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Documento BOE-A-2013-240

Resolución de 19 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta de la modificación del artículo 2.1 del V Convenio colectivo de Iberdrola Grupo.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2013, páginas 1088 a 1090 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-240
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/12/19/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de modificación del artículo 2.1 del V Convenio Colectivo de Iberdrola Grupo (código de convenio n.º 90012013011998), publicado en el BOE de 5 de julio de 2011, que fue suscrito con fecha 22 de noviembre de 2012, de una parte por los designados por la Dirección del Grupo de empresas en su representación y de otra por las secciones sindicales de UGT, SIE, ATYPE-CC, CC.OO., USO, ELA y CGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de diciembre de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDOS DE FECHA 22 DE NOVIEMBRE DE 2012, ADOPTADOS POR LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL V CONVENIO COLECTIVO DE IBERDROLA GRUPO

En Madrid, siendo las 12:45 horas del día 22 de noviembre de 2012, en las oficinas de Iberdrola de la C/ Tomás Redondo n.º 1, se reúne la Comisión Negociadora del V Convenio Colectivo de Iberdrola Grupo, previa convocatoria al efecto, al objeto de proceder a la actualización del ámbito funcional del V Convenio Colectivo de Iberdrola Grupo. Actúa como Presidente-Moderador D. Gabriel García Becedas y como Secretaria Dña. Teresa Sánchez-Girón Montecatine.

Asistentes:

En representación de la empresa:

D. Álvaro Murga Tomé.

D.ª Miren Ibáñez Urruticoechea.

D. Alfonso Rodríguez Frade.

D. Juan Marrodán Loro.

D. Juan Antonio Nafría Nafría.

D. José María Guerra Aguirrezabala.

D. José Luis Marro Diego.

D. Jaime Catasús Laguna.

D. Germán Martín Mangas.

D. Álvaro Delgado Piera.

D. Javier Azorín Cuadrillero.

D.ª Sandra Mayo García.

En representación de los trabajadores:

Por UGT:

D. José María Rojo Cima.

D. Antonio Fos Rozalén.

D. José Antonio López Navarro.

Por SIE:

D. Rafael Ríos Samper.

D. Miguel Tomás Cañavate Bernal.

Por ATYPE-CC:

D. Julián Elorduy-Zapaterieche Jiménez.

D. José M.ª Martín Corral.

Por CC.OO.:

D. José Manuel Rodríguez Sánchez.

D. Antonio Marcos González.

Por USO:

D. Carlos Marrodán Castaño.

Por ELA:

D. Enrique Payás Arberas.

Por CGT:

D. Juan Fernando Nova Herrera.

Asimismo asisten a la reunión los siguientes Delegados Sindicales:

D. Antonio Rodríguez Martín - UGT.

D. Casimiro Prieto Cuevas - SIE.

D. Alfredo Rico Alonso - ATYPE-CC.

D. Modesto Fernández Antúnez - CC.OO.

D. Mikel Sesé García - USO.

D. Gorka López del Corral Gutierrez - ELA.

D. Juan Manuel Sánchez Hernández - CGT.

Toma la palabra D. Álvaro Murga, Director de RRHH de Iberdrola en España, y manifiesta lo siguiente:

1. Que la Dirección de Iberdrola, conforme a lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y en el vigente convenio colectivo, ha procedido en el día de hoy a informar a los Delegados Sindicales de UGT, SIE, ATYPE-CC, CC.OO., USO, ELA y CGT, la decisión del Consejo de Administración de Iberdrola de proceder a la segregación del negocio nuclear de Iberdrola Generación, S.A.U., así como a la subsiguiente constitución de la nueva Sociedad, «Iberdrola Generación Nuclear, S.A.U.», todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 12/2011, de 27 de mayo.

2. Que con efectos de 1 de enero de 2013, los trabajadores afectados por la segregación quedarán laboralmente vinculados a la nueva Sociedad «Iberdrola Generación Nuclear, S.A.U.».

3. Que entiende debe procederse a la modificación parcial del artículo 2.1 V CCIG, a fin de incluir a «Iberdrola Generación Nuclear, S.A.U.» en el ámbito funcional del mismo con efectos del día 1 de enero de 2013, dándose así pleno cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores en materia de sucesión de empresas.

Tras las explicaciones y aclaraciones oportunas, ambas partes alcanzan los siguientes

ACUERDOS

Primero.

Modificar el párrafo primero del artículo 2.1 del V Convenio Colectivo de Iberdrola Grupo, que quedará redactado en los siguientes términos:

«1. El ámbito funcional del presente convenio colectivo se extiende a Iberdrola Grupo, constituido por las siguientes empresas:

Iberdrola, S.A.

Iberdrola Generación, S.A.U.

Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Iberdrola Operación y Mantenimiento, S.A.U.

Iberdrola Renovables Energía, S.A.U.

Iberdrola Generación Nuclear, S.A.U.»

Segundo.

Todas las referencias actualmente existentes en Iberdrola Generación, S.A.U., en el V Convenio Colectivo de Iberdrola Grupo, se entenderán referidos también a Iberdrola Generación Nuclear, S.A.U. con efectos 1 de enero de 2013.

Tercero.

Dar traslado del presente acuerdo a la Dirección General de Trabajo a efectos de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y para que conste, a los efectos que procedan, firman los presentes acuerdos todos los miembros de la Comisión Negociadora del V Convenio Colectivo de Iberdrola Grupo, a excepción de la representación de ELA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/12/2012
  • Fecha de publicación: 08/01/2013
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2.1 del Convenio publicado por Resolución de 17 de junio de 2011 (Ref. BOE-A-2011-11567).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Energía eléctrica
  • Producción de energía

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