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Documento BOE-A-2013-1253

Resolución de 18 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se publican las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2011, de Cesma, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social n.º 115.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2013, páginas 10305 a 10348 (44 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-1253

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado cuarto.2 de la Resolución de 25 de julio de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina la estructura y composición de la Cuenta General de la Seguridad Social y de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, y el resumen de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado», esta Secretaría de Estado acuerda la publicación en el citado Boletín del resumen de las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2011, de la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Cesma, MATEPSS n.º 115, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 18 de diciembre de 2012.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos Gallego.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI. RESUMEN DE LA MEMORIA

VI.1 Organización y actividad

Ejercicio 2011.

En aplicación a la Resolución de la IGAE de 1 de julio de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, se presenta la siguiente memoria.

El contenido de la presente memoria está estructurado en los siguientes puntos:

Notas de la memoria en documentos de las cuentas anuales.

Relación de notas que carecen de contenido.

0. Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables.

1. Organización y Actividad.

2. Gestión indirecta de servicios públicos, convenios y otras formas de colaboración.

3. Bases de presentación de las cuentas.

4. Normas de reconocimiento y valoración.

5. Inmovilizado material.

6. Inversiones inmobiliarias.

7. Inmovilizado intangible.

8. Arrendamientos financieros y otras operaciones de naturaleza similar.

9. Activos financieros.

10. Pasivos financieros.

11. Existencias.

12. Moneda extranjera.

13. Transferencias, subvenciones y otros ingresos y gastos.

14. Provisiones y contingencias.

15. Activos en estado de venta.

16. Presentación por actividades de la cuenta del resultado económico patrimonial.

17. Operaciones no presupuestarias.

18. Contratación administrativa. Procedimientos de adjudicación.

19. Información presupuestaria.

20. Información sobre reservas y su materialización.

21. Indicadores financieros, patrimoniales y presupuestarios.

22. Información sobre el coste de las actividades.

23. Balance de resultados e informe de gestión.

24. Información sobre medio ambiente.

25. Hechos posteriores al cierre.

26. Patrimonio privativo.

1. Organización y actividad

1. Creación de la entidad.

Mutua de Andalucía y de Ceuta, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n.º 115, fue autorizada para ejercer su actividad, por orden del Ministerio de Trabajo en 1.934. En el año 1991 Mutua de Ceuta se fusiona con Smat, mutua creada en 1933, vinculada al gremio de la aceituna, dando lugar a CESMA, Mutua de Ceuta-Smat, convirtiéndose en la única mutua de carácter andaluz en la actualidad, estando radicado su actual domicilio social en Ceuta, en Avenida Otero s/n.

A finales del 2007 por Resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social de fecha 3 de diciembre de 2007 se autoriza la constitución de «Corporación Mutua, Entidad Mancomunada de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social», integrada por Mutual MIDAT CYCLOPS mutua n.º 1; MUTUALIA mutua n.º 2; SOLIMAT mutua n.º 72; Mutua de Ceuta-SMAT mutua n.º 115; MUTUA DE ACCIDENTE DE CANARIAS mutua n.º 272, IBERMUTUAMUR n.º 274. Posteriormente se incorporaron Mutua Gallega mutua n.º 201, y Unión de Mutuas mutua n.º 267.

Por resolución de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social del 2 de octubre de 2.009 esta Mutua pasó de llamarse Mutua de Ceuta-Smat a Mutua de Andalucía y de Ceuta, manteniendo el número de registro que es el 115.

2. Actividad de la entidad

El objeto de la actividad de Mutua de Andalucía y de Ceuta, es cubrir las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores de los empresarios asociados a ella. Esta actividad se encuentra regulada por la Ley General de la Seguridad Social (art. 57, 67 y 68), Reglamento de Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y su posterior desarrollo, y los propios Estatutos de Mutua de Ceuta-Smat.

Comprende las siguientes actividades:

a) La colaboración en la gestión de contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

b) La realización de actividades de prevención, recuperación y demás previstas en la Ley.

c) La colaboración en la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes y prestación del cese de actividad de autónomo.

d) Las demás actividades, prestaciones y servicios de Seguridad Social que les sean atribuidas legalmente.

La Mutua como entidad gestora de la Seguridad Social tiene la naturaleza de asociación de empresarios, sin ánimo de lucro con sujeción a las normas del Reglamento sobre Colaboración y con la responsabilidad mancomunada de sus miembros (art. 8 y 20.1.2.ª), que autorizada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, se constituyen con el objeto de colaborar, bajo la dirección y tutela del mismo.

