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Documento BOE-A-2015-7726

Decreto 18/2015, de 12 de junio, por el que se declara bien de interés cultural con la categoría de carácter inmaterial "El Patrimonio Cultural de las Crónicas Najerenses", en Nájera (La Rioja).

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 2015, páginas 57382 a 57388 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de La Rioja
Referencia:
BOE-A-2015-7726

TEXTO ORIGINAL

El artículo 149.1.28.ª de la Constitución Española, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de defensa del patrimonio cultural, histórico y monumental español contra la expoliación y exportación, añadiendo su apartado 2 que, sin perjuicio de las competencias que puedan asumir las Comunidades Autónomas, el Estado considerará el servicio a la cultura como un deber y atribución esencial.

Por su parte, el artículo 8. Uno 26.ª del Estatuto de Autonomía de La Rioja, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de patrimonio artístico, arqueológico, histórico, cultural, monumental, arquitectónico y científico de interés para La Rioja.

Al margen del marco de distribución competencial establecido en el bloque de constitucionalidad sobre la materia, el artículo 46 de la Constitución dispone que los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran.

En desarrollo de los preceptos constitucionales citados, la Ley 16/1985, de 25 de junio, vino a definir el Patrimonio Histórico Español, a identificar los bienes que lo integran y a establecer las distintas categorías de protección, resultando de singular trascendencia la establecida para el conjunto de los Bienes de Interés Cultural como merecedores de una protección más intensa y palmaria. Tal declaración, como la propia Ley señalaba, quedaba sometida al procedimiento regulado en su artículo 9.2.

No obstante, la Sentencia del Tribunal Constitucional 17/1991, de 31 de enero, interpretó que la competencia para declarar qué bienes habrían de integrar la citada categoría, lo era ejecutiva y correspondía a las Comunidades Autónomas, salvo en los supuestos que ella misma excepcionaba.

En base a esta doctrina legal y al título habilitante establecido en el ya citado artículo 8 Uno. 26.ª del Estatuto de Autonomía de La Rioja, la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, reguló en sus artículos 13 y 14 el procedimiento para la declaración de los Bienes de Interés Cultural.

Definido así el marco legal, es preciso señalar que Nájera es una localidad riojana profundamente enclavada en la Historia, que llegó a ser capital del reino que llevaba su nombre entre los siglos X y XII de nuestra era y que alberga un Patrimonio de indudable valor. A su desarrollo histórico, rico en acontecimientos, personajes y momentos significativos, se le superpone un contenido narrativo de carácter legendario que no hace sino rubricar el sentido fundacional del proceso de formación de los reinos hispánicos.

El material narrativo que conforman los hechos históricos y los episodios legendarios ha arraigado en la localidad a un nivel fuertemente identitario, lo que propició que a partir de 1969, y siempre en torno al Monasterio de Santa María la Real (ya sea en su claustro o al abrigo del espacio de la plaza de Santa María) se hayan venido representando una serie de montajes escénicos que, en continua evolución, han integrado una fuerte participación ciudadana que, año tras año, gracias a esta actividad, refuerza sus vínculos con un pasado que se percibe como prestigioso y se esfuerza en proyectarlo hacia el futuro.

Atendiendo al valor cultural del mismo, mediante Resolución del Director General de Cultura de 29de julio de 2014 se incoó el procedimiento de declaración, quedando acreditado en el expediente que en la sustanciación del mismo se han respetado los trámites legalmente exigidos, con especial atención a las prescripciones relativas a las notificaciones y periodos de audiencia, al objeto de respetar los derechos de los afectados y concitar una participación colectiva.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Turismo y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 12 de junio de 2015, acuerda aprobar el siguiente

DECRETO

Artículo 1. Objeto

Es objeto del presente Decreto declarar Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial el patrimonio cultural de las Crónicas Najerenses en Nájera (La Rioja) con la descripción del bien de protección reflejada en el Anexo de esta disposición, así como establecer el régimen de protección del mismo.

Artículo 2. Medidas de protección

Como corresponde a un bien cultural de carácter inmaterial, la protección del Patrimonio Cultural de las Crónicas Najerenses se concreta, principalmente, en la realización de las labores de investigación, descripción, y divulgación de todo tipo, dirigidas siempre a la conservación documental y a la transmisión intergeneracional, tanto en lo relativo a la difusión público de los valores anteriormente expuestos como en el fomento del aprecio de los mismos.

