En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha propuesto la actualización de su Carta de Servicios Electrónicos, aprobada por Resolución de 25 de octubre de 2010.
El artículo 11.1 del citado Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, establece que las Cartas de Servicios y sus posteriores actualizaciones serán aprobadas por resolución del Subsecretario del Departamento al que pertenezca el órgano o este adscrito el organismo proponente.
Visto el informe favorable emitido al respecto por Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas y Calidad de los Servicios, adscrita al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de fecha 28 de marzo de 2014, en virtud de las competencias que le asigna la normativa vigente en relación con el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.
Esta Subsecretaría ha resuelto aprobar la actualización de la Carta de Servicios Electrónicos del Ministerio de Industria, Energía y Turismo para el periodo 2014-2017, que tendrá vigencia a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
La citada Carta de Servicios deberá estar disponible en la sede del Ministerio y también en su sede electrónica, de conformidad con lo dispuesto en el apartado b) del artículo 6.2 del Real decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Asimismo estará disponible en la siguiente dirección de Internet: http://www.060.es/
Madrid, 30 de abril de 2014.–El Subsecretario de Industria, Energía y Turismo, Enrique Hernández Bento.
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