En cuanto al régimen económico financiero esta entidad forma parte del sector público estatal, conforme dispone el artículo 2.1.d) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y, en consecuencia se somete al régimen presupuestario, económico- financiero, de contabilidad, intervención y de control financiero regulado por la misma.

Por lo que se refiere a su régimen de contratación, ha de señalarse que la entidad está incluida dentro del ámbito subjetivo regulado en el artículo 3.1.g) del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, teniendo la consideración de Administración Pública a los efectos de la citada norma.

En aquellos territorios que no tenemos centros propios ni de las otras mutuas integrantes de Corporación Mutua, y en aquellas especialidades muy especificas, tenemos concertado esta asistencia sanitaria con centros sanitarios

3. Principales fuentes de ingresos

Mutua de Andalucía y de Ceuta recibe de la Tesorería General de la Seguridad Social los abonos de cuotas recaudadas que nos corresponden, que son precios públicos.

4. Operaciones sujetas a IVA

Según el artículo 65 de la ley general de la seguridad social tenemos exención tributaria.

El nuevo título III del Reglamento sobre Colaboración de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, en la redacción dada por el Real Decreto 38/2010, de 15 de enero, permite establecer entre las mutuas de la corporación mecanismos de colaboración y cooperación que sean necesarios para el mejor desarrollo de las competencias que tienen legalmente encomendadas. Por esto mismo tenemos facturas por la compensación de gastos entre las mutuas que si están sujetas a IVA.

5. Estructura organizativa

La Mutua es una entidad contable dotada de personalidad jurídica y presupuesto propio, que debe formar y rendir cuentas. A los Servicios centrales de la Mutua le incumbe el registro de las operaciones que se produzcan en el conjunto de la entidad en el sistema de contable de SICOMAT, el modelo contable es centralizado.

Mutua de Andalucía y de Ceuta está regida por la Junta de Asociados, Órgano Superior de Gobierno de la Entidad, integrada por todos los asociados.

La Junta General, elige a la Junta Directiva, que tiene a su vez, el Gobierno directo e inmediato de la Entidad, llevando la alta dirección de la Mutua.

La Comisión de Prestaciones Especiales, constituida en términos paritarios, por asociados y trabajadores representantes de las empresas asociadas, tiene como misión la concesión de beneficios de asistencia social a favor de los trabajadores al servicio de los empresarios asociados y de los derecho-habientes de aquellos.

La Junta Directiva nombra el cargo de Director-Gerente, Jefe director de personal, que tiene a su cargo la dirección inmediata de todos los servicios, bajo la independencia de la Junta Directiva y la directa del presidente. Ostenta las facultades propias de su cargo, así como por los que delegación le puedan ser atribuidas. En cumplimiento de la legislación vigente, esta Mutua ha constituido la comisión de Control y Seguimiento formada, en términos paritarios, por 6 miembros, tres en representación de los trabajadores de las empresas asociadas y tres en representación de los propios empresarios. Esta Comisión, cuyas funciones son básicamente de control y seguimiento de la gestión de la Mutua ya viene funcionando con normalidad.

Las modificaciones que se vienen produciendo en el ordenamiento jurídico que afectan a las Mutuas, están suponiendo una ampliación de las funciones a realizar y servicios a prestar.

Como principales responsables de la entidad, se pasa a enumerar los miembros que componen la Junta Directiva, la Comisión de Control y Seguimiento, la Comisión de Prestaciones Especiales y al Director-Gerente. Estos cargos se renovaron en la Junta Directiva del 23 de Julio 2010.

Junta directiva:

Presidentes de Honor:

D. Gabriel Rojas Fernández.

D. José Ríos Pozo.

Presidente: D. Remigio José González Martínez.

Vicepresidentes:

D. Francisco Sánchez Montoya.

D. Marcos Ajuelos Benatar.

Interventor: D. Bhagwan Daswani Doulatram.

Tesorero: D. Luis Molina Weil.

Secretario: D. Miguel Ángel Azcoitia León.

Vocales:

D. Francisco Javier Gatón Martínez.

D. Juan Manuel Borrás Martínez.

D. José Luis Morales Montero.

D. José María Prieto Orozco.

D. Víctor Javier Elena García.

D. Álvaro Benasayag de Madariaga.

D. Ignacio Aguirre Ibarzabal.

D. Diego Fernández Vázquez.

Representante de los trabajadores:

D. José Carlos Iglesias Flores

Comisión de Control y Seguimiento:

Presidente: D. Remigio José González Martínez.

Representación CEOE: D. Pedro Contreras López.

Representación CEOE: D. Miguel Ángel Pérez del Castillo.

Representación UGT: D. Francisco Javier Luque de la Peña.

Representación CC.OO.: D. Antonio Campoamor Barredo.

Representación CC.OO.: D. Rosario Andreu Fournier.

Comisión de Prestaciones Especiales:

Presidente: D. Remigio José González Martínez.

Representación UGT: D. Francisco Javier Luque de la Peña.

Representación CC.OO.: D. Antonio Campoamor Barredo.

Representación CC.OO.: D. Rosario Andreu Fournier.

Representación Empresarial: D. Francisco Sánchez Montoya.

Director-Gerente: D. Ignacio Azcoitia Gómez.

6. Número medio de empleados durante el ejercicio y a 31 de diciembre

Este cuadro se recoge en la plantilla S030 Personal y MATEPSS

7. Porcentaje y participación en entidades mancomunadas

La participación de Mutua de Andalucía y de Ceuta en el Fondo Social de Corporación Mutua, Entidad Mancomunada de MATEPSS, n.º 68 a 31 de diciembre de 2011 asciende a 15.763,22 euros, cifra que supone un porcentaje de participación del 4,23% sobre la cifra total del Fondo, cuya dotación a esa fecha es de 372.397,76 euros.

PERSONAL

Ejercicio: 2011

Mutua: Mutua N° 115 - MC Mutual.

MATEPSS y entes mancomunados

Plantilla media

Plantilla a 31 de diciembre

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Personal laboral fijo

100

81

105

85

Director Gerente

1

 

1

 

Directivos no sujetos a Convenio Colectivo:

 

 

 

 

Directivos sujetos a Convenio Colectivo.

 

1

 

1

Otro personal

99

80

104

84

Personal laboral eventual

6

9

4

4

Subtotal

106

90

109

89

Total

 

196

 

198

VI.2 Bases de presentación de la cuentas

1. Imagen fiel:

Con el fin de que las cuentas anuales de la entidad muestren la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial, y de la ejecución del presupuesto, han sido elaboradas aplicando de forma sistemática y regular los requisitos de información, principios y criterios contables recogidos en el marco conceptual de la contabilidad de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social de la Primera parte de la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las citadas entidades.

2. Comparación de la información:

De acuerdo con la Disposición transitoria cuarta de la Resolución de 1 de julio de 2011, de la IGAE, por la que se aprueba la adaptación, sobre información a incluir en las cuentas anuales del primer ejercicio en el que se aplique la citada adaptación, y 20 según la Disposición transitoria tercera de la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública, el balance, la cuenta del resultado económico patrimonial y el resto de estados que incluyen información comparativa, no reflejarán las cifras relativas al ejercicio anterior.

Sin perjuicio de lo anterior, al final de esta nota 3 se presentan el balance y la cuenta de resultado económico patrimonial incluidos en las cuentas del ejercicio 2010 (por lo tanto, la entidad tendrá que incorporar dichos documentos de las cuentas anuales del ejercicio 2010).

El resto de estados que incluyen información comparativa, en los que no se reflejarán las cifras relativas al ejercicio anterior son los siguientes:

– Cuentas del resultado económico patrimonial de las Entidades Gestoras y Tesorería General (Resultados positivos y resultados negativos). Se recogerá en la Cuenta General de la Seguridad Social.

– Estados de Ingresos y Gastos reconocidos del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.

– Estado de operaciones con la entidad o entidades propietarias del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.

– Estado de Flujos de Efectivo.

– Estado resumen de la conciliación entre la clasificación de activos financieros del balance y las categorías que se establecen de los mismos en la norma de reconocimiento y valoración n.º 7 (nota 9).

– Estado resumen de la conciliación entre la clasificación de pasivos financieros del balance y las categorías que se establecen de los mismos en la norma de reconocimiento y valoración n.º 8 (nota 10).

– Cuenta del resultado económico patrimonial por actividades (nota 16).

– Estado de Remanente de Tesorería (nota 19.5.)

3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y corrección de errores.

Durante el ejercicio 2011, no se han producido cambios en criterios de contabilización pero se ha procedido a corregir errores de ejercicios anteriores derivado de una equivocación en la contabilización de la devolución de dos anticipos de capitales (uno del 2008 y otro del 2009) que se llevaron como menos gasto cuando ya tenían abiertas cuentas deudoras (449), lo que ha supuesto, de acuerdo con la Norma de reconocimiento y valoración 18.ª «Cambios en criterios y estimaciones contables y errores», el siguiente ajuste con efectos retroactivos (por importe de 138.716,11 euros y la anotación –cargo– en la cuenta 120 «Resultados de ejercicios anteriores») al poderse determinar el efecto del error y teniendo éste importancia relativa.