En este sentido, las administraciones públicas velarán por el fomento y la proyección de este patrimonio cultural, de cara a asegurar la mayor difusión y el mejor conocimiento del mismo entre las generaciones presentes y futuras, de manera que los atributos que lo definen garanticen su pervivencia y su papel activo en la sociedad y sigan siendo referente identitario de la población que lo ha impulsado. En especial, el Ayuntamiento de Nájera aplicará el régimen de protección previsto para el bien afectado en la Ley 7/2004 de 18 de octubre de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja para los bienes declarados de interés cultural. Por tanto la realización de cualquier modificación en el bien, requerirá contar con una autorización expresa dictada por la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, previo informe del Consejo Superior del Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja.

Disposición adicional.

La presente declaración se notificará al Registro General de Bienes de Interés Cultural dependiente de la Administración del Estado a los efectos de su inscripción.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja».

Logroño, 12 de junio de 2015.–El Presidente, Pedro Sanz Alonso.–El Consejero de Educación, Cultura y Turismo, José Abel Bayo Martínez.

ANEXO
Descripción del bien

1. Introducción, exposición de motivos

Nájera es una localidad riojana profundamente enclavada en la Historia, que llegó a ser capital del reino que llevaba su nombre entre los siglos X y XII de nuestra era y que alberga un Patrimonio de indudable valor. A su desarrollo histórico, rico en acontecimientos, personajes y momentos significativos, se le superpone un contenido narrativo de carácter legendario que no hace sino rubricar el sentido fundacional del proceso de formación de los reinos hispánicos.

El material narrativo que conforman los hechos históricos y los episodios legendarios ha arraigado en la localidad a un nivel fuertemente identitario, lo que propició que a partir de 1969, y siempre en torno al Monasterio de Santa María la Real (ya sea en su claustro o al abrigo del espacio de la plaza de Santa María) se hayan venido representando una serie de montajes escénicos que, en continua evolución, han integrado una fuerte participación ciudadana que, año tras año, gracias a esta actividad, refuerza sus vínculos con un pasado que se percibe como prestigioso y se esfuerza en proyectarlo hacia el futuro.

A un lustro de cumplir el medio siglo de andadura, la propia historia de estas representaciones constituye en sí misma un elemento aglutinador de la localidad de Nájera, y se erige como un potente vínculo generacional, creativo y dinámico, que según lo contenido en la siguiente descripción, merece ser considerado como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial a efectos de preservación, distinción y difusión a las generaciones futuras.

2. Datos sobre el bien objeto de declaración

2.1 Denominación.

«El patrimonio cultural de las Crónicas Najerenses»

2.2 Localidad.

Nájera, La Rioja, España.

2.3 Descripción del bien.

A la hora de describir este patrimonio de carácter inmaterial, deben señalarse cuatro bases sobre las que se configura el fenómeno que es objeto de la presente declaración: los hechos históricos ligados a la localidad de Nájera, la existencia de leyendas fundacionales en torno a Santa María La Real, el propio devenir histórico de las representaciones najerenses desde sus inicios en 1969 y el papel e implicación de la comunidad local en el mantenimiento de las mismas.

a) Los hechos históricos.

El hilo conductor principal de las representaciones najerenses bebe directamente de la rica historia de la localidad, que referiremos brevemente.

Nájera se encuentra sobre un asentamiento que atestigua una larga y continuada presencia del ser humano. Nájera es una ciudad prerromana que desde la edad del bronce ha sido habitada por diferentes pueblos: iberos, celtas, pelendones, autrigones, vascones, berones, romanos, suevos, árabes…

Fueron precisamente estos últimos quienes dieron a la localidad el nombre de Náxara, cuyo significado remite a ser «lugar entre peñas» o «lugar al mediodía». Fueron los propios árabes los que levantaron el alcázar que coronaba el cerro dominante de la localidad.

El enclave fue conquistado en el año 923 por el rey Sancho Garcés I, a donde se traslada la capital del reino de Nájera-Pamplona tras la destrucción de la localidad navarra por parte de las fuerzas de Abderramán III en el año 924. Se inicia así la actividad de un floreciente reino que, a lo largo de los diversos avatares del proceso de reconquista, ve pasar las acciones de los reyes García Sánchez I (925-970), Sancho Garcés II (970-994) y García Sánchez II el Temblón (994-1004), para llegar después a Sancho III el Mayor (1004), con el que el Reino de Nájera alcanza su mayor extensión, desde Cataluña hasta Cantabria, y con el que la localidad adquirió un destacado papel en la ruta de peregrinación hacia Santiago de Compostela, así como fue lugar de celebración de Cortes. Igualmente, Nájera recibió de dicho rey el importante Fuero de Nájera.

