Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-6562

Orden JUS/1118/2013, de 6 de junio, por la que se dispone la entrada en funcionamiento del Juzgado de Paz de Guadiana del Caudillo (Badajoz).

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2013, páginas 45623 a 45623 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2013-6562
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2013/06/06/jus1118

TEXTO ORIGINAL

La configuración de la planta judicial que establece la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, prevé una serie de mecanismos para facilitar su constante adaptación con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia y acercar la justicia al ciudadano.

El artículo 99.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone que en cada municipio donde no exista juzgado de primera instancia e instrucción y con jurisdicción en el término correspondiente habrá un juzgado de paz.

En consecuencia, al haberse creado el nuevo municipio de Guadiana del Caudillo (Badajoz), mediante Decreto 29/2012, de 17 de febrero, publicado en el «DOE», de 23 de febrero de 2012, por el que se aprueba la segregación de parte del termino municipal de Badajoz para constituirse como nuevo municipio con la denominación de Guadiana del Caudillo, con capitalidad en el núcleo de población de Guadiana del Caudillo, la presente orden tiene por objeto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, establecer la fecha de entrada en funcionamiento del juzgado de paz del nuevo municipio.

En base a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, los juzgados de paz tienen jurisdicción en el término municipal respectivo, del que toma su nombre.

La ley 38/1988, de 28 de diciembre, regula en los artículos 49, 50, 51 y 52 distintos aspectos de los juzgados de paz. En virtud de lo dispuesto en el artículo 51, apartado 3, las instalaciones y medios instrumentales estarán a cargo del Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo.

En su virtud, oído el Consejo General del Poder Judicial, dispongo:

Artículo uno. Objeto.

El objeto de la orden consiste de conformidad con lo dispuesto en los artículos 99 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, en disponer la fecha de entrada en funcionamiento del juzgado de paz de Guadiana del Caudillo (Badajoz), al haberse creado el municipio de Guadiana del Caudillo mediante el Decreto 29/2012, de 17 de febrero, publicado en el «DOE», de 23 de febrero de 2012, por el que se aprueba la segregación de parte del término municipal de Badajoz para constituirse en nuevo municipio, con la denominación de Guadiana del Caudillo y con capitalidad en dicho núcleo de población.

Artículo dos. Entrada en funcionamiento del Juzgado de Paz de Guadiana del Caudillo.

El juzgado de paz del nuevo municipio de Guadiana del Caudillo (Badajoz) con jurisdicción en dicho término municipal y sede en el núcleo de población de Guadiana del Caudillo entrará en funcionamiento el 1 de julio de 2013.

Madrid, 6 de junio de 2013.–El Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 06/06/2013
  • Fecha de publicación: 17/06/2013
  • Efectos desde el 1 de julio de 2013.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Administración de Justicia
  • Badajoz
  • Demarcación judicial
  • Juzgados de Paz

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid