Por Resolución de 30 de septiembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades («BOE» de 3 de octubre de 2014), se convocaron ayudas para el diseño y aplicación de proyectos de mejora del aprendizaje del alumnado por agrupaciones de colaboración profesional entre centros sostenidos con fondos públicos de diferentes comunidades o ciudades autónomas.
De conformidad con la citada convocatoria, por Resolución de esta Secretaría de Estado, de 3 de diciembre de 2014 («BOE» de 7 de febrero de 2015), se concedió una ayuda para el diseño y aplicación de proyectos de mejora del aprendizaje del alumnado al IES Luis Vives, CIF.: Q9655530E, por importe de 2.950,00 euros.
En virtud de la resolución de estimación del recurso de reposición de fecha 5 de mayo de 2015, contra la Resolución de concesión de 3 de diciembre de 2014, se procede a ampliar dicha concesión en la cantidad de 12.050,00 euros, debiendo figurar como se indica en el anexo adjunto.
Asimismo el apartado primero de la Resolución de 3 de diciembre de 2014 («BOE» de 7 de febrero de 2015), indica el importe total de 6.440.374,39 para las ayudas concedidas con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322L.484, debiendo figurar un importe total de 6.452.424,39 con cargo a la mencionada aplicación presupuestaria.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Secretaria de Estado, en el plazo de un mes si la resolución fuera expresa, o de tres meses si no lo fuera, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrá igualmente interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, si la resolución fuera expresa, o de seis meses si no lo fuera, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 15 de junio de 2015.–El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P. S. (Orden de 3 de junio de 2015), el Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, José Ignacio Sánchez Pérez.
Modalidad A: Agrupaciones integradas por centros, unidades y servicios que impartan enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria o Educación Especial.
Donde dice:
«N.º Solicitud |
Proyecto |
Centro coordinador |
CIF |
Cantidad propuesta |
Puntuación |
---|---|---|---|---|---|
MAA14/00081 |
Mejora del aprendizaje, competencias y hab. de los alumnos en diseño, montaje, programación. |
IES. Luis Vives. |
Q9655530E |
2.950 € |
79,8» |
Debe decir:
«N.º Solicitud |
Proyecto |
Centro coordinador |
CIF |
Cantidad propuesta |
Puntuación |
---|---|---|---|---|---|
MAA14/00081 |
Mejora del aprendizaje, competencias y hab. de los alumnos en diseño, montaje, programación. |
IES. Luis Vives. |
Q9655530E |
15.000 € |
79,8» |
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