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Documento BOE-A-2013-1251

Resolución de 18 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se publican las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2011, de Fremap, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social n.º 61.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2013, páginas 10182 a 10251 (70 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-1251

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado cuarto.2 de la Resolución de 25 de julio de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina la estructura y composición de la Cuenta General de la Seguridad Social y de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, y el resumen de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado»,

Esta Secretaría de Estado acuerda la publicación en el citado Boletín del resumen de las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2011, de la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Fremap, MATEPSS n.º 61, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 18 de diciembre de 2012.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos Gallego.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI. RESUMEN DE LA MEMORIA

VI.1 Organización y actividad

1. Organización y Actividad.

La Memoria incluida en las Cuentas anuales de las Entidades gestoras, Tesorería General y MATEPSS, informará sobre:

1. Norma de creación de la entidad.

Las diferentes entidades deberán señalar las normas por las cuales fueron creadas (Real Decreto-Ley 36/1978, de 16 de noviembre, fundamentalmente), sus cambios de denominación y de dependencia orgánica en los últimos años y, para el caso de las MATEPSS, en su caso, se hará referencia a las distintas fusiones sufridas a lo largo del tiempo y consiguientes cambios de denominación, entidades que participan en la creación, etc.

FREMAP Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n.º 61, es una Entidad Colaboradora de la Seguridad Social constituida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 1/1994, de 20 de Junio, así como con el Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

Esta Mutua fue constituida el 9 de Mayo de 1933 con el nombre de MAPFRE, siendo confirmada su actuación con ámbito nacional, por Resolución de la entonces de la Dirección General de Previsión de 13 de Marzo de 1969. Asimismo, mediante Resolución de la Dirección General de Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social de 25 de Julio de 1991, se autorizó el cambio de denominación social por el actual de FREMAP.

Mutuas absorbidas por FREMAP:

– Mutualidad Catalana Mercantil e Industrial de Accidentes de Trabajo y Previsión (42).

– Mutualidad General Agropecuaria (62).

– Júcar, Mutualidad Patronal de Seguros de Accidentes de Trabajo (81).

– Mutualidad Carbonera del Norte (82).

– Mutualidad Patronal Pesquera (86).

– Mutua Regional Gallega de Seguros (117).

– Mutualidad Segoviana de Seguros (120).

– Mutua Agrícola Sociedad Patronal de Seguros Mutuos Contra Accidentes del Trabajo en la Agricultura y en la Industria (146).

– Mutualidad de Patronos Agrícolas de la Provincia de Segovia (176).

– La Arrocera, Mutua de Accidentes de Trabajo (200).

2. Actividad de la entidad, su régimen jurídico, económico-financiero y de contratación. En el supuesto de servicios públicos gestionados de forma indirecta, se indicará la forma de gestión.

En cuanto a la actividad, la entidad no debe omitir en su redacción las referencias normativas que recoge la Ley General de la Seguridad Social (artículos 57, 67 y 68, en cada caso).

Por lo que respecto al régimen jurídico, en cualquier caso, se deberán hacer alusiones al régimen establecido en la Ley General de la Seguridad Social (artículos 59 y 63, según el caso), y para las MATEPSS, el Reglamento sobre colaboración.

En cuanto al régimen económico financiero la entidad tendrá que señalar que forma parte del sector público estatal, conforme dispone el artículo 2.1.c) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y, en consecuencia se somete al régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y de control financiero regulado por la misma.

Por lo que se refiere a su régimen de contratación, ha de señalarse que la entidad está incluida dentro del ámbito subjetivo regulado en el artículo 3 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, señalando si tiene o no la consideración de Administración Pública a los efectos de la citada norma (aspecto esté último de relevancia para las MATEPSS).

En relación con el supuesto de servicios públicos gestionados de forma indirecta, se indicará brevemente la forma de gestión, sin perjuicio de que se desarrolle este aspecto en la nota 2 siguiente de la memoria.

En el caso de que no existan servicios públicos gestionados de forma indirecta, se realizará una declaración expresa en este sentido.

En el caso de que existan esos servicios, pero su importe no sea significativo se realizará una declaración expresa en este sentido.

El régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social se regula en el artículo 68 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 1/1994, de 20 de Junio, así como en el Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

En cuanto a su régimen económico-financiero aparece establecido en el citado Real Decreto 1993/1995. Asimismo, es necesario señalar que estas entidades forman parte del sector público estatal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.c) de la Ley 47/2003, de 26 de Noviembre, General Presupuestaria, y en el artículo 3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado mediante Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, estando incluidas en el ámbito subjetivo de esta última norma.

FREMAP, para el desarrollo de su actividad, no recurre a la gestión de servicios públicos de forma indirecta.

GESTIÓN DESARROLLADA

Recursos humanos.

Al finalizar el año 2011, la plantilla de la Entidad estaba compuesta por 3.850 empleados fijos y 258 eventuales que desempeñan sus funciones en 207 centros de trabajo, con la siguiente distribución: el 77,88% en la Organización Territorial, el 17,39% en los Hospitales y el 4,73% en Central.

La edad media de la plantilla es de 40 años y su antigüedad de 12. La formación de nuestros profesionales es elevada, lo que permite prestar un servicio de calidad: el 77% son titulados universitarios (42% superiores y 35% de grado medio).

La integración de la mujer en la vida laboral, es un hecho, como lo demuestra el que actualmente el 52,87% de la plantilla son mujeres.

FREMAP impulsa la contratación con vocación de permanencia, garantizando el desarrollo personal y profesional de sus empleados; prueba de ello es que sólo el 1% del total de los contratados se destina a tareas circunstanciales. El 93,72% de los empleados tienen contrato indefinido y el 92,02% de la plantilla realiza jornada completa.

FREMAP potencia la integración de personas con discapacidad. En este sentido en el año 2011 se ha superado el porcentaje de empleados con discapacidad exigidos por la legislación vigente, alcanzando el 2,03% del total de la plantilla; 2,70% si incluimos medidas alternativas.

En 2011 se han producido 9.961 asistencias a actividades de formación, a las que se han dedicado más de 97.000 horas, además de la formación continua que se produce en el propio centro de trabajo. El 75% de éstas corresponde a formación interna y el 25% a formación externa.

Destacar el incremento de la formación realizada en jornada laboral (el 82%) como resultado de un importante esfuerzo realizado para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar de nuestros empleados.

FREMAP aboga por el diálogo continuo con los Órganos de Representación de los Trabajadores (Delegados de Personal, Comités de Empresa, Mesa de Diálogo Social, etc.) como cauce más adecuado para lograr el avance en la consecución de mejoras sociales que beneficien a las personas que conforman su plantilla. A lo largo de 2011 se han celebrado numerosas reuniones entre la Dirección de la Empresa y la Representación Legal de los Trabajadores, velando ambas partes, en todo momento, por alcanzar y mantener un buen clima de relaciones laborales.

Sistemas de información.

La estrategia de FREMAP se centra en potenciar al máximo iniciativas dirigidas a mejorar la satisfacción del mutualista, colaborador y trabajador, así como la de los propios empleados de FREMAP.

FREMAP Online.

Se ha continuado potenciando la funcionalidad de la aplicación FREMAP Online, incrementando los servicios que desde ésta se prestan a empresas y colaboradores; entre las mejoras incorporadas podríamos destacar la creación de un canal de comunicación «seguro», que cumple con las especificaciones de la L.O.P.D., y permite una integración fluida que redundará en que las empresas asociadas cumplan con la normativa vigente con mayor agilidad, evitar incidencias en las deducciones que se practican de pago delegado, así como mayor rapidez y sencillez en la solicitud de los servicios que les ofrecemos.

CIMA.

Se ha potenciado el uso de la aplicación CIMA, «Compromiso para la Integración y Mejora del Absentismo», que pretende adquirir una serie de compromisos con nuestros clientes, las empresas, y con los colaboradores que las representan, para colaborar en la gestión y la reducción del absentismo. La aplicación informática que desarrolla CIMA permitirá:

• Descargar el cuestionario de apoyo para realizar la presentación del servicio.

• Capturar los datos recogidos en la entrevista con el interlocutor.

• Realizar el seguimiento de las gestiones efectuadas y descargar el documento de compromiso para la empresa o colaborador así como una memoria con todas las iniciativas realizadas.

Cuadro de Mando Integral.

A lo largo del 2011 se ha consolidado el nuevo Cuadro de Mando Integral que recoge los indicadores y estadísticas necesarios para medir el cumplimiento de los objetivos marcados por la Entidad y gestiona las Realizaciones Estratégicas que emanan del Plan Estratégico 2011-2013.

Comunicaciones.

Durante 2011 se ha empezado a utilizar la plataforma tecnológica de Microsoft Lync que ya en este ejercicio ha permitido avanzar en comunicaciones unificadas desarrollando funcionalidades de compartición de escritorio y mensajería unificada.

Servicio Telefónico a Empresas y Trabajadores (Línea 900).

FREMAP Asistencia es un servicio creado para hacer posible un contacto permanente con nuestros asegurados; 24 horas y desde cualquier lugar. Con ello pretendemos ofrecerle medios y orientación en toda circunstancia derivada de la cobertura de accidentes de trabajo, especialmente en aquellos casos más críticos de traslados sanitarios tanto en territorio nacional como internacional.

Los servicios que se han prestado en el año 2011 han sido los siguientes:

• 198.333 llamadas atendidas de empresas y trabajadores.

• 1.141 traslados sanitarios.

Empresas asociadas.

Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Las empresas industriales y de servicios, asociadas al finalizar el ejercicio, eran 312.296, distribuidas en 340.227 centros de trabajo, con una población protegida de 3.061.295 trabajadores y una media de 9 trabajadores por centro de trabajo, similar a la del año precedente. El colectivo protegido por FREMAP ha disminuido, con respecto a 2010, en 94.543 personas. La cuota de mercado en el Régimen General y Asimilados se sitúa en el 23,79% de los trabajadores afiliados al Sistema de la Seguridad Social.

Las empresas agrícolas eran 30.812, con 162.031 trabajadores en las épocas de máximo empleo, estimándose que nuestra Entidad protege el 32,20% de los trabajadores agrícolas inscritos en los censos de la Seguridad Social.

Además FREMAP da cobertura a 179.749 trabajadores autónomos (R.E.T.A), de los que 44.348 corresponden a cuenta propia, encuadrados en el antiguo Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y 403 del Régimen Especial del Mar.

El total de empresas asociadas ascendía a 343.108, distribuidas en 371.272 centros de trabajo, con una plantilla de 3.403.075 trabajadores.

Las cuotas recaudadas en el ejercicio han sido 1.542,05 millones de euros, cifra inferior a la del ejercicio anterior en 47,44 millones, que suponen un decremento del 2,98%; la evolución media de FREMAP en el período 2006-2011 se sitúa en el −1,77%.

Contingencias Comunes.

Al finalizar el ejercicio, las empresas que habían optado por nuestra Mutua para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral eran 253.401, con una plantilla estimada en 2.298.419 trabajadores por cuenta ajena, representando el 75,08% de la población protegida por FREMAP en accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Además FREMAP da cobertura a 646.999 trabajadores autónomos (R.E.T.A), de los que 41.351 trabajadores corresponden a cuenta propia, encuadrados en el antiguo Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.

Las cuotas cobradas durante el ejercicio 2011 ascienden a 923,32 millones de euros, con un decremento del 6,27% sobre el año anterior. Este descenso en las cuotas es consecuencia de la disminución en la fracción de cuota con la que se financia esta contingencia por cuenta ajena, que pasó del 6,2% en 2010 al 6% en los meses de enero a julio y 5% de agosto a diciembre de 2011. (5,581% cuota media.)

Cese de Actividad de los Trabajadores Autónomos.

La Ley 32/2010, de 5 de agosto, establece un sistema especifico de protección por cese actividad para los trabajadores autónomos a prestar por las Mutuas de Accidentes de Trabajo, mediante el cual tienen derecho a estas prestación todos los autónomos acogidos a la mejora de la cobertura de contingencias profesionales.

Esta cobertura tomó efecto el 6 de noviembre de 2010; las cuotas cobradas en el ejercicio ascienden a 30,79 millones de euros.

Cobros Totales.

Las cuotas cobradas se elevan a 2.496,16 millones de euros; con un decremento del 3,20% sobre el ejercicio precedente, por lo que se estima de acuerdo con los últimos datos, que FREMAP representa aproximadamente el 25% de las cuotas recaudadas por el Mutualismo de Accidentes de Trabajo.

Prevención.

Se informa en este apartado sobre la actividad preventiva desarrollada por FREMAP, como entidad colaboradora de la Seguridad Social, que está regulada por la Orden TAS/3623/2006 de 28 de noviembre y la Resolución de 10 de junio de 2011 que, de acuerdo con la anterior, establece la planificación anual de dichas actividades, los criterios a seguir y la asignación de prioridades en su ejecución.

Asimismo, la Generalitat de Cataluña publicó la Resolución EMO/414/2011, de 21 de mayo, que establece las actividades preventivas a desarrollar por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social en Cataluña durante el año 2011.

Al finalizar el año prestaban sus servicios 151 técnicos de prevención.

El índice incidencia (porcentaje de accidentes con baja en jornada de trabajo en relación con la población media protegida) era del 3,88, inferior en un 8,49% al del ejercicio anterior (4,24).

En total se han desarrollado 70.924 actividades de prevención que han alcanzado a 14.647 empresas, en las que se destaca el desarrollo de las siguientes actividades de prevención:

• Asistencia técnica para fomentar la integración y gestión de la prevención y promover la reducción de la siniestralidad.

• Elaboración de estudios sectoriales sobre las causas de la siniestralidad laboral.

• Colaboración con el área de prestaciones de la Mutua.

• Elaboración y difusión de buenas prácticas para la gestión y mejora continua de la prevención en la empresa.

• Programas de I+D+i.

• Servicio de información de prevención.

• Información sobre la accidentabilidad de la empresa.

• Jornadas técnicas y talleres para la integración de la prevención.

• Unidades didácticas específicas.

• Divulgación y publicaciones.

• Colaboración Institucional.

Procesos:

Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Durante 2011, se produjeron 160.317 procesos con baja médica, de los cuales 158.297 fueron accidentes de trabajo y 2.020 enfermedades profesionales, lo que ha significado una reducción respecto de 2010 del 9,90%. Los procesos que no generaron baja médica también disminuyeron un 10,31%, suponiendo un total de 248.929, de los cuales 2.204 fueron enfermedades profesionales.

En consecuencia, es destacable la evolución en el número de accidentes y enfermedades ocasionadas por el trabajo con baja médica en los trabajadores por cuenta ajena, con una reducción del 10,53% (18.330 procesos), por contra los trabajadores autónomos se incrementan el 18,88% (720 procesos).

Esta disminución se refleja en el coste por subsidio de incapacidad temporal soportado por la Mutua, ya que ha descendido en relación con las cuotas recaudadas 0,45 puntos porcentuales, pasando del 13,38% del ejercicio anterior al 12,93%.

En los procesos de mayor gravedad, presumimos que, una vez finalizados los correspondientes tratamientos, podrán reconocerse 1.968 situaciones de incapacidad permanente, de las cuales 474 lo serían en grado de parcial, 1.383 totales, 82 absolutas y 29 grandes inválidos. Asimismo, se han producido 314 fallecimientos, de los que 61 se han debido a accidentes «in itinere» y 83 a infartos de miocardio y lesiones cerebro-vasculares, que han sido considerados como derivados de accidentes de trabajo.

Por otra parte, es de destacar un importante crecimiento en las situaciones de riesgo durante el embarazo y la lactancia natural, que han supuesto un total de 15.231 prestaciones, lo que representa un 10,18% más que en 2010. Ello pone de manifiesto que las empresas deberán intensificar sus medidas preventivas para la adaptación de los puestos de trabajo susceptibles de ser ocupados por trabajadoras embarazadas o lactantes.

El impacto económico de estas prestaciones sobre el conjunto de las contingencias profesionales es relevante, ya que supone el 4,44% de las cuotas recaudadas por dichas contingencias. Debemos recordar que no se ha previsto una financiación específica para estas prestaciones económicas de riesgo, en relación con los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.

La Ley 39/2010, de 22 de diciembre, establece el subsidio por incapacidad temporal de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, asignando la responsabilidad de su gestión y pago a la entidad gestora o mutua que asegure las contingencias profesionales. Esta cobertura inicia su actividad con fecha 1 de enero de 2011.

Durante el ejercicio 2011 se produjeron 219 procesos con un coste por subsidio de 0,77 millones de euros y supone el 0,05% de las cuotas recaudadas.

Contingencias Comunes.

Los accidentes no laborales y las enfermedades comunes de los trabajadores por cuenta ajena del Régimen General de la Seguridad Social supusieron un total de 245.182 procesos de baja médica en los que se generó la responsabilidad del pago del subsidio para la Mutua, lo que equivale a un 3,35% menos que en 2010, mientras que el colectivo protegido en esta cobertura decreció el 0,44%.

Asimismo, la duración media de estas bajas fue de 93,25 días, es decir, 2,40 días menos que en el año anterior (95,65). El coste soportado como consecuencia del subsidio percibido por los trabajadores por cuenta ajena asciende al 97,04% de la fracción de cuota asignada de las cotizaciones de las empresas, superior al (92,05%) correspondiente a 2010, consecuencia de la disminución en la fracción de cuota asignada del 6% de enero a julio y del 5% de agosto a diciembre (6,2% año 2010).

En relación con los trabajadores autónomos, la evolución es semejante a los trabajadores por cuenta ajena, ya que se produjeron 72.706 procesos con derecho a prestación, lo que supone una reducción del 0,39%, la duración media de los procesos dados de alta se reduce en 4,43 días (de 106,01 a 101,58 días).

