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Documento BOE-A-2013-9402

Resolución de 31 de julio de 2013, del Consorcio CIBER del Área de Epidemiología y Salud Pública, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 214, de 6 de septiembre de 2013, páginas 64659 a 64701 (43 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2013-9402

TEXTO ORIGINAL

En base a lo establecido en la Resolución de 28 de mayo de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las Entidades a las que les sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, en el apartado segundo, establece la información a publicar por las entidades a las que les sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional, cuyo presupuesto de gastos tenga carácter estimativo; y en la Resolución de 3 de junio de 2013, de la Intervención General de la Administración del Estado, Disposición adicional primera, modificación de la Resolución de 28 de mayo de 2012 de la Intervención General de la Administración del Estado.

En consecuencia, el Presidente del Consejo Rector del Consorcio CIBER del Área de Epidemiología y Salud Pública, acuerda la publicación de las cuentas anuales del ejercicio 2012 para su general conocimiento.

Madrid, 31 de julio de 2013.–El Presidente del Consejo Rector del Consorcio CIBER del Área de Epidemiología y Salud Pública, Antonio Luis Andreu Périz.

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V. RESUMEN DE LA MEMORIA

V.1 Organización y Actividad

El Centro de Investigación Biomédica en Red de Epidemiología y Salud Pública (en adelante CIBERESP), es un Consorcio de titularidad pública estatal, dotado de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines tal y como se contempla en el artículo 6, apartado 5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, financiado por el Instituto de Salud «Carlos III» (en adelante, ISCIII) con patrimonio propio y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que tiene por objeto la promoción y protección de la salud por medio del fomento tanto, de carácter básico como orientada a los aspectos clínicos y trasnacionales en el ámbito del área de Epidemiología y Salud Pública especialmente de programas que carezcan de interés comercial.

El Consorcio se constituyó en fecha 29 de noviembre de 2006 conforme al Convenio suscrito en la misma fecha entre la Administración General del Estado, representada por el Ministerio de Sanidad y Consumo a través del Instituto de Salud Carlos III y por el Ministerio de Educación y Ciencia a través del Consejo Superior de Investigaciones Científicas; la Comunidad Autónoma de Andalucía a través de la Escuela Andaluza de Salud Pública, la Fundación Reina Mercedes para la Investigación Sanitaria, la Fundación de Investigación Biosanitaria en Andalucía Oriental y la Universidad de Jaén; la Comunidad Autónoma de Cataluña a través de la Agencia de Evaluación de Tecnología e Investigaciones Médicas, del Instituto Catalán de la Salud, la Universidad de Barcelona, la Universidad Autónoma de Barcelona, la Universidad Pompeu Fabra, el Instituto de Investigación Germans Trias i Pujol, la Fundación Centro de Regulación Genómica, el Instituto Municipal de Asistencia Sanitaria, la Fundación IMIM, el Departamento de Salud, el Instituto Catalán de Oncología, el Hospital Clínico y Provincial de Barcelona, la Agencia de Salud Pública de Barcelona y la Fundación Avedis Donabedian; y la Comunidad Autónoma Valenciana a través del Centro Superior de Investigación y Salud Pública, la Universidad de Valencia y la Universidad Miguel Hernández; la Comunidad Autónoma de Galicia a través de la Universidad de Santiago de Compostela; la Comunidad Autónoma de Madrid a través del Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Autónoma de Madrid; la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de la Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias, la Comunidad Foral de Navarra a través del Instituto de Salud Pública de Navarra; la Comunidad Autónoma del País Vasco a través de la Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitarias.

Con fecha 2007 se firmó una adenda por la que se incorporan como entidades consorciadas el Hospital Costa del Sol, Universidad de Granada, Universidad de Girona, Fundación Canaria de Investigación y Salud, la Universidad de Oviedo y el Instituto de Investigación Hospital Santa Cruz y San Pablo.

En 2008 el Instituto de Salud Carlos III pasó a formar parte de la estructura del Ministerio de Ciencia e Innovación, manteniendo el Consorcio su vinculación a dicho Instituto.

