Visto el escrito remitido por la Entidad Caixabank, S.A., en el que comunica la fusión por absorción del Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Guadalajara, Huelva, Jerez y Sevilla –CAJASOL– por dicha Entidad, este Departamento dicta la siguiente resolución:
Se procede a cancelar la autorización número 442 para actuar como colaboradora en la gestión recaudatoria correspondiente a la Entidad Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Guadalajara, Huelva, Jerez y Sevilla –CAJASOL–. En consecuencia, la citada Entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el artículo 5 de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio («BOE» de 9 de julio), sin perjuicio de la eventual aplicación de lo previsto en el apartado primero, punto cuarto, de la Instrucción n.º 1/2008, de 27 de febrero, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante el Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 13 de diciembre de 2012.–La Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Ana Fernández-Daza Álvarez.
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