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Documento BOE-A-2016-3053

Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento a las actividades de formación deportiva de piragüismo de nivel I y II, autorizadas por la Dirección General de Deportes de la Junta de Castilla y León e impartidas por la Federación de Piragüismo de Castilla y León.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 2016, páginas 22895 a 22900 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2016-3053

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, establece los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de aguas bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de aguas tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo recreativo Guía en aguas bravas, y fija su currículo básico y los requisitos de acceso. En su disposición transitoria segunda establece el procedimiento de reconocimiento de las formaciones a las que se refieren la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, y la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, en las especialidades deportivas de aguas bravas, aguas tranquilas y piragüismo recreativo. El reconocimiento se iniciará a instancia del órgano competente en materia de deporte o, en su caso, competente en materia de formación deportiva de la comunidad autónoma.

Las formaciones de entrenadores deportivos llevadas a cabo por las federaciones deportivas y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, pueden obtener el reconocimiento a efectos de correspondencia con las enseñanzas deportivas de la misma modalidad o especialidad, según se establece en la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

La solicitud de reconocimiento se podrá formular por las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla cuando se haya producido la publicación del Real Decreto que establece el título de Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior en la modalidad y cuenten con la autorización de la Administración deportiva competente en este ámbito.

El procedimiento para el reconocimiento de las actividades de formación deportiva realizadas conforme a la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, y a la Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre, sigue vigente tal y como se establece en el artículo 36 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero.

La Dirección General de Deportes de la Junta de Castilla y León ha solicitado del Consejo Superior de Deportes el correspondiente reconocimiento de las formaciones deportivas de piragüismo, que previamente autorizó en la citada modalidad mediante Resolución, con el objeto de que puedan obtener los efectos académicos ya señalados.

Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en virtud de las competencias que se atribuyen al Consejo Superior de Deportes en dicha Orden, resuelvo

Primero.

A los efectos de correspondencia formativa con las enseñanzas deportivas de régimen especial de las formaciones llevadas a cabo conforme a lo previsto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, se otorga el reconocimiento al que se refiere el artículo 37.4 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, a las actividades de formación deportiva de Técnico deportivo en piragüismo de nivel I, Técnico deportivo en piragüismo de aguas tranquilas de nivel II y Técnico deportivo en piragüismo de aguas bravas de nivel II, autorizadas por la Dirección General de Deportes de la Junta de Castilla y León e impartidas por la Federación de Piragüismo de Castilla y León, que se detalla en el anexo de la presente Resolución.

Segundo.

La superación de la totalidad de la actividad de formación deportiva de Técnico deportivo en piragüismo de nivel I, dará lugar a la equivalencia profesional, y, en su caso, a los mismos efectos académicos que el certificado académico oficial de superación del ciclo inicial de grado medio en piragüismo.

Tercero.

La superación de la totalidad de la actividad de formación deportiva de Técnico deportivo en piragüismo de aguas tranquilas de nivel II, dará lugar a la equivalencia profesional y, en su caso, a la homologación con el título de Técnico Deportivo en Piragüismo de aguas tranquilas.

Cuarto.

La superación de la totalidad de la actividad de formación deportiva de Técnico deportivo en piragüismo de aguas bravas de nivel II, dará lugar a la equivalencia profesional y, en su caso, a la homologación con el título de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas.

Quinto.

La superación de la totalidad de las actividades formativas de Técnico deportivo en piragüismo de aguas tranquilas de nivel II o de Técnico deportivo en piragüismo de aguas bravas de nivel II dará lugar a la correspondencia formativa siguiente de módulos del ciclo inicial y del ciclo final de grado medio en piragüismo de las otras especialidades, siempre que se matricule en un centro que imparta las enseñanzas de grado medio de piragüismo:

Módulos del ciclo inicial:

RAE-PIPI101.

MED-C101 Bases del comportamiento deportivo.

MED-C102 Primeros auxilios.

MED-C103 Actividad física adaptada y discapacidad.

MED-C104 Organización deportiva.

MED-PIPI102 Técnica de aguas bravas.

MED-PIPI103 Técnica de aguas tranquilas.

MED-PIPI104 Técnica de kayak de mar.

MED-PIPI105 Técnica de kayak polo.

MED-PIPI106 Organización de eventos de iniciación en piragüismo.

MED-PIPI107 Formación práctica.

Módulos del ciclo final:

MED-C201 Bases del aprendizaje deportivo

MED-C202 Bases del entrenamiento deportivo.

MED-C203 Deporte adaptado y discapacidad.

MED-C204 Organización y legislación deportiva.

MED-C205 Género y Deporte.

MED-PIPI202 Escuela de piragüismo.

MED-PIPI203 Piragüismo adaptado.

MED-PIPI204 Organización de eventos en piragüismo.

Sexto.

A los efectos de equiparación con las enseñanzas deportivas de régimen especial, quedará inscrita en el Consejo Superior de Deportes la formación reconocida conforme a lo establecido en el apartado primero de la presente Resolución, que ha dado lugar a la expedición de los correspondientes certificados y diplomas de entrenadores deportivos.

La presente Resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el Presidente del Consejo Superior de Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, y el artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 9 de marzo de 2016.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Miguel Cardenal Carro.

ANEXO
Actividades de formación deportiva que se reconocen en la modalidad de piragüismo, autorizadas por la Dirección General de Deportes de la Junta de Castilla y León e impartidas por la Federación de Piragüismo de Castilla y León

Cursos que se reconocen

Diploma de: Técnico deportivo en piragüismo, nivel I

N.º

Autorizado por

Lugar

Fechas

Código de plan

1

Resolución 05/12/2001.

