venta

Esta Mutua no tiene ningún activo disponible para su venta inmediata.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

INMOVILIZADO MATERIAL

1. En el cuadro adjunto S031 se recoge el análisis de los movimientos del ejercicio 2011 de cada elemento incluido en el inmovilizado material de Mutualia y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas.

Todos los activos están valorados a su coste.

Las columnas referidas a los aumentos/disminuciones por traspasos así como las correcciones valorativas por deterioro o revalorización figuran en blanco al no haberse producido en el ejercicio 2011, ningún movimiento de este tipo.

2. Información sobre:

a) No se ha producido ningún desmantelamiento de activos, ni grandes reparaciones.

b) Según la Resolución de 14 de diciembre de 1999 de la Intervención General de la Administración del Estado las vidas útiles utilizadas por Mutualia para el cálculo de las amortizaciones son las siguientes:

Instalaciones eléctricas: 25 años.

Instalaciones aire, calefacción, teléfono: 40 años.

Instalaciones seguridad, detección incendios: 12 años.

Instalación de megafonía, bombas de calor: 18 años.

Maquinaria, aparatos y equipos clínicos: 14 años.

Instrumental y utillaje: 8 años.

Mobiliario, enseres, electrodomésticos: 20 años.

Maquinas copiadoras, reproductoras: 14 años.

Equipos para procesos de información: 8 años.

Elementos transporte interno: 25 años.

Elementos transporte externo: 14 años.

Ascensores y elevadores: 20 años.

Instalaciones técnicas: 100 años.

c) No ha habido cambios que tengan incidencia en el ejercicio presente o en ejercicios futuros.

d) No hay gastos financieros capitalizados.

e) No se han efectuado revalorizaciones.

f) No hay correcciones valorativas por deterioro.

g) No aplica.

h) No aplica.

i) No se han entregado bienes en adscripción.

j) No se han recibido bienes en cesión.

k) No se han entregado bienes en cesión.

l) Con fecha 16 de noviembre de 2009 Mutualia firmó con GIROA, S.A.U., un contrato de arrendamiento financiero a 10 años cuyo objeto era «la realización y financiación de obras de mejora y renovación de las instalaciones» en algunos de los centros de Mutualia en Bizkaia y Gipuzkoa.

El capital inicial era de 672.018,79 euros (IVA incluido) a un tipo de interés del 3 % con una revisión anual de euribor+1,50 %.

Al 31 de diciembre de 2011, el capital que queda pendiente de amortizar IVA incluido es de 548.309,54 euros, recogido en la cuenta 173000 «Proveedores de Inmovilizado LP».

m)   Mutualia no ha construido bienes.

n) No ha habido permutas.

o) No hay ninguna otra circunstancia de carácter relevante que afecte al Inmovilizado Material de la empresa.

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VI.7 Transferencias, subvenciones y otros ingresos y gastos

1. Importe y características de las transferencias y subvenciones recibidas, cuyo importe es significativo o cuyo concepto es relevante para la Entidad

1.1 Transferencias (750):

– Aplicaciones FPR para Bonus de Empresas: 672.909,76 euros.

1.2 Subvenciones (751):

– (751) Subvenciones para gastos no financieros:

Subvención Industria: Eficiencia Energética: 26.837 euros.

Subvención Industria: Optimización del Alumbrado: 4.392 euros.

2. Importe y características de las transferencias y subvenciones concedidas, cuyo importe es significativo o cuyo concepto es relevante para la Entidad

2.1 Transferencias (650):

– Aportación sostenimiento servicios comunes: 26.302.879,90 euros.

– Reaseguro cuota parte: 25.475.293,87 euros.

– Reaseguro exceso de pérdidas (2,1085 % en el 2011): 1.918.380,63 euros.

– Bonus a empresas asociadas: 672.909,76 euros.

El Real Decreto 404/2010, de 1 de abril, regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.

La Orden TIN/1448/2010, de 2 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo y se establecen los criterios de aplicación.

– Aportación Corporación Capítulo II : 147.493,69 euros.

– Transferencias Capital a Corporación Capítulo VI: 8.530,08 euros.

