Por Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero, («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero de 2008) se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la línea instrumental de actuación en recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.
En el apartado 5 del punto cuarto de dicha orden, relativo a los beneficiarios y sus requisitos y las entidades colaboradoras, se indica que las convocatorias podrán recoger la existencia de entidades colaboradoras que habrán de cumplir los requisitos y las obligaciones recogidas en la Ley General de Subvenciones para los beneficiarios de las subvenciones. Así mismo en el apartado 6 se dice que a través de las entidades colaboradoras se podrá efectuar el pago de la ayuda a los beneficiarios cuando así lo disponga la convocatoria.
De conformidad con dicha normativa y las respectivas convocatorias, las universidades y organismos de adscripción de beneficiarios de ayudas de Formación de profesorado Universitario, vienen suscribiendo el correspondiente convenio de colaboración. En el mencionado convenio se establece que, de conformidad con el artículo 16, número 3 m) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la entidad colaboradora recibirá como compensación por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas, una subvención proporcional al número de beneficiarios activos, cuya cuantía se fijará anualmente a través de resolución de la Secretaría General de Universidades.
Las ayudas concedidas para el programa de estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros gestionado por la Dirección General de Política Universitaria, de la Secretaría General de Universidades, están sujetas al ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación y que se refleja en las diferentes convocatorias.
Por las razones expuestas, esta Secretaría General ha resuelto:
1. Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido para el subprograma de ayudas para estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros, del Programa Nacional de Movilidad de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación 2008-2011 y en los correspondientes convenios firmados con las entidades colaboradoras, la compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de estas ayudas se establece en doscientos cincuenta euros por beneficiario y año, más tres mil euros a aquellas entidades que se han incorporado por primera vez a dicho programa en el ejercicio 2013, en concepto de gastos generales de las adaptaciones necesarias en el inicio de la gestión del programa.
2. La compensación referida al ejercicio 2013, por un importe de 51.500 €, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.06 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2014.
3. En el Anexo de la presente resolución se relacionan las entidades colaboradoras y la cuantía de la compensación que les corresponde por el número de beneficiarios con nueva alta en el ejercicio 2013 y los que mantuvieron la ayuda durante parte o todo el ejercicio 2013, así como las ayudas a las entidades colaboradoras que se incorporaron al programa en el ejercicio 2013.
Madrid, 29 de octubre de 2014.–El Secretario General de Universidades, Federico Morán Abad.
Organismo |
N.º contratos |
Gastos por gestión |
Gastos por inicio de programa |
Total gastos gestión |
---|---|---|---|---|
Centre Tecnologic Forestal de Catalunya |
1 |
250 |
0 |
250 |
Centro de Investigación Ecológica y Aplicaciones Forestales |
1 |
250 |
0 |
250 |
Comisión de Intercambio Cultural Entre España y EE.UU. |
0 |
0 |
0 |
0 |
Consejo Superior De Investigaciones Científicas |
9 |
2.250 |
0 |
2.250 |
Fundac. Centro Nacional Inves. Cardiovasc. Carlos Iii (CNIC) |
1 |
250 |
0 |
250 |
Fundació per a la Universitat Oberta de Catalunya |
1 |
250 |
0 |
250 |
Fundacion Española para la Ciencia y la Tecnología |
123 |
30.750 |
0 |
30.750 |
Inst. Nal. de Invest. y Tecnología Agraria y Alimentaria |
1 |
250 |
0 |
250 |
Institut de Recerca i Tecnología Agroalimentaries |
2 |
500 |
0 |
500 |
Instituto Español de Oceanografía |
1 |
250 |
0 |
250 |
Universidad Autónoma de Barcelona |
3 |
750 |
0 |
750 |
Universidad Autónoma de Madrid |
3 |
750 |
0 |
750 |
Universidad Carlos III |
2 |
500 |
0 |
500 |
Universidad Complutense de Madrid |
3 |
750 |
0 |
750 |
Universidad de Alcalá de Henares |
2 |
500 |
0 |
500 |
Universidad de Almería |
2 |
500 |
0 |
500 |
Universidad de Cádiz |
1 |
250 |
0 |
250 |
Universidad de Cantabria |
1 |
250 |
0 |
250 |
Universidad de Córdoba |
5 |
1.250 |
0 |
1.250 |
Universidad de Extremadura |
1 |
250 |
0 |
250 |
Universidad de Granada |
10 |
2.500 |
0 |
2.500 |
Universidad de Huelva |
2 |
500 |
0 |
500 |
Universidad de La Rioja |
2 |
500 |
0 |
500 |
Universidad de las Islas Baleares |
2 |
500 |
0 |
500 |
Universidad de León |
2 |
500 |
0 |
500 |
Universidad de Murcia |
2 |
500 |
0 |
500 |
Universidad de Oviedo |
2 |
500 |
0 |
500 |
Universidad de Sevilla |
3 |
750 |
0 |
750 |
Universidad de Valencia / Estudi General |
2 |
500 |
0 |
500 |
Universidad de Valladolid |
1 |
250 |
0 |
250 |
Universidad de Vigo |
5 |
1.250 |
0 |
1.250 |
Universidad Pablo Olavide de Sevilla |
3 |
750 |
0 |
750 |
Universidad Politécnica de Cataluña |
1 |
250 |
0 |
250 |
Universidad Politécnica de Madrid |
3 |
750 |
0 |
750 |
Universidad Pompeu Fabra |
1 |
250 |
0 |
250 |
Universidad Rey Juan Carlos |
1 |
250 |
0 |
250 |
Universitat Internacional de Catalunya |
1 |
250 |
0 |
250 |
Total |
206 |
51.500 |
0 |
51.500 |
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