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Documento BOE-A-2013-9631

Resolución de 30 de agosto de 2013, de la Secretaría General de Pesca, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional de artes menores en la reserva marina de la isla de La Palma.

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 16 de septiembre de 2013, páginas 70814 a 70815 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-9631

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Orden ARM/2094/2010, de 21 de julio, por la que se regula la reserva marina de la isla de La Palma y se definen su delimitación y usos permitidos, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 7, que faculta a la Secretaría General de Pesca para elaborar el censo de las embarcaciones de pesca marítima profesional con derecho a faenar en el ámbito de la reserva marina, ésta Secretaría General, consultada la Comunidad Autónoma de Canarias y, oído el sector interesado, resuelve lo siguiente:

Publicar, como anexo a la presente Resolución, el censo actualizado de embarcaciones en activo autorizadas a faenar hasta el 31 de diciembre de 2015 en aguas de la reserva marina a que se refiere la Orden ARM/2094/2010, de 21 de julio.

Que las embarcaciones incluidas en los censos de la reserva marina anteriormente publicados y que en estos momentos no se encuentran en activo en el Censo de la Flota Pesquera Operativa podrán ser autorizadas a ejercer la pesquería en el ámbito de la reserva, a petición del armador, una vez sean reactivadas.

Que las embarcaciones incluidas en el censo que no cumplan las obligaciones establecidas en el artículo 4.2.a) de la citada Orden ARM/2094/2010, de 21 de julio, durante el periodo contemplado en la presente Resolución, podrán ser excluidas del mismo.

Que no ejercer la actividad pesquera en el ámbito de la reserva marina durante el periodo contemplado en la presente Resolución será considerado como renuncia del titular al acceso del buque a la pesquería y al caladero para el que es autorizado, procediéndose a su baja definitiva en el censo especifico correspondiente por modalidades, caladeros o pesquerías (artículo 23.4.º de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado).

Madrid, 30 de agosto de 2013.–El Secretario General de Pesca, Carlos Domínguez Díaz.

ANEXO
Cofradía de pescadores de Santa Cruz de la Palma

N.º

Buque

Matrícula

Código CFPO

1

Adoney.

3.ª-TE-2-2-09

27368

2

Ana Cristina.

3.ª-TE-2-1-00

24808

3

Araceli.

3.ª-TE-2-1063

53584

4

Concepción.

3.ª-TE-2-1342

4586

5

Ese

3.ª-TE-2-1299

20552

6

El Arcangel.

3.ª-TE-2-1-08

27362

7

El Chapa.

3.ª-TE-2-3-08

27252

8

El Coral.

3.ª-TE-2-1350

4572

9

El Negrito.

3.ª-TE-2-1367

23214

10

El Paco.

3.ª-TE-2-1358

20551

11

El Chory.

3.ª-TE-2-1338

4574

12

Goya.

3.ª-TE-2-1025

53553

13

Guanche II.

3.ª-TE-1-3962

14899

14

Nocturno

3.ª-TE-2-1193

20770

15

Primer Sereno

3.ª-GC-1-2605

8377

16

Procalor.

3.ª-TE-1-4104

21248

17

San Bernardo.

3.ª-TE-1-3148

54957

18

San José.

3.ª-TE-3-94

20424

19

San Luis.

3.ª-TE-2-1282

20548

20

Santa Rosa.

3.ª-TE-2-1185

50814

21

Teneguía.

3.ª-TE-2-1337

50819

22

Tito.

3.ª-TE-2-1197

4597

23

Valeroso.

3.ª-TE-2-1252

20493

Cofradía de pescadores de Tazacorte

N.º

Buque

Matrícula

Código CFPO

1

Almirante Lobo.

3.ª-TE-2-2-08

27230

2

Campeón.

3.ª-TE-3-205

20486

3

Carmen María.

3.ª-GC-2-839

10915

4

Caroisi.

3.ª-TE-2-3-07

27117

5

Cinco Hermanos.

3.ª-TE-2-986

12515

6

Costa Bella.

3.ª-TE-3-309

20479

7

Dany.

3.ª-TE-2-1343

4583

8

Deseado.

3.ª-TE-2-1196

23407

9

Gasolina Dos.

3.ª-TE-1-2-07

26957

10

Los Camachos.

3.ª-TE-2-2-07

27110

11

El Capitán.

3.ª-TE-2-1334

4580

12

El Gaviota.

3.ª-TE-1-3751

21135

13

El Lobo.

3.ª-TE-2-1341

20490

14

José Luis.

3.ª-TE-1-2754

54926

15

Juan.

3.ª-TE-1-3066

54950

16

Juan Ramón.

3.ª-TE-3-313

22635

17

Kayuko Uno

3.ª-TE-1-1-06

26988

18

La Niña.

3.ª-TE-1-3862

54912

19

Lino

3.ª-TE-2-1080

23649

20

María Elena.

3.ª-GC-1-2760

8203

21

Nuevo Juanito.

3.ª-TE-2-1-07

27078

22

Nuevo Pérez.

3.ª-TE-2-1-02

25574

23

Pestana.

3.ª-TE-2-821

50805

24

Raquel.

3.ª-TE-2-1322

4570

25

Rumbo.

3.ª-TE-2-1181

20543

26

San José.

3.ª-TE-1-3518

1182

27

Santa Digna

3.ª-TE-3-76

20482

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/08/2013
  • Fecha de publicación: 16/09/2013
Materias
  • Buques
  • Censos de buques
  • Pesca marítima
  • Reservas Marinas
  • Santa Cruz de Tenerife

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