Visto el expediente de indulto de doña María Isabel Fernández Alonso, promovido por la Real Hermandad de Jesús Nazareno de Ponferrada (León), condenada por la Audiencia Provincial de Madrid, sección quinta, en sentencia de 19 de diciembre de 2012, como autora de un delito contra la salud pública, a las penas de seis años y seis meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena y multa de 150.000 euros, por hechos cometidos en el año 2012, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, así como los muy favorables emitidos por el Centro Penitenciario, estimando que, atendiendo además al avanzado cumplimiento de la condena, a la carencia de otros antecedentes penales y a las circunstancias personales de la condenada, y de acuerdo con el resto de informaciones que obran en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo de 2016,
Vengo en indultar a doña María Isabel Fernández Alonso la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 18 de marzo de 2016.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
RAFAEL CATALÁ POLO
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