Sancho III distribuye a su muerte sus dominios en los reinos de Castilla y Aragón, que lega a sus hijos Fernando I de Castilla y Ramiro I de Aragón, respectivamente, así como en el reino de Navarra, que deja a su primogénito, García Sánchez III (1035-1054), llamado «el de Nájera», porque nació en esta ciudad y fue enterrado en ella. Este rey conquistó Calahorra a la taifa de Zaragoza y fundó el Monasterio de Santa María la Real, instituyó la orden de caballería de la Jarra o de la Terraza, la primera de entre los reinos cristianos peninsulares, e impulsó la actividad de los monasterios de San Millán, Nájera y Albelda.

A su muerte, y ya en pleno conflicto con los vecinos reinos de Castilla y Aragón le sucede Sancho IV el de Peñalén (1054-1076), que termina las obras de Santa María la Real y que a su muerte deja la parte Navarra del reino anexionada a Aragón.

Hasta 1113 la ciudad estuvo bajo el mandato de Diego López I de Haro, hasta que Alfonso I el Batallador la pone bajo la tenencia de Fortún Garcés Cajal. A la muerte de Alfonso I, en 1134 el reino de Nájera fue anexionado reino de Castilla de mano de Alfonso VI de León. Con este episodio desaparece el Reino de Nájera como tal, aunque la localidad fue escenario de señalados acontecimientos posteriores hasta nuestros días que le han granjeado los títulos de Ciudad y de «Muy Noble y Muy Leal».

b) La leyenda.

Los importantes hechos históricos que sitúan a Nájera en su destacado papel en el panorama de los reinos hispánicos de la Edad Media, vienen acompañados de una leyenda fundacional vinculada al monasterio de Santa María de La Real a partir del clásico mitema o motivo narrativo -tan presente en el romancero o en otras muestras de la narrativa española- de ave de presa extraviada por su dueño. En el caso de Nájera, tal motivo se concreta así, según resume la profesora Margarita Cantera Montenegro en su artículo «La ciudad de Nájera en tiempos del Rey García» (en García Sánchez III, el de Nájera, un rey y un reino en la Europa del Siglo XI, Logroño, Instituto de Estudios Riojanos, 2005, pp. 39-72):

«Un hecho fundamental en la historia de la ciudad de Nájera es la fundación de Santa María la Real, claro ejemplo de la restauración eclesiástica del reino iniciada con Sancho III y del deseo de García de mantener el prestigio y esplendor de la ciudad, que podría perder por la reconquista de Calahorra. La causa principal de esta fundación fue el hallazgo por el rey García III de una imagen de la Virgen en el año 1044, hallazgo que, con pequeñas variantes, narran diversas fuentes de esta manera: un día, estando en Nájera, salió el rey de caza y soltó un halcón que emprendió el vuelo persiguiendo a una paloma; ambos animales pasaron a la orilla izquierda del río Najerilla y se internaron en la maleza. Salió el rey en su persecución y, apartando la maleza, encontró una cueva; al entrar en ella, quedó sorprendido por un gran resplandor y descubrió al fondo de la cueva, en una concavidad labrada en la roca, un pequeño altar sobre el que estaban una imagen de la Virgen con el Niño en brazos y una jarra con unas azucenas frescas y fragantes; en el techo, colgada de una cadena, había una lámpara dorada; al pie del altar vio, en apacible calma, al halcón y a la paloma. El rey, emocionado, se arrodilló y dio gracias a Dios por el hallazgo.

Tras este hecho, García se decidió a edificar allí una iglesia. La Crónica Najerense afirma que, preocupado por la campaña que iba a iniciar contra los musulmanes, estaba el rey orando ante la imagen; por el agotamiento se quedó dormido y tuvo un sueño en el que Dios le dio a conocer su próxima victoria; al despertar, el rey prometió construir allí una gran iglesia dedicada a la Virgen si aquel sueño se hacía realidad, como realmente ocurrió, ya que poco después se tomó Calahorra.»