El coste generado exclusivamente por el subsidio abonado a estos trabajadores autónomos supuso en 2011 el 77,28% de la fracción de cuota percibida para su financiación, lo que significaría 0,77 puntos más que en 2010 (76,51%), consecuencia de la disminución de cuota percibida 3,3% (3,4% en 2010).

El coste total por subsidio de ésta contingencia asciende a 851,30 millones de euros, lo que representa el 92,20% de las cuotas percibidas, 3,83 puntos más que en 2010 (88,37%).

Cese de Actividad de los Trabajadores Autónomos.

La Ley 32/2010 de 5 de agosto que entro en vigor el 6 de noviembre de 2010, establece entre otros requisitos para acceder a la prestación por desempleo, tener cubierto el periodo mínimo de cotización de 12 meses. Durante los meses de noviembre y diciembre el número de solicitudes asciende a 149, con un coste por subsidio de 7.030,26 euros.

Área asistencial.

La Entidad cuenta con 158 centros asistenciales, 4 hospitales y 4 hospitales de día, junto con su participación en los centros mancomunados de Levante y Euskadi.

Gestión Sanitaria.

En 2011 se han atendido en los centros asistenciales de la Mutua 532.282 pacientes, realizándose un total de 1.677.458 consultas médicas y 1.521.698 sesiones de rehabilitación, con un coste de 86,98 millones de euros, siendo el importe medio por trabajador asistido de 163,41 euros, inferior al del ejercicio anterior en un 2,49%.

La duración media de los procesos que causaron baja derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional, fue de 31,32 días. Al finalizar el ejercicio permanecían en situación de baja el 0,32% de la población protegida.

Los centros asistenciales se complementan con la colaboración de 1.416 centros sanitarios y especialistas, con los que existen conciertos autorizados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que hacen posible un mayor acercamiento de los servicios de la Mutua a las empresas y a los trabajadores protegidos.

Sistema hospitalario.

Se informa de la actividad de los cuatro centros hospitalarios con internamiento (Majadahonda, Sevilla, Barcelona y Vigo) en el ejercicio 2011, que han desarrollado una importante labor asistencial, docente e investigadora. Además se incluye el número de cirugías llevadas a cabo en los cuatro hospitales de día (Jerez, Málaga, Valladolid y Zaragoza).

Actividad asistencial.

A 31 de diciembre de 2011 se han atendido por el Sistema Hospitalario 47.059 nuevos pacientes, que produjeron 10.946 ingresos hospitalarios, y dieron lugar a 35.465 estancias, con una media de 3,24 días por paciente. La ocupación hospitalaria fue del 50,75%.

En Residencia se produjeron 1.284 ingresos, que generaron 19.911 estancias, representando el 53% de ocupación.

Actividad quirúrgica.

A lo largo del año 2011 se han llevado a cabo 12.106 intervenciones quirúrgicas, con un porcentaje de reintervenciones del 3,11%. El rendimiento medio de quirófano se ha situado en el 71,21% y la demora media quirúrgica se ha cerrado en 15,84 días. La técnica quirúrgica más habitual ha sido la artroscopia, con un 19% sobre el total de procedimientos realizados.

Por otra parte, en el ejercicio 2011 se ha continuado avanzando en la actividad de los hospitales de día obteniéndose, a través de los 990 procedimientos quirúrgicos realizados, una mejor gestión de la espera quirúrgica, que ha terminado en 6,90 días de demora media. Al igual que en los hospitales con internamiento, la técnica quirúrgica más habitual ha sido la artroscopia, con el 35,52% sobre el total de procedimientos realizados.

El coste del total actividad en términos de gastos del Sistema Hospitalario ha sido 50,28 millones de euros, el 2,04% de las cuotas cobradas.

3. Descripción de las principales fuentes de ingresos y, en su caso, tasas y precios públicos percibidos.

En el caso de las MATEPSS en su redacción siempre se tendrá que significar que dicha entidad recibe de la Tesorería General de la Seguridad Social los abonos de cuotas recaudadas que le corresponde.

Para todas las entidades, en el caso de no que no cobren tasas y/o precios públicos se realizará una declaración expresa en este sentido. En el supuesto de que las cobren se realizará una declaración expresa en este sentido, realizando una breve enumeración y descripción de las mismas.

FREMAP, de conformidad con lo dispuesto en el art. 68.4 del Texto Refudido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado mediante Real Decreto-Legislativo 1/1994, de 20 de Junio, percibe como ingreso las primas de accidentes de trabajo, aportadas por los empresarios asociados. Dichos ingresos se reciben de la Tesorería General de la Seguridad Social, que los recauda como cuotas a la Seguridad Social.

FREMAP no cobra tasas y/o precios públicos por la prestación de sus servicios.

4. Operaciones sujetas a IVA y porcentaje de prorrata.

En el caso de no concurrir esta circunstancia, se tendrá que recoger una declaración expresa en este sentido.

En el caso de que sí concurra se recogerá una declaración expresa en este sentido, señalando las operaciones sujetas y porcentaje de prorrata, con referencia a la legislación que regula el impuesto.

La Mutua realiza algunas actividades auxiliares o complementarias de la propia asistencia sanitaria, que están sujetas y no exentas de IVA, tales como el alquiler de bienes inmuebles, alquiler de equipos informáticos en centros concertados, calibración de equipos de medición (dentro de los programas de readaptación profesional). En la medida en que la facturación por estas actividades, en contraste con las prestaciones sanitarias (exentas de tributación indirecta), es muy marginal, no llegando al 1 % del total facturado por la Mutua, se asimila un porcentaje de prorrata igual cero (Art. 104. Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido). Por consiguiente FREMAP no se deduce ninguna cantidad en concepto de IVA soportado, en las liquidaciones mensuales de este impuesto.

5. Estructura organizativa de la entidad, señalando en su caso, las distintas subentidades contables en que se organiza la entidad, así como, la forma de coordinación existente entre los sistemas contables de aquellas con el sistema central.

Enumeración de los principales responsables de la entidad (TGSS, EEGG o MATEPSS), incluyendo además para el caso de las MATEPSS, los miembros que componen la Comisión de control y seguimiento y los Miembros que componen la Comisión de prestaciones especiales.

Organización de la mutua.

1. Organización.

– Estructura organizativa.

– Junta directiva.

– Director gerente.

– Comisión de control y seguimiento.

– Comisión de prestaciones especiales.

– Organización territorial.

– Organización contable.

Estructura organizativa.

La estructura organizativa a 31 de diciembre de 2011 es la siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Los Órganos de Gobierno y Participación regulados en el Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colaboración de las Mutuas de A.T. y E.P., además de la Junta General, son los siguientes:

Junta Directiva.

Sus funciones son las descritas en el artículo 34 del Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colaboración de las Mutuas de A.T. y E.P. y en los artículos 20, 21, 22 y 23 de los Estatutos de la Mutua, aprobados por Resolución de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, de 25 de enero de 2007.

Su composición a 31 de diciembre de 2011 es la siguiente:

Presidente: Don Mariano de Diego Hernández, Asistencia Técnica al Municipio, S.A.

Vicepresidente: Don Alberto Manzano Martos, Mapfre, S.A.

Vocales:

Don Víctor Alcalde Lapiedra, General Motors España, S.L.

Don Pedro Mauricio Barato Triguero, Loma de Toro, S.L.

Don José de la Cavada Hoyo, Golfers, S.A.

Don José M.ª Cobos Ruiz-Ayúcar, Cobos Ruíz-Ayúcar, C.B.

Don Alberto García Perea, Finanzauto, S.A.

Doña María Jesús Iriarte Cillaurren, Osarten, Koop. E.

Don Ignacio Miguel-Romero de Olano, Miguel Romero de Olano Ignacio.

Doña Regina Plañiol de Lacalle, Comunidad de Madrid.

Don Juan Rodríguez Fidalgo, Compañía Española de Petróleos, S.A.

Don Pedro Luis Romero Blanco, Representante de los Empleados.

Don Enrique Saldaña Herranz, John Deere Ibérica, S.A.

Don Ildefonso Sánchez Barcoj, Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid.

Don Enrique Sánchez González, Segurisa Servicios Integrales de Seguridad, S.A.

Doña María José Suero Suñé, Sdad. Coop. General Agropecuaria Acor.

Don José Luis del Valle Pérez, Dragados, S.A.

Director Gerente: Don Jesús M.ª Esarte Sola, FREMAP.

Secretario: Don Ángel Vallejo Orte, FREMAP.

Director Gerente.

Sus funciones están descritas en el artículo 35 del Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colaboración de las Mutuas de A.T. y E.P. y en el artículo 25 de los Estatutos de la Mutua, aprobados por Resolución de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, de 25 de enero de 2007.

El Director Gerente de FREMAP, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n.º 61 es Don Jesús M.ª Esarte Sola quien desempeña esta función desde el 17 de marzo de 2009, fecha en que la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social confirmó su nombramiento.

Comisión de Control y Seguimiento.

Conforme a lo establecido en el artículo 37 del Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colaboración de las Mutuas de A.T. y E.P. y en el artículo 28 de los Estatutos de la Mutua aprobados por Resolución de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, de 25 de enero de 2007.

Su composición a 31 de diciembre de 2011 es la siguiente:

Presidente: Don Mariano de Diego Hernández.

Vocales:

CEOE:

Don Juan José Álvarez Alcalde.

Don Antonio Garrido Ramiro.

Don Fernando Ramos Rodríguez.

Don Alberto Sáez López.

UGT:

Doña Lucía García-Quismondo García-Arcicollar.

Don Jesús González Otero.

Don Emilio González Vicente.

CC.OO.:

Don Santiago Cubero Lastra.

Don Jaime González Gómez.

Secretario: Don Jesús M.ª Esarte Sola.

Asesor: Don Angel Vallejo Orte.

Comisión de Prestaciones Especiales.

Su funcionamiento está regulado en el artículo 67 del Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colaboración de las Mutuas de A.T. y E.P. y en el artículo 24 de los Estatutos de la Mutua, aprobados por Resolución de la Dirección General de Ordenación en la Seguridad Social de 25 de enero de 2007.

Su composición a 31 de diciembre de 2011 es la siguiente:

Presidenta: Doña Sagrario Guinea Lalanda.

Representación de los empresarios asociados:

Don Carlos Cano González.

Don Julian Luis Lagunar Álvarez.

Doña Pilar Losada Cirilo.

Don Jesús Mercader Uguina.

UGT:

Don Pedro Cerezo Sancho.

Don Lorenzo Díaz Lozano.

Dª. Rosario García Ramón.

CC.OO.:

Doña Ana Isabel Rojas Martín.

Don Julio Ruiz Prudencio.

Coordinadora de Área Social: Doña M.ª Ángela Ruesta Arroba.

Trabajadora Social: Doña Isabel Goicolea Serrano.

Secretario: Don Francisco Miranda Rivas.

Actividades de la Comisión de Prestaciones Especiales: De conformidad con lo previsto en los Estatutos, se han celebrado 16 reuniones durante 2011. Se han concedido 4.642 prestaciones por valor de 8.058.144,77 euros.

Organización territorial:

De las direcciones funcionales de los Servicios Centrales dependen 21 Direcciones Regionales, que a continuación detallamos, las cuales coordinan la actuación de las 177 oficinas autónomas distribuidas por todo el territorio nacional.

– Andalucía Occidental.

– Andalucía Oriental.

– Aragón.

– Barcelona Metropolitana.

– Cataluña.

– Canarias.

– Cantabria.

– Castilla-La Mancha.

– Castilla y León.

– Comunidad Valenciana.

– Extremadura.

– Galicia.

– Islas Baleares.

– La Rioja.

– Madrid Capital.

– Madrid Norte-Este.

– Madrid Sur-Oeste.

– Navarra.

– País Vasco.

– Principado de Asturias.

– Región de Murcia.

Organización contable.

FREMAP es una entidad contable dotada de personalidad jurídica y presupuesto propio que debe formular y rendir cuentas.

A los Servicios Centrales de la Mutua le incumbe le registro de las operaciones que se producen en el conjunto de la Entidad, en consecuencia, el modelo contable es centralizado. Las áreas de gestión de la contabilidad, tesorería y presupuestos se enmarcan dentro de la Subdirección General de Medios.

El sistema contable de FREMAP, se basa en un plan contable auxiliar interno, cuyas cuentas (con codificación de cuatro dígitos) están enlazadas internamente a los planes oficiales, que permiten obtener la información necesaria para la contabilidad financiera y presupuestaria.

La estructura contable está descentralizada a nivel de oficina de gestión interna. Cada registro efectuado tiene su conversión en uno o varios documentos del Sistema de Información Contable de la Seguridad Social, lo que permite la trazabilidad en todo momento de los dos sistemas, además de la obtención de información a nivel desagregado.

6. Número medio de empleados durante el ejercicio y a 31 de diciembre con la clasificación señalada en los cuadros siguientes:

El cálculo de la plantilla media se efectuará en cómputo mensual, tomando el número de trabajadores existentes a último día hábil de cada mes, sobre el total de meses del año. Los trabajadores a tiempo parcial computarán en proporción al número de horas trabajadas sobre la jornada máxima establecida.

PERSONAL

Ejercicio: 2011

Mutua: FREMAP.

Matepss y entes mancomunados

Plantilla media

Plantilla a 31 de diciembre

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Personal laboral fijo

1.840

1.989

1.851

1.999

Director Gerente

1

0

1

0

Directivos no sujetos a Convenio Colectivo

0

0

0

0

Directivos sujetos a Convenio Colectivo

2

1

2

1

Otro personal

1.837

1.988

1.848

1.998

Personal laboral eventual

74

146

85

173

Subtotal

1.914

2.135

1.936

2.172

Total

4.049

4.108

7. Para el caso de los entes mancomunados, entidades de las que depende, indicando el porcentaje de participación de cada una de ellas.

Para el caso de las MATEPSS, porcentaje y valoración de la participación en aquellos entes mancomunados en los que participe.

La Mutua FREMAP participa en el Centro Mancomunado Centro de Recuperación y Rehabilitación De Levante en un 27,69%, en el Centro Mancomunado Centro Intermutual de Euskadi en un 32,57% y en el Centro Mancomunado Centro Intermutual de Seguridad –en liquidación– en un 0,28%.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI.2 Bases de presentación de las cuentas

Imagen fiel, comparación de la información, cambios en criterios contabilización y corrección errores, cambios en estimaciones contables

Conforme a las instrucciones para la elaboración de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, se informe sobre las bases de presentación de las cuentas del ejercicio 2011 para la Mutua FREMAP (Nota 3 de la Memoria).

1. Imagen Fiel.

Con el fin de que las cuentas anuales de la entidad muestren la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial, y de la ejecución del presupuesto, han sido elaboradas aplicando de forma sistemática y regular los requisitos de información, principios y criterios contables recogidos en el marco conceptual de la contabilidad de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social de la Primera parte de la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las citadas entidades.

2. Comparación de la información.

De acuerdo con la Disposición transitoria cuarta de la Resolución de 1 de julio de 2011, de la IGAE, por la que se aprueba la adaptación, sobre información a incluir en las cuentas anuales del primer ejercicio en el que se aplique la citada adaptación, y según la Disposición transitoria tercera de la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública, el balance, la cuenta del resultado económico patrimonial y el resto de estados que incluyen información comparativa, no reflejarán las cifras relativas al ejercicio anterior.

Sin perjuicio de lo anterior, al final de esta nota 3 (ficheros MEM32) se presentan el balance y la cuenta de resultado económico patrimonial incluidos en las cuentas del ejercicio 2010.

El resto de estados que incluyen información comparativa, en los que no se reflejarán las cifras relativas al ejercicio anterior son los siguientes:

– Cuentas del resultado económico patrimonial de las Entidades Gestoras y Tesorería General (Resultados positivos y resultados negativos). Se recogerá en la Cuenta General de la Seguridad Social.

– Estados de Ingresos y Gastos reconocidos del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.

– Estado de operaciones con la entidad o entidades propietarias del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.

– Estado de Flujos de Efectivo.

– Estado resumen de la conciliación entre la clasificación de activos financieros del balance y las categorías que se establecen de los mismos en la norma de reconocimiento y valoración n.º 7 (nota 9).

– Estado resumen de la conciliación entre la clasificación de pasivos financieros del balance y las categorías que se establecen de los mismos en la norma de reconocimiento y valoración nº 8 (nota 10).

– Cuenta del resultado económico patrimonial por actividades (nota 16).

– Estado de Remanente de Tesorería (nota 19.5).

3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y corrección de errores.

Durante el ejercicio 2011, no ha sido necesario proceder a la corrección de errores de ejercicios anteriores, pero se han producido cambios en la aplicación de criterios contables derivados de lo establecido en el Oficio de la Intervención General de la Seguridad Social de fecha 28 de abril de 2011 que contemplaba que en este ejercicio la Tesorería General de la Seguridad Social ha procedido a modificar el criterio de contabilización de la deuda para conseguir contabilizar no solo las deudas desde la emisión de la providencia de apremio, sino desde que se emite la reclamación de la deuda en la denominada vía ejecutiva.

Esto ha supuesto realizar una serie de ajustes contables para adecuar la situación al nuevo criterio, dando de baja en el ejercicio 2011 la deuda que forma parte del saldo de la cuenta 431 «Deudores por derechos reconocidos. Presupuestos de ingresos cerrados» y que se soporta en el inventario de deudores pendientes de cobro de vía ejecutiva de 31 de diciembre de 2010. Según los años, importes y aplicaciones presupuestarias correspondientes, mediante documentos DA 200, para con posterioridad dar de alta la deuda pendiente de cobro a 31 de diciembre de 2010 según la aplicación del nuevo criterio en los ejercicios, importes y aplicaciones presupuestarias correspondientes, mediante documentos MDR 100.

