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Documento BOE-A-2016-2900

Resolución de 22 de febrero de 2016, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Conocimiento, por la que se designa a Oca Inspección, Control y Prevención, SAU, como organismo autorizado de verificación metrológica de manómetros de uso público para neumáticos de vehículos automóviles.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 2016, páginas 21642 a 21643 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2016-2900

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición presentada por la entidad Oca Inspección, Control y Prevención, S.A.U. (NIF A40007460), domiciliada en la avenida de la Ferrería, número 57, polígono industrial La Ferrería, 08110 Montcada i Reixac (Barcelona), de 23 de diciembre de 2015, de solicitud de designación por parte de la administración competente como organismo autorizado de verificación metrológica de manómetros de uso público para neumáticos de vehículos automóviles, de acuerdo con el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos de medida («BOE» número 183, de 2 agosto).

Visto que la documentación aportada, los días 23 de diciembre de 2015, 27 de enero de 2016 y 10 de febrero de 2016, se encuentra de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de Verificación metrológica («BOE» número 301, de 17 de diciembre).

Visto que se cumplen los requisitos previstos en el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio y, especialmente, que se dispone del certificado de acreditación número OC-I/334 y su anexo técnico (rev. 1), de 4 de diciembre de 2015, emitido por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), en el cumplimiento de la norma UNE-EN ISO/EIC 17020:2004 (CGA-ENAC-OCML anexo I).

De acuerdo con las atribuciones que me confiere el Decreto 352/2011, de 7 de junio, de reestructuración del Departamento de Empresa y Empleo («DOGC» 5897, de 9 junio de 2011) y el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico («DOGC» número 1505, de 14 de octubre), resuelvo:

Primero.

Designar a la entidad Oca Inspección, Control y Prevención, S.A.U. (NIF A40007460), como organismo autorizado de verificación metrológica de manómetros de uso público para neumáticos de vehículos automóviles (analógicos y electrónicos hasta 17 bar).

Segundo.

La entidad Oca Inspección, Control y Prevención, S.A.U., como organismo autorizado de verificación metrológica de manómetros de uso público para neumáticos de vehículos automóviles, podrá actuar en las fases de control metrològic de verificación periódica y de verificación después de reparación o modificación, establecidas en la Orden de 25 de abril de 1995 («BOE» número 119, de 19 de mayo), por la que se regula el control metrológico de los manómetros de uso público para neumáticos de los vehículos automóviles en sus fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica, y en la Orden ITC/3700/2006, de 22 de noviembre («BOE» número 291, de 6 de diciembre), por la que se regula el control metrológico del Estado de los manómetros dotados, total o parcialmente, de componentes electrónicos, provistos o no de dispositivos de predeterminación, destinados a medir la presión de los neumáticos de los vehículos a motor.

Tercero.

La entidad Oca Inspección, Control y Prevención, S.A.U., estará sometida en todo momento con lo que disponen el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos de medida, y la Resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaría General de Industria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio («BOE» número 301, de 17 de diciembre), así como también cualquier otra disposición que establezca la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad de Cataluña.

Cuarto.

La entidad Oca Inspección, Control y Prevención, S.A.U., ha de satisfacer de forma continuada los requisitos establecidos en la normativa aplicable para ser designado como organismo autorizado de verificación metrológica de manómetros de uso público para neumáticos de vehículos automóviles, y deberá notificar a la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial cualquier cambio que pueda afectar a estos requisitos.

Quinto.

Igualmente se podrá proceder a la revocación de la presente autorización como organismo autorizado de verificación metrológica cuando en virtud de revisiones de oficio o por cualquier otro medio se compruebe que se ha producido falsedad, declaración inexacta o modificación de los datos y circunstancias que sirvieron de base a aquélla, sin perjuicio de la sanción que proceda, de acuerdo con la normativa vigente.

Contra la presente resolución, que no finaliza la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio que se pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 22 de febrero de 2016.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.

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