De conformidad con lo establecido en el artículo 136.4 de la Ley 47/2.003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (modificado por la disposición final decimocuarta, apartado 8, de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado), las entidades que deban aplicar principios contables públicos, así como las restantes que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el Registro Mercantil, publicarán anualmente en el «Boletín Oficial del Estado» el balance de situación y la cuenta del resultado económico patrimonial o cuenta de pérdidas y ganancias, un resumen de los restantes estados que conforman las cuentas anuales y el informe de auditoría de cuentas, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la Autoridad Portuaria de Alicante y el informe de auditoría de cuentas correspondientes al ejercicio 2012, que figura como anexo a esta Resolución, las cuales podrán ser consultadas en la página web de esta Autoridad Portuaria www.puertoalicante.com.
Alicante, 26 de noviembre de 2013.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Alicante, Joaquín Ripoll Serrano.
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