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Documento BOE-A-2015-6176

Resolución de 18 de mayo de 2015, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes de Pozo Alcón, fase III.

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 3 de junio de 2015, páginas 47299 a 47310 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2015-6176

TEXTO ORIGINAL

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en su artículo 7.2 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso el sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario regulado en la Sección 1ª del Capítulo II, del Título II, de la Ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El proyecto Modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes de Pozo Alcón, fase III, se encuentra encuadrado en el anexo II, grupo 1 c) de la Ley de evaluación ambiental: Proyectos de consolidación y mejora de regadíos en una superficie superior a 100 hectáreas (proyectos no incluidos en el anexo I).

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El objeto del proyecto es la modernización del sistema de riego existente en 1.042,31 hectáreas de la Comunidad de Regantes Pozo Alcón, Hinojares y Cuevas del Campo, y la mejora de las condiciones de funcionamiento de los sectores de riego ya modernizados, (denominados en el documento ambiental B1B, B1G y B3G), ya que en la actualidad cuenta con una infraestructura improvisada por los propios comuneros y carecen prácticamente de sistema de regulación y control. El uso de esta zona es de regadío con predominio del olivar. Los agricultores han instalado una serie de tuberías de polietileno para abastecer sus parcelas, que generalmente están a la intemperie, con el consiguiente riesgo de perforación y roturas. La modernización se basa en un sistema de distribución de agua para riego a demanda mediante embalses de regulación, con entrega del agua en parcela a través de tomas de riego cuyo caudal asignado estará relacionado con la superficie de cada parcela. Se instalará una planta fotovoltaica para permitir el autoabastecimiento de parte del consumo eléctrico propio de la Comunidad de Regantes.

El proyecto se ubica en el término municipal de Pozo Alcón (Jaén), municipio de la comarca de Cazorla, situado en su extremo sureste, en el límite provincial con Granada.

El promotor del proyecto es la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias (SEIASA), y el órgano sustantivo la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA).

Las obras de modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes Pozo Alcón e Hinojares (Jaén) y Cuevas del Campo (Granada) fueron declaradas de interés general por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su artículo 111 punto 1, apartado A).

2. Tramitación y consultas

Con fecha 22 de septiembre de 2014 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural documento ambiental del proyecto, para su tramitación. El 9 de octubre de 2014 se inicia, por parte de esta misma Dirección General, la fase de consultas previas en relación al proyecto.

En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una <X> aquellos que han emitido informe en relación con el documento ambiental:

Relación organismos consultados

Respuestas recibidas

Ayuntamiento de Pozo Alcón.

X

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

X

Subdirección General de Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Subdelegación del Gobierno en Jaén.

X

Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Dirección General de Estructuras Agrarias de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación de la Consejería de Agricultura, Pesca y Deporte de la Junta de Andalucía.

Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

Dirección General de Instituciones Museísticas, Acción Cultural y Promoción del Arte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

X

Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

X

Delegación Territorial de Cultura de Jaén.

X

Delegación Territorial de Medio Ambiente en Jaén.

Ecologistas en Acción de Andalucía.

Greenpeace.

SEO/Birdlife.

WWF/Adena.

La Subdelegación del Gobierno en Jaén comunica que no se prevé la existencia de impactos significativos, que no vayan a ser evitados con las medidas propuestas por el promotor.

El Ayuntamiento de Pozo Alcón remite informe redactado por el Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento, indicando que la totalidad de la actuación y las obras se sitúan en suelo clasificado, según las Normas de Planeamiento vigentes, como No Urbanizable Común, de uso agrícola y sin especial protección. No plantea la afección a ninguna zona protegida ni que tenga ningún tipo de interés medioambiental relevante. No existe ningún tipo de Incompatibilidad Urbanística para la realización de la mejora de la infraestructura propuesta.

El Servicio de Actuaciones en Cauces de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir informa que en la zona de riego denominada Las Talas, la impulsión de regulación cruzaría en varios puntos con el Barranco de Majada Honda, discurriendo incluso un tramo por el mismo cauce. A este respecto, informan que los cruces con el Barranco se deberán hacer por debajo del cauce a una profundidad mínima de 2 metros y con los sistemas de acometida, valvulería o registro fuera de la zona de servidumbre. Por otra parte, se deberá plantear otra solución para el tramo que discurre por la misma traza que la del cauce, pues no sería autorizable dicha invasión del dominio público hidráulico.

