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Documento BOE-A-2015-14340

Intercambio de Cartas constitutivo de Acuerdo Administrativo Internacional entre el Reino de España y el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) para la celebración de un Taller Internacional sobre Cultura de la Seguridad Física Nuclear, del 29 de febrero al 4 de marzo de 2016, hecho en Viena el 20 de octubre y 24 de noviembre de 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 31 de diciembre de 2015, páginas 124061 a 124067 (7 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2015-14340
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2015/11/24/(1)

TEXTO ORIGINAL

20 de octubre de 2015.

Al Excmo. Sr. Gonzalo de Salazar Serantes.

Embajador

Representante Permanente

Misión Permanente de España ante el OIEA.

Argentinierstrasse 34/4.

1040 Viena.

Austria.

Señor Embajador:

Tengo el honor de comunicarle que el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) tiene previsto celebrar un Taller Internacional sobre Cultura de la Seguridad Física Nuclear, del 29 de febrero al 4 de marzo de 2016. La finalidad del taller es: a) concienciar sobre los riesgos en materia de seguridad física nuclear y, por consiguiente, de la importancia de la cultura de la seguridad física nuclear para contrarrestar con eficacia esos riesgos; b) fomentar el conocimiento de los principales elementos en los que se basa una sólida cultura de la seguridad física nuclear; c) dar a los participantes la oportunidad de examinar su forma diaria de actuar por medio de estudios de casos y debates en grupo; d) permitir a los participantes aprender de las experiencias de otros países mediante una sesión dedicada al intercambio de experiencias en relación con la cultura de la seguridad física nuclear y, en particular, mediante el examen de informes nacionales; y e) familiarizar a los participantes con los instrumentos y metodologías disponibles para promover y mejorar la cultura de la seguridad física nuclear en sus respectivas organizaciones, incluidos los que se pueden utilizar para la autoevaluación. El taller se celebrará en inglés. Se prevé que asistan aproximadamente 40 personas procedentes de los países invitados que figuran en la lista contenida en el anexo A, así como uno o más representantes del OIEA.

De las conversaciones oficiosas mantenidas con el Sr. Javier Quiñones Díez, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), se desprende que se podría disponer de locales y medios adecuados en el Centro de la Moncloa del CIEMAT, en Madrid (España).

Tengo el honor de preguntar si el Gobierno de España (denominado en adelante el Gobierno) desearía dar acogida al taller en cuestión y, en caso afirmativo, si estaría de acuerdo en adoptar las siguientes disposiciones:

1. En relación con el taller se aplicará el Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades del Organismo Internacional de Energía Atómica de 1 de julio de 1959, que fue aceptado por el Gobierno el 21 de mayo de 1984 y que constituirá la base de este acuerdo administrativo internacional.

2. El Gobierno, con sujeción a sus reglamentos y a la legislación nacional, concederá a los funcionarios y expertos del OIEA, así como a los delegados designados por los Estados Miembros, el derecho a entrar y permanecer en territorio español y a salir de él. Los visados necesarios para los funcionarios y expertos del OIEA, así como para los delegados designados por los Estados Miembros, se expedirán lo más rápidamente posible y, si la legislación española lo permitiese, a título gratuito.

El OIEA informará prontamente al Gobierno sobre todas las personas oficialmente designadas para asistir al taller. También comunicará a estas personas que, de ser necesario, deben solicitar el visado con antelación suficiente a la fecha de inicio del taller, y se espera del Gobierno que expida prontamente dichos visados y facilite así su participación.

3. El Gobierno facilitará los trámites aduaneros en relación con las personas antes mencionadas a su entrada y salida de España.

4. El Gobierno pondrá a disposición, sin costo alguno para el OIEA y por todo el tiempo que dure el taller, locales y medios suficientes y apropiados para su celebración, como se indica en el anexo B.

5. El Gobierno actuará con razonable diligencia para garantizar la seguridad en los locales donde se celebre el taller, así como la seguridad de las personas mencionadas en el párrafo 1 supra mientras se encuentren en dichos locales. El Gobierno adoptará las medidas que sean razonables según las circunstancias para garantizar dicha seguridad, incluida la supervisión de los locales en la medida necesaria.

La Sra. Kazuko Hamada, de la División de Seguridad Física Nuclear, Departamento de Seguridad Nuclear Tecnológica y Física, ha sido designada Secretaria Científica del taller.

En caso de que su Gobierno desee dar acogida a este taller, le agradecería que me comunicara por escrito, antes del 6 de noviembre de 2015, la conformidad de su Gobierno con los puntos antes enumerados, de modo que la Secretaría pueda adoptar oportunamente las disposiciones pertinentes.

El presente acuerdo administrativo internacional, concertado por intercambio de cartas, entrará en vigor en la fecha de data de su respuesta.

Le ruego acepte el testimonio de mi distinguida consideración.

Juan Carlos Lentijo.

Director General Adjunto.

Jefe del Departamento de Seguridad Nuclear Tecnológica y Física.

Documentación adjunta:

Anexo A: Lista de Estados miembros que serán invitados.

Anexo B: Disposiciones propuestas.

ANEXO A
Lista de Estados miembros que serán invitados

Taller Internacional sobre Cultura de la Seguridad Física Nuclear.

Madrid (España).

29 de febrero a 4 de marzo de 2016.

Ref. n.º: 3000152/NSF15049/J0-TR-53442.

Alemania.

Arabia Saudita.

Argelia.

Argentina.

Armenia.

Australia.

Austria.

Bangladesh.

Belarús.

Bélgica.

Brasil.

Bulgaria.

Canadá.

Chile.

China.

Colombia.

Corea, República de.

Egipto.

Emiratos Árabes Unidos.

Eslovaquia.

Eslovenia.

España.

Estados Unidos de América.

Federación de Rusia.

Filipinas.

Finlandia.

Francia.

Ghana.

Grecia.

Hungría.

India.

Indonesia.

Irán, República Islámica del.

Israel.

Italia.

Jamaica.

Japón.

Jordania.

Kazajstán.

Libia.

Lituania.

Malasia.

Marruecos.

México.

Nigeria.

Noruega.

Países Bajos.

Pakistán.

Perú.

Polonia.

Portugal.

Reino Unido.

República Árabe Siria.

República Checa.

República Democrática del Congo.

Rumania.

Serbia.

Sudáfrica.

Suecia.

Suiza.

Tailandia.

Turquía.

Ucrania.

Uzbekistán.

Venezuela, República Bolivariana de.

Viet Nam.

ANEXO B
Disposiciones propuestas

Taller Internacional sobre Cultura de la Seguridad Física Nuclear.

Madrid (España).

29 de febrero a 4 de marzo de 2016.

Ref. n.º: 3000152/NSF15049/J0-TR-53442.

1. La finalidad del taller es: a) concienciar sobre los riesgos en materia de seguridad física nuclear y, por consiguiente, de la importancia de la cultura de la seguridad física nuclear para contrarrestar con eficacia esos riegos; b) fomentar el conocimiento de los principales elementos en los que se basa una sólida cultura de la seguridad física nuclear; c) dar a los participantes la oportunidad de examinar su forma diaria de actuar por medio de estudios de casos y debates en grupo; d) permitir a los participantes aprender de las experiencias de otros países mediante una sesión dedicada al intercambio de experiencias en relación con la cultura de la seguridad física nuclear y, en particular, mediante el examen de informes nacionales; y e) familiarizar a los participantes con los instrumentos y metodologías disponibles para promover y mejorar la cultura de la seguridad física nuclear en sus respectivas organizaciones, incluidos los que se pueden utilizar para la autoevaluación.

2. El taller se celebrará en el centro Moncloa del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), en Madrid (España), del 15 al 19 de junio de 2015. El idioma de instrucción será el inglés.

Responsabilidades

3. El Gobierno se compromete a proveer lo siguiente:

a) Los locales, servicios y equipo (proyectores, pantallas de cristal líquido, fotocopiadoras, computadoras personales, etc.), incluidos su mantenimiento y funcionamiento, que sean necesarios para el desarrollo adecuado del taller;

b) los servicios de un Director del Taller, al que competerá la organización del taller en general y que actuará de enlace con el OIEA;

c) el personal administrativo y auxiliar necesario para el desarrollo adecuado del taller, incluido un Oficial de Finanzas, que será el responsable de realizar los pagos en nombre del OIEA a los participantes en el taller, conferenciantes y otras partes autorizadas;

d) los conferenciantes e instructores del país anfitrión que sean necesarios; y

e) visitas técnicas y transporte local, cuando sea necesario.

4. El OIEA se compromete a proveer lo siguiente:

a) Un oficial que sea funcionario del OIEA, asistido por todos los funcionarios que sean necesarios para garantizar el desarrollo adecuado del taller;

b) los gastos de viaje a y desde Madrid, así como dietas que cubran los gastos de alojamiento, alimentación e imprevistos de los participantes seleccionados por el OIEA;

c) los gastos de viaje a y desde Madrid, así como dietas que cubran los gastos de alojamiento, alimentación e imprevistos, y los honorarios, de haberlos, de los conferenciantes que sean contratados por el OIEA fuera del país anfitrión;

d) el equipo y los suministros complementarios necesarios para el taller;

e) el material didáctico y las publicaciones necesarios para el taller;

f) una contribución para cubrir los pequeños gastos de funcionamiento locales, de conformidad con el acuerdo al que se llegue entre el OIEA y el Gobierno o el Director del Taller; y

g) una contribución a los gastos de una recepción para un máximo de 50 personas relacionadas con el taller en calidad de participantes, conferenciantes y/o personal directivo, administrativo o auxiliar.

Organización

5. El OIEA organizará el taller en cooperación con el Gobierno por conducto del CIEMAT.

6. El Director del Taller y el OIEA elaborarán conjuntamente el programa del taller.

7. Los conferenciantes e instructores del país anfitrión designados para el Taller serán invitados por el Director del taller. Los demás conferenciantes serán contratados por el OIEA.

Participación

8. El taller está abierto a 40 participantes de los Estados Miembros que figuran en la lista contenida en el anexo A; de ellos, el Gobierno podrá designar a diez de sus nacionales para asistir al taller.

9. Los participantes serán designados oficialmente por los Estados Miembros. El OIEA seleccionará a los participantes designados de conformidad con sus procedimientos establecidos, y cursará las invitaciones a los participantes seleccionados.

Alojamiento

10. El Gobierno velará por que la institución anfitriona adopte las disposiciones necesarias para el alojamiento adecuado de todos los participantes en el taller.

Don Juan Carlos Lentijo.

Director General Adjunto.

Jefe del Departamento de Seguridad Nuclear, Tecnológica y Física.

OIEA.

Viena, 24 de noviembre de 2015.

Señor Director:

Me complace confirmar la recepción de la carta que me dirige con fecha 20 de octubre de 2015, y que contiene lo siguiente:

«Señor Embajador:

Tengo el honor de comunicarle que el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) tiene previsto celebrar un Taller Internacional sobre Cultura de la Seguridad Física Nuclear, del 29 de febrero al 4 de marzo de 2016. La finalidad del taller es: a) concienciar sobre los riesgos en materia de seguridad física nuclear y, por consiguiente, de la importancia de la cultura de la seguridad física nuclear para contrarrestar con eficacia esos riesgos; b) fomentar el conocimiento de los principales elementos en los que se basa una sólida cultura de la seguridad física nuclear; c) dar a los participantes la oportunidad de examinar su forma diaria de actuar por medio de estudios de casos y debates en grupo; d) permitir a los participantes aprender de las experiencias de otros países mediante una sesión dedicada al intercambio de experiencias en relación con la cultura de la seguridad física nuclear y, en particular, mediante el examen de informes nacionales; y e) familiarizar a los participantes con los instrumentos y metodologías disponibles para promover y mejorar la cultura de la seguridad física nuclear en sus respectivas organizaciones, incluidos los que se pueden utilizar para la autoevaluación. El taller se celebrará en inglés. Se prevé que asistan aproximadamente 40 personas procedentes de los países invitados que figuran en la lista contenida en el anexo A, así como uno o más representantes del OIEA.

De las conversaciones oficiosas mantenidas con el Sr. Javier Quiñones Díez, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), se desprende que se podría disponer de locales y medios adecuados en el Centro de la Moncloa del CIEMAT, en Madrid (España).

Tengo el honor de preguntar si el Gobierno de España (denominado en adelante el Gobierno) desearía dar acogida al taller en cuestión y, en caso afirmativo, si estaría de acuerdo en adoptar las siguientes disposiciones:

6. En relación con el taller se aplicará el Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades del Organismo Internacional de Energía Atómica de 1 de julio de 1959, que fue aceptado por el Gobierno el 21 de mayo de 1984 y que constituirá la base de este acuerdo administrativo internacional.

7. El Gobierno, con sujeción a sus reglamentos y a la legislación nacional, concederá a los funcionarios y expertos del OIEA, así como a los delegados designados por los Estados Miembros, el derecho a entrar y permanecer en territorio español y a salir de él. Los visados necesarios para los funcionarios y expertos del OIEA, así como para los delegados designados por los Estados Miembros, se expedirán lo más rápidamente posible y, si la legislación española lo permitiese, a título gratuito.

El OIEA informará prontamente al Gobierno sobre todas las personas oficialmente designadas para asistir al taller. También comunicará a estas personas que, de ser necesario, deben solicitar el visado con antelación suficiente a la fecha de inicio del taller, y se espera del Gobierno que expida prontamente dichos visados y facilite así su participación.

8. El Gobierno facilitará los trámites aduaneros en relación con las personas antes mencionadas a su entrada y salida de España.

9. El Gobierno pondrá a disposición, sin costo alguno para el OIEA y por todo el tiempo que dure el taller, locales y medios suficientes y apropiados para su celebración, como se indica en el anexo B.

10. El Gobierno actuará con razonable diligencia para garantizar la seguridad en los locales donde se celebre el taller, así como la seguridad de las personas mencionadas en el párrafo 1 supra mientras se encuentren en dichos locales. El Gobierno adoptará las medidas que sean razonables según las circunstancias para garantizar dicha seguridad, incluida la supervisión de los locales en la medida necesaria.

La Sra. Kazuko Hamada, de la División de Seguridad Física Nuclear, Departamento de Seguridad Nuclear Tecnológica y Física, ha sido designada Secretaria Científica del taller.

En caso de que su Gobierno desee dar acogida a este taller, le agradecería que me comunicara por escrito, antes del 6 de noviembre de 2015, la conformidad de su Gobierno con los puntos antes enumerados, de modo que la Secretaría pueda adoptar oportunamente las disposiciones pertinentes.

El presente acuerdo administrativo internacional, concertado por intercambio de cartas, entrará en vigor en la fecha de data de su respuesta.

Le ruego acepte el testimonio de mi distinguida consideración.

Juan Carlos Lentijo.

Director General adjunto.

Jefe del Departamento de Seguridad Nuclear Tecnológica y Física.

Documentación adjunta:

Anexo A: Lista de Estados miembros que serán invitados.

Anexo B: Disposiciones propuestas.

Tengo el honor de confirmarle que las propuestas contenidas en su carta son aceptables para el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Reino de España y que dicha Carta, conjuntamente con esta Carta de respuesta, constituirán un Acuerdo administrativo Internacional entre el Reino de España y el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), que se aplicará provisionalmente desde la fecha de esta Carta, y permanecerá en vigor durante la duración del Taller y por el período adicional que sea necesario para que culminen sus actividades y para resolver toda cuestión que se derive del Acuerdo.

Aprovecho esta ocasión para reiterarle el testimonio de mi más alta consideración.

Gonzalo de Salazar Serantes.

Embajador Representante Permanente.

El presente Acuerdo internacional administrativo entró en vigor el 24 de noviembre de 2015, fecha de la carta de respuesta de España al Organismo Internacional de la Energía Atómica.

Madrid, 22 de diciembre de 2015.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Isabel Vizcaíno Fernández de Casadevante.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 24/11/2015
  • Fecha de publicación: 31/12/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 24/11/2015
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 22 de diciembre de 2015.
Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Austria
  • Congresos
  • Energía nuclear
  • Organismo Internacional de Energía Atómica

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