Está Vd. en

Documento BOE-A-2015-10914

Orden SSI/2091/2015, de 25 de septiembre, por la que se clasifica la Fundación Árbol Azul y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 2015, páginas 94830 a 94831 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2015-10914

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Árbol Azul, resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación Árbol Azul.

Fines: Los fines de interés general de la fundación son:

La asistencia e inclusión social a colectivos discapacitados físicos de cualquier grado con riesgo de exclusión social y sin recursos económicos suficientes.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radicará en la calle Sorolla, 14, 3.º A, de la localidad de Majadahonda, provincia Madrid, con código postal 28222 y desarrollará sus actividades en todo el territorio del Estado.

Fundadoras: Doña Victoria Francisco Pascual y doña María Laudelina Álvarez Pertierra.

Dotación inicial: 30.000 euros aportados por las fundadoras.

Desembolso inicial: 7.500 euros.

Desembolso pendiente: 22.500 euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Madrid, don Javier de Lucas y Cadenas, el día 27 de abril de 2015, con el número 1.512 de orden de su protocolo, que incorpora el texto íntegro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación, con escritura de subsanación otorgada ante el mismo notario, el día 3 de agosto de 2015, con el número 2.977 de orden de su protocolo, con diligencia de ratificación extendida por el mismo notario el día 9 de septiembre de 2015.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidenta: Doña María Laudelina Álvarez Pertierra.

Vicepresidenta: Doña Victoria Francisco Pascual.

Secretario: Don Salvador Barroso Biot.

Vocal: Doña Luisa Peláez Durán.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Árbol Azul, cuyos fines de interés general son de asistencia social e inclusión social adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1781.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 25 de septiembre de 2015.–El Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid