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Documento BOE-A-2013-9401

Resolución de 2 de agosto de 2013, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública del cambio topológico de circuitos entre la línea Nueva Escombreras - Rocamora 400 kV y un circuito de la línea Nueva Escombreras - El Palmar 400 kV en el término municipal de Cartagena, en la provincia de Murcia, promovida por Red Eléctrica de España, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 214, de 6 de septiembre de 2013, páginas 64657 a 64658 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2013-9401

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Región de Murcia, a instancia de Red Eléctrica de España, S.A., con domicilio en La Moraleja - Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes n.º 177 solicitando Autorización Administrativa, Declaración, en concreto, de Utilidad Pública y Aprobación de Proyecto de Ejecución de la instalación arriba señalada. El expediente se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y con las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas.

Vista la Resolución de fecha 8 de febrero de 2013 de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, S.A., el cambio topológico de circuitos entre la línea Nueva Escombreras – Rocamora 400 kV y un circuito de la línea Nueva Escombreras – El Palmar 400 kV en el término municipal de Cartagena, en la provincia de Murcia, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Considerando que con posterioridad a la Resolución de fecha 8 de febrero de 2013 citada, se ha detectado que la relación de bienes y derechos afectados por la instalación no fue incluida en los anuncios sometidos a información pública. Asimismo se ha constatado que la afección es muy inferior a la que se encontraba incluida en la cartografía del proyecto y que el número de parcelas y propietarios afectados es menor que el descrito en el proyecto.

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Región de Murcia, a instancia de Red Eléctrica de España, S.A., solicitando, mediante escrito de fecha 7 de marzo de 2013, la declaración, en concreto, de utilidad pública del cambio topológico de circuitos entre la línea Nueva Escombreras – Rocamora 400 kV y un circuito de la línea Nueva Escombreras – El Palmar 400 kV en el término municipal de Cartagena (Murcia), sobre los bienes y derechos afectados conforme a lo indicado en la relación y cartografía que adjuntan en dicho escrito.

Considerando que las afecciones señaladas en la solicitud no suponen modificación alguna del proyecto de ejecución y con ello del trazado de la línea respecto al expediente tramitado con anterioridad y que obtuvo autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública mediante los actos señalados en el párrafo anterior.

Resultando que a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se ha sometido a información pública la petición de Red Eléctrica de España, S.A.U. de declaración, en concreto de utilidad pública de fecha 7 de marzo de 2013, sin que se hayan recibido alegaciones.

Visto el informe favorable emitido el 18 de junio de 2013 por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Región de Murcia.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Declarar, en concreto, la utilidad pública del cambio topológico de circuitos entre la línea Nueva Escombreras – Rocamora 400 kV y un circuito de la línea Nueva Escombreras – El Palmar 400 kV en el término municipal de Cartagena (Murcia)a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, promovida por Red Eléctrica de España, S.A., cuyas características principales son:

Línea Aérea 400 kV. SE Nueva Escombreras-SE El Palmar.

Sistema: Corriente alterna trifásica.

Frecuencia: 50 Hz.

Tensión nominal: 400 kV.

Tensión más elevada de la red: 420 kV.

Temperatura máxima del conductor: 85 º C.

Capacidad de transporte por circuito (RD 2819/1998): 2.718 MVA.

N.º de circuitos: 2.

N.º de conductores por fase: 3.

Tipo de conductor: Rail AW.

N.º de cables de tierra: 2 x OPGW Tipo II (25 kA).

Aislamiento: Composite tipo 5.

Apoyos: Torres metálicas de celosía.

Cimentaciones: Zapatas individuales.

Puesta a tierra: Anillos de acero descarburado.

Longitud: 321 m.

Línea Aérea 400 kV. SE. Nueva Escombreras-SE Rocamora.

Sistema: Corriente alterna trifásica.

Frecuencia: 50 Hz.

Tensión nominal: 400 kV.

Tensión más elevada de la red: 420 kV.

Temperatura máxima del conductor: 85 º C.

Capacidad de transporte por circuito (RD 2819/1998): 1.829 MVA.

N.º de circuitos: 1.

N.º de conductores por fase: 2.

Tipo de conductor: Cardinal

N.º de cables de tierra: 2 x OPGW Tipo 1 (17 kA).

Aislamiento: Composite tipo 5.

Apoyos: Torres metálicas de celosía.

Cimentaciones: Zapatas individuales.

Puesta a tierra: Anillos de acero descarburado.

Longitud: 896 m.

La finalidad del proyecto es hacer viable el cambio de configuración de la subestación de Nueva Escombreras 400 kV con el objetivo de solucionar los problemas de estabilidad transitoria ocasionados por la concentración de grupos de generación conectados en esta subestación e incrementar, por tanto, la energía que se puede evacuar simultáneamente en dicho nudo a la red de transporte.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 2 de agosto de 2013.–El Director General de Política Energética y Minas, Jaime Suárez Pérez-Lucas.

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