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Documento BOE-A-2016-11616

Resolución de 22 de noviembre de 2016, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se resuelve la concesión de ayudas del programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 6 de diciembre de 2016, páginas 85426 a 85428 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2016-11616

TEXTO ORIGINAL

Don Daniel Noguera Tejedor, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, habilitado para este acto como órgano concedente, según lo establecido en el apartado tercero de la base décima de las bases reguladoras,

CONSIDERANDO

Primero.

Por Resolución de 11 agosto de 2015, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, se aprobaron las bases reguladoras por las que se convocaba la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 206, de 28 de agosto de 2015, corregida por la Resolución de 5 de febrero de 2016, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», núm. 37, de 12 de febrero de 2016. Los plazos de ejecución y justificación fueron modificados por la Resolución de 5 de octubre de 2016, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 246, de 11 de octubre de 2016.

Segundo.

El 17 de octubre de 2016 se publicó en el perfil del contratante de la Entidad la Resolución de esa misma fecha, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se determina el resultado de la verificación del cumplimiento de requisitos de las solicitudes de las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Cataluña y Madrid, Principado de Asturias y Comunidad Foral de Navarra en el marco de la convocatoria de ayudas del Programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas (C-057/15-ED). En dicha resolución se indicaba que, debido a que, con el presupuesto disponible para las citadas regiones no era posible cubrir todas las solicitudes que cumplían los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, se procedía a la selección de las solicitudes mejor valoradas hasta el agotamiento del presupuesto existente en las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Cataluña y Madrid, Principado de Asturias y Comunidad Foral de Navarra, aplicando los criterios de la base undécima.

Tercero.

Tras la constitución de la Comisión de Evaluación y la emisión de su Informe de 25 de octubre de 2016, el Director del departamento de Economía Digital, como órgano instructor del procedimiento, formuló Propuesta de 3 de noviembre de 2016, de resolución, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Aragón, del Programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, publicada en el perfil del contratante el 4 de noviembre de 2016. En dicha propuesta se recogía el resultado del Informe de la Comisión de Evaluación y se establecía el orden de prelación de las solicitudes, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo de la base décima.

Cuarto.

En el apartado 2.2 de la Propuesta del Director de Economía Digital, de 3 de noviembre de 2016, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Aragón, se proponía la desestimación de las 13 solicitudes que cumplían con los requisitos establecidos en las bases reguladoras, pero, que, de acuerdo con el orden de prelación resultado de la aplicación de los criterios de valoración, no podían acceder a la financiación objeto de la convocatoria, ya que el importe de ayuda solicitado por las pymes que obtuvieron una puntuación superior agotaba el presupuesto disponible para la mencionada región.

Quinto.

En el apartado 2.1 de la Propuesta del Director de Economía Digital, de 3 de noviembre de 2016, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Aragón, el órgano instructor proponía la designación como beneficiarios a 5 pymes, haciendo referencia al presupuesto subvencionable y al importe de la ayuda a conceder.

Sexto.

De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la base décima de las bases reguladoras, los solicitantes propuestos como beneficiarios en la Propuesta del Director de Economía Digital, de 3 de noviembre de 2016, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Aragón, disponían de un plazo de cinco días a contar desde el día siguiente a su publicación en el perfil del contratante de la Entidad, para comunicar la no aceptación del contenido de dicha propuesta de resolución.

En el plazo establecido, no se ha manifestado la no aceptación de la Propuesta del Director de Economía Digital, de 3 de noviembre de 2016, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Aragón por parte de ninguno de los propuestos como beneficiarios.

Por todo lo expuesto, resuelvo:

Primero.

Seleccionar como beneficiarios, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Aragón, a las siguientes pymes, en los términos previstos en el apartado 2.1 de la Propuesta del Director de Economía Digital, de 3 de noviembre de 2016, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Aragón, con detalle del orden de prelación, presupuesto subvencionable y el importe de la ayuda a recibir de forma provisional (condicionada a la correcta justificación de las actuaciones, según lo dispuesto en la base décima y en la normativa legal aplicable):

Orden de prelación

N.º expediente

Nombre o razón social

NIF

Presupuesto subvencionable (impuestos indirectos excluidos)

Importe ayuda provisional

Puntuación obtenida

2016/05715/000533

EUROFOR CENTRO FORMACIÓN, SL.

B50712157

96.000,00

48.000,00

8,50

2016/05715/000161

TOPOGRÁFICAS EJEA, SL.

B50940477

117.000,00

58.500,00

7,55

2016/05715/000203

CARRIE CONSULTING, SL.

B99062986

93.000,00

46.500,00

7,55

2016/05715/000031

ACBP DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DE SOFTWARE, SL.

B22308498

111.258,91

55.629,46

7,15

2016/05715/000565

TRACK-GLOBE, SLU.

B62832266

90.000,00

45.000,00

7,05

Segundo.

Desestimar las siguientes solicitudes, dado que no existe presupuesto suficiente en la comunidad autónoma de Aragón para la financiación de todas las solicitudes que cumplen los requisitos de las bases reguladoras:

N.º expediente

Nombre o razón social

NIF

2016/05715/000342

MULTITEC, SA

A50069285

2016/05715/000347

DAMOS SOLUCIONES INFORMÁTICAS, SL

B50671908

2016/05715/000130

GÁBILOS SOFTWARE, SL

B22241277

2016/05715/000284

ADA COMPUTER, SA

A50093897

2016/05715/000024

NEODOO MICROSYSTEMS, SL

B50986124

2016/05715/000141

GEOSPATIUMLAB, SL

B99144933

2016/05715/000278

7EDATA BUSINESS, SL

B99289019

2016/05715/000307

APPSER DATA ENGINEERING, SL

B50966613

2016/05715/000455

SICOMORO SERVICIOS INTEGRALES, SL

B99020547

2016/05715/000020

PROGRAMACIÓN INTEGRAL, SA

A22141733

2016/05715/000243

ASISTEC BAJO ARAGÓN, SL

B44177558

2016/05715/000586

ARAGÓN INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, SLL

B99078248

2016/05715/000540

ECOMPUTER, SL

B22258982

Tercero.

La presente resolución es susceptible de recurso de alzada ante el Presidente de la Entidad Pública Empresarial Red.es, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de noviembre de 2016.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, Daniel Noguera Tejedor.

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