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Documento BOE-A-2013-4121

Conflicto en defensa de la autonomía local n.º 570-2011, contra los artículos 32, 33, 78, 82.2, 91, 92, 93, 94, 95 y 96 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía.

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 19 de abril de 2013, páginas 30022 a 30022 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2013-4121

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de abril actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto en defensa de la autonomía local núm. 570-2011, planteado por los municipios de Abrucena, Aldeaquemada, Adra, Albanchez de Magina, Alcontar, Alhaurín de la Torre, Alhaurín El Grande, Almería, Almuñecar, Añora, Bailén, Beires, Benahavis, Benalmadena, Benalúa de las Villas, Benaoján, Benarrabá, Berja, Bollullos de la Mitación, Bollullos Par del Condado, Bormujos, Bornos, Bubión, Cádiz, Canillas de Albaida, Canjáyar, Cantoria, Carcheles, Castillo de Locubin, Cerro del Andévalo, Chercos, Churriana de la Vega, Cogollo de Guadix, Comares, Competa, Cortes y Graena, Cuevas de Almanzora, Cuevas del Campo, Cútar, Dehesas de Guadix, Diezma, Dilar, Dos Torres, Dudar, El Gastor, El Puerto de Santa María, Enix, Espartinas, Espiel, Fines, Frigiliana, Fuengirola, Garrucha, Guadalcanal, Gobernador, Granada, Guadix, Güejar Sierra, Huelva, Illar, Iznatoraf, Jayena, Jimena, Jimena de Líbar, Jódar, Jubiles, La Carolina, La Guardia de Jaén, La Mojonera, La Palma del Condado, La Peza, Pinos Genil, Laroya, Lepe, Los Blázquez, Lucainena de las Torres, Lugros, Málaga, Marbella, Marchal, Marchena, Mengíbar, Moguer, Mojacar, Morelabor, Motril, Murtas, Policar, Nerja, Otivar, Palos de la Frontera, Pilas Porcuna, Posadas, Nijar, Ragól, Roquetas de Mar, San Roque, Santa Cruz de Marchena, Santa Olalla de Cala, Siles, Somontin, Sorbas, Tomares, Torrecampo, Torremolinos, Torres de Albanchez, Turrillas, Valdelarco, Valenzuela, Villanueva del Duque y Zuheros contra los artículos 32, 33, 78, 82.2, 91, 92, 93, 94, 95 y 96 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía.

Madrid, 9 de abril de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 09/04/2013
  • Fecha de publicación: 19/04/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inadmisión respecto a los preceptos indicados y la desestimación en todo los demás, por Sentencia 152/2016, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-2016-10016).
Referencias anteriores
  • Conflicto promovido en relacion con los arts. 32, 33, 78, 82.2, 91, 92, 93, 94, 95 y 96 de la Ley 9/2010, de 30 de julio (Ref. BOE-A-2010-13465).
Materias
  • Aguas
  • Andalucía
  • Conflictos en Defensa de la Autonomía Local
  • Municipios
  • Planificación hidrológica

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