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Documento BOE-A-2015-2907

Resolución de 10 de marzo de 2015, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de adhesión de la Comunidad Autónoma de Extremadura al Convenio marco de colaboración en la gestión de emergencias con las Comunidades Autónomas de País Vasco, Andalucía, Principado de Asturias, Islas Baleares, Comunidad de Madrid, Castilla y León y las ciudades de Ceuta y Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2015, páginas 24344 a 24345 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2015-2907

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito con fecha de 9 de febrero de 2015, la Adenda de adhesión de la Comunidad Autónoma de Extremadura al Convenio marco de colaboración en la gestión de emergencias entre el Ministerio del Interior (Dirección General de Protección Civil y Emergencias) y las Comunidades Autónomas de País Vasco, Andalucía, Principado de Asturias, Islas Baleares, Comunidad de Madrid, Castilla y León y las Ciudades de Ceuta y Melilla, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicha convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 10 de marzo de 2015.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO
Adenda de adhesión de la Comunidad Autónoma de Extremadura al Convenio marco de colaboración en la gestión de emergencias, entre el Ministerio del Interior (Dirección General de Protección Civil y Emergencias) y las Comunidades Autónomas de País Vasco, Andalucía, Principado de Asturias, Islas Baleares, Comunidad de Madrid, Castilla y León, y las ciudades de Ceuta y Melilla

En Madrid, 9 de febrero de 2015.

REUNIDOS

De una parte, don Jorge Fernández Díaz, Ministro del Interior, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 13,3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, don Clemente Juan Checa González, Consejero de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, para cuyo cargo fue nombrado por el Decreto del Presidente 25/2014, de 19 de junio («DOE» n.º 118 de 20/06/2014), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en virtud de la delegación de firma otorgada por Decreto de 28 de octubre de 2014, del Presidente de la Junta de Extremadura. La suscripción de la presente adenda ha sido autorizada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de dos de diciembre de 2014.

MANIFIESTAN

Que el Ministerio del Interior ha suscrito un Convenio Marco de colaboración en la gestión de emergencias con varias Comunidades Autónomas. Dicho Convenio tiene por objeto establecer líneas de colaboración para actuar conjuntamente en todas aquellas emergencias que así lo requieran. Como objetivo específico se encuentra el establecimiento y gestión de un sistema común de comunicación para la transmisión de solicitudes y ofertas de medios de actuación en emergencias y la información vinculada a las mismas.

Que la Comunidad Autónoma de Extremadura ha manifestado su interés en incorporarse al indicado Convenio, pues constituye materia de máximo interés para la Comunidad Autónoma participar en el sistema de cooperación que en él se prevé pues ello redundará en una actividad más eficaz en el momento de atender las emergencias.

Que, en base a lo anterior las partes proceden a formalizar esta Adenda al Convenio Marco con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.

La Comunidad Autónoma de Extremadura se adhiere en su totalidad al Convenio Marco de colaboración en la gestión de emergencias entre el Ministerio del Interior y las Comunidades Autónomas firmantes.

Segunda.

A partir de la suscripción de esta Adenda, en la constitución de la Comisión de Seguimiento y en las Comisiones Técnicas de desarrollo y puesta en práctica reguladas por la estipulación décima del Convenio deberá tenerse en cuenta esta incorporación.

Tercera.

La presente Adenda al Convenio tendrá efectos desde el momento de su firma y por el tiempo que reste hasta la finalización del Convenio.

No obstante lo anterior, cualquiera de las partes podrá desistir unilateralmente de la continuidad de este acuerdo, bastando para ello la notificación a las otras con una antelación de tres meses a la fecha en que se pretenda sea efectiva la resolución.

Será causa inmediata de resolución el incumplimiento de algunas de las estipulaciones del Convenio Marco y de su Adenda.

Y, en prueba de su conformidad, las partes que intervienen firman el presente documento por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al comienzo indicados.–El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.–El Consejero de Hacienda y Administración Pública, Clemente Juan Checa González.

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