Este informe se comunica al promotor, que con fecha 12 de diciembre de 2014 entrega a esta Subdirección General de Evaluación Ambiental informe respuesta, con cartografía de detalle de la zona de la tubería coincidente con el barranco, indicando lo siguiente:

En ningún caso se realizará la instalación de la tubería por el cauce, a excepción de los cruces, para lo cual previamente al inicio de la obra se solicitarán los permisos correspondientes.

Por la escala utilizada en la cartografía aportada en el documento ambiental parece que parte de la tubería coincidiera con el cauce, pero la realizad es que su trazado va por fuera de la zona de servidumbre. Para que no haya duda, se envían de nuevo los planos aclarando la situación de la tubería y desplazando la traza algunos metros para que no exista ningún problema.

Los cruces con el Barranco se realizarán por debajo del cauce a una profundidad de 2 metros, quedando las arquetas y sistemas de acometida, valvulería o registro fuera de la zona de servidumbre, al igual que el trazado de la tubería.

La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio hace referencia a la legislación de la Junta de Andalucía en materia de prevención y calidad ambiental, en concreto: considera que las actuaciones previstas por el promotor están incluidas en el anexo III de la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas, que sustituye al anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, de la Comunidad Autónoma de Andalucía; concretamente en el epígrafe 9.5 proyectos de gestión de recursos hídricos para la agricultura, con inclusión de proyectos de riego y avenamiento de terrenos, cuando afecte a una superficie mayor de 10 hectáreas o bien proyectos de consolidación y mejora de regadíos de más de 100 hectáreas, y sometida, por tanto, a autorización ambiental unificada.

La Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio emite informe que traslada a la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de esa Consejería. Esta última lo envía a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente con fecha 1 de abril de 2015.

En el citado informe se realiza una descripción general del proyecto, un croquis de las actuaciones descritas con la solución elegida, y unas consideraciones generales, cuyo resumen es el siguiente:

Las actuaciones de modernización no se encuentran en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, aunque se sitúan próximas al espacio protegido de la Red Natura 2000 denominado «Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas (ES0000035), espacio designado Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y Zona de Especial Protección para las aves (ZEPA).

La cartografía que acompaña a la memoria sitúa las diferentes actuaciones: balsas, planta fotovoltaica, estaciones de bombeo, red de riego y demás conducciones, fuera de los límites de estos espacios. Las conducciones irán enterradas en zanja.

En cuanto a Hábitat de Interés Comunitario (HIC) y especies de fauna catalogadas, la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana informa de las especies existentes en la zona de actuación según los estudios, inventario y cartografía disponible en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, e incluye algunas medidas preventivas a adoptar por el promotor que se indicarán en el apartado 3 de esta Resolución (incidencia sobre la vegetación y hábitats de interés comunitario e Incidencia sobre la fauna), medidas que ya han sido aceptadas por éste en el escrito de fecha de 27 de abril de 2015.

La Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía informa que la modernización puede afectar al siguiente sitio arqueológico: 230700001 Pozo Alarcón. Continúa el informe indicando que el inventario ambiental del proyecto contiene un punto 5.6 medio sociocultural, patrimonio, donde junto a las vías pecuarias y al monte público, se refiere al Patrimonio Histórico (5.6.2) señalando que existen sitios arqueológicos próximos a la ubicación de las obras previstas: Cuenca, Pozo Alarcón y El Pueblezuelo. El documento ambiental fija como única cautela la establecida en el artículo 81 del Decreto 19/95, Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, sobre hallazgos con motivos de obras. Esta cautela no garantiza que durante las obras no se produzcan paralizaciones motivadas por la arqueología.

La propuesta de este organismo es: atendiendo a la existencia de un grupo de sitios arqueológicos susceptibles de ser afectados por la infraestructura, se considera que los aspectos arqueológicos deben someterse a estudio, entendiéndose que el marco lógico de éste es alguno de los instrumentos de prevención y control ambiental puesto que son éstos los que avalan las cautelas que puede imponer la Consejería de Cultura, siguiendo lo indicado por el artículo 32.1 de la Ley 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía: El titular de una actividad sometida a algunos de los instrumentos de prevención y control ambiental, que contengan la evaluación de impacto ambiental de la misma de acuerdo con la normativa vigente en esta materia, incluirá preceptivamente en el estudio o documentación de análisis ambiental que deba presentar ante la Consejería competente en materia de medio ambiente las determinaciones resultantes de una actividad arqueológica que identifique y valore la afección al Patrimonio Histórico o, en su caso, certificación acreditativa de la innecesariedad de tal actividad, expedida por la Consejería competente en materia de patrimonio histórico.