Como señala el mencionado artículo, las variaciones de la leyenda nos hablan de un azor en lugar de un halcón, de una perdiz en lugar de una paloma, o incluso de un improbable jabalí (presa no susceptible de ser cazada con la ayuda de un ave), aspectos que no alteran el núcleo principal de la narración: el encuentro fortuito del santuario mariano y la decisión de erigir un templo en ese lugar.

c) El devenir histórico de las representaciones najerenses.

Las representaciones najerenses constituyen un evento con una historia propia, a lo largo de la cual han ido evolucionando e incorporando materiales textuales de diversos autores, como son Justiniano García Prado, Serafín Adame, Alfredo Gil del Río y Roberto Carpio, a cuyos textos se han añadido fragmentos procedentes de Lope de Vega. Todo ello da como resultado un corpus textual del que cada año se escogen una serie de cuadros escénicos para ser escenificados.

Hasta llegar a dicho corpus y a dicho planteamiento, del que emanan las representaciones actuales, los más de cuarenta y cinco años de tradición han sido testigos de cambios de libreto, de escenario e incluso de nombre para el evento, siempre –eso sí– con la idea central de realizar una evocación histórica vinculada al Monasterio de Santa María la Real, que ha sido merecedora del Premio Racimo de Oro (1970) y del Premio al Desarrollo Turístico de La Rioja (1995).

Según materiales aportados por la propia Asociación de Amigos de las Crónicas Najerenses, la historia de las representaciones es la siguiente:

En el verano de 1968, Justiniano García Prado, najerino, gran conocedor y amante de su ciudad se reunió con un grupo de amigos para leerles un guión teatral que había escrito, con la intención de dar a conocer a propios y extraños la fabulosa historia que encierra el monasterio, e intentar conseguir que Nájera sea visitada por un mayor número de personas amantes del Arte y de la Historia.

Al finalizar la narración de la obra, cuyo título era «La paloma y el azor», y aunque había diversidad de opiniones en la forma de enfocar algunos puntos, todos los asistentes estuvieron convencidos de que el guión ofrecía excelentes posibilidades para difundir la historia de la ciudad.

Joaquín Gracia, entonces alcalde de Nájera, asumió el tema con interés y convocó a la Comisión Informativa de Turismo y Espectáculos (CITE), cuya reunión fue presidida por el entonces Gobernador Civil de la provincia, Antonio Aige Pascual, y, entre otras, asistieron también las siguientes personas: Rufino Briones (Presidente de la Diputación), Francisco Rodríguez Maimón (Delegado Provincial de Información y Turismo), fray Marino Martínez (guardián del monasterio), Justiniano García (como autor de la obra) y el mencionado alcalde.

Aige Pascual, que conocía las representaciones de la Seo de Urgell, vio en el Claustro del Monasterio de Santa María un escenario fastuoso para ese tipo de representación histórico-religiosa. Se expuso el tema y se analizaron las muchas dificultades que existían pero, junto a ellas, la esperanza de poder vencerlas, contando con los apoyos de la Diputación y el Ministerio.

Las reuniones se sucedieron y, ante las dificultades que ofrecía llevar a la práctica la idea de la representación, se contactó con el Director General de Promoción del Turismo, Rodríguez Acosta, quien indicó que algún técnico del Ministerio se encargase de revisar la obra y el escenario, así como de evaluar las posibilidades reales del montaje.

En abril de 1969, Roberto Carpio llegó a Nájera, visitó el Claustro de los Caballeros y se reafirma en la idea de elegirlo como escenario de la representación. Un mes después, la CITE acuerda proponer al autor el cambio de título de la obra. Justiniano García Prado aceptó la propuesta y «La paloma y el azor» pasó a llamarse «Crónica Najerense».

En la preparación de la representación se contó con la magnífica colaboración de los najerinos, que desde el primer momento se prestaron a apoyar la puesta en escena, con la presencia también del Grupo de Danzas de Nieves Sáinz de Aja, que intervino en varios cuadros de la obra.

El estreno fue un éxito y desde aquel 1969 las representaciones han continuado, con los parámetros de variación referidos.

La Crónica Najerense de Justiniano García Prado se desarrolló durante tres ediciones, entre los años 1969-1971 y sigue, de alguna forma, dando nombre genérico a la representación.

Durante los años 1972-1973 se representó «El caballo del rey», con base en «El testimonio vengado» de Lope de Vega, que no terminó de cuajar porque la figura del rey don García no resultaba demasiado bien tratada. A pesar de ello, se guarda buen recuerdo de los textos de Lope y hoy en día se sigue representando un pasaje de Lope, la «boda campesina».

