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Documento BOE-A-2016-1633

Resolución de 14 de enero de 2016, del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, sobre delegación de competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2016, páginas 12769 a 12770 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2016-1633
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/01/14/(6)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y demás normas de aplicación general, esta dirección resuelve:

Artículo 1.

Se delega en la persona titular de la Secretaría General del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades el ejercicio de las competencias que a continuación se relacionan.

1. Competencias en materia de gestión de gastos.

a) La aprobación y el compromiso del gasto, así como el reconocimiento y ordenación de pago de las obligaciones del capítulo I del presupuesto de gastos del organismo y la autorización de los documentos contables de ejecución presupuestaria imputables al capítulo I.

b) La aprobación, el compromiso del gasto y la autorización de los documentos contables de ejecución presupuestaria imputables al resto de capítulos hasta el límite de 150.000 euros, salvo en expedientes de contratación adjudicados por procedimiento abierto o negociados, y encomiendas de gestión, en cuyo caso le corresponderá al órgano de contratación.

c) El reconocimiento y ordenación de pago de las obligaciones del resto de capítulos hasta el límite de 150.000 euros, así como los correspondientes documentos contables.

d) La aprobación y ordenación de los pagos no presupuestarios del organismo sin limitación de cuantía.

e) La orden de pago dirigida al cajero/a pagador para el pago, a través de los sistemas de anticipos de caja fija y pagos a justificar, de los gastos gestionados por los servicios dependientes de la Secretaría General.

2. Competencias en materia de gestión de ingresos: la administración, gestión y recaudación de los derechos económicos del Organismo, en particular, la firma de las facturas de ventas de publicaciones, la resolución de las solicitudes de aplazamiento y/o fraccionamiento de deudas en periodo voluntario de pago, la competencia para dictar las providencias de apremio de las deudas no cobradas en periodo voluntario, así como la aprobación y ordenación de las devoluciones de ingresos.

3. Competencias en materia de gestión y administración de bienes muebles: la resolución de las propuestas de baja de material, de bienes muebles inventariables y de material móvil (vehículos automóviles) no aptos para el servicio, así como el acuerdo de destrucción, inutilización o abandono de los mencionados bienes, de acuerdo con las Instrucciones para la gestión del Inventario aprobadas por la Directora del Organismo.

4. Competencias en materia de contratación administrativa. La devolución de avales y garantías constituidas a favor del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.

5. Competencias en materia de gestión de personal:

a) La aprobación de las nóminas del personal del Organismo.

b) Las resoluciones relativas a la deducción proporcional de haberes y retribuciones del personal funcionario y laboral correspondientes a incumplimientos injustificados de la jornada establecida.

6. Competencias en materia de gestión de subvenciones. El acuerdo de ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación de la subvención concedida a que se refiere el artículo 70 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 2.

Se delega en las personas titulares de las unidades administrativas con rango de Subdirección General la competencia que por atribución de las disposiciones vigentes corresponden a la persona titular de la Dirección del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades sobre la orden de pago dirigida al cajero/a pagador para el pago, a través de los sistemas de anticipos de caja fija y pagos a justificar, de los gastos gestionados por los servicios dependientes de cada una de las Subdirecciones Generales.

Artículo 3.

Se delega en las personas titulares de las unidades administrativas con rango de Subdirección General la competencia que por atribución de las disposiciones vigentes corresponden a la persona titular de la Dirección del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades sobre los siguientes actos y resoluciones administrativas:

1. La resolución de las solicitudes de modificación de la resolución de concesión de las subvenciones, formuladas al amparo de lo dispuesto en las bases reguladoras de las convocatorias públicas y en el artículo 64 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. La resolución de aceptación de la justificación de la subvención, una vez efectuada la comprobación de su adecuación.

3. El acuerdo de inicio y la resolución del procedimiento de reintegro de la subvención concedida o de la aportación del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades en el marco de un convenio de colaboración, por incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.

4. Los actos de mero trámite e impulso de gestión de subvenciones y de convenios de colaboración.

Disposición final primera. Derecho supletorio.

A la presente resolución le serán de aplicación las prescripciones contenidas en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de enero de 2016.–La Directora del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, Rosa Urbón Izquierdo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/01/2016
  • Fecha de publicación: 17/02/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 18/02/2016
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • la disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Instituto de la Mujer

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