Toda intervención arqueológica está sujeta al procedimiento de autorización fijado en el Reglamento de Actividades Arqueológicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y naturalmente debe ser realizada por arqueólogos debidamente acreditados. El ordenamiento legal vigente en materia de protección del patrimonio arqueológico es la Ley 16/85 de 25 de junio de Patrimonio Histórico Español («BOE» 155), la Ley 14/2007 de 26 de noviembre de Patrimonio Histórico de Andalucía («BOJA» 248), el Decreto 19/95 de 7 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de protección y Fomento del Patrimonio histórico de Andalucía («BOJA» 43), el Decreto 168/2003 de 17 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Arqueológicas («BOJA» 134) y el Decreto 379/2009 de 1 de diciembre que modifica el anterior.

Tras recibir este informe, la Subdirección General de Evaluación Ambiental contactó con la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte para confirmar que la Fase III del proyecto de modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes de Pozo Alcón debe someterse a un estudio arqueológico, pues afecta a terrenos que no fueron prospectados durante la intervención arqueológica de 2008 (incluida en el documento ambiental, y que afectó a las fases I y II). Según la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte la prospección arqueológica se realizará antes del comienzo de las obras.

Como consecuencia de las consultas y del análisis realizado, se ha solicitado por escrito al promotor que los posibles impactos significativos detectados consistentes en la afección al sitio arqueológico 230700001 Pozo Alarcón, así como otros sitios arqueológicos próximos a la ubicación de las obras previstas: Cuenca, Pozo Alarcón y El Pueblezuelo, sean evitados mediante la propuesta incluida en el informe y aclaraciones posteriores de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Jaén.

De la misma forma, se trasladó escrito al promotor con las cuestiones tratadas en el informe de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el que se indica que deberá tener en cuenta las medidas propuestas por esa Dirección General, para evitar la posible afección a cuatro Hábitats de Interés Comunitario (HIC), fuera de los límites del espacio protegido Natura 2000 ES0000035 LIC/ZEPA Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas, así como a las especies faunísticas de interés comunitario Neophron percnoter (alimoche común), Cottus gobio (cavilat), y Austropotamobius pallipes (cangrejo de río).

Todas estas indicaciones el promotor las ha aceptado expresa e íntegramente según acredita su documentación de fecha 27 de abril de 2015, y pasan a integrar la versión final del proyecto, que es sobre la que versa la decisión de evaluación.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la Sección 1ª del Capítulo II, del Título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Características del proyecto:

El objetivo de este proyecto es la modernización de 1.042,31 hectáreas en el término municipal de Pozo Alcón (Jaén). De las 5.142,72 hectáreas pertenecientes a la colectividad de Pozo Alcón e Hinojares, ya se han modernizado en las fases I y II una superficie de 4.064, 07 hectáreas, quedando pendiente de modernizar una superficie de 36,34 hectáreas en el término municipal de Hinojares y 1.042,31 hectáreas en Pozo Alcón. Las actuaciones que se incluyen en el proyecto son las siguientes:

1. Modernización de las zonas de riego denominadas Puerto Blanco, La Mesa y Las Yeseras, con una superficie total de 581,54 hectáreas. Estas zonas de riego no necesitan elevación ya que son ampliaciones de las zonas ya modernizadas denominadas por los ramales de riego (B1G y B3G) procedentes de las balsas existentes B1 y B3 que riegan por gravedad, con presiones mínimas de servicio de 2 bares y una caudal instantáneo de 0,9 litros/segundo y hectárea. Las obras a realizar en estas zonas son:

Red general de riego hasta agrupación.

Casetas de agrupación.

Red de riego desde casetas de agrupación a parcela.

Telecontrol de riego.