En 2012 dejaron de ser entidades consorciadas la Agencia Sanitaria Costa del Sol, la Fundación Avedis Donabedian, la Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitarias y la Fundación Canaria de Investigación y Salud.

El Consorcio está formado por 47 grupos de investigación de pleno derecho y uno asociado, ubicados en Andalucía, Asturias, Cataluña, Comunidad Valenciana, Madrid, Galicia, Murcia, Navarra y el País Vasco.

a) Objetivos.

Son finalidades específicas del Consorcio:

a) La realización de programas conjuntos de investigación, desarrollo e innovación en la línea de Epidemiología y Salud Pública.

b) Contribuir a la resolución de los problemas de asistencia sanitaria relacionadas con dicha área.

c) Promover la participación de los grupos de investigación en actividades de investigación de carácter nacional y especialmente de las incluidas en los Programas Marco europeos I+D+i.

d) Promover la transferencia de los resultados de los procesos de investigación hacia la sociedad y en especial al sector productivo.

e) Promover la difusión de sus actividades y la formación de investigadores competitivos en el ámbito de la Salud Pública y la Epidemiología.

b) Miembros del Consorcio CIBERESP.

Los miembros del Consorcio se detallan a continuación:

Administración Central:

• Instituto de Salud Carlos III.

• Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).

Comunidades Autónomas Comunidad Autónoma de Andalucía:

• Fundación de Investigación Biosanitaria en Andalucía Oriental-Alejandro Otero (FIBAO).

• Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla (FISEVI).

• Universidad de Granada.

• Escuela Andaluza de Salud Pública.

• Universidad de Jaén.

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias:

• Universidad de Oviedo.

Comunidad Autónoma de Cataluña:

• Universitat Autónoma de Barcelona.

• Fundació Hospital Universitari Vall d’Hebron-Institut de Recerca.

• Fundació Institut d’Investigació en Ciènces de la Salut Germans Trias i Pujol-

• Universitat Pompeu Fabra.

• Agència d’Informació, Avaluació i Qualitat en Salut.

• Agència de Salut Pública de Barcelona.

• Centre de Recerca en Epidemiologia Ambiental (CREAL).

• Consorci Mar Parc de Salut de Barcelona.

• Departament de Salut, Generalitat de Catalunya.

• Institut Català d’Oncologia.

• Universitat de Girona.

• Fundació Privada Centre de Regulació Genòmica (CRG).

Comunidad de Galicia:

• Universidad de Santiago de Compostela Comunidad Valenciana.

• Universidad de Valencia.

• Universidad Miguel Hernández.

• Centro Superior de Investigación en Salud Pública (CSISP).

Comunidad Autónoma de Madrid:

• Servicio Madrileño de Salud.

• Universidad Autónoma de Madrid.

• Universidad de Alcalá.

Comunidad de la Región de Murcia:

• Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia.

Comunidad Foral de Navarra:

• Instituto de Salud Pública de Navarra.

Comunidad del País Vasco:

• Asociación Instituto Biodonostia.

Y otros centros o instituciones:

• El Hospital Clínico y Provincial de Barcelona.

• La Fundación Instituto de Investigación del Hospital de la Santa Cruz y San Pablo.

d) Órganos de control y dirección.

Los órganos rectores del CIBERESP, responsables del gobierno y de la administración del mismo serán:

– El Consejo Rector.

– El Director Científico.

El Consejo Rector, máximo órgano del CIBERESP, está formado por tres representantes del Instituto de Salud Carlos III y un representante por cada una da las instituciones consorciadas, designado por la máxima autoridad de estas.

En la actualidad el Director Científico del CIBERESP es D. Miguel Delgado Rodríguez y la Gerencia en corresponde a don Manuel Sánchez Delgado.

e) Financiación.

Para la ejecución de las actividades y objetivos generales anteriormente explicados el consorcio cuenta con la financiación principal del Instituto de Salud Carlos III como organismo promotor.

La Resolución de 30 de marzo de 2006, del Instituto de Salud Carlos III, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar estructuras estables de investigación cooperativa, en el área de biomedicina y ciencias de la salud en el marco de la iniciativa Ingenio 2010, programa Consolider, acciones CIBER («BOE» núm. 83, viernes 7 abril 2006) establece en su punto 13.1 (condiciones de las ayudas):

«La ayuda concedida a los Centros de Investigación Biomédica en Red (CIBER) podrá llegar hasta un máximo del 80 por ciento del presupuesto de actividades del consorcio. Una vez constituido el Centro de Investigación Biomédica en Red, se determinará su presupuesto a través de un acuerdo específico de financiación y objetivos, realizado con el Instituto de Salud “Carlos III”. Dicho presupuesto de funcionamiento anual y plurianual se definirá mediante un acuerdo con las entidades consorciadas (AEFO).

En la determinación del presupuesto total del CIBER, se considera entre otros, como importe no subvencionable con la ayuda concedida y por lo tanto consignable en el 20 por 100 no financiado, el gasto correspondiente a financiar las retribuciones del personal de los grupos de investigación que formen parte del CIBER y que tengan vinculación laboral con la Institución o Centro Público firmante del convenio.»

En el Consejo Rector del Consorcio celebrado en el mes de diciembre de 2012 se aprueba el Procedimiento para el establecimiento y cálculo del sistema de módulos justificativos de la Contribución de las Instituciones Consorciadas.

La aportación del ISCIII en el año 2012 alcanzó la cifra de 3.211.570,00. El 20% de cofinanciación requerida asciende a 642.314,00.

Las certificaciones emitidas siguiendo el sistema de módulos por la Entidades Consorciadas para el CIBER DE EPIDEMIOLOGÍA Y SALUD PÚBLICA sobrepasan ampliamente la cifra de 642,314,00 correspondiente al 20% no financiado, por lo que pueden entenderse cumplidas las obligaciones de aportación de los entes consorciados.

Dicha aportación proviene mayoritariamente de la partida de personal, y está formada por las retribuciones del personal adscrito a CIBERESP abonado por las instituciones que forman el Consorcio, no alcanzando el 5% la aportación declarada en forma de espacios y equipamiento en cumplimiento con los requisitos establecidos en el apartado 13.1 de la Resolución de 30 de marzo de 2006 del Instituto de Salud Carlos III, por que se convocan ayudas destinadas a financiar estructuras estables de investigación cooperativa en el área de biomedicina y ciencias de la salud, en el marco de la iniciativa INGENIO 2010, programa CONSOLIDER, las Instituciones Consorciadas aportan el 20% del presupuesto no financiado.

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b Consideraciones fiscales.

• El CIBERESP es una entidad sujeta, pero parcialmente exenta, al Impuesto de Sociedades. Tal exención afectará a las rentas obtenidas por el consorcio siempre que procedan de la realización de su objeto social o finalidad específica y no deriven del ejercicio de una explotación económica, según lo previsto en el capítulo XV del Título VII, arts. 120 y ss TRLIS. Por el contrario, los «rendimientos derivados del patrimonio» estarán sujetos y no exentos, esto es, los intereses que puedan satisfacer las entidades bancarias por los depósitos de capital.

• Durante el ejercicio 2012, el Consorcio ha llevado a cabo determinadas operaciones de prestación de servicios sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido que originan derecho a deducción, o que ha dado lugar a aplicación de la regla general de prorrata en un porcentaje del 31 %.

• La Entidad no participa en ninguna entidad mercantil.

V.2 Bases de presentación de las cuentas

V.2.1 Imagen fiel.

Las cuentas anuales se han elaborado a partir de los registros contables de la Entidad, habiéndose aplicado las disposiciones legales vigentes en materia contable, y en especial, con objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Entidad.