4. Información sobre cambios en estimaciones contables cuando sean significativos.

Durante el ejercicio 2011, no se han producido cambios en estimaciones contables.

VI.3 Normas de reconocimiento y valoración

1. Inmovilizado material.

Los elementos de inmovilizado material se amortizan, linealmente, según los porcentajes, que a tal efecto, se desprenden de la Resolución de 14 de diciembre de 1999 de la IGSS.

No ha habido correcciones valorativas por deterioro o reversión ni capitalización de gastos financieros, costes de ampliación, modernización o mejora, ni costes por gran reparación o por desmantelamiento o restauración de emplazamiento, ni se han realizado trabajos por la entidad para el inmovilizado material.

El modelo de valoración utilizado es el de coste

2. Inversiones inmobiliarias.

Esta Entidad no tiene inmuebles cuya finalidad sea la obtención de rentas o que no sea para uso con fines administrativos o prestación de servicio.

3. Inmovilizado intangible.

La amortización de estos elementos, compuestos en su totalidad por aplicaciones informáticas, se amortizan en 6 años de vida útil según la Resolución indicada, activándose en el momento de su puesta en funcionamiento.

El modelo de valoración utilizado es el de coste.

4. Arrendamientos.

A la llegada de la cuota mensual de arrendamiento financiero, se procede a contabilizar, imputando al crédito presupuestario correspondiente, la recuperación del coste (capítulo 6 de presupuesto de gastos) y la carga financiera e IVA (al capítulo 3 de gastos).

A continuación, se carga la cuenta de acreedores por arrendamiento corto plazo (grupo 5 financiero) minorando el activo (grupo 2 financiero) por dicha recuperación de coste.

Al cierre, se regulariza el importe a abonar a corto plazo, para el ejercicio siguiente, según las tablas aportadas por la entidad arrendadora.

5. Activos y pasivos financieros.

a) Criterios para la valoración.

Los activos financieros de esta Entidad se han calificado y valorado según las siguientes dos clasificaciones:

1. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento: formado por bonos a vencimiento fijo.

2. Activos financieros disponibles para la venta: formado por valores a corto y a largo plazo.

b) Para los activos financieros.

La valoración se ha realizado según su valor razonable, para lo que se ha utilizado la información facilitada por las entidades bancarias depositarias de dichos valores que la obtienen de los mercados financieros.

c) Criterios empleados para el registro de la baja.

Para todos los activos financieros, el valor razonable es superior al valor nominal de adquisición.

d) Criterios empleados en la determinación de ingresos y gastos procedentes de intereses, primas, dividendos.

Se ha procedido a imputar a la cuenta de resultados (a través de cuenta de ingresos financieros) los rendimientos explícitos de los valores a corto plazo disponibles para la venta, una vez que se ha conocido el importe a cobrar a su vencimiento, y se ha imputado a la cuenta de resultados (a través de las divisionarias del grupo 9 ingresos imputados al patrimonio neto) los importes de revalorización de la cartera de valores a valor razonable.

6. Existencias.

El criterio seguido para la valoración de las existencias es el método FIFO, no habiéndose realizado ninguna corrección valorativa durante el ejercicio.

7. Ingresos y gastos.

Los ingresos y gastos se contabilizan en función de la corriente real de bienes y servicios, y en caso de estimaciones, ni se sobrevalorarán los ingresos ni se infravalorarán los gastos u obligaciones.

Del mismo modo, los gastos e ingresos que no se hayan realizado, no tendrán reflejo presupuestario, repercutiendo solamente, a efectos de cálculo de resultado económico patrimonial, no obstante, su imputación presupuestaria se ha realizado atendiendo a su naturaleza económica y, en caso de las obligaciones, también a la finalidad de éstos.

8. Provisiones y contingencias.

Esta Entidad ha provisionado dos tipos de riesgos o gastos, las de responsabilidades y las de insolvencia:

a) Los de contingencias en tramitación (responsabilidades), se han valorado a juicio de la gerencia, teniendo en cuenta los informes de expertos, así como la experiencia en estos tipos de operaciones, provisionando el valor actual de los desembolsos que se esperan sean necesarios para cancelar las obligaciones (incluyendo los intereses).

b) Se ha dotado las insolvencia que se presentan sobre los derechos al cobro, de forma global según la estimación que se realiza sobre la serie histórica de porcentajes de créditos fallidos, no obstante, para aquellas deudas que tengan antigüedad superior al año, se dota la totalidad del crédito vencido.