Como consecuencia de estos ajustes, durante el ejercicio 2011 se ha procedido a registrar un incremento extraordinario en la cuenta de deudores sin incidencia directa en la cuenta de resultados, al haberse registrado como variación del patrimonio neto con abono en la cuenta 120, mientras que dicho incremento sí ha tenido una incidencia directa en la cuenta de resultados en relación con el impacto que dicho aumento ha supuesto en la provisión establecida para dichas deudas.

4. Impresión sobre cambios en estimaciones contables cuando sean significativas.

Durante el ejercicio 2011 no se han producido cambios en estimaciones contables.

Explicación de la presentación de balances y cuentas de resultados del 2010

De acuerdo con la Disposición Transitoria cuarta de la Resolución de 1 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado en los ficheros correspondientes se adjunta la siguiente información relativa a las cuentas anuales del ejercicio 2010:

– Balance 2010.

Patrimonio de la Seguridad Social.

Patrimonio Privativo.

Integrado.

– Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial 2010.

Patrimonio de la Seguridad Social.

Patrimonio Privativo.

Integrado.

V.3 Normas de reconocimiento y valoración

1. Inmovilizado material; indicando los criterios sobre amortización, correcciones valorativas por deterioro y reversión de las mismas, capitalización de gastos financieros, costes de ampliación, modernización y mejoras, costes de gran reparación o inspección general, costes de desmantelamiento del activo y restauración de su emplazamiento, y los criterios sobre la determinación del coste de los trabajos efectuados por la entidad para su inmovilizado material.

Se indicará el modelo de valoración posterior utilizado para cada clase de inmovilizado, bien sea el del coste o el de revalorización.

2. Inversiones inmobiliarias; señalando el criterio para calificar los terrenos y construcciones como inversiones inmobiliarias, especificando para éstas los criterios señalados en el apartado anterior.

3. Inmovilizado intangible; indicando los criterios utilizados de capitalización o activación, amortización y correcciones valorativas por deterioro.

Justificación de las circunstancias que han llevado a calificar como indefinida la vida útil de un inmovilizado intangible.

Se indicará el modelo de valoración posterior utilizado para cada clase de inmovilizado, bien sea el del coste o el de revalorización.

4. Arrendamientos; indicando los criterios de contabilización de contratos de arrendamiento financiero y otras operaciones de naturaleza similar.

5. Permutas; indicando el criterio seguido y la justificación de su aplicación, en particular, las circunstancias que han llevado a considerar a una permuta como de activos no similares desde un punto de vista funcional o vida útil.

6. Activos y pasivos financieros; indicando:

a) Criterios empleados para la calificación y valoración de las diferentes categorías de activos financieros y pasivos financieros, así como para el reconocimiento de cambios de valor razonable.

b) Para los activos financieros:

– La naturaleza de los clasificados inicialmente como a valor razonable con cambios en la cuenta del resultado económico patrimonial, así como los criterios aplicados en dicha clasificación y una explicación de cómo la entidad ha cumplido los requerimientos señalados en la norma de registro y valoración relativa a activos financieros.

– Los criterios aplicados para determinar la existencia de evidencia objetiva de deterioro, así como de registro de la corrección de valor y su reversión y la baja definitiva de activos financieros deteriorados. En particular, se destacarán los criterios utilizados para calcular las correcciones valorativas de los deudores por operaciones de gestión y otras cuentas a cobrar. Asimismo, se indicarán los criterios contables aplicados a los activos financieros cuyas condiciones hayan sido renegociadas y que, de otro modo, estarían vencidos o deteriorados.

c) Criterios empleados para el registro de la baja de activos financieros y pasivos financieros.

d) Para el caso de las MATEPSS, en las inversiones en entes mancomunados; se informará sobre el criterio aplicado para registrar las correcciones valorativas por deterioro.

e) Los criterios empleados en la determinación de los ingresos o gastos procedentes de las distintas categorías de instrumentos financieros: intereses, primas o descuentos, dividendos, etc.

7. Existencias; indicando los criterios de valoración y, en particular, los seguidos sobre correcciones valorativas.

8. Transacciones en moneda extranjera; indicando los criterios de valoración de saldos en moneda distinta del euro, y el procedimiento empleado para calcular el tipo de cambio en euros de elementos patrimoniales que, en la actualidad o en su origen, hubiesen sido expresados en moneda distinta del euro.

9. Ingresos y gastos; indicando los criterios generales aplicados.

10. Provisiones y contingencias; indicando el criterio de valoración así como, en su caso, el tratamiento de las compensaciones a recibir de un tercero. En particular, en relación con las provisiones, deberá realizarse una descripción de los métodos de estimación y cálculo de cada uno de los riesgos.

11. Transferencias y subvenciones; indicando el criterio empleado para su clasificación y, en su caso, su imputación a resultados.

12. Actividades conjuntas; indicando los criterios seguidos por la entidad para integrar en sus cuentas anuales los saldos correspondientes a la actividad conjunta en que participe.

13. Activos en estado de venta: se indicarán los criterios seguidos para calificar y valorar dichos activos.

1. Inmovilizado material.

Todos los activos que forman parte del inmovilizado material de esta mutua han sido valorados de acuerdo al criterio de precio de adquisición, tal y como dispone la norma de reconocimiento y valoración 2ª de la Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las Entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social (en adelante «Adaptación del Plan»), no habiendo ninguno que se haya valorado a coste de producción ni a valor razonable. El precio de adquisición comprende el precio de compra, incluidos los aranceles de importación y los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, así como cualquier coste directamente relacionado con la compra o puesta en condiciones de servicio del activo para el uso al que está destinado, como son los de preparación del emplazamiento físico, los correspondientes a la entrega inicial y los de manipulación o transporte posterior, los relativos a la instalación, los honorarios profesionales, así como las comisiones y remuneraciones pagadas a agentes intermediarios. Se deducirá del precio del elemento cualquier clase de descuento o rebaja que se haya obtenido.

De acuerdo al Oficio recibido de la Intervención General de la Seguridad Social de fecha 14 de noviembre de 2011, FREMAP ha procedido a regularizar el saldo de la cuenta 1111 «Reserva de revalorización del activo fijo 1983» contra resultados de ejercicios anteriores, cuenta 120, por la parte de la actualización del activo fijo que se encuentra ya amortizada, y contra la cuenta 136 «Ajustes por valoración de inmovilizado no financiero» por aquella parte de dicha actualización pendiente de amortizar. El saldo en la cuenta 136 según dispone la Adaptación del Plan se cargará a cierre de cada ejercicio por la dotación a la amortización del elemento patrimonial por el importe que corresponda a la depreciación del exceso del valor contable del bien sobre su valor según el modelo del coste, con abono a la cuenta 821 «Ajustes negativos en la valoración del inmovilizado no financiero por amortizaciones», que a su vez se habrá cargado con abono a la cuenta correspondiente de amortización acumulada.

Igualmente se considera mayor valor del activo el valor actual del coste estimado de desmantelamiento del activo y la restauración de su emplazamiento, en la medida en que se reconozca una provisión. Para el ejercicio 2011 esta mutua no ha considerado significativos los costes estimados de desmantelamiento de activos, no reconociendo ninguna provisión al respecto.

Los desembolsos posteriores al registro inicial del activo son añadidos al importe del valor contable cuando es probable que de los mismos se deriven rendimientos económicos futuros o un potencial de servicio, adicionales a los originalmente evaluados para el activo existente.

Los desembolsos destinados a reparaciones y mantenimiento del inmovilizado material se reconocen como gastos en el resultado del ejercicio.

En esta partida no se han identificado costes previsibles relacionados con grandes reparaciones o inspecciones generales por defectos que fueran necesarias realizar para que los activos continúen operando.

FREMAP aplica el tratamiento general del modelo del coste para la valoración posterior para toda clase de inmovilizado material.

Durante el ejercicio 2011 no se han activado gastos financieros como mayor valor del inmovilizado material al no haber recibido esta mutua préstamos con objeto de financiar la adquisición, acondicionamiento o fabricación de un activo.

Tampoco se han aflorado nuevos activos como consecuencia de la realización de un inventario.

Para los activos adquiridos como consecuencia de un contrato de arrendamiento financiero nos remitimos al punto 4.

FREMAP utiliza el método de amortización lineal para distribuir la depreciación de un activo a lo largo de su vida útil, revisando periódicamente la vida útil de sus elementos del inmovilizado material.

Las amortizaciones del inmovilizado se regulan de acuerdo a lo establecido en la Resolución de 14 de diciembre de 1999 de la Intervención General del Estado.

Esta mutua ha procedido durante el ejercicio 2011 a evaluar si existe algún indicio de deterioro en los elementos del inmovilizado material teniendo en cuenta para ello las fuentes externas e internas de información relacionadas en la norma de reconocimiento y valoración 2.ª de la Adaptación del Plan, concluyendo que en ningún activo del inmovilizado material ha existido indicio de deterioro de valor, no habiéndose por tanto reconocido ningún deterioro ni reversión de deterioro en el resultado del ejercicio.

2. Inversiones Inmobiliarias.

FREMAP no ha clasificado ningún inmueble como inversión inmobiliaria, al no existir terrenos o edificios que se tengan para obtener rentas, plusvalías o ambas.

3. Inmovilizado Intangible.

Todos los activos que forman parte del inmovilizado intangible de esta mutua han sido valorados de acuerdo al criterio de precio de adquisición, aplicando FREMAP el tratamiento general del modelo del coste para la valoración posterior.

No existen activos considerados con vida útil indefinida, amortizándose todos los elementos utilizando el método de amortización lineal.

Esta mutua ha procedido durante el ejercicio 2011 a evaluar si existe algún indicio de deterioro en los elementos del inmovilizado intangible teniendo en cuenta para ello las fuentes externas e internas de información relacionadas en la norma de reconocimiento y valoración 2.ª de la Adaptación del Plan, concluyendo que en ningún activo del inmovilizado intangible ha existido indicio de deterioro de valor, no habiéndose por tanto reconocido ningún deterioro ni reversión de deterioro en el resultado del ejercicio.

Dentro de este epígrafe FREMAP tiene reconocidas aplicaciones informáticas adquiridas a terceros cuya utilización está prevista en varios ejercicios, e inversiones realizadas sobre activos utilizados en régimen de arrendamiento operativo o cedidos en uso por un período inferior a la vida económica del bien cedido, amortizándose en función de la vida útil de las inversiones realizadas.

4. Arrendamientos.

FREMAP ha reconocido en sus cuentas los activos objeto de arrendamientos financieros según su naturaleza y las obligaciones asociadas a los mismos como pasivos por el mismo importe, esto es, por el menor valor entre el valor razonable del activo arrendado y el valor actual de los pagos acordados con el arrendador durante el plazo de arrendamiento, incluyendo en su caso la opción de compra.

La carga financiera total se distribuye a lo a lo largo del plazo del arrendamiento y se imputa a los resultados del ejercicio en el que se devengue, aplicando el método del tipo de interés efectivo.

A cierre del ejercicio 2011 no existe ninguno contrato de arrendamiento financiero en vigor.

Las cuotas derivadas de los arrendamientos calificados por esta mutua como operativos, al no transferirse los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad, son reconocidas como gastos en el resultado del ejercicio en el que se devengan. Se han registrado en este ejercicio gastos por arrendamiento de equipos informáticos y de vehículos.

5. Permutas.

No se ha registrando en el ejercicio 2011 ninguna permuta de activos, ni similares desde un punto de vista funcional y vida útil, ni no similares.

6. Activos y pasivos financieros.

Esta mutua ha realizado la clasificación de sus activos financieros de acuerdo a lo dispuesto a la norma de valoración 7.ª de la Adaptación del Plan.

De esta forma ha considerado como «créditos y partidas a cobrar» sus imposiciones a plazo fijo y pagarés, al ser activos que no se negocian en un mercado activo pero generan flujos de efectivo de importe determinado y respecto de los que se espera recuperar todo el desembolso realizado.

Además se han clasificado en esta misma categoría las repos, al ser operaciones de adquisición de instrumentos de deuda con el acuerdo de posterior venta a un precio fijo o al precio inicial más la rentabilidad normal del prestamista, y letras del tesoro a un plazo inferior a 3 meses, al asimilarse a activos líquidos equivalentes al efectivo.

Estos activos están valorados a cierre de ejercicio por su coste amortizado, habiéndose contabilizado los intereses devengados como resultados del ejercicio utilizando el método del tipo de interés efectivo.

Las fianzas constituidas a cierre también se clasifican como «créditos y partidas a cobrar», aunque están valoradas por el importe entregado, sin actualizar, de acuerdo a la Adaptación del Plan.

Las participaciones que posee FREMAP en centros mancomunados se han incluido en la categoría de inversiones en el patrimonio de empresas dependientes», quedando valoradas por su coste, al no existir ninguna corrección valorativa por deterioro dado que no existe evidencia objetiva de que el valor contable de la inversión no sea recuperable como consecuencia de un descenso prolongado y significativo de los fondos propios de la entidad dependiente.

El resto de activos financieros (obligaciones, bonos, letras del tesoro a un plazo superior a 3 meses y fondos de inversión) han sido clasificados en la categoría de «activos financieros disponibles para la venta» al tratarse de activos negociados en un mercado activo, sin un vencimiento fijo, como es el caso de los fondos de inversión, o sin intención efectiva o capacidad financiera por parte de esta mutua de mantener la inversión hasta el vencimiento, en el resto de casos.

No se ha clasificado ningún activo financiero en la categoría de «activos financieros a valor razonable con cambios en resultados» al no existir ningún activo que, negociándose en un mercado activo, se haya adquirido con el propósito de realizarlo en el corto plazo, excepto los adquiridos con el acuerdo de posterior venta a un precio fijo o al precio inicial más la rentabilidad normal del prestamista.

Estos activos están valorados a cierre de ejercicio por su valor razonable, o valor de cotización, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación. La diferencia inicial a 01/01/2011 entre su coste amortizado y su valor razonable se ha registrado directamente en el patrimonio neto, al igual que los posteriores cambios que se han producido en el valor razonable. En el momento de la enajenación o deterioro del activo financiero es cuando se imputan a resultados.

A cierre del ejercicio 2011 FREMAP ha procedido a evaluar el posible deterioro de sus activos financieros, concluyendo que no existe evidencia objetiva de la existencia de sucesos que hayan ocurrido después de su reconocimiento inicial y que ocasionen una reducción o retraso en los flujos de efectivo estimados futuros, como puede ser la insolvencia del deudor.

La realización del cálculo de la provisión de insolvencias se efectúa de acuerdo al oficio recibido de la Subdirección General de Dirección, Planificación y Gestión de la contabilidad del Sistema de la Seguridad Social con fecha 14/11/2011. Para el cálculo de la provisión de forma individualizada se tienen en cuenta los inventarios facilitados por la T.G.S.S. para establecer los créditos que hayan sido reclamados judicialmente, cuyo deudor esté declarado en quiebra, suspensión de pagos, etc. o que esté procesado por alzamiento de bienes.

Para el cálculo de la provisión de forma global, se tienen en cuenta, además de los deudores por operaciones de gestión (cuenta 430), los deudores por aplazamiento y fraccionamiento cuando dichos deudores sean del sector privado y no estén garantizados. Estos datos, igualmente, se obtienen del inventario facilitado por la TGSS en fin de ejercicio.

En 2011 no ha habido ningún activo cuyas condiciones hayan sido renegociadas y que, de otro modo, estarían vencidos o deteriorados.

La baja en cuentas de un activo financiero o una parte del mismo se produce sólo cuando han expirado o se han transmitido de forma sustancial los derechos sobre los flujos de efectivo que el activo genera.

Los intereses devengados con posterioridad al momento de la adquisición se reconocen como resultados del ejercicio utilizando el método del tipo de interés efectivo, incluso para aquellos instrumentos de deuda clasificados en las categorías de activos financieros disponibles para la venta.

En los activos financieros a interés variable, las variaciones entre los intereses explícitos liquidados y los inicialmente previstos no alteran la distribución de los intereses implícitos inicialmente calculados. Dichas variaciones se imputan como mayor o menor importe de los correspondientes intereses explícitos.

FREMAP no ha recibido ninguna cantidad en concepto de dividendos en el ejercicio 2011.

Esta muta no tiene contraídas deudas por préstamos recibidos a cierre del ejercicio 2011, ni hay importes asociados a fianzas y depósitos recibidos.

7. Existencias.

Esta partida se incorpora por las compras efectuadas al precio de adquisición, dando salida a los consumos realizados durante el ejercicio al precio medio unitario. El precio de adquisición comprende el consignado en factura, los impuestos indirectos no recuperables que recaen sobre la adquisición más todos los costes adicionales que se producen hasta que los bienes se hallan en la ubicación y condición necesaria para su uso, tales como transportes, aranceles de aduanas, seguros y otros directamente atribuibles a la adquisición de las existencias, deduciendo los descuentos y rebajas aplicados en factura.

En estas cuentas no se ha aplicado ninguna corrección valorativa al no haber indicios de que el valor realizable neto de las existencias sea menor que su precio de adquisición.

8. Transacciones en moneda extranjera.

FREMAP no ha realizado en este ejercicio ninguna transacción en moneda extranjera, ni mantiene en sus cuentas ningún saldo denominado en moneda extranjera.

9. Ingresos y gastos.

Los ingresos y gastos se contabilizan aplicando el principio de devengo, reconociéndose en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, y no en el momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de aquéllos.