Se presentan siguiendo el modelo normal y aplicando los principios contables que indica el Plan General de Contabilidad Publica. En concreto aplicando la Adaptación a dicho Plan General de Contabilidad Pública para organismos públicos cuyo presupuesto de gasto tiene carácter estimativo, aprobada por Resolución de 28 de julio de 2011 de la Intervención General de la Administración del Estado.

Las presentes cuentas anuales han sido formuladas por el Director de la entidad, y se someterán a la aprobación del Consejo Rector.

V.2.2 Principios contables.

Los principios y criterios contables aplicados para la elaboración de estas cuentas anuales son los que se resumen en la Nota 4 de esta memoria. Se han aplicado todos los principios contables obligatorios que tienen una incidencia significativa en estas cuentas. No se han aplicado principios contables no obligatorios.

V.2.3 Aspectos derivados de la comparación de la información.

Dado que en el ejercicio 2012 no se ha producido ningún cambio de criterio en la aplicación de normas contables, en las presentes cuentas anuales se reflejan las cifras comparativas del ejercicio 2011.

V.3 Normas de valoración

Los principios de contabilidad más importantes aplicados por la Entidad han sido los siguientes:

a) Inmovilizado material.

Los bienes comprendidos en el inmovilizado material se valoran a su precio de adquisición o al coste de producción. Posteriormente se valora a su coste minorado por la correspondiente amortización acumulada y, en su caso, por las pérdidas por deterioro que haya experimentado. Dichos activos se amortizan en función de su vida útil.

La amortización anual del inmovilizado material se calcula por el método lineal en función de lo previsto en la Resolución de 14 de diciembre de 1999, de la IGAE. Los períodos de vida útil estimados pueden traducirse en los siguientes coeficientes anuales de amortización:

Maquinaria: 7,14 %.

Mobiliario: 5,00 %.

Equipos proceso informáticos: 12,50 %.

No obstante, y dado que hasta el 1 de enero de 2011 la mencionada Resolución de 14 de diciembre de 1999, de la IGAE, no era de aplicación, el inmovilizado material adquirido con anterioridad a su aplicación, sigue los mismos criterios de amortización que fueron utilizados en los ejercicios anteriores al 1 de enero de 2011, esto es:

Maquinaria:15,00 %.

Mobiliario: 10,00 %.

Equipos proceso informáticos: 25,00 %.

b) Inmovilizado intangible.

El inmovilizado intangible se valora inicialmente por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el coste de producción. El coste del inmovilizado intangible adquirido mediante combinaciones de negocios es su valor razonable en la fecha de adquisición.

Después del reconocimiento inicial, el inmovilizado intangible se valora por su coste, menos la amortización acumulada y, en su caso, el importe acumulado de las correcciones por deterioro registradas.

Para cada inmovilizado intangible se analiza y determina si la vida útil es definida o indefinida.

Los activos intangibles que tienen vida útil definida se amortizan sistemáticamente en función de la vida útil estimada de los mismos y de su valor residual. Los métodos y periodos de amortización aplicados son revisados en cada cierre de ejercicio y, si procede, ajustados de forma prospectiva. Al menos al cierre del ejercicio, se evalúa la existencia de indicios de deterioro, en cuyo caso se estiman los importes recuperables, efectuándose las correcciones valorativas que procedan.

La Entidad reconoce contablemente cualquier pérdida que haya podido producirse en el valor registrado de estos activos con origen en su deterioro, utilizándose como contrapartida el epígrafe «Pérdidas netas por deterioro» de la cuenta de pérdidas y ganancias. Los criterios para el reconocimiento de las pérdidas por deterioro de estos activos y, en su caso, de las repercusiones de las pérdidas por deterioro registradas en ejercicios anteriores son similares a los aplicados para los activos materiales y se explican posteriormente. En el ejercicio 2008 la Entidad no ha registrado pérdidas por deterioro del inmovilizado intangible.

No existe ningún inmovilizado intangible con vida útil indefinida.

En el inmovilizado intangible, la Entidad no ha registrado la adquisición de aplicaciones informáticas valoradas por su precio de adquisición o coste de producción.

La amortización del inmovilizado intangible se efectúa en función de lo previsto en la Resolución de 14 de diciembre de 1999, de la IGAE.

No obstante, y dado que hasta el 1 de enero de 2011 la mencionada Resolución de 14 de diciembre de 1999, de la IGAE, no era de aplicación, el inmovilizado intangible adquirido con anterioridad a su aplicación, sigue los mismos criterios de amortización que fueron utilizados en los ejercicios anteriores al 1 de enero de 2011.

c) Inversiones financieras.

– Activos financieros:

Los activos financieros que posee la Entidad se clasifican en las siguientes categorías:

• Efectivo y otros activos líquidos equivalentes.

• Créditos derivados de su actividad: Usuarios y otros deudores.

• Otros activos financieros: Tales como depósitos en entidades de crédito, anticipos y créditos al personal y otros deudores.

A efectos de su valoración se dividen en:

1) Préstamos y partidas a cobrar: Son aquellos créditos originados por el desarrollo de las actividades habituales de la Entidad, o también aquellos que sin tener un origen en dichas actividades, no pueden ser considerados como instrumentos de patrimonio ni derivados y cuyos cobros son de cuantía fija o determinable y no se negocian en un mercado activo.

Se valoran inicialmente por el coste, que equivale al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción que le sean atribuibles. No obstante, los créditos por operaciones con vencimiento no superior a un año y que no tienen un tipo de interés contractual, así como los anticipos y créditos al personal y las fianzas, cuyo importe se espera recibir en el corto plazo, se valoran por su valor nominal cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no es significativo.

La valoración posterior es por su coste amortizado, reconociendo los intereses devengados en la cuenta de pérdidas y ganancias aplicando el método del tipo de interés efectivo. No obstante, los activos con vencimiento no superior a un año, valorados inicialmente por su valor nominal conforme al párrafo anterior, se siguen valorando por dicho importe, salvo que se hubieran deteriorado.

Al cierre del ejercicio, se efectúan las correcciones valorativas necesarias, siempre que existe evidencia de que el valor de un activo financiero se ha deteriorado como consecuencia de uno o más eventos que ocasionen una reducción o retraso en los flujos de efectivo estimados futuros. Las posibles pérdidas por deterioro, estimadas por diferencia entre su valor en libros y el valor actual de los flujos de efectivo futuros esperados, y su reversión, se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias.

2) Efectivo y otros medios líquidos equivalentes: Se registra el efectivo en caja y bancos, depósitos a la vista y otras inversiones a corto plazo de alta liquidez que son rápidamente realizables en caja y que no tienen riesgo de cambios en su valor.

Los activos financieros se dan de baja contable cuando los derechos a recibir flujos de efectivo relacionados con los mismos, han vencido o se han transferido y la Entidad ha traspasado sustancialmente los riesgos y beneficios derivados de su titularidad.

– Pasivos financieros.

Los pasivos financieros que posee la Entidad se clasifican en las siguientes categorías:

1) Débitos por operaciones comerciales: Proveedores y acreedores varios;

2) Otros pasivos financieros: Deudas con terceros, tales como los préstamos y créditos financieros recibidos de personas o empresas que no sean entidades de crédito incluidos los surgidos en la compra de activos no corrientes, fianzas y depósitos recibidos.

A los efectos de su valoración los principales pasivos financieros mantenidos por la Entidad se han clasificado como:

1) Débitos y partidas a pagar: Son aquellos débitos y partidas a pagar que tiene la Entidad y que se han originado en la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico en las que la entidad desarrolla su actividad habitual, o también aquellos que sin tener un origen comercial, no pueden ser considerados como instrumentos financieros derivados.

Los débitos y partidas a pagar se valoran inicialmente al valor razonable de la contraprestación recibida, ajustada por los costes de la transacción directamente atribuibles. Con posterioridad, dichos pasivos se valoran de acuerdo con su coste amortizado.

La Entidad da de baja los pasivos financieros cuando se extinguen las obligaciones que los han generado.

d) Transferencias y subvenciones.

Las subvenciones, cuando tengan el carácter de no reintegrables, se contabilizan inicialmente como ingresos directamente imputados al patrimonio neto en la partida «Subvenciones, donaciones y legados», netos de su efecto impositivo, y se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias sistemáticamente atendiendo a su finalidad como ingresos propios de la entidad.

Se consideran no reintegrables, las subvenciones, donaciones y legados en los que ya se hayan cumplido las condiciones establecidas para su concesión, o no existan dudas razonables sobre su futuro cumplimiento.

Se imputan a resultados, dependiendo de su finalidad, de acuerdo con las siguientes reglas:

• Activos del inmovilizado material e intangible: Se imputan a los resultados del ejercicio en proporción a la depreciación experimentada durante el periodo por los citados elementos.

• Activos financieros: Se imputan a resultados en el ejercicio en que se enajenan.

• Tesorería:

Si se conceden sin asignación a una finalidad concreta se reconocen como ingresos del ejercicio en que se perciben.

Si se conceden con asignación a una finalidad concreta se imputan a resultados en función de las características de la misma.

Las transferencias se imputan a resultados del ejercicio en que se producen.

e) Deudas a corto y largo plazo.

Las deudas se registran por su valor nominal. Se consideran como deudas a corto plazo aquéllas cuyo vencimiento es igual o inferior a doce meses, contados desde la fecha del Balance de Situación, y como deudas a largo plazo los vencimientos superiores a doce meses.

f) Ingresos y gastos.

Los ingresos y gastos se contabilizan siguiendo el criterio de devengo, es decir cuando se produce la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos. Dichos ingresos se valoran por el valor razonable de la contraprestación recibida, deducidos los descuentos e impuestos.

g) Provisiones para riesgos y gastos.

Las cuentas anuales recogen todas las provisiones con respecto a las cuales se estima que la probabilidad de que se tenga que atender la obligación es mayor que de lo contrario. Los pasivos contingentes no se reconocen en las cuentas anuales, sino que se informa sobre los mismos en las notas de la memoria, en la medida en que no sean considerados como remotos.

En su caso, las provisiones se valoran por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o transferir la obligación, teniendo en cuenta la información disponible sobre el suceso y sus consecuencias, y registrándose los ajustes que surjan por la actualización de dichas provisiones como un gasto financiero conforme se va devengando.

h) Gasto de personal.

Los gastos de personal incluyen todos los haberes y las obligaciones de orden social obligatorias o voluntarias devengadas en cada momento, reconociendo las obligaciones por pagas extras, vacaciones o haberes variables y sus gastos asociados.

i) Información sobre medio ambiente.

Los costes derivados de las actuaciones ejecutadas por la Entidad para la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del medio ambiente se capitalizan incorporándose al inmovilizado material, siempre que correspondan a inversiones en sistemas, equipos e instalaciones de carácter permanente. Se amortizan mediante la aplicación de los porcentajes anuales derivados de los años de vida útil estimada de cada elemento.

Los gastos de reparación y mantenimiento de los citados bienes, así como los gastos derivados de actuaciones ordinarias para el tratamiento de los residuos y vertidos se registran con cargo a los resultados del ejercicio en que se incurren.

No se han dotado provisiones para riesgos y contingencias derivados de actuaciones de esta naturaleza.

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INFORME DE AUDITORÍA DE CUENTAS

CIBER del Área de Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP).

Ejercicio 2012

Oficina Nacional de Auditoría

Índice

I. Introducción.

II. Objetivo y alcance del trabajo.

III. Resultados del trabajo.

IV. Opinión.

I. Introducción

La Intervención General de la Administración del Estado, a través de la Oficina Nacional de Auditoría, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 168 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, ha realizado el presente informe de auditoría de cuentas.

Las cuentas anuales a que se refiere el presente informe fueron formuladas por el CIBER del Área de Epidemiología y Salud Pública y puestas a disposición de esta Oficina Nacional de Auditoría el día 30 de mayo de 2013. La entidad inicialmente formuló las cuentas anuales y las puso a disposición de esta Oficina Nacional de Auditoría con fecha 31 de marzo de 2013.

Nuestro trabajo se ha realizado de acuerdo con las Normas de Auditoría del Sector Público.

II. Objetivo y alcance del trabajo

El objetivo del trabajo es comprobar si las cuentas anuales examinadas presentan en todos los aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad de acuerdo con las normas y principios contables que son de aplicación y contienen la información necesaria para su interpretación y comprensión adecuada.

El examen comprende, el Balance de Situación a 31 de diciembre de 2012, la Cuenta de Resultados Económico Patrimonial, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos de Efectivo y la Memoria correspondiente al ejercicio anual terminado en dicha fecha.

De acuerdo con la legislación vigente se presentan a efectos comparativos, con cada una de las partidas del Balance de Situación, de la Cuenta de Resultados Económico Patrimonial, del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos y de la Memoria, además de las cifras del ejercicio 2012, las correspondientes al ejercicio anterior. Nuestra opinión se refiere exclusivamente a las cuentas anuales del ejercicio 2012. Con fecha 1 de junio de 2012, esta Oficina Nacional de Auditoría emitió un informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio 2011, en el que se expresó una opinión favorable con salvedades.

La información relativa a las cuentas anuales a que se refiere este informe de auditoría queda contenida en el fichero 27365_2012_F_130530_181753_Cuenta.zip cuyo resumen electrónico es 84B045159EE5B860993934E4221AFA23 y que está depositado en el Registro Digital de Cuentas Públicas (Red.Coa) de la Intervención General de la Administración del Estado.

En el desarrollo de nuestro trabajo se ha producido la limitación en la aplicación de las normas y procedimientos de auditoría descrita en el apartado Resultados del Trabajo.

III. Resultados del trabajo

Durante el transcurso de nuestro trabajo se ha puesto de manifiesto el siguiente hecho que afecta a la imagen fiel de las cuentas anuales examinadas:

La aportación procedente del Instituto de Salud Carlos III, como ente financiador mayoritario del CIBER del Área de Epidemiología y Salud Pública, podrá llegar hasta un máximo del 80 por ciento del presupuesto de actividades del consorcio, correspondiendo la aportación del 20 por ciento al resto de entidades consorciadas. No obstante, las cuentas anuales de 2012 no incluyen la valoración de las aportaciones en especie realizadas por estas últimas. En este sentido, si bien se ha dispuesto de un sistema aprobado por el Consejo Rector para la determinación del valor de las aportaciones efectuadas por las entidades consorciadas que según la entidad auditada permitiría acreditar el cumplimiento de los compromisos de financiación, no hemos dispuesto de la información que permita acreditar ciertos parámetros determinantes del valor declarado de estas cesiones a la fecha de emisión de este informe de auditoría sobre las cuentas anuales del ejercicio. En consecuencia, debido a la falta de la mencionada acreditación, no podemos determinar el efecto que pudiera tener la no inclusión de dichas aportaciones en las cuentas anuales de 2012.

IV. Opinión

En nuestra opinión, excepto por el ajuste relativo al incumplimiento de los principios contables por la falta de contabilización de la aportación en especie de las entidades consorciadas y la limitación al alcance para su valoración descrita en el apartado anterior III, las cuentas anuales del CIBER del Área de Epidemiología y Salud Pública correspondientes al ejercicio 2012 representan en todos los aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados de la entidad, y contienen la información necesaria para su interpretación y comprensión adecuada, de conformidad con los principios y normas contables generalmente aceptados en la normativa española que resultan de aplicación.

El presente informe de auditoría ha sido firmado electrónicamente a través de la aplicación RED.COA de la Intervención General de la Administración del Estado por don Ángel Manuel Álvarez Capón, Jefe de División de la Oficina Nacional de Auditoría, y por doña Natalia Hernández López, Auditora Nacional, en Madrid a 7 de junio de 2013.

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