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Documento BOE-A-2015-11923

Resolución de 15 de octubre de 2015, del Consejo Económico y Social, por la que se convoca el Premio de Investigación del Consejo Económico y Social, XX-2015 convocatoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 2015, páginas 104481 a 104483 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2015-11923

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Económico y Social para promover y divulgar la investigación en las materias relacionadas con sus funciones convoca un Premio de Investigación que se regirá por las siguientes bases:

Primera. Tema de la presente convocatoria.

Desigualdad, pobreza y exclusión social: coordinación y evolución de las políticas públicas en España.

Segunda. Dotación económica del Premio.

Cuarenta mil euros.

Tercera. Participantes.

Podrán participar en el presente Premio los investigadores o equipos investigadores –bajo la dirección de un investigador principal o coordinador del Proyecto y responsable del mismo a todos los efectos– que presenten un Proyecto de investigación sobre el tema enunciado en la Base primera de la presente convocatoria.

Cuarta. Plazo de entrega de los Proyectos de investigación.

Los Proyectos de investigación, junto con la documentación complementaria, habrán de entregarse (original y tres copias) en la sede del Consejo Económico y Social, calle de las Huertas, 73, 28014 Madrid, antes del día 30 de diciembre de 2015.

Quinta. Requisitos de los Proyectos de investigación.

Los Proyectos de investigación deberán contener:

Memoria descriptiva del Proyecto –15 a 30 folios mecanografiados a doble espacio, por una cara, en hojas DIN A4–, que incluya los objetivos, metodología, calendario y plan de ejecución del Proyecto.

Relación de los miembros del grupo de investigación, con la conformidad de los interesados.

Curriculum vitae del investigador principal y de los restantes investigadores participantes.

Declaración jurada del carácter original e inédito del Proyecto de investigación así como que no forma parte de Proyectos financiados por organismos públicos o privados o que carece de vinculación directa con cualesquiera de los Consejeros del CES o con el personal al servicio de la institución, ostenten o no la condición de miembros del Jurado que lo concede.

Sexta. Composición del Jurado.

Los Proyectos de investigación serán estudiados por un Jurado nombrado al efecto por el Consejo Económico y Social. El Jurado estará integrado por dos representantes de cada uno de los Grupos del CES y presidido por el Presidente del Consejo o persona en quien delegue. Dicho Jurado será el responsable de seleccionar el Proyecto de investigación y, asimismo, emitir el fallo del Premio.

Séptima. Criterios de valoración de los Proyectos de investigación

El Jurado seleccionará el Proyecto que, a su juicio, sea merecedor del Premio, teniendo en cuenta el contenido científico, la calidad y viabilidad de cada Proyecto, la adecuación a los criterios orientativos que figuran en la página web y en el tablón de anuncios del CES respecto del tema de la presente convocatoria, así como la adecuación, capacidad y dedicación del investigador o equipo investigador para ejecutar el Proyecto.

Octava. Fallo del Premio.

El fallo del Jurado será emitido antes del día 29 de enero de 2016.

El Jurado podrá declarar desierto el Premio si considera que los Proyectos presentados no reúnen los méritos necesarios.

La decisión del Jurado será, en cualquier caso, inapelable.

Novena. Plazo de entrega del trabajo de investigación finalizado.

El plazo para el desarrollo y entrega del trabajo de investigación finalizado resultante de la ejecución del Proyecto de investigación premiado finalizará el 30 de junio de 2017.

Décima. Comisión científica para el seguimiento de la ejecución del Proyecto premiado.

Una vez emitido el fallo del Premio por el Jurado, éste se constituirá en Comisión científica encargada del seguimiento de la ejecución del mismo.

Los investigadores responsables de la ejecución de dicho Proyecto suscribirán un contrato relativo a la ejecución del mismo. El citado contrato contendrá una cláusula por la que el responsable del Proyecto se compromete a remitir a la Comisión científica un informe trimestral que resuma los avances que se van produciendo en el desarrollo del trabajo de investigación. Este Informe deberá señalar las tareas realizadas en el periodo de que se trate, haciendo referencia expresa al plan de trabajo que figura en el Proyecto, de modo que se pongan de manifiesto los avances en el cumplimiento del mismo.

La Comisión científica podrá solicitar a los investigadores la información complementaria que considere precisa, así como la asistencia a reuniones al investigador principal.

Undécima. Pago del Premio.

El importe del Premio se liquidará de la siguiente forma: un primer pago del 30% de la cuantía total del Premio se tramitará una vez se reciba el primer Informe trimestral y la Comisión científica dé su conformidad al mismo. El segundo pago del 70% restante se tramitará a la entrega del trabajo finalizado y una vez que la Comisión científica manifieste su conformidad con el mismo.

Excepcionalmente, la Comisión científica podrá autorizar el anticipo de cantidades adicionales, antes de la finalización del trabajo, que en ningún caso podrán exceder de otro 30% de la cuantía total del Premio.

El incumplimiento de los objetivos inicialmente previstos en cuanto a tiempo y resultados esperados o la no entrega del trabajo de investigación finalizado podrá dar lugar a la reclamación de la devolución de las cantidades entregadas así como a proponerse las acciones legales que procedan.

Duodécima.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de todas sus bases y la cesión en exclusividad de los derechos de autor para el caso de que el CES decida la publicación del trabajo premiado.

Madrid, 15 de octubre de 2015.–El Presidente del Consejo Económico Social, Marcos Peña Pinto.

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