9. Transferencias y subvenciones.

Las transferencias concedidas al resto de entidades, se han imputado al resultado de la Entidad en el momento del cumplimiento de las condiciones establecidas para su percepción.

En cuanto a las Subvenciones también clasificadas como «al resto de entidades», sigue el mismo criterio de imputación que las transferencias, con la salvedad que se ha practicado la correspondiente dotación a un provisión por los importes de las obligaciones que, no existiendo dudas sobre su cumplimiento, tienen pendiente de cumplir alguna condición.

10. Actividades conjuntas.

Esta Entidad ha participado en las siguientes actividades conjuntas, según las categorías siguientes:

a) Actividades conjuntas que no requieren la constitución de una nueva entidad: se ha reconocido, en la cuenta de resultados, importes por las siguientes actividades:

– Centro Asistencial de Marbella, compartido con otra mutua, no se asumen los gastos de funcionamiento, se abona un canon por gastos incurridos en la actividad.

– Centro Asistencial de Córdoba, compartido con otra mutua, se asumen los gastos de funcionamiento y se cobra un canon por la parte proporcional de uso de la otra entidad.

b) Actividades conjuntas que requieren la constitución de una persona jurídica:

Como miembro de Corporación Mutua, se participa en el centro compartido denominado Centro Asistencial Mijas soportando directamente, el gasto de un personal administrativo, y un porcentaje de participación del resto de gastos de la actividad conjunta que se abonan, vía transferencia, a la entidad Corporación Mutua

11. Activos en estado de venta.

Actualmente esta Entidad no tiene ningún activo en estado de venta.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

a) No se han estimado, y por tanto incorporado cantidad alguna en concepto de estimaciones de desmantelamiento, grandes reparaciones o inspecciones generales.

b) Para cada elemento, la vida útil y coeficientes de amortización aplicados son los que se extraen de la Resolución de 14 de diciembre de 1999 de la IGSS, que de forma general son:

a. Construcciones: 100 años de vida útil y 1% amortización.

b. Instalaciones técnicas: 18 años y 5,56% amortización.

c. Mobiliario: 20 años y 5% amortización.

d. Aplicaciones informáticas: 6 años y 16,66% amortizado.

e. Equipos informáticos: 8 años y un 12,5% amortización.

c) No ha habido cambios de estimación en relación a valores residuales.

d) En este ejercicio no se han capitalizado gastos financieros por adquisición de inmovilizado.

e) El criterio para la valoración del inmovilizado material ha sido su precio de adquisición según lo especificado en las normas de valoración.

f) No se han realizado correcciones de valor por deterior.

g) No aplica este punto.

h) No aplica este punto.

i) No se han entregado bienes en adscripción.

j) No se han recibido bienes en adscripción.

k) No se han entregado bienes en cesión.

l) En relación al arrendamiento financiero, indicar que esta deuda corresponde al inmueble para centro asistencial y administrativo de la localidad de Málaga.

m) No aplica este punto.

n) No ha habido permutas durante el ejercicio.

o) No existen ninguna circunstancia de mención que afecte.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI.7 Transferencias, subvenciones y otros ingresos y gastos

1. Transferencias y Subvenciones recibidas:

Durante el ejercicio 2011, esta Entidad ha recibido 1 subvención por importe poco significativo de 4.683,50 euros, correspondiente a subvención concedida por FORCEM a través de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Sevilla en relación a acciones formativas.

2. Transferencias y Subvenciones concedidas:

a) En relación a las normativas que rigen las transferencias y subvenciones concedidas al resto de entidades, diferenciamos varios grupos:

1. Las realizadas como consecuencia del cumplimiento del Reglamento de Colaboración RD 1993/ 1995 en su apartado de régimen financiero correspondientes a los cánones para el sostenimiento de servicios comunes y cuotas de reaseguro de accidentes de trabajo.

2. Las concedidas a centros mancomunados (sean de capital o corrientes), en aplicación de la misma normativa en su apartado de financiación.

3. Transferencias enviadas a empresas asociadas en cumplimiento del RD 404/2010 y la Orden TIN 1448/2010 relacionada con el denominado «Incentivos para la reducción de la siniestralidad».