2. Modernización de la zona denominada Las Talas con una superficie de 460,78 hectáreas. Esta zona de riego a modernizar no es dominada con agua a presión por la red de riego existente por lo que se hace indispensable bombear el agua y por tanto la necesidad de suministro eléctrico. Las obras a realizar en esta zona de riego son:

Conexión con el canal principal de la Comunidad de Regantes.

Bombeo a ubicar en la salida de soterramiento del canal general.

Alimentación energética del bombeo.

balsa de almacenamiento, de 180.000 m3 de capacidad y superficie de 3.96 hectáreas.

Estación de filtrado.

Red general de riego hasta agrupación.

Casetas de agrupación.

Red de riego desde casetas de agrupación a parcela.

Telecontrol de riego.

3. Mejora de las condiciones de funcionamiento del sector denominado B1B (sector de regadío ya modernizado) con una superficie de 1.097 hectáreas. En el presente proyecto se prevé la instalación de un parque fotovoltaico exclusivamente de autoconsumo para satisfacer las demandas energéticas de la Comunidad de Regantes. Cuando se realizaron las anteriores fases de modernización quedó pendiente la alimentación eléctrica del bombeo situado en la balsa nº 1 de la Comunidad de regantes, debido a que las condiciones exigidas por la compañía eléctrica hicieron inviables la ejecución de las obras. La consolidación de esta zona de riego contempla las siguientes obras: alimentación eléctrica, bombeo situado en la misma ubicación que la zona a modernizar de Las Talas, tubería de impulsión bombeo – balsa, balsa de regulación (de 50.193 m3 de capacidad y superficie de 1.58 hectáreas), conexión balsa – estación de filtrado – zona de riego, estación de filtrado.

4. Mejora de las condiciones de funcionamiento de los sectores denominado B1G y B3G (sectores de regadío ya modernizados). La consolidación de esta zona de riego contempla la construcción de dos estaciones de filtrado justo antes de la primera derivación de estas dos redes de tubería. Con la instalación de estas estaciones de filtrado se mejorará la calidad de agua de riego, que aunque en principio es de buena calidad con las distancia a la balsa de riego, aparecen floculaciones que dificultan el riego localizado obstruyendo los emisores de riego (goteros).

5. Alimentación eléctrica. Se trata de la construcción de una planta fotovoltaica de 896,5 kwp de potencia para el suministro de los dos bombeos previstos en el proyecto con motores de 160 kw. Esta instalación fotovoltaica ocuparía una superficie de 1,7 hectáreas y la línea de evacuación sería subterránea con una longitud de 190 metros. Los componentes principales del sistema son: paneles fotovoltaicos (para convertir la luz solar en electricidad), estructura soporte de los paneles, cableado de distribución de energía eléctrica y protecciones, variadores de velocidad para aplicaciones de bombeo solar. Se instalarán también dos grupos electrógenos de 375 KVA de potencia para el funcionamiento de forma complementaria a la instalación fotovoltaica proyectada. Estos grupos irán alojados en una nave construida a tal respecto, que albergará también el depósito de gasóleo de chapa de doble pared de 10.000 litros de capacidad.

6. Redes generales de riego. Son redes que partiendo de la estación de filtrado, en el caso de la zona de Las Talas y de los puntos de enganche ya definidos para las zonas Puerto Blanco, La Mesa y Las Yeseras conducen el agua hasta las distintas casetas de agrupación. Las tuberías serán de PVC con diámetros comprendidos entre 630 y 90 milímetros de diámetros, estarán enterradas en zanja con una altura libre sobre la generatriz superior de la misma no inferior a 1 metro. Su longitud total será de 34.700 metros.

7. Red de hidrantes y contadores. La superficie a modernizar se va a dividir en agrupaciones de parcelas de riego de unas 9.2 hectáreas de superficie y pertenecientes a 12 propietarios como máximo. El número de contadores es 771.

8. Telecontrol de riego. Será una ampliación del sistema de control existente, que se basa principalmente en: remotas que comunican vía radio por frecuencia, centro de control y casetas de salidas de las balsas donde se monitorizan las válvulas de caudalímetros, sobre velocidad, etc.

9. Tuberías secundarias de conexión de los contadores con las parcelas de riego. Serán de PE-100, con diámetros comprendidos entre 110 y 32 milímetros de diámetro, se encontrarán enterradas en zanja con una altura libre sobre la generatriz superior de la misma no inferior a 1 metro. La longitud total será de 146.078 metros.