2.2 Subvenciones (651):

En el ejercicio 2011 el importe total de capitales coste renta reconocido ha ascendido a 33.887.339,65 euros. En dicho importe está incluido el principal del capital más los intereses de capitalización.

 

Euros

Capital renta por I.P. total AT

15.353.679,73

Capital renta por I.P. absoluta AT

3.106.613,59

Capital renta Gran Invalidez AT

1.513.237,12

Capital renta muerte (con benef) AT

4.655.720,43

Capital renta muerte (F. Garantía) AT

798.943,17

Capital renta por I.P. total EP

3.204.334,74

Capital renta por I.P. absoluta EP

3.697.515,14

Capital renta muerte (con benef) EP

1.325.477,65

Capital renta muerte (F. Garantía) EP

231.818,08

 

33.887.339,65

Todos los importes citados anteriormente son responsabilidad de la propia Mutua, ya que los que son de responsabilidad empresarial los contabilizamos como anticipos en la cuenta contable 449.

3. Cualquier circunstancia de carácter sustantivo que afecte a los ingresos o a los gastos de la entidad

Devoluciones de Subvenciones concedidas (773) y (769):

 

Capital

Intereses de demora

Capital renta por I.P. total AT

1.003.558,04

30.605,93

Capital renta por I.P. absoluta AT

228.397,44

385,88

Capital renta por I.P. total EP

155.681,93

3.198,94

Capital renta muerte (con benef) EP

418.537,92

20.352,04

 

1.806.175,33

54.542,79

En el concepto de capital renta por I.P. total AT se ha incluido también un importe que corresponde a las devoluciones de capitales del año en curso, y que se han contabilizado como minoración del gasto.

VI.8 Provisiones y contingencias

La explicación de los cálculos realizados por Mutualia para cada provisión reconocida en balance está descrita en el punto 10 de la MEM04 de estas Cuentas Anuales.

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INMOVILIZADO FINANCIADO CON CARGO AL FONDO DE PREVENCION Y REHABILITACIÓN

Planilla S090: Materialización del fondo de prevención y rehabilitación correspondiente al ejercicio anterior:

El importe que consta en la columna «Otros activos» (2.530.586,66), coincide con el valor de adquisición de bienes de inmovilizado material e intangible adquiridos con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación, estén o no dados de baja a 31 de diciembre de 2011.

El importe que se hace constar en la columna de «Disponibilidades líquidas pendientes de ingreso en el Banco de España» (–12.790,58), está pendiente de reintegro por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social y es un importe ingresado de más por esta Entidad, en relación con el 80% de exceso de excedentes del ejercicio 2008, como consecuencia de las regularizaciones propuestas por la Intervención General de la Seguridad Social.

Planilla S091: Inmovilizado financiado con cargo al fondo de prevención y rehabilitación:

Esta planilla refleja los movimientos realizados durante el ejercicio en partidas de balance y sus correspondientes amortizaciones, respecto a los activos de inmovilizado material o intangible financiados con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación que han tenido movimientos, o permanecen de alta en la Entidad a 31 de diciembre de 2011. Aunque a este respecto, debemos mencionar también, que en esta Mutua existen bienes financiados con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación que vienen de la antigua Mutua La Previsora, por un importe total de 43.458,52 euros, que no están tenidos en cuenta en esta planilla porque desconocemos cuáles son en concreto y cuál es realmente su origen, situación y movimiento real en cuentas.

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VI.12 Hechos posteriores al cierre

Informe de situación de las reclamaciones de los trabajadores frente a la aminoración salarial realizada en los ejercicios 2010, 2011 y sucesivos

1. Antecedentes normativos:

Disposición adicional tercera del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, que modifica la Ley 26/2009, de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 2010.

Artículo 25 dos B de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 2010, al que remite el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo.

Artículo 26 dos B de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 2010, al que remite el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo.

Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, disposición adicional quincuagésima novena.

Convenio Colectivo para los años 2008 a 2011, artículo 37.

Resolución de 4 de febrero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, que registra y publica los acuerdos de la Comisión Mixta Paritaria de Interpretación del Convenio colectivo general de ámbito estatal para las entidades de seguros, reaseguros y mutuas de accidentes de trabajo para los años 2008 a 2011.

Oficio de 21 de junio de 2011 de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (Secretaría de Estado de la Seguridad Social-Ministerio de Trabajo e Inmigración).

2. Actuación de Mutualia.

Mutualia, atendiendo a la normativa referida y aplicando el principio básico de prudencia, optó en el año 2010, en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto-ley 8/2010, por aminorar las retribuciones del personal de Mutualia a partir del 1 de junio de 2010 en un 8 % a las personas que ostentan cargos directivos, a las que hace referencia el artículo 26 Dos B de la Ley, y en un 5 % al resto del personal de la Mutua a tenor del artículo 25 dos B del mismo cuerpo legal.

Siguiendo con el mismo criterio de prudencia esta decisión se arrastró al año 2011 y continúa aplicándose en la actualidad.

3. Conflictividad Social.

Esta decisión ha supuesto un fuerte foco de conflictividad en la Mutua que ha dado lugar a numerosas reclamaciones por parte de la representación de los trabajadores y de los propios trabajadores a título individual.

Las reclamaciones se han articulado en tres líneas:

a) No aplicación de la reducción del 5 %.

b) Solicitud de incrementos de IPC y abonos de atrasos durante el año 2011.

c) Solicitud de regulación de la aminoración salarial realizada en el año 2011 respecto a las cuantías percibidas en el ejercicio 2010.

Dentro del primer bloque, no aplicación de la aminoración del 5 % establecida en el Real Decreto 8/2010, se ha recibido a lo largo del ejercicio 2011 la reclamación de 37 personas a través de actos de conciliación ante el SMAC del Gobierno Vasco.

En cuanto a la aplicación de las tablas salariales aprobadas por la comisión mixta para el año 2010 y del incremento de IPC establecido en el Convenio Colectivo para el año 2011, se han recibido en el año 2011 las reclamaciones de 10 personas, estando pendiente de celebración de juicio en el Juzgado de lo Social número 4 de Bilbao Autos: Social Ordinario 411/11. Este procedimiento se halla suspendido a expensas de la resolución del conflicto colectivo, con alcance a toda la plantilla de Mutualia, iniciado por CCOO sobre el mismo asunto e interpuesto el 13 de marzo de 2012, celebrándose acto de conciliación ante el SIMA el 28 de marzo de 2012 con el resultado de Falta de Acuerdo.

Durante el año 2012, el personal de Mutualia a título individual, en concreto 65 personas, han reclamado a la Mutua el abono de atrasos correspondientes al año 2010 y la actualización del IPC del año 2011.

Esta reclamación ha dado lugar a una demanda interpuesta por 6 trabajadores/as y tramitada ante el Juzgado de lo Social número 4 de Vitoria Autos Social Ordinario 264/2012, habiéndose suspendido la celebración del acto del juicio señalado para el 1 de junio de 2012 «sine die» a expensas de la resolución del conflicto colectivo iniciado por Comisiones Obreras.

En lo que respecta al tercer bloque de reclamaciones, regularizar la aminoración salarial realizada en el año 2011 al haber percibido menos de lo cobrado en el 2010, se ha recibido la reclamación de 17 trabajadores/as, los/as cuales han interpuesto demanda frente a la Mutua tramitándose ante el Juzgado de lo Social número 6 de Bilbao autos Social ordinario 295/2012 y teniendo señalado el día 10 de octubre de 2010 para la celebración de los actos de conciliación y juicio.

Atendiendo al devenir de los acontecimientos, las reclamaciones en este apartado continuaran produciéndose toda vez que las acciones no se hallan prescritas ni caducadas.

4. Decisión de reconocer como obligación del ejercicio 2011 la cantidad objeto de reclamación.

A la vista de la conflictividad surgida, y ante lo incierto de la resolución que pudiera recaer y la repercusión de la misma en el presupuesto de la Mutua en caso de que las resoluciones judiciales se pronuncien a favor de las reclamaciones de los/as trabajadores/as de Mutualia, esta Entidad, continuando con el criterio de prudencia que nos ha caracterizado, adoptó la decisión de reconocer como obligación dentro del presupuesto de gastos del ejercicio 2011 las cantidades reclamadas por los trabajadores.

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