4. Subvenciones concedidas en aplicación del Reglamento de Colaboración en asunción de la protección de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en referencia al abono de incapacidades.

5. Por último, subvenciones a empresas con motivo de la entrega de botiquines que está regulada por la Orden TAS 2947/2007

b) El importe de las obligaciones, clasificados por los mismos grupos que en la letra anterior son:

1. Sostenimiento de servicios comunes y reaseguro: 8.267.682,01 euros.

2. Transferencias para gastos corrientes y de capital a entidades mancomunadas por importe 254.192,40 euros.

3. Transferencias por abono del Bonus incentivo para la reducción de la siniestralidad 40.801.01 euros.

4. Obligaciones como consecuencia del abono de capitales coste de renta 7.018.901,15 euros.

5. Entrega de botiquines muebles a empresas asociadas 36.157,02 euros.

6. Resto de transferencias y subvenciones no significativas: 1.369,28 euros.

c) En cuanto a los datos identificativos de las entidades receptoras, podríamos dividirla en 4 grandes grupos:

1. A la Tesorería General de la Seguridad Social se les trasfieren los cánones al sostenimiento de servicios comunes, el reaseguro y las subvenciones de capitales coste de renta.

2. Al centro mancomunado: Corporación Mutua CIF G85355907 transferencias para hacer frente a gastos de capital y corrientes del ejercicio.

3. A empresas asociadas, por el incentivo a la reducción de siniestralidad y por la entrega de botiquines, que dado el volumen de información no se recogen nominativamente, en este documento, estando imputadas en los registros contables correspondientes.

d) En cuanto a la finalidad de las subvenciones, como ya se ha indicado, hacen referencia, en su mayoría, al abono de las obligaciones relacionadas con la concesión de pensiones por incapacidad total, absoluta o gran invalidez.

e) No se han producido reintegros significativos durante el ejercicio por incumplimiento de condiciones o requisitos.

3. No ha habido ninguna circunstancia significativa que afecte a ingresos o gastos relacionado con estas partidas.

VI.8 Provisiones y contingencias

149.–Otras provisiones a largo plazo.

La cuenta recoge las cantidades que se venían aprovisionando para el premio de jubilación hasta que se externalizó. La auditoría nos indicó que los próximos pagos que hiciéramos a la empresa de seguro en vez de llevarlo a gastos los lleváramos contra esta cuenta para irla minorando hasta que desapareciera. Este año lo hemos intentado hacer así, pero el aplicativo SICOMAT no nos permitía hacerlo, en la última semana de apertura del mismo nos dieron instrucciones desde la Intervención general de la Seguridad Social para hacerlo, pero al cierre vemos que no ha pasado por la cuenta 149 y ha ido a una cuenta de gastos.

490.–Deterioro valor de crédito en operaciones de gestión.

En esta cuenta se recoge la provisión de insolvencias de las deudas pendientes a 31 de diciembre de 2011 de cuotas devengadas pero no cobradas, tanto de accidente de trabajo, contingencia común y cata (cese de actividad del autónomo). El criterio que se utiliza para dotar la provisión es que la deuda de ejercicios anteriores se dota al 100%, y a la del ejercicio corriente se le aplica el porcentaje que resulta de la media de una serie histórica de seis años en la que se divide las datas insolvencias de ejercicios anteriores comunicadas en el ejercicio y el saldo de la 431.

En el año 2011 ha sufrido un aumento de 1.288.958,40 euros. En el inventario de deuda que nos envía la TGSS a mediados de marzo nos comunica mayor deuda que la que tenemos registrada a 31 de diciembre de 2011. Esta cantidad es casi toda de ejercicios anteriores, y por lo tanto se dota en su totalidad.

584.–Provisión para Contingencia en Tramitación.

La provisión para Contingencia en Tramitación ha disminuido en el 2011 en 356.934,55 euros.

El 32% de la Provisión corresponde a las demandas jurídicas presentadas antes del 31 de diciembre de 2011, por diferencias de grado o de importe de la base reguladora. Se calcula aplicando el % que surge de la serie histórica de los últimos 5 años comparando la relación de las cantidades demandadas y las cantidades que se han ganado en las reclamaciones contra la mutua. Este % para el 2011 ha sido el 46%.

El 68% restante corresponde a prestaciones reconocidas o pendientes de reconocer por las Direcciones Provinciales del INSS y que los servicios médicos de la Mutua, han estimado un determinado grado de secuelas y cuya alta médica ha sido anterior al 31 de diciembre de 2011.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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