Igualmente esta mutua aplica el principio de prudencia manteniendo cierto grado de precaución en los juicios de los que se deriven estimaciones bajo condiciones de incertidumbre, no sobrevalorando ni infravalorando ni ingresos y ni gastos.

FREMAP aplica también el principio de no compensación entre partidas de ingresos y gastos que integran la cuenta del resultado económico patrimonial o el estado de cambios en el patrimonio neto.

También aplica el principio de imputación presupuestaria, imputando los gastos e ingresos de acuerdo con su naturaleza económica, y los gastos, además, de acuerdo con la finalidad que con ellos se pretende conseguir; y el principio de desafectación, destinándose los ingresos presupuestarios a financiar la totalidad de los gastos de dicha naturaleza, sin que exista relación directa entre unos y otros.

10. Provisiones y contingencias.

Esta mutua reconoce una provisión cuando existe una obligación presente como resultado de un suceso pasado; es probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos para cancelar tal obligación; y puede hacerse una estimación fiable del importe de la obligación.

Su valoración será la mejor estimación del desembolso necesario para cancelar la obligación presente o para transferirla a un tercero. Para su cuantificación se tiene en cuenta el valor actual de los desembolsos que se espera sean necesarios para cancelar la obligación.

En el caso de que FREMAP tenga asegurado que una parte o la totalidad del desembolso necesario para liquidar la provisión le sea reembolsado por un tercero, tal reembolso será objeto de reconocimiento como un activo independiente, cuyo importe no debe exceder al registrado en la provisión. Asimismo, el gasto relacionado con la provisión debe ser objeto de presentación como una partida independiente del ingreso reconocido como reembolso. Para el ejercicio 2011 no hay ninguna provisión reembolsable por terceros.

A cierre de 2011 esta mutua ha dotado la provisión para contingencias en tramitación por los expedientes de incapacidad permanente, muerte y supervivencia iniciados y pendientes de resolución a 31/12/2011, y las demandas pendientes de sentencia o recurso a la misma fecha; de acuerdo a lo establecido en la norma 14 –punto 1.4.2.2– de la Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública.

Asimismo ha procedido a la dotación de la provisión por insolvencia de cuotas y de cobros de facturas emitidas a terceros; de acuerdo a lo establecido en las Resoluciones de 26 de noviembre de 2003 y 14 de diciembre de 1999 de la Intervención General de la Administración del Estado para el cálculo de provisiones.

11. Transferencias y subvenciones.

FREMAP, de acuerdo a lo dispuesto en la norma de reconocimiento y valoración 15ª de la Adaptación del Plan, diferencia en sus cuentas las subvenciones de las transferencias, según se destinen a financiar operaciones o actividades singularizadas o no, respectivamente.

Todas las transferencias y subvenciones registradas son de carácter monetario, valorándose por el importe concedido.

Las transferencias y subvenciones concedidas se contabilizan como gastos en el momento en que se tiene constancia de que se han cumplido las condiciones establecidas para su percepción, sin perjuicio de la imputación presupuestaria de las mismas.

Cuando al cierre del ejercicio está pendiente el cumplimiento de alguna de las condiciones establecidas para su percepción, pero no existen dudas razonables sobre su futuro cumplimiento, se dota una provisión por los correspondientes importes, con la finalidad de reflejar el gasto.

A cierre de 2011 esta mutua ha dotado la provisión para contingencias en tramitación por los expedientes de incapacidad permanente, muerte y supervivencia iniciados y pendientes de resolución a 31/12/2011, y las demandas pendientes de sentencia o recurso a la misma fecha.

Las transferencias recibidas se imputan al resultado del ejercicio en que se reconocen.

Las subvenciones recibidas se contabilizan, con carácter general, como ingresos directamente imputados al patrimonio neto, en una partida específica, imputándose al resultado del ejercicio sobre una base sistemática y racional de forma correlacionada con los gastos derivados de la subvención de que se trate.

Todas las subvenciones recibidas por esta mutua son para financiar gastos, habiéndose imputado al resultado del mismo ejercicio en el que se han devengado los gastos que están financiando.

12. Actividades conjuntas.

Esta mutua mantiene participación en centros mancomunados, siendo considerados estos, en virtud de la norma de reconocimiento y valoración 17ª de la Adaptación del Plan como actividades conjuntas que requieren la constitución de una personalidad jurídica independiente.

Dicha participación está valorada a su coste menos, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro.

13. Activos en estado de venta.

FREMAP no ha clasificado ningún activo como activo en estado de venta, al no existir activos no financieros clasificados inicialmente como no corrientes cuyo valor contable se vaya a recuperar fundamentalmente a través de una transacción de venta, en lugar de por su uso continuado, estando disponible en sus condiciones actuales para su venta inmediata, siendo su venta altamente probable y habiéndose iniciado un plan para vender el activo a un precio de venta similar al valor razonable actual.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Inmovilizado material

Todos los activos que forman parte del inmovilizado material de esta mutua han sido valorados de acuerdo al criterio de precio de adquisición, tal y como dispone la norma de reconocimiento y valoración 2ª de la Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las Entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social (en adelante «Adaptación del Plan»), no habiendo ninguno que se haya valorado a coste de producción ni a valor razonable. El precio de adquisición comprende el precio de compra, incluidos los aranceles de importación y los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, así como cualquier coste directamente relacionado con la compra o puesta en condiciones de servicio del activo para el uso al que está destinado, como son los de preparación del emplazamiento físico, los correspondientes a la entrega inicial y los de manipulación o transporte posterior, los relativos a la instalación, los honorarios profesionales, así como las comisiones y remuneraciones pagadas a agentes intermediarios. Se deducirá del precio del elemento cualquier clase de descuento o rebaja que se haya obtenido.

De acuerdo al Oficio recibido de la Intervención General de la Seguridad Social de fecha 14 de noviembre de 2011, FREMAP ha procedido a regularizar el saldo de la cuenta 1111 «Reserva de revalorización del activo fijo 1983» contra resultados de ejercicios anteriores, cuenta 120, por la parte de la actualización del activo fijo que se encuentra ya amortizada, y contra la cuenta 136 «Ajustes por valoración de inmovilizado no financiero» por aquella parte de dicha actualización pendiente de amortizar. El saldo en la cuenta 136 según dispone la Adaptación del Plan se cargará a cierre de cada ejercicio por la dotación a la amortización del elemento patrimonial por el importe que corresponda a la depreciación del exceso del valor contable del bien sobre su valor según el modelo del coste, con abono a la cuenta 821 «Ajustes negativos en la valoración del inmovilizado no financiero por amortizaciones», que a su vez se habrá cargado con abono a la cuenta correspondiente de amortización acumulada.

Igualmente se considera mayor valor del activo el valor actual del coste estimado de desmantelamiento del activo y la restauración de su emplazamiento, en la medida en que se reconozca una provisión. Para el ejercicio 2011 esta mutua no ha considerado significativos los costes estimados de desmantelamiento de activos, no reconociendo ninguna provisión al respecto.

Los desembolsos posteriores al registro inicial del activo son añadidos al importe del valor contable cuando es probable que de los mismos se deriven rendimientos económicos futuros o un potencial de servicio, adicionales a los originalmente evaluados para el activo existente.

Los desembolsos destinados a reparaciones y mantenimiento del inmovilizado material se reconocen como gastos en el resultado del ejercicio.

En esta partida no se han identificado costes previsibles relacionados con grandes reparaciones o inspecciones generales por defectos que fueran necesarias realizar para que los activos continúen operando.

FREMAP aplica el tratamiento general del modelo del coste para la valoración posterior para toda clase de inmovilizado material.

Durante el ejercicio 2011 no se han activado gastos financieros como mayor valor del inmovilizado material al no haber recibido esta mutua préstamos con objeto de financiar la adquisición, acondicionamiento o fabricación de un activo.

Tampoco se han aflorado nuevos activos como consecuencia de la realización de un inventario.

FREMAP utiliza el método de amortización lineal para distribuir la depreciación de un activo a lo largo de su vida útil, revisando periódicamente la vida útil de sus elementos del inmovilizado material.

Las amortizaciones del inmovilizado se regulan de acuerdo a lo establecido en la Resolución de 14 de diciembre de 1999 de la Intervención General del Estado.

Esta mutua ha procedido durante el ejercicio 2011 a evaluar si existe algún indicio de deterioro en los elementos del inmovilizado material teniendo en cuenta para ello las fuentes externas e internas de información relacionadas en la norma de reconocimiento y valoración 2.ª de la Adaptación del Plan, concluyendo que en ningún activo del inmovilizado material ha existido indicio de deterioro de valor, no habiéndose por tanto reconocido ningún deterioro ni reversión de deterioro en el resultado del ejercicio.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI.7 Transferencias, subvenciones y otros ingresos y gastos

1. Importe y características de las transferencias y subvenciones recibidas, cuyo importe sea significativo, así como sobre el cumplimiento o incumplimiento de las condiciones impuestas para la percepción y disfrute de las subvenciones.