Ubicación del proyecto: El proyecto de modernización se sitúa en el municipio de Pozo Alcón, comarca de Cazorla, en su extremo sureste, en el límite provincial con Granada. La mitad norte del término está incluida en el Parque Natural de las sierras de Cazorla, Segura y las Villas. La superficie a modernizar comprende las zonas denominadas Puerto Blanco (426,04 hectáreas), La Mesa (138,02 hectáreas), Las Yeseras (17,47 hectáreas) y Las Talas (460,78 hectáreas). Existen 4.064,07 hectáreas que ya se han modernizado en anteriores proyectos. Las actuaciones del actual proyecto de modernización se encuentran fuera del perímetro del Parque Natural Sierra de Cazorla, Segura y Las Villas, y no afectan de forma directa ni indirecta a espacios de la Red Natura 2000, a pesar de que cuatro parcelas del polígono 2 del término municipal de Pozo Alcón, dentro de Las Talas, se sitúan colindantes al Parque Natural Sierra de Cazorla, Segura y Las Villas.

Características del potencial impacto: Incidencia sobre el medio edáfico: durante la fase de construcción este medio podrá verse afectado por impactos derivados de la compactación o contaminación por vertidos accidentales de hidrocarburos procedentes de los parques de maquinaria. Las superficies destinadas a la construcción de las balsas han de contemplarse como pérdidas definitivas de suelo. El promotor considera estos impactos temporales y de intensidad baja, por lo que califica de compatible. Como medidas preventivas incluidas en el documento ambiental, se incluye la gestión de los residuos de acuerdo a la normativa autonómica y estatal actualizada. Cuando se realicen los cambios de aceite refrigerante del transformador de la línea eléctrica y demás maquinaria asociada al regadío, éstos serán puestos a disposición de Gestor Autorizado de Residuos, debiendo gestionarse según quede establecido en la legislación vigente. Los sólidos decantados en la balsa cuando se proceda a la limpieza de la misma, se gestionarán de acuerdo a la legislación vigente, utilizándose preferentemente en obras de restauración, acondicionamiento y relleno, no depositándose en cauces de agua. Las instalaciones con maquinaria tendrán que disponer solera debidamente impermeabilizada, para evitar que algún derrame accidental pueda afectar al suelo o a las aguas subterráneas por algún tipo de infiltración. En caso de producirse derrames accidentales de aceites, pinturas y otros materiales, se retirará el suelo contaminado inmediatamente y se entregará a una empresa autorizada para la correcta gestión de los mismos. Se llevará a cabo una correcta gestión de envases de productos fitosanitarios o de cualquier otro tipo, así como de los residuos que pudieran generarse en el funcionamiento. Tras la apertura de las zanjas para la colocación de las tuberías, se procederá al sellado de las mismas por medio de la tierra vegetal que se retirará en un primer momento. Primará el uso de caminos locales preexistentes, frente a la apertura de nuevos viales.

Incidencia sobre el recurso hídrico: El documento ambiental indica que la Comunidad de Regantes de Pozo Alcón, Hinojares y Cuevas del Campo (provincias de Jaén y Granada), dispone de Concesión Administrativa para regar 8.800 hectáreas, con un caudal de 3000 litros por segundo procedente del aprovechamiento de las aguas del río Guadalentín.

Según el promotor, se ha de tener en cuenta que tras la modernización se mejorará la gestión, lo que conllevará un ahorro de recurso hídrico, aunque el documento ambiental no precisa ni cuantifica la magnitud de ese ahorro. Esta circunstancia deberá ser comunicada por el promotor al Organismo de Cuenca (Confederación Hidrográfica del Guadalquivir), para dejarlo a su disposición y que pueda hacer la asignación de recursos más adecuada con arreglo a la planificación hidrológica aprobada.

Incidencia sobre la hidrogeología: El proyecto no implica nuevas captaciones de agua, sino el ahorro de este recurso mejorando las infraestructuras y garantizando el suministro mediante almacenamiento. Los principales ríos y arroyos que discurren por la zona de actuación no se ven afectados. El denominado barranco de Majada Honda se verá afectado por el cruce de las siguientes infraestructuras:

Tubería de impulsión desde la estación de bombeo hasta la balsa de almacenamiento.

Tubería de impulsión desde la estación de bombeo hasta la balsa de regulación.

Previamente al inicio de la obra el promotor solicitará los permisos correspondientes para realizar dichos cruces. Según las indicaciones de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, los cruces con el Barranco se realizarán por debajo del cauce a una profundidad de 2 metros, quedando las arquetas y sistemas de acometida, valvulería o registro fuera de la zona de servidumbre, al igual que el trazado de la tubería.

En cuanto a los posibles impactos a los acuíferos, la contaminación por infiltración no debe producirse si se efectúan todos los controles de los residuos (aceites, combustibles, fitosanitarios, etc.) de manera eficaz.

Como medidas preventivas, el promotor propone realizar el mantenimiento de cualquier tipo de maquinaria en lugares acondicionados al efecto. Así mismo, el titular dispondrá de la preceptiva documentación que acredite la retirada de dichos residuos, en caso de generarse, por gestor autorizado. Se dosificarán correctamente los productos empleados en fertirrigación a fin de evitar la contaminación del suelo y de acuíferos por lixiviación de sus compuestos. Deberá realizarse un control periódico de la calidad de las aguas en pozos y cursos superficiales, que permita seguir la evolución de la misma en cuanto a su contenido en nitrógeno y otros fertilizantes. Deberá comunicarse a la Delegación Territorial de Jaén de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, con una antelación mínima de 15 días, la limpieza de lodos o vegetación acuática en las balsas para su supervisión y conformidad por parte de dicha Administración, que podrá dar indicaciones al promotor en cuanto a la gestión y buenas prácticas de las balsas.

Incidencia sobre la vegetación y hábitats de interés comunitario: La antropización del terreno en el que se proyectan las actuaciones conlleva el establecimiento de especies nitrófilas de carácter ruderal. La vegetación potencial del ámbito de estudio se englobaría dentro de la Asociación vegetal (Rivas Martínez, S) Serie mesomediterránea, bética basófila, seca subhúmeda, de la encina o Quercus rotundifolia (Paeoniocoriaceae– Quercetorotundifoliae S), faciación termófila bética con Pistacia Lentiscus. No obstante, la vegetación actual de la zona en la que se localizan las parcelas a modernizar está ocupada por cultivos de olivar, almendros y cereal. El resto de infraestructuras afectan principalmente a terrenos agrícolas.

Según la información aportada por la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Andalucía, se ha identificado la presencia de dos Hábitat de Interés Comunitario (HIC) en la zona colindante con las actuaciones, en concreto con las parcelas catastrales 910, 913, 916 y 1197 del polígono 2 del término municipal de Pozo Alcón:

6220 Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea de carácter prioritario(*)

4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

Por su cercanía a la actuación proyectada, la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana considera necesario que con anterioridad al inicio de las obras, al menos en esta zona, se proceda al jalonamiento del ámbito de actuación.

Por otra parte, esa Dirección General ha revisado los HIC presentes en el ámbito del proyecto de modernización, pero fuera de los límites del espacio protegido Natura 2000 de acuerdo a la descripción de las obra. El resultado ha sido la identificación de los siguientes HIC:

6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea (de carácter prioritario), en la zona Las Talas, con la actuación de la balsa de almacenamiento, balsa de regulación, conexión de regulación, impulsión de regulación y red de riego, y en la zona La Mesa, en la red de riego.

6310 Dehesas perennifolias de Quercus spp, en la zona Las Talas, con la actuación de la balsa de almacenamiento, y en la red de riego.

4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga, en la zona Las Talas, en la actuación de balsa de almacenamiento, impulsión de regulación y red de riego.

9340 Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia, en la Zona Las Talas, en la impulsión de regulación y la red de riego.

