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Documento BOE-A-2016-1632

Resolución de 15 de diciembre de 2015, del Instituto de la Juventud, por la que se crea un fichero de datos de carácter personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2016, páginas 12767 a 12768 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2016-1632
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/12/15/(7)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el Diario Oficial correspondiente.

Por su parte, el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, dispone en su artículo 52 que la creación, modificación o supresión de los ficheros de titularidad pública solo podrá hacerse por disposición general o acuerdo publicados en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente. Asimismo, en el artículo 53, determina que cuando la disposición se refiera a las entidades u organismos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, podrá revestir la forma de resolución del titular de la entidad u organismo correspondiente.

El Instituto de la Juventud, Organismo Autónomo creado por Real Decreto 1119/1977, de 20 de mayo, tiene como principios generales los de promover la igualdad de oportunidades entre los jóvenes, propiciar la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural de España e impulsar la colaboración con los restantes departamentos ministeriales y las demás Administraciones públicas, cuyas actividades inciden sobre este sector de la población.

Por su parte, el Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, dispone en su artículo 2.7, que el Instituto de la Juventud se adscribe al Departamento a través de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, con la naturaleza jurídica, estructura y funciones que se prevén en su normativa específica.

A fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y asegurar así a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos, se completa la relación de los ficheros gestionados por el Instituto de la Juventud con la adición de uno nuevo, que figura en el anexo de la presente Resolución.

Los afectados podrán ejercitar el derecho de acceso, rectificación y cancelación de los datos de carácter personal contenidos en este nuevo fichero, de acuerdo con lo dispuesto en la ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

En su virtud, previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos, dispongo:

Único. Creación de fichero.

Se declara la creación del fichero de datos de carácter personal que se cita en el Anexo de la presente Resolución, en los términos y condiciones fijadas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

En el citado anexo se señala el órgano responsable de este fichero y además figuran los siguientes extremos: nombre del fichero, finalidad y usos previstos, personas y colectivos afectados, procedimiento de recogida de datos, estructura básica, datos de carácter personal incluidos en el fichero, cesiones de datos previstas, transferencias previstas a terceros países, servicios/unidades ante las que ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, y nivel de seguridad.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de diciembre de 2015.–El Director General del Instituto de la Juventud, Rubén Urosa Sánchez.

ANEXO
Creación de fichero

Fichero: Tramitación de permisos e incidencias del personal INJUVE.

a) Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo.

a.1) Finalidad: Tramitación de permisos y licencias del personal Injuve, a través de la aplicación TRAMA, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

a.2) Usos previstos: Los derivados de las gestiones necesarias para su organización

b) Origen de los datos.

b.1) Colectivo sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal: Personal Funcionario y Laboral del Organismo.

b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal, Administraciones públicas.

b.3) Procedimiento de recogida: Transmisión electrónica de datos.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura: Datos identificativos: NIF/DNI, Núm. Registro Personal, nombre y apellidos, dirección, teléfono, Email.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Registro Central de Personal.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órgano responsable del fichero: Instituto de la Juventud.

g) Órgano responsable del tratamiento del fichero: Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

h) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General del Instituto de la Juventud, calle José Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid.

i) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/12/2015
  • Fecha de publicación: 17/02/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 18/02/2016
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 53 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-979).
    • art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Instituto de la Juventud

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