Los años 1974-1975 el nombre de la representación pasó a ser «Códice Najerino», y en ese bienio se llevó a la escena un texto de Serafín Adame, que resaltó la figura del Rey Don García y entrelazó historias, ritos y leyendas. En aquel montaje apareció por vez primera el cuadro de los berones, que es uno de los más queridos dentro de la historia de las representaciones.

Entre los años 1976-1978 se representaron los «Anales de la Corte Najerina», nombre de la obra que para tal fin compuso el escritor Alfredo Gil del Río. En ese nuevo texto, Gonzalo de Berceo, el primer poeta de nombre conocido en lengua castellana, era traído a escena para relatar a Fernando III el Santo las leyendas, historias y tradiciones d la ciudad de la que va a ser proclamado rey.

Cumplidos los diez años de representaciones, se pensó en montar una obra que fuera un compendio de todas las anteriores, con la reunión de los mejores cuadros escénicos, los que por alguna razón resultaban más vistosos o más dramáticos. Así nacieron las denominadas «Evocaciones Najerenses», con textos de Justiniano García Prado, Lope de Vega, Serafín Adame, Alfredo Gil del Río y Roberto Carpio. Se representaron desde 1979 hasta 1996.

En 1993, con motivo de la celebración del XXV aniversario de las Crónicas, el cantautor Chema Purón compuso para el evento la canción «Nájera», una pieza melodiosa, emotiva y entrañable que fue grabada con la Coral Najerense y que desde entonces es el colofón de la representación y se ha erigido en todo un himno colectivo para la localidad.

Tras ese periodo, se abandona el Claustro de Los Caballeros y, ya en la plaza y con un nuevo escenario, el espectáculo que se desarrolló entre los años 1997-2000, pasó a denominarse »La Crónica de Nájera».

Desde el año 2001, con la intención de subrayar la importancia histórica que tuvo el Reino de Nájera-Pamplona y de ensalzar así las figuras de Sancho III y del rey don García, la obra se ha venido representando con el título de «Reino de Nájera», con el que se lleva a cabo en la actualidad, afinando cada año distintos aspectos, renovando otros, incorporando nuevas personas como intérpretes de la obra, despidiéndose de otros, homenajeando a los que han ido falleciendo e integrando –a fin de cuentas– la realidad de la obra en la intrahistoria ciudadana de Nájera.

d) El papel y la implicación de la comunidad local.

Desde el inicio de las representaciones históricas najerenses en 1969, la comunidad local se ha implicado profundamente en la preparación y desarrollo de las mismas. Cientos de personas, a un lado y otro del telón, se esfuerzan cada año en todas las labores que requiere una escenificación que ha alcanzado un alto nivel de complejidad técnica: montaje de los escenarios, confección y cuidado del amplio vestuario, realización de un elevado número de ensayos, continua revisión del libreto, de la banda sonora, de la dramaturgia y de las coreografías, etc.

El apoyo del Ayuntamiento de Nájera y del Gobierno de La Rioja han contribuido a la estabilidad y continuidad del evento, cuyo esfuerzo de realización sigue descansando en el meritorio papel de la ciudadanía, que ha encontrado en esta actividad un motivo de orgullo y una seña de identidad en la que reconocerse.

Igualmente, y tal como se ha mencionado en la introducción a estas líneas, dado el casi medio siglo de existencia de las representaciones, la comunidad local ha encontrado también en este este evento cultural anual un nexo de unión intergeneracional por el que han pasado un elevado número de habitantes de la localidad.

3. Medidas de protección

Como corresponde a un bien cultural de carácter inmaterial, la protección del Patrimonio Cultural de las Crónicas Najerenses se concreta, principalmente, en la realización de las labores de investigación, descripción, y divulgación de todo tipo, dirigidas siempre a la conservación documental y a la transmisión intergeneracional, tanto en lo relativo a la difusión público de los valores anteriormente expuestos como en el fomento del aprecio de los mismos.

En este sentido, las administraciones públicas velarán por el fomento y la proyección de este patrimonio cultural, de cara a asegurar la mayor difusión y el mejor conocimiento del mismo entre las generaciones presentes y futuras, de manera que los atributos que lo definen garanticen su pervivencia y su papel activo en la sociedad y sigan siendo referente identitario de la población que lo ha impulsado.

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