Sebúlcor (Segovia).

22/03/02 al 26/04/02

PT0702PIPI0101

2

Resolución 15/05/2002.

Valladolid y Zamora.

14/09/02 al 03/11/02

PT0702PIPI0101

3

Resolución 19/08/2004.

Sabero (León).

01/09/04 al 26/09/04

PT0704PIPI0101

4

Resolución 14/06/2007.

Sebúlcor (Segovia).

01/10/07 al 15/11/07

PT0704PIPI0101

5

Resolución 09/07/2010.

Valladolid.

01/11/10 al 30/12/10

PT0704PIPI0101

6

Resolución 08/07/2014.

Valladolid, Zamora, Sabero.

10/10/14 al 15/03/15

PT0714PIPI0101

Total cursos reconocidos: 6.

Diploma de: Técnico deportivo en piragüismo de aguas tranquilas, nivel II

N.º

Autorizado por

Lugar

Fechas

Código de plan

1

Resolución 03/07/2003.

Valladolid y Zamora.

04/10/03 al 29/11/03

PT0703PIAT0201

2

Resolución 05/04/2006.

Valladolid.

04/11/06 al 10/12/06

PT0703PIAT0201

Total cursos reconocidos: 2.

Diploma de: Técnico deportivo en piragüismo de aguas bravas, nivel II

N.º

Autorizado por

Lugar

Fechas

Código de plan

1

Resolución 03/07/2003.

Valladolid y Boñar (León).

05/09/03 al 26/10/03

PT0703PIAB0201

2

Resolución 08/05/2008.

Valladolid y Ciudad Rodrigo (Salamanca).

03/10/08 al 05/12/08

PT0708PIAB0201

Total cursos reconocidos: 2.

Planes que se reconocen

Código de plan: PT0702PIPI0101

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Prueba específica de acceso.

 

 

Horas

Bloque común

Fundamentos biológicos

25

 

Comportamiento y aprendizaje

20

 

Teoría y práctica del entrenamiento

10

 

Organización y legislación del deporte

5

Total bloque común

60

Bloque específico

Formación técnica, táctica y reglamento

52

 

Didáctica del piragüismo

40

 

Seguridad e higiene en el deporte

12

 

Desarrollo profesional

5

Total bloque específico

109

Periodo de prácticas

200

Carga lectiva total

369

Código de plan: PT0704PIPI0101

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Prueba específica de acceso.

 

 

Horas

Bloque común

Fundamentos biológicos

15

 

Comportamiento y aprendizaje

10

 

Teoría y práctica del entrenamiento

15

 

Organización y legislación del deporte

5

Total bloque común

45

Bloque específico

Formación técnica, táctica y reglamento

55

 

Didáctica del piragüismo

30

 

Seguridad e higiene en el deporte

10

 

Desarrollo profesional

5

Total bloque específico

100

Periodo de prácticas

150

Carga lectiva total

295

Código de plan: PT0714PIPI0101

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Prueba específica de acceso.

 

 

Horas

Bloque común

Bases del comportamiento deportivo

20

 

Primeros auxilios

30

 

Actividad física adaptada y discapacidad

5

 

Organización deportiva

5

Total bloque común

60

Bloque específico

Generalidades, metodología y didáctica

20

 

Técnica básica de aguas tranquilas

10

 

Técnica básica de aguas bravas

10

 

Técnica básica de kayak de mar

10

 

Técnica básica de kayak polo

10

 

Iniciación al guiado

15

 

Reglamento y normativa

5

 

Acondicionamiento físico específico

5

 

Seguridad en la práctica del piragüismo

10

 

Organización de eventos

5

Total bloque específico

100

Periodo de prácticas

150

Carga lectiva total

310

Código de plan: PT0703PIAT0201

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. Nivel I de piragüismo.

 

 

Horas

Bloque común

Fundamentos biológicos

25

 

Comportamiento y aprendizaje

15

 

Teoría y práctica del entrenamiento

25

 

Organización y legislación del deporte

5

Total bloque común

70

Bloque específico

Formación técnica, táctica y reglamento

85

 

Didáctica del piragüismo

50

 

Entrenamiento específico

60

 

Desarrollo profesional

15

Total bloque específico

210

Periodo de prácticas

200

Carga lectiva total

480

Código de plan: PT0703PIAB0201

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. Nivel I de piragüismo.

 

 

Horas

Bloque común

Fundamentos biológicos

25

 

Comportamiento y aprendizaje

15

 

Teoría y práctica del entrenamiento

25

 

Organización y legislación del deporte

5

Total bloque común

70

Bloque específico

Formación técnica, táctica y reglamento

105

 

Didáctica del piragüismo

90

 

Entrenamiento específico

20

 

Desarrollo profesional

15

Total bloque específico

230

Periodo de prácticas

200

Carga lectiva total

500

Código de plan: PT0708PIAB0201

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. Nivel I de piragüismo.

 

 

Horas

Bloque común

Fundamentos biológicos

25

 

Comportamiento y aprendizaje

15

 

Teoría y práctica del entrenamiento

25

 

Organización y legislación del deporte

5

Total bloque común

70

Bloque específico

Formación técnica, táctica y reglamento

85

 

Didáctica del piragüismo

50

 

Entrenamiento específico

60

 

Desarrollo profesional

15

Total bloque específico

210

Periodo de prácticas

200

Carga lectiva total

480

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