2. Importe y características de las transferencias y subvenciones concedidas, cuyo importe sea significativo. Además se facilitará la siguiente información:

a) Normativa con base en la cual se han efectuado o concedido.

b) Importe de las obligaciones reconocidas durante el ejercicio.

c) Datos identificativos de la entidad receptora.

Se añadirá la siguiente información con respecto a las subvenciones concedidas:

d) Finalidad.

e) Reintegros que se hubiesen producido durante el ejercicio por incumplimiento de condiciones o requisitos, con especificación de su causa.

3. Cualquier circunstancia de carácter sustantivo que afecte a los ingresos o a los gastos de la entidad.

1. En relación con las transferencias recibidas por esta mutua, cabe comentar que la cantidad contabilizada en la cuenta 7501 comprende en su totalidad ingresos por Transferencias Corrientes de la T.G.S.S. correspondientes al importe para los incentivos para la reducción de la siniestrabilidad laboral y actuaciones de prevención de riesgos profesionales («bonus»), recibidos por esta mutua en virtud de la RD 404/2010 de 31 de marzo y la Orden TIN/1448/2010 de 2 de junio (8.473.032,84 euros).

Por lo que se refiere a las subvenciones recibidas (cuenta 7511), ha de señalarse que en 2011 fue recibido por esta mutua el segundo plazo de las ayudas del Instituto de Salud Carlos III a Proyectos investigación de 2009 (7.260,00 euros). No obstante, dado que se extinguió la relación contractual con Fremap del investigador principal del proyecto, y siendo ése un requisito indispensable según el art. 93.2 de la convocatoria de concesión de ayudas de la AES para el año 2009, se procedió a la renuncia al proyecto y cierre de expediente, para lo cual se realizó el reintegro al citado Instituto de los 7.260 euros recibidos en el ejercicio 2011, además de 7.912,61 euros de fondos no utilizados de la primera anualidad (15.172,61 euros en total).

2. En relación con las transferencias concedidas por esta mutua, cabe comentar que el importe contabilizado en la cuenta 6501 comprende:

Transferencias Corrientes:

– Ingresos realizados a la T.G.S.S. y reflejados en los modelos T-8 como contribución de la mutua para el sostenimiento de los servicios comunes de acuerdo con las bases y coeficientes establecidos reglamentariamente (213.462.766,37 euros).

– Cuotas de reaseguro de A.T. (216.780.467,53 euros).

– Cuotas destinadas a sufragar los gastos de sostenimiento y mantenimiento de Centros Mancomunados (7.349.101,97 euros).

– Transferencias a empresas por los incentivos para la reducción de la siniestrabilidad laboral y actuaciones de prevención de riesgos profesionales («bonus») en virtud de la RD 404/2010 de 31 de marzo (8.403.039,11 euros).

Otras transferencias:

– Ingreso de excedentes a la T.G.S.S. (136.792.145,84 euros).

– Gastos de administración necesarios para la puesta en marcha y desarrollo del sistema de gestión de la prestación por Cese de Actividad del R.E.T.A., según lo dispuesto en el Real Decreto 1541/2011, de 31 de octubre (347.558,34 euros).

Por lo que se refiere a las subvenciones concedidas (cuenta 6511), al igual que las transferencias concedidas, la mayor parte de las mismas corresponden a Transferencias Corrientes.

Subvenciones por Transferencias Corrientes:

– Ingresos en la T.G.S.S. de Capitales Coste Renta por reconocimiento al beneficiario de una renta vitalicia y de depósitos por responsabilidad empresarial y subsidiario del INSS en su función de Fondo de Garantía (420.050.151,04 euros).

– Entregas de armarios botiquines a empresas según lo dispuesto en la Resolución de 27 de agosto de 2008, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se dictan instrucciones para la aplicación de la Orden TAS/2947/2007, de 8 de octubre, por la que se establece el suministro a las empresas de botiquines con material de primeros auxilios en caso de accidente de trabajo, como parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social (423.271,33 euros).

Otras subvenciones:

– Honorarios en concepto de indemnizaciones y compensaciones de gastos a miembros de la comisión de control y seguimiento de Fremap, según lo dispuesto en la Orden de 2 de agosto de 1995 por la que se aprueba la composición de las Comisiones de Control y Seguimiento en la gestión desarrollada por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, así como el Reglamento de régimen y funcionamiento de las mismas, que fue desarrollada por la Resolución de 14 de noviembre de 1995, de la Secretaría de Estado para la Seguridad Social (16.791,77 euros).

– Dietas a miembros de la comisión de prestaciones especiales de Fremap por la asistencia a las reuniones celebradas, según lo dispuesto en la Orden TIN/246/2010, de 4 de febrero, por la que se fijan las compensaciones a satisfacer a los miembros de la junta directiva y de la comisión de prestaciones especiales de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, por su asistencia a las reuniones de dichos órganos (106.400,00 euros).

VI.8 Provisiones y contingencias

En base a lo establecido en la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, esta Mutua ha efectuado las siguientes provisiones de contingencias.

1.º Provisión de contingencias en tramitación 2011.

Se calcula en base a lo establecido en la norma n.º 14.ª «Provisiones, activos y pasivos contingentes» del citado Plan Contable, punto 1.4.2.2.

La Provisión de Contingencias en Tramitación presenta la siguiente composición:

1) Expedientes tramitados de prestaciones de IMS: 117.551.038,63 euros.

Importe que se corresponde con las prestaciones de incapacidad permanente para las que se ha tramitado la pertinente propuesta de reconocimiento ante la Entidad Gestora y aquellas de muerte y supervivencia consecuencia de partes de accidente recibidos antes de finalizar el ejercicio 2011. Su detalle es el siguiente:

• Incapacidad permanente parcial: 493.555,28 euros.

• Incapacidad permanente total: 75.638.536,49 euros.

• Incapacidad permanente absoluta: 12.242.779,09 euros.

• Gran invalidez: 3.977.669,00 euros.

• Muerte: 25.198.498,77 euros.

2) Reclamaciones judiciales: 21.471.569,17 euros.

Importe que es el resultado de aplicar los criterios establecidos sobre la serie histórica de los últimos cinco ejercicios para los expedientes que se encuentran recurridos en vía judicial.

Total: 139.022.607,80 euros.

2011

2010

139.022.607,80

180,825.051,96

El detalle de los movimientos contables realizados es:

Cuenta oficial

Cuenta FREMAP

Detalle

Debe

Haber

584

1652

Anul. Provisión 2010.

180.825.051,96

0,00

584

1652

Provisión 2011.

0,00

139.022.607,80

694

2212

Provisión 2011.

139.022.607,80

0,00

794

2213

Anul. Provisión 2010.

0,00

180.825.051,96

2.º Provisión para insolvencias de cuotas.

Para su elaboración, nos hemos basado en la Resolución de 26 de Noviembre de 2003, de la Intervención General de la Administración del Estado (por la que se modifica la de 14 de Diciembre de 1999), punto 3, en la cual establece la determinación del importe de la provisión mediante la estimación global del riesgo de fallidos sobre aquellos créditos para los que la entidad no realiza un seguimiento individualizado.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

3.º Provisión para insolvencias de facturas.

Al igual que en el caso anterior se determina la dotación de la provisión mediante la estimación global del riesgo de fallidos que realiza la entidad sobre la serie temporal histórica de los mismos.

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Inmovilizado financiado con cargo al fondo de prevención y rehabilitación

El Inmovilizado financiado con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación materializado en cuentas de activo, constituido por FREMAP según lo dispuesto en los artículos 66.2 y 66.3 del Reglamento sobre colaboración (RD 1993/1995, de 7 de diciembre), es el desglosado por cuenta oficial en el fichero S091.

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VI.12 Hechos posteiores al cierre

Con fecha 28 de junio de 2012 se ha recibido en esta Entidad Oficio de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social por el que se da traslado de la Resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social mediante la cual se requiere a FREMAP, MATEPSS Nº 61 la adopción de las medidas y actuaciones derivadas de lo puesto de manifiesto en el informe de auditoría elaborado por la Intervención General de la Seguridad Social correspondiente al ejercicio 2006.

La Resolución de la mencionada Secretaria de Estado de la Seguridad Social resuelve en primer lugar que «FREMAP MATEPSS Nº 61 deberá proceder al reintegro a la Seguridad Social, con cargo a su patrimonio histórico, del importe de 9.626.063,39 euros indebidamente imputado a la Seguridad Social como consecuencia de la realización de gastos no asumibles por la misma…».

Conecuencia de lo anterior y en aplicación de la norma 19ª de valoración «Hechos posteriores al cierre de ejercicio» del Plan General de Contabilidad Pública aprobado por Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado de fecha 1 de julio de 2011, esta Entidad ha procedido a dotar la correspondiente provisión contable en la contabilidad de su Patrimonio Histórico por importe de 9.626.063,39 euros para hacer frente al reintegro de gastos al patrimonio de la Seguridad Social.

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