Por Resolución de 16 de diciembre de 2014 se concedieron subvenciones de la Modalidad A del Programa de estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación, de conformidad con la convocatoria de 21 de mayo de 2014 de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades («Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio).
Entre las subvenciones relacionadas en el anexo I de la resolución de concesión figuraba la siguiente:
Organismo |
Apellidos y nombre |
Número de solicitud |
Fecha inicio estancia |
Fecha fin estancia |
País |
Total 2015 |
---|---|---|---|---|---|---|
Fundacio Centre de Recerca en Sanitat Animal (CRESA). |
Rodríguez Gonzalez, Fernando Maximiliano. |
PRX14/00111 |
01/07/2015 |
30/09/2015 |
Estados Unidos de América. |
11.281,00 |
Con posterioridad a la concesión de la subvención, la entidad de adscripción ha comunicado la disolución de la Fundación, aprobada por el Gobierno de la Generalitat el pasado 16 de diciembre de 2014, siendo subrogada a todos los efectos a partir del 1 de enero de 2015 en el IRTA.
Una vez corroborada la subrogación en el IRTA y dada la conformidad por dicho organismo a la aceptación de sus obligaciones como entidad colaboradora para la gestión de la subvención concedida al investigador don Fernando Maximiliano Rodríguez, se procede a la modificación del Anexo I de la resolución de 16 de diciembre de 2014 en los siguientes términos:
Organismo |
Apellidos y nombre |
Numero de solicitud |
Fecha inicio estancia |
Fecha fin estancia |
País |
Total 2015 |
---|---|---|---|---|---|---|
Institut de Recerca i Tecnologies Agroalimentaries (IRTA). |
Rodriguez Gonzalez, Fernando Maximiliano. |
PRX14/00111 |
01/07/2015 |
30/09/2015 |
Estados Unidos de América |
11.281,00 |
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 21 de abril de 2015.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General de Universidades, Juan María Vázquez Rojas.
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