De los cuatro Hábitat de Interés Comunitario interceptados, se destaca el hábitat 6220* por su carácter de prioritario. Este HIC se ha identificado colindando con la zona elegida para ubicar la balsa de almacenamiento y la balsa de regulación y es atravesado por la tubería de conexión de regulación y la tubería de impulsión. Para evitar el deterioro o contaminación de los hábitats naturales, prioritarios o no, la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana indica en su informe que antes de iniciar las obras el promotor deber realizar un estudio de los HIC presentes en el ámbito de la actuación, contrastando los datos geográficos con la vegetación actual presente en el terreno. En caso de encontrar coincidencia, se valorará la posibilidad de rectificar los trazados o ubicación de las balsas con el fin de evitar interceptarlos. Si esto no fuera posible, primero se procederá al jalonamiento de la zona de obras y posteriormente se acometerán los trabajos de restauración vegetal, tal y como se indica en la memoria ambiental. La selección de semillas o plantas se hará teniendo en cuenta las especies indicadores o características del Hábitat de Interés Comunitario que se quiera restaurar.

Todas estas medidas han sido aceptadas por el promotor según escrito de 27 de abril de 2015.

El promotor valora finalmente el posible impacto a la vegetación como compatible, incluyendo en el documento ambiental las siguientes medidas:

La implantación de la balsa de almacenamiento de agua, así como la de regulación, se adaptará exclusivamente en forma y superficie a la zona de cultivos existente. Se evitará la afección a espacios circundantes, tanto por el tránsito de maquinaria como por el movimiento y vertido de tierras.

En el supuesto de que se produzcan residuos de corta y/o poda, éstos serán convenientemente gestionados, primando su valorización mediante depósito en el terreno, previa trituración y esparcimiento homogéneo sobre el suelo. En el caso de realizarse mediante quema, deberá tenerse en cuenta la legislación vigente, en concreto la Ley 5/1999 de Prevención y Lucha contra incendios Forestales y lo recogido en el Decreto 247/2001, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención de Incendios Forestales.

En los taludes exteriores de las balsas se favorecerá el crecimiento de especies herbáceas y arbustivas adaptadas a las características ecológicas de la zona. Las semillas y plantas utilizadas en la restauración procederán de viveros autorizados próximos a la zona de actuación.

El documento ambiental incluye un Plan de Restauración para las balsas de almacenamiento y regulación de la Comunidad de Regantes, sitas en el término municipal de Pozo Alcón (Jaén), por ser las estructuras que dadas sus dimensiones pueden producir un mayor impacto en el medio. Con este Plan se pretende restaurar los taludes de las dos balsas que aparecen en el proyecto de Modernización:

Balsa de Regulación: superficie total de la balsa: 1,58 hectáreas; y superficie de taludes a revegetar: 4.198 metros cuadrados.

Balsa de Almacenamiento: superficie total de la balsa: 3,96 hectáreas; superficie de los taludes a revegetar: 8.686 metros cuadrados.

Incidencia sobre la fauna: El promotor en su documento ambiental enumera las especies de anfibios, reptiles, aves y mamíferos, que han sido detectados en las visitas de campo llevadas a cabo en la zona de estudio.

Según informe de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana, el inventario de especies catalogadas elaborado por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio indica que en la zona de actuación se pueden encontrar las siguientes especies de interés comunitario: Neophron percnoter (alimoche común) (identificado en zona Las Talas); Cottus gobio (cavilat) (identificado en zona de Las Talas y de Las Yeseras), y Austropotamobius pallipes (cangrejo de río) (identificado en zona de Las Talas y de Las Yeseras).

Esa Dirección General solicita al promotor que inspeccione el ámbito de actuación en zona de cantiles y roquedos durante los meses de marzo a agosto con el fin de localizar, si los hubiera, nidos de alimoche común y en su caso, planificar las obras con el fin de evitar molestias a esta especie. Además se condicionarán los cruces de las conducciones en el Barranco de Majada Honda a los periodos estivales, cuando el cauce esté seco, evitando afecciones significativas al cavilat y al cangrejo de río. Todas estas medidas han sido aceptadas por el promotor según escrito de fecha 27de abril de 2015.

Los impactos identificados por el promotor para el resto de las especies presentes en la zona se podrían atribuir directamente a la ejecución de las distintas infraestructuras, (fase de construcción), por la ocupación de suelo y las molestias generadas a la fauna durante las obras, tales como atropellos.

Sin embargo, la creación de puntos de agua (balsas) puede suponer durante la fase de explotación un impacto positivo sobre la fauna, en especial sobre la avifauna y herpetofauna, siempre que se tomen una serie de medidas encaminadas a la adecuación del hábitat. En este sentido, el promotor ha aceptado tomar en cuenta las indicaciones que mejor se correspondan con el Manual práctico de balsas agrícolas, diseño y gestión para su mejora ambiental, editado por la anterior Agencia Andaluza del Agua de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para mejorar y compatibilizar la gestión de las balsas agrícolas con la potenciación de la biodiversidad, disminuyendo al mismo tiempo los posibles impactos negativos.

En cuanto a medidas preventivas incluidas en el documento ambiental, las obras de ejecución, así como el posterior mantenimiento de las balsas, se llevarán a cabo fuera de la época de reproducción y cría de las distintas especies faunísticas, siendo el período más favorable entre los meses de julio y septiembre.

Con respecto a la línea eléctrica no se identifica afección alguna a la fauna, ya que ésta discurre enterrada.

Incidencia sobre el patrimonio cultural, montes de utilidad pública y vías pecuarias. El promotor en su documento ambiental identifica cuatro cruzamientos que afectan al trazado de la vía pecuaria Cordel de la Fuente del Guadalentín, por lo que será necesario solicitar de forma específica las correspondientes autorizaciones a la Delegación Territorial de Jaén de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. En cuanto a Montes Públicos, el promotor ha consultado el Mapa editado por la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, comprobando que la zona a modernizar y obras asociadas no implican afección a Montes de propiedad pública.

Según el informe ya indicado de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, la fase III del proyecto de modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes de Pozo Alcón debe someterse a un estudio arqueológico, pues afecta a terrenos que no fueron prospectados durante la intervención arqueológica de 2008 (incluida en el documento ambiental, y que afectó a las fases I y II). Según la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte la prospección arqueológica se realizará antes del comienzo de las obras. Esta medida también ha sido aceptada por el promotor según escrito de fecha 27 de abril de 2015.

Incidencia sobre la Red Natura: Según lo indicado en el documento ambiental aportado por el promotor, y confirmado en el informe de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, las actuaciones del proyecto de modernización se encuentran fuera del perímetro del Parque Natural y no afecta de forma directa ni indirecta a espacios de la Red Natura 2000. El Parque Natural Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas queda asimismo fuera de la zona regable a modernizar. Las parcelas 910, 913, 916 y 1197, del polígono 2 del término municipal de Pozo Alcón (Jaén) que se incluyen dentro del proyecto de modernización de la zona de riego Las Talas, se sitúan colindantes al Parque Natural. El promotor confirma que tras consultar el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas, aprobado por Decreto 227/1999, de 15 de noviembre, se comprueba que no existe afección directa ni indirecta a este espacio protegido.

Por tanto, analizada la documentación ambiental aportada por el promotor y el contenido de los informes referidos a las afecciones a la Red Natura que obran en el expediente, no se deduce que pueda producirse, previsiblemente, un perjuicio a la integridad de los espacios Red Natura en los términos previstos en el artículo 45 de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Incidencia sobre el paisaje: Los componentes de este paisaje agrario, según el promotor, no sufrirán modificaciones significativas por la implantación de las instalaciones siempre que se integren en la medida de lo posible en el paisaje (revegetación de los taludes de las balsas, implantación de pantallas vegetales visuales con especies autóctonas a modo de setos, etc). En el proyecto no se recoge la necesidad de realizar caminos para acceso a las infraestructuras de regadío, y tampoco para la construcción de las balsas, ya que se utilizarán exclusivamente los existentes.

Las alteraciones vendrían motivadas fundamentalmente por los movimientos de tierra necesarios para la instalación de las diferentes infraestructuras proyectadas, así como por la presencia de maquinaria en la zona. Entre las medidas correctoras propuestas por el promotor, se encuentran la restauración ambiental ya indicada, así como la limpieza de las parcelas destinadas al parque de maquinaria, zonas de acopios de los materiales, instalaciones auxiliares de obra y vertederos.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, este Ministerio resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental simplificada practicada de acuerdo con lo previsto en la Sección 2ª del Capítulo II, del Título II, y el análisis realizado con los criterios del anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, no es previsible que el proyecto Modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes de Pozo Alcón, fase III, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la Sección 1ª del Capítulo II del Título II de dicha Ley.

Esta Resolución se hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (www.magrama.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

De conformidad con el artículo 47.6 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto, en su caso, de autorización del proyecto.

Madrid, 18 de